Del suplemento Verde de La Razón, del 17 de febrero de 2008, reproducimos el artículo del epígrafe, de Ramón TAMAMES, en la idea de que pueda ser interesante para los lectores:
El pasado jueves 7 de febrero, en el Palacio de Congresos de Madrid, se celebró la II Conferencia Nacional de Evaluación Ambiental, en cuya apertura tuve ocasión de participar, tras unas palabras de presentación del tema por parte de Arturo González Aizpiri, Secretario General para la prevención de la contaminación del cambio climático del Ministerio de Medio Ambiente. Con las que subrayó los avances que están lográndose en la prevención de agresiones al medio natural, del modo que veremos luego.
Jaime Alejandre, fue el principal organizador de esa II Conferencia Nacional, por sus competencias como Director General de Calidad y Evaluación Ambiental del ya citado ministerio. Habiendo estado a su cargo la labor de actualizar nuestra normativa sobre impactos, a fin de ponerla al día y hacerla así aplicable con los criterios más avanzados.
Me correspondió en ese encuentro, dictar la llamada “Lección Magistral”, en la que me referí a una serie de cuestiones sobre la progresiva toma de conciencia de los problemas de la biosfera por parte de las autoridades y la ciudadanía. Al tiempo que puse de relieve que si nuestros agricultores deben ser los más directos “guardianes de la naturaleza”, los evaluadores y quienes les juzgan, representan un papel protagonista, en línea con la sabiduría popular de que “es mejor prevenir que curar”. O dicho de otra forma, si estudiamos los temas ex-ante podremos evitar muchas calamidades ex-post tantas veces irreversibles.
En ese contexto, no cabe duda de que la normativa española ha experimentado mejoras notables, mucho más allá de lo que en su día significó el Real Decreto Legislativo (RDL) 1302/1986, de 28 de junio, como primera manifestación derivada de las directivas comunitarias. Ulteriormente, en ese RDL, se introdujeron modificaciones por medio de la Ley 9/2006 de 28 de abril. Con cambios muy notables, regulando ex novo, el derecho de acceso por la ciudadanía a la información disponible, así como la restante participación pública en los procedimientos en cuestión, incluidos los de carácter judicial. Sin entrar en la evaluación ambiental de planes y programas, espacio que quedó regulado aparte por la propia Ley 9/2006.
La gran novedad que inspiró la II Conferencia Nacional, es que todas las normas sobre el tema que nos ocupa, acaban de consolidarse, aclarando y reglamentándolo todo en un texto refundido, que se promulgó como RDL 1/2008 de 11 de enero, que sustituye definitivamente al RDL de 1986.
En definitiva, contamos ya con dos instrumentos, uno para proyectos y otro para planes y programas, como base de lo que es un trabajo fundamental en la dirección de preservar la naturaleza, teniendo en cuenta todo lo que de una manera u otra le afecta. Aunque, desde luego, seguirán oyéndose voces, diciendo que en esos estudios se actúa como abogados de intereses económicos particulares, sin que la aprobación por las autoridades suponga una definitiva defensa de los derechos públicos. Pero lo cierto es que ya hay herramientas para poner en duda semejantes manifestaciones.
Ramón TAMAMES
Domingo, 20 de julio
Ramón Tamames
Grupo Cenyt
Alfonso Agís
Invermanía
Ramón Tamames
Luis Llopis Herbas
Juan Carlos Ureta
Jesús Pérez
Luis C. Sánchez
Juan Otero