25 años D.O. “Cigales”. 15. La importancia del vino en las últimas voluntades. II

Por José María Arévalo

( Vendimia. Óleo sobre tabla de Juan Agustín García Mateos) (*)

Continuamos el artículo que empezamos esta semana, “LA IMPORTANCIA DEL VINO EN LAS ÚLTIMAS VOLUNTADES: EL CASO DE LA VILLA DE DUEÑAS DURANTE EL SIGLO XVIII”, de Abel Lobato Fernández, investigador del Departamento de Patrimonio Artístico y Documental de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de León, con el que se cierra el apartado II “La comarca vitivinícola de Cigales a lo largo de la historia” del libro conmemorativo “La comarca vitivinícola de Cigales: viñedos, bodegas y vinos. 25 años de la D.O. Cigales”, que venimos reseñando.

Después de la Introducción, y los apartados “La localización del viñedo. Análisis de los topónimos” y “El trabajo y los cambios de uso del suelo”, que incluimos en nuestro artículo anterior, Lobato Fernández aborda “El lagar y la bodega, espacios indispensables para la elaboración del vino” y “Las cubas y útiles de trabajo”, que reproducimos hoy.

EL LAGAR Y LA BODEGA, ESPACIOS INDISPENSABLES PARA LA ELABORACIÓN DEL VINO

Para la producción del vino, eran necesarios dos espacios: el lagar, en el que se pisaba y prensaba la uva con el objetivo de conseguir el mosto, y la bodega, en la que se custodiaban las cubas en las que debía fermentar ese mosto hasta convertirse en la afamada bebida alcohólica. Ambos espacios podían, o no, emplazarse en los pisos inferiores de las casas. Así, junto con las bodegas de las viviendas, en Dueñas se concentra un gran barrio de bodegas en la parte alta de la localidad. Todo ello es clara muestra de la relevancia que en tiempos pasados tuvo el cultivo de la vid en la villa. La importancia que se le concedía a ambos espacios hacía que a la hora de testar, muchos otorgantes eldanenses dedicasen una o más mandas a dejar clara su posesión o su destino. Como muestra de ello tomaremos un par de ejemplos.

El primero, lo hemos tomado del testamento de Pedro González Gómez, quien en 1742 declaró que en “las casas en donde al presente vivo -con su mujer María Barcia-, en ellas tengo echo un lagar coredero y otros diferentes reparos y obras que ymportaran todos tres mil rs. con corta diferenzia (AHPP, Protocolos Notariales, Tomás Ruiz de Alday Escalada, caja 7.945). El alto costo que tuvo su construcción bien merecería la pena, ya que los réditos obtenidos por la obtención de vino en los años sucesivos sin duda habrían compensado a Pedro Gómez su inversión. En cuanto a la propiedad, el otorgante declara que quiere que la mitad del valor de dichos reparos entrase, por vía de mejora, a formar parte del patrimonio de su mujer, “por todos los días de si vida, sin que ninguno de mis herederos tenga aczion de a pedir cosa alguna”. Además, impone a ésta como condición de dicha mejora que le ceda y alargue:

«el valor de la mitad de las casas a la puerta de San Juan que hemos comprado durante dicho matrimonio sin yncluir las bodegas para el efecto de mandar dichas casas […1 por via de mejora y además de lo que la ubiese de tocar de mis vienes a Ysavel Gonzalez Garzia mi hija y de dicha mi mujer en atenzion a quedar de corta edad y por criar porque asi lo quiero y es mi voluntad».

En segundo lugar podemos hablar de Manuel Martínez Masa quien en 1742 declara en una de sus mandas testamentarias que las casas en las que en ese momento estaba viviendo eran de propiedad compartida, ya que él poseía una mitad y la otra mitad le pertenecía a su primo y homónimo Manuel Martínez Masa. Parece ser que en el momento en el que se produjo la partición de la vivienda, el segundo se comprometió a entregar al primero quinientos reales de vellón. El otorgante declara que en esos momentos su primo le había pagado todo, ya que le tenía “dado y […] perzivido lo que se regulare por la metad de rentas de las vodegas y lagar que he gozado enteramente’ (Ibidem). Es decir, que aunque la casa había sido dividida, el disfrute y propiedad de las bodegas y lagar habían quedado para el testador, por lo que posiblemente el pago de estos quinientos reales se debiese al canon que su primo debía pagarle por el uso de las mismas.

LAS CUBAS Y ÚTILES DE TRABAJO

En la documentación analizada, la mención a los útiles relacionados con el vino y su producción son muy escasos. Si exceptuamos a las omnipresentes cubas, sólo hemos hallado un ejemplo en las últimas voluntades de Manuela Cachurro, quien en 1715 le da a su hermana María todos los bienes muebles que tenía en su casa, incluidos “un pozal y los zestos de vendimiar” ( AHPP, Protocolos Notariales, Juan Manuel Pérez, caja 7.673).

Por el contrario y como hemos comentado anteriormente, las referencias a las cubas son bastante comunes. En el propio testamento de Manuela Cachurro, ella declara que había heredado una mitad de casa y varias cubas de su madre. Además expresa que en su ánimo está que las hereden sus hermanos Antonio y Juan, aunque pone como condición que no las puedan enajenar, vender, trocar o fundar censos, cargas o memorias sobre ellas ( Ibídem. «y nombro por mis únicos y universales herederos en todos ellos a los dichos Juan y Antonio Cachurro mis hermanos para que les ayan y hereden con la vendizion de Dios y la mia con la calidad y condizion de que medias casas y mitad de cubas que tengo a buen partir con el dicho Antonio Cachurro sita en la calle que llaman de el uso que me tocaron y se me adjudicaron en las quentas que como hermanos por la fin y muerte de María del Cura mi madre se aya de quedar con ellas precisamente en quenta de lo que ubiere de aver de mis vienes el dicho Antonio Cachurro mi hermano por la misma cantidad que se me adjudicaron y con la de que no la pueda trocar, vender ni enajenar el susodicho ni fundar zenso ni memoria ni echar otra carga sobre dicha mitad de casas y cubas porque es mi voluntad quede para sus hijos y herederos y que estos las puedan vender y enajenar y disponer de ellas como les pareziere. Y con la condizion asimismo que otra tanta cantidad como ymportaran la dicha mitad de casas y cubas aya de llevar y sacar el dicho juan Cachurro mi hermano en quenta de dicha herenzia y para ella aya de llevar precisamente el susodicho un majuelo que tengo en Vega Rodera que es el que es partija con otro del susodicho que eran dos y ahora es uno que ara zinco aranzadas poco mas o menos.. .etc.”

En la fabricación de las cubas, los aros metálicos tenían una importancia capital, ya que fijaban las diferentes tablas que la conformaban. Precisamente estos elementos aparecen citados en el testamento de Luisa Escalada, viuda de Pedro Cabeza (1740). En él, la otorgante declara deber al herrero Tomás de Rueda por la creación de varios arcos de cuba unos treinta reales. Asimismo se le debían otros dieciocho reales de varios arcos más que eran para la cuba que tiene llena don Pedro de Aldey ( AHPP, Protocolos Notariales, Tomás Ruiz de Alday Escalada, caja 7.945).

También sabemos que en el momento de redactar testamento, parte de esa cantidad había sido satisfecha por su hijo Agustín Cabeza, con parte de los trescientos dieciocho reales de vellón obtenidos de la cosecha de uva de ese año (Ibídem. «y ten declaro que Agustin Caveza mi hijo me recojio en la próxima vendimia treinta cargas y media de uba en linpio que se cojieron de mis viñas y en quenta de su ymporte me tiene entregado asta el dia de ay treszientos y diez y ocho rs. de vellon en cuia cantidad se comprenden cinquenta y ocho rs. que por mi pago en dinero físico a dicho Thomas de Rueda, treinta de unos arcos que dio al susodicho en una ocasión y diez y ocho en otra tamvien en arcos para la cuba que tiene llena don Pedro de Aldey y veinte y ocho rs, de una torta de zera que dio susodicho de cuia cantidad es mi voluntad se aga pago en el valor de dicha uba como tamvien si la presente enfermedad prosigue y me diere algunos mrs. mas para mi manutenzion pues en quanto a esto quiero se este y pase por lo que el susodicho declarare» ,

En otras ocasiones las cubas estaban ya en tan mal estado que sólo valían para ser vendidas por tablas, tal y como se desprende del testamento de Teresa Mediana, fechado en 1739. En la vivienda con bodega en la que vivía de alquiler había varias “cubas desvaratadas” que el dueño de la propiedad le había dejado vender; aunque ya había liquidado anteriormente cuatro tablas a su vecino Ignacio González ( Ibídem. «Yten declaro que en las bodegas de las casas en que vivo de renta ay ciertas cubas desvaratadas y tengo horden del dueño de ellas para venderlas declaro aver vendido a Ygnazio Gonzalez quatro tablas es mi voluntad que el ymporte que se regalase del las se cobre del susodicho»)

Muchas veces, y al igual que ocurría con el resto de objetos que contenían las viviendas, las cubas se utilizaban como parte de una dote. Así ocurre en el caso de Luisa Escalada, viuda de Pedro Cabeza, quien declara en su testamento que su difunto marido Pedro Cabeza dotó a la hija de aquél y a su hijastra con una cuba de vino valorada en ciento cincuenta reales que quedó en depósito de un tal Rodolfo de la Cuadra quien, tiempo después, entregó su valor en dinero “a Alonso Caveza thio de la susodicha que avian de servir para las lavores de las viñas de la dicha Geronima Caveza” (Ibídem. «yten declaro que en la dicha ocasión y tiempo que la susodicha -su hija jerónima Cabeza se pasó a vivir con dichos su tíos, se fue con ellos al morir su padre Pero Cabeza y sus tíos eran Francisco de Burgos y Teresa Aguado- la di y entregue una cama de madera redonda, un jergón, un colchon, una savana, una manta, un covertor azul de estameña y dos almoadas con su lana todo bueno y quasi nuevo y asi lo declaro para descargo de mi conzienzia y que lo trayga a colazion con los demás hermanos en que entra de su lexitima paterna juntamente con ziento y cinquenta rs. poco mas o menos que con zerteza no me acuerdo valor de una cuba de vino que se me emvargo cuia cantidad se entrego por Rodulfho de la Quadra quien fue depositario de dicha cuba de vino a Alonso Caveza thio de la susodicha que avian de servir para las lavores de las viñas de la dicha Geronima Caveza»).

Precisamente este aspecto de las dotaciones lo trataremos en el capítulo siguiente de una manera más extensa”.

Lo veremos el próximo día, en el apartado “La presencia del viñedo en herencias, dotes y capitulaciones matrimoniales”, al que siguen “Uso del vino como fórmula de pago”, “El vino como medio de financiación de donaciones religiosas y obras pías”, “Es de bien nacido, ser agradecido”, “Los cuidados pagados con la vid”, y finalmente una Conclusión.


(*) Para ver la foto que ilustra este artículo en tamaño mayor (y Control/+):
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Tres foramontanos en Valladolid

Con el título Tres foramontanos en Valladolid, nos reunimos tres articulistas que anteriormente habíamos colaborado en prensa, y más recientemente juntos en la vallisoletana, bajo el seudónimo de “Javier Rincón”. Tras las primeras experiencias en este blog, durante más de un año quedamos dos de los tres Foramontanos, por renuncia del tercero, y a finales de 2008 hemos conseguido un sustituto de gran nivel, tanto personal como literario.

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