El arte de hacer la huelga, y el de soportarla
06.10.10 @ 07:23:42. Archivado en Artículos
Por José María Arévalo

(Viñeta de Mingote en ABC, el pasado día 1)(*)
La demanda de energía eléctrica en Castilla y León sufrió, en la jornada de huelga general, una caída, respecto del día anterior, del 15,5%. Ese es el contador más objetivo. En fin, un fracaso de huelga, y eso que la bajada en nuestra autonomía fue la segunda mayor de España después de la sufrida en el País Vasco. Por primera vez la gente en la calle insultaba abiertamente a los piquetes, informativos para los sindicatos y coercitivos para la gran mayoría de la prensa. Desprestigio de los sindicatos mayoritarios que han apoyado al Gobierno en la crisis y reaccionan tarde y mal, daños a la economía nacional en el peor momento, clamores por la tan anhelada Ley de huelga, etc., de lo que hemos publicado en este blog un buen resumen, hace dos días, con el editorial de La Gaceta. Así que no voy a repetir lo que ha estado en la calle estos días. Solo me queda complementarlo con el punto de vista de un jubilado de las relaciones jurídico-laborales, que a ello me he dedicado la mayor parte de mi vida.
Me ha recordado esta huelga a aquellas contra el franquismo, en las que, como no se podía atacar al Gobierno directamente, se atacaba a las empresas. Mucho de artificial en unas y otras. Ahora no es que no se pueda, es que no se quiere, pero el aspecto es parecido. Acababa de entrar yo en la Renault cuando se produjo el primer paro que ya no se recuperó, como había ocurrido hasta entonces. Era el otoño de 1973. Las condiciones para que la huelga fuera legal en aquellas fechas eran tan imposibles de cumplir que todas eran ilegales, lo que equivalía a la inexistencia del derecho de huelga. Por eso la interpretación del Decreto de 1977 que hubieron de realizar el Tribunal Constitucional y el Supremo durante la transición, fue muy favorable a la huelga, tantos años imposibilitada legalmente. O se daban facilidades o hubiera seguido produciéndose al margen de la ley. Aquel Decreto, modificado por esta interpretación, ha seguido vigente sin que se haya echado mucho de menos la ausencia de la Ley que nuestra Constitución exige para regular el derecho de huelga.
Para aquella época, la solución jurisprudencial fue bastante, muy equilibrada. Ahora ya hay casi un clamor popular para que se resuelvan algunos aspectos de la huelga que a estas alturas se consideran insoportables: fundamentalmente que se respeten los servicios mínimos, y el derecho al trabajo de quienes no quieran sumarse a la huelga. Y los empresarios, que no tengan encima que pagar salarios a quienes no han trabajado, y que se pueda saber a tiempo si la convocatoria es ilegal.
Cuestiones sin aclarar sobre la huelga, hay muchísimas. Por ejemplo, ¿cómo hacen la huelga los liberados sindicales, que son los únicos que no tienen que trabajar?. Si no tienen que trabajar, no se les podría descontar salario ninguno por no hacerlo. Recuerdo una empresa que escribió a los delegados sindicales preguntándoles si habían participado en la huelga, para cursar la baja en la Seguridad Social y descontarles el salario.
Otro tanto pasa con los trabajadores que acuden al trabajo pero no pueden trabajar porque la huelga ha impedido se inicie el trabajo, por la concatenación del proceso productivo o la falta de los suministros necesarios. Los empresarios, como responsables de la organización del trabajo, se ven obligados a pagarles el salario, y claro, se quejan porque tampoco ha sido culpa suya. Llegué a oir por la radio que a los que no habían podido siquiera entrar en la empresa, les convenía denunciar a los piquetes porque así tenían una prueba para reclamar los salarios al empresario. Me pareció ya el colmo, y buena muestra de la opinión pública tan acostumbrada a que paguen los empresarios, aunque no se trabaje.
En el sistema alemán, los no huelguistas no cobran si no pueden trabajar por efecto de la huelga, por un principio de solidaridad con los que ejercen su derecho a la huelga. Así se evitan muchos de estos problemas y sobre todo las huelgas minoritarias.
A los empresarios les interesa, en principio, incentivar para que se intente trabajar, pero al final ya vemos que esa táctica se les vuelve en contra. Si no pagaran al que de hecho no trabajara, cualquiera que fuera la causa, serían muchos menos los piquetes coactivos.
Con análoga técnica, menos huelgas ilegales habría si los tribunales se decidieran a condenar a pagar daños y perjuicios a los sindicatos que sin justa causa convocan la huelga. Por la cuenta que les traería, los sindicatos serían los primeros en pedir un procedimiento para dilucidar si la huelga es o no legal, aunque ello supusiera unos días de retraso en su efectividad. Y con los servicios mínimos pasa otro tanto: ahora no da tiempo a que resuelvan los tribunales, pero si los jueces condenaran por daños y perjuicios a los que sin razón no han accedido a pactar, seguro que se aplazaba la huelga lo necesario para tener fijados los servicios mínimos.
Así que no es que sea indispensable una ley que regule la huelga. Lo que se clama y reclama son soluciones más justas que las actuales a los múltiples problemas que la huelga plantea, especialmente la huelga general, por mucho que su éxito sea más reducido de lo que esperaban los convocantes. Porque la huelga siempre hace daño, de eso no cabe la menor duda.
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