Algunos criterios de la Arquidiócesis de México en relación a comportamientos inadecuados realizados por los clérigos
12.03.07 @ 04:28:15. Archived * Iglesia en México, Guillermo Gazanini
Por Guillermo Gazanini
Los escándalos de curas pederastas y depredadores sexuales, que tuvieron un auge a partir del inicio de la presente década, han sido un dolor de cabeza constante para algunas iglesias particulares, especialmente la norteamericana, donde millones de dólares han tenido que ser pagados para cubrir la reparación del daño a las víctimas que sufrieron abuso de parte de los ministros de culto, no es nada nuevo decir que algunas diócesis de los Estados Unidos fueron llevadas a la quiebra por tener que cumplir con las sentencias millonarias decretadas por los jueces.
En la Iglesia de los Estados Unidos ha sido constante enfrentar esta problemática y los criterios establecidos por la jerarquía se han endurecido, primeramente, desde el reclutamiento de los jóvenes que pretenden abrazar la vida sacerdotal, aplicando en los Seminarios cuestionarios y exámenes severos. Recientes medidas de la Congregación de los Seminarios e Instituciones de Estudios ordenaron la integración de programas psicológicos y de educación sexual para seminaristas, advirtiéndoles sobre los delitos que han flagelado al catolicismo americano; es así que, después de tomar estos cursos, los estudiantes están obligados a firmar una carta para liberar de toda responsabilidad a sus diócesis, en el caso de que cometan una conducta inadecuada o delictiva… una medida urgente que debía tomarse ante la grave sangría económica.
La Iglesia mexicana no escapó de este “efecto dominó” y, recientemente, algunos hechos han provocado el escándalo público, como el conocidísimo asunto Marcial Maciel a quien suspendieron del ministerio o bien las denuncias hechas contra el Arzobispo de México, Cardenal Norberto Rivera Carrera, por haber encubierto, presuntamente, a un sacerdote pederasta, noticias que fueron ampliamente recogidas por los diarios nacionales.
La Arquidiócesis de México formuló una serie de criterios en relación a “comportamientos inadecuados” que son dirigidos a los clérigos de esta Ciudad. Este documento, dado a conocer por Mons. Marcelino Hernández Rodríguez, obispo auxiliar y quien es el encargado del Programa Integral de Apoyo a Sacerdotes, es conocido textualmente como “Criterios de la Arquidiócesis Primada de México en relación a comportamientos inadecuados, principalmente con menores, que pudieran suceder por parte de los clérigos”.
Puente Sacerdotal, revista publicada en la VIII zona de pastoral de la Ciudad de México, en el mes de enero de este año, expuso algunos de estos Criterios y que se describen a continuación:
* La corrupción de menores, el hostigamiento sexual, el abuso sexual, el estupro o la violación, cometidos por algún clérigo (obispo, presbítero o diácono), son contrarios a la moral y a la doctrina cristiana, son un pecado grave, provocan la pérdida de la confianza en las relaciones humanas y tienen consecuencias devastadoras para la persona dañada y su familia, para la Iglesia y para el propio clérigo involucrado, además son delitos severamente castigados por la ley civil y eclesiástica. También van en contra de los compromisos adquiridos por el clérigo en su ordenación: Vivir en castidad y guardar el celibato que lo llevan a una fecundidad espiritual deseada.
* El abuso sexual es un comportamiento que contradice la misión santificadora de la Iglesia, tanto en la persona del delincuente como en toda la realidad eclesial, que exige castigo y reparación conveniente de los daños y del escándalo provocado…
* Ya que el Arzobispo es el pastor, busca el bien de todos y así como cuida que no se cometan abusos de parte de sus clérigos, a la vez, basado en los mismos derechos que tiene la persona humana, cuidará que sus clérigos no sean víctimas de falsas denuncias. Por lo tanto, cuando se dé una acusación, hará una seria investigación y procurará la clara verdad de los hechos.
* La Arquidiócesis no tiene la obligación de denunciar a un clérigo culpable de abuso sexual. La Ley procede contra el culpable solamente por queja del ofendido o su representante, de acuerdo a lo señalado por el Código Penal Federal y del Distrito Federal.
* Se debe cooperar con la ley civil cuando se presenta una denuncia, facilitando la investigación, cuidando la confidencialidad y todo el respeto a los derechos humanos tanto de la víctima como del acusado.
* La Arquidiócesis tiene el compromiso de informar y educar al clero y a la comunidad acerca de estos delitos mediante los recursos proporcionados por expertos en salud mental al tratarse los aspectos psicológicos o psiquiátricos, por directores espirituales, por médicos, por abogados y por educadores, principalmente en la formación de los Seminarios.
Y también se enuncian algunas recomendaciones del Arzobispo Primado de México a los clérigos para prevenir alguna conducta delictiva contra menores:
* Los sacerdotes no deben introducir menores en sus habitaciones y no deben pasar sus días libres solos con ellos. Los menores no deben pasar la noche en la casa del clérigo.
* Los sacerdortes deben evitar conductas imprudentes como abrazos inoportunos o poco naturales, juegos de manos o caricias fuera de lugar y no deseadas.
* Dada la seriedad de las consecuencias de una conducta inapropiada por parte un adulto hacia los niños, los clérigos tienen la responsabilidad de vigilar en buen trato hacia los menores de parte de todas las personas de la comunidad y siempre procurar el trato sano y respetuoso.
* Se aprovecharán los recursos de la formación permanente de los sacerdotes para aprender cada día mejor la forma de tratar a los menores, evitando a la vez el miedo o desconfianza hacia ellos que redundaría en un alejamiento infructuoso y anormal. Muy recomendable será para el clérigo el tener relaciones sanas y maduras con amigos adultos que mucho le ayudarán a su desenvolvimiento y crecimiento emocional.
* Cuando un clérigo tenga el temor de que un hermano pueda estar involucrado en algún comportamiento inapropiado, por corresponsabilidad pastoral, debe hablar primero con él y también llevar sus preocupaciones al obispo, quien está comprometido a llevar su formación permanente, o bien, al decano.
* Es importante reconocer que el abuso del alcohol u otras sustancias puede llevar a una pérdida de las inhibiciones que evitan normalmente que alguien actúe de manera apropiada.
En relación al Seminario de la Arquidiócesis, estos criterios señalan que no se admitirán a personas que presenten enfermedades psicológicas o físicas crónicas que impidan o limiten de manera seria la formación sacerdotal y el ejercicio del ministerio. Si alguna persona presenta indicios de problemas de autoridad, tendencias maniaco depresivas, neurosis, exhibicionismo, conducta violenta, amaneramientos u homosexualidad, serán considerados como no idóneos para la vida sacerdotal y, en consecuencia, no serán admitidos en el Seminario Conciliar.
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Ricardo Próspero Morales
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