“A los llamados a nueva Constitución les falta lo más importante: el cómo”
18.12.08 @ 23:50:24. Archivado en 5. Política, 3. Chile, Constitución, Asamblea Constituyente
Abogado Roberto Garretón, líder del movimiento Ciudadanos por una Asamblea Constituyente, restó validez a los recientes planteamientos de precandidatos presidenciales advirtiendo que omiten el procedimiento para llegar a una nueva Carta Fundamental.
“¿Van a presentar nuevos proyectos de reforma constitucional, con conciencia absoluta de que no lograrán nada? ¿Van a alegar lo que dicen las encuestas que ellos elijan? ¿Van a exigir que se haga a lo Fujimori o a lo Pinochet?”, preguntó.
El abogado de derechos humanos Roberto Garretón, integrante del Comité de Iniciativa por una Asamblea Constituyente para Chile, sostuvo que los recientes llamados de precandidatos presidenciales a crear una nueva Constitución Política “no son convincentes”, pues omiten un factor crucial: el procedimiento para llegar a ella.
En las últimas semanas, el senador democratacristiano Eduardo Frei y un acuerdo de la izquierda extraparlamentaria con una fracción del Partido Socialista, además de doce legisladores “díscolos” de la Concertación, han difundido sendos documentos en tal sentido.
Al referirse a un artículo publicado por el periodista Andrés Rojo, titulado “¿Una nueva Constitución para Chile?”, Garretón insistió en que hoy la única vía democrática hacia un verdadero cambio es el acto legal de marcar el voto en las elecciones y exigir una Asamblea Constituyente (como hizo un número no determinado de votantes en los pasados comicios municipales).
El jurista se manifestó de acuerdo, en general, con el contenido del artículo, pero realizó algunas precisiones puntuales y categóricas:
“1. Se sostiene que el debate y las proposiciones de elaborar una nueva Constitución se inician por los ‘precandidatos presidenciales de la Concertación’ y por ‘diversos sectores de la izquierda extraparlamentaria’. No es así. Se inicia por la sociedad civil en 1979 (Grupo de Estudios Constitucionales) y luego por muchos otros intentos que no fructificaron.
2. En 2006 se formó un movimiento por una Asamblea Constituyente que ha logrado una importante adhesión ciudadana, completamente al margen de los partidos tanto de la Concertación como de la izquierda extraparlamentaria. Es verdad que numerosos militantes de partidos de esos dos grupos han adherido con entusiasmo a la propuesta, pero muchos otros cuyo compromiso democrático es indudable se han mostrado reacios, alegando -sin razón, sin argumentos y sin estudiar el texto de la ley general de elecciones- que nuestra propuesta de marcar el voto en las elecciones nacionales o municipales con la marca ‘Asamblea Constituyente’ o ‘AC’ anularía el voto, lo que es completamente falso. Así quedó demostrado en la última elección, en la que, salvo en una mesa, en todas las demás donde aparecieron votos con esas leyendas fueron considerados válidos, por mandato expreso e ineludible de la ley.
3. No son convincentes los llamados de los referidos precandidatos y sectores, pues omiten el punto crucial y fundamental, sin el cual sus planteamientos carecen de toda seriedad: ¿CÓMO LO VAN A HACER?
4. Esos precandidatos y sectores debieran saber que la Constitución cívico-militar de 1980 no es modificable en sus aspectos esenciales sin la voluntad del pinochetismo parlamentario. Dieciocho años así lo demuestran, por lo que insisto en la pregunta: ¿van a presentar nuevos proyectos de reforma constitucional, con conciencia absoluta que no lograrán nada (o algo intrascendente, que no será mucho más que lo poco ya logrado)? ¿O van a alegar lo que dicen las encuestas que ellos elijan y así convencer a alguien? ¿O van a exigir que se haga a lo Fujimori o Pinochet, que cambiaron las Constituciones democráticas por su sola voluntad?
5. Hay que ser claro: el golpe de Pinochet y el pinochetismo de 1973 lo que quiso desde el día primero hasta hoy fue imponer un proyecto político institucional que nunca nadie pueda modificar. En términos de derechos humanos, es derogar definitivamente y para siempre (¡sí: para siempre!) el derecho humano del pueblo chileno de libre determinación, en cuya virtud los pueblos ‘establecen libremente su condición política y proveen asimismo su derecho económico, social y cultural’ (artículo 1, párrafo 1 -y único común- de los Pactos de Derechos Civiles y Políticos y de Derechos Económicos, Sociales y Culturales).
6. Lo que buscaron el golpe, la Comisión de Pinochet, su Consejo de Estado y Jaime Guzmán fue, en palabras de este último, establecer un régimen en el que ‘si llegan a gobernar los adversarios, se vean constreñidos a seguir una acción no tan distinta a la que uno mismo anhelaría, porque el margen de alternativas que la cancha imponga de hecho a quienes juegan en ella sea lo suficientemente reducido para hacer extremadamente difícil lo contrario’.
7. Insisto que la única vía pacífica, democrática, movilizadora, es la de manifestar nuestra voluntad de cambio constitucional marcando los votos que el Estado nos pone a nuestra disposición en los procesos electorales. La ley electoral chilena Nº 18.700 dispone que ‘Serán nulas y no se escrutarán las cédulas en que aparezca marcada más de una preferencia’, agregando que ‘las cédulas que la Mesa considere marcadas deberán escrutarse, pero se dejará testimonio en el acta de los incidentes estimados como marcas y de las preferencias que contengan’ (artículo 71, numeral 5)”.
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Julio Frank Salgado
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