(PD).- El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha obligado a la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León (Sacyl) a indemnizar a una MIR por no respetar su derecho a descansar un mínimo de doce horas entre el final de la jornada y el comienzo de la siguiente.
La demandante alegaba que tras la realización de guardias de presencia física, la Administración no le permitió la libranza correspondiente al día siguiente.
Según la sentencia, esto supone un incumplimiento de contrato por parte de la entidad demandada "al contravenir el derecho al descanso que corresponde a la trabajadora después de cada guardia".
La Administración regional mantenía que la Ley 55/2003, del Estatuto Marco del Personal Sanitario de los Servicios de Salud, traspone al ordenamiento jurídico español las directivas comunitarias sobre tiempo de trabajo, previendo en su disposición adicional segunda que ninguna norma establece el derecho al descanso tras una guardia, y todavía menos a un descanso retribuido como tiempo de trabajo, estableciendo exclusivamente una serie de descansos semanales y diarios.
Además, alegaba que, a pesar de que se prevé que el personal tiene derecho a un periodo mínimo de descanso ininterrumpido de 12 horas entre el fin de una jornada y el comienzo de la siguiente "tal descanso podría reducirse en los términos que exija la propia causa que lo justifica".
Sin embargo, la resolución judicial, facilitada por Aranzadi, considera que ese descanso es obligatorio y probado que la afectada no lo tuvo tras realizar las guardias de presencia física.
Sábado, 2 de junio
Juan Luis Recio
Jorge Gómez Alcalá
Pedro Antonio Martín
Juan Antonio Reig
Ricardo J. Nieto
Nicolás Ruiz Humanes
Periodista Digital
Silvia Cañella
Enrique Romero Aguilar
Soc. Esp. de Medicina de Familia y Comunitaria| Junio 2012 | ||||||
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