La educación ciudadana para el Tribunal Supremo
24.02.09 @ 08:00:17. Archivado en Artículos
Por José María Arévalo

(Boceto para "Paseando por Brujas". Acuarela de Luis Arce)
Pues por fin se publicaron las sentencias del Tribunal Supremo sobre las objeciones de conciencia contra la asignatura socialista de la Educación para la Ciudadanía. Teníamos razón al quejarnos, hace dos semanas, de que se diera la noticia sin publicar el contenido de las sentencias: ha sido una operación política para que la ministra pudiera dar a conocer su vídeo triunfalista diciendo que el TS le ha dado la razón. Prueba del algodón: al publicarse las sentencias la ministra ha perdido el entusiasmo informativo. Claro, las sentencias dan una de cal y otra de arena. La verdad, no entiendo como el TS se permite estos devaneos, a cargo de su credibilidad y prestigio. Me refiero tanto al contenido como a la forma; ambos penosos.
El Foro Español de la Familia, que incluye, en forofamilia.org, el texto completo de las sentencias, en nota de prensa titulada “El Tribunal Supremo prohíbe que la educación para la ciudadanía adoctrine”, concluye que estas sentencias confirman el deber de neutralidad del Estado en lo que se refiere a la formación moral: El Estado y las administraciones educativas que lo forman deben limitarse en su cometido a instruir a los alumnos sin pretender que compartan puntos de vista que en la sociedad civil están en litigio, y sin que deban revelar su propio punto de vista o las propias convicciones.
Además, el Tribunal Supremo ratifica con sus sentencias el acierto de las familias que han defendido su derecho a educar en libertad, cuando anota: “…insistir en que el hecho de que sea ajustada a Derecho y que el deber jurídico de cursarla sea válido no autoriza a la Administración educativa -ni tampoco a los centros docentes, ni a los concretos profesores- a imponer o inculcar, ni siquiera de manera indirecta, puntos de vista determinados sobre cuestiones morales que en la sociedad española son controvertidas”.
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