(RD/Efe)El caso de una pareja de novios de la localidad italiana de Tuscia (oeste), que no ha podido casarse por la Iglesia católica pues el futuro marido sufrió un accidente que le dejó parapléjico e impotente, ha generado una polémica en el país.Los jóvenes se han casado por lo civil, mientras que desde la Iglesia se indica que el 'problema' no es que el joven sea parapléjico sino que es impotente, una de las causas contempladas por el Vaticano para la anulación de un matrimonio.
El director de comunicación social de la diócesis de Viterbo, Salvatore Ciuo, señaló hoy, entrevistado por el canal de televisión Sky TG24, que 'ningún obispo, ningún sacerdote puede celebrar un matrimonio cuando sabe en realidad que existe ya una impotencia declarada y certificada'.
La pareja, ambos de 25 años, había preparado su matrimonio por la Iglesia pero dos meses antes de la ceremonia, él sufrió un accidente de tráfico que le dejó parapléjico.
Los novios siguieron adelante con sus planes de boda y firmaron, tal y como les pidió el párroco de la Iglesia, un documento en el que señalaban ser conscientes de los riesgos y dificultades futuras a las que harían frente, según el diario romano 'Il Mesaggero', que publicó el caso.
El obispo de Viterbo, Lorenzo Chiarinelli, decidió que el matrimonio religioso no se podía celebrar pues no era segura la capacidad de procrear.
Ciuo, señaló además que el joven 'antes de casarse y antes del accidente se declaró ateo' y no participó en los cursos prematrimoniales.
Existe el matrimonio consagrado. Es cuando una pareja decide consagrar su vida matrimonial a Dios y no tienen relaciones sexuales, se mantienen castos. Esto es aprobado por la Iglesia Catolica como un culto de adoracion mas a Dios. Por lo tanto, ellos pueden aducir que no necesitan tener erecion porque amaran a Dios, pero si necesitan tener la bendicion de Dios para precisamente iniciar su vida matrimonial, la cual seria consagrada a DIos. La bendicion del matrimonio es necesaria para todos.
Existe el matrimonio consagrado. Es cuando una pareja decide consagrar su vida matrimonial a Dios y no tienen relaciones sexuales, se mantienen castos. Esto es aprobado por la Iglesia Catolica como un culto de adoracion mas a Dios. Por lo tanto, ellos pueden aducir que no necesitan tener erecion porque amaran a Dios, pero si necesitan tener la bendicion de Dios para precisamente iniciar su vida matrimonial, la cual seria consagrada a DIos. La bendicion del matrimonio es necesaria para todos.
El matrimonio entre bautizados exige la ordenación a la prole (apertura a la vida), aunque luego por causas naturales no vengan los hijos, como puede ser el caso de matrimonio entre personas mayores.
Otro tema distinto es la impotencia antercedente y perpetua: "la impotencia antecedente y perpetua para realizar el acto conyugal, tanto por parte del hombre como de la mujer, ya absoluta ya relativa, hace nulo el matrimonio por su misma naturaleza" (c.1084). No sucede así si hubiese duda acerca de la impotencia.
Una burrada, pueden amarse y pueden adoptar. Por las mismas despues d la menopausia se deberían anular todos los matrimonios.
Totalmente de acuerdo con ELESSAR.
Esta noticia es una mentira, si maria concibio de milagro como van a prohibir a los impotentes ,
¿Cómo concibe la Iglesia Católica el matrimonio?.¿Como una sociedad para procrear?.Yo pensaba que el matrimonio era más,una comunidad de amor(no exclusivamente físico);un proyecto de vida en común.Pero ya veo que vienen los "puristas" de turno,y derrumban todos mis esquemas y los de mucha gente como yo.¡Que revisen el derecho canónico,por Dios!.
Menos leyes y más misericordia.
Jope ,como mienten , ahora resulta que los curas para casarte te hacen una prueba de "potencia sexual", "si no tienes una ereccion no te casan", la verdad que de todas tonterias esta es la mejor, bravo por las italianas si fuera una española seguro que lo hubiera abandonado
Un poco extraña la noticia.
1º- La impotencia puede ser causa de nulidad del matrimonio, pero no obstáculo para que se celebre.
2º- Que uno de los contrayentes sea ateo tampoco es obstáculo, siempre que permita a su cónyuge seguir las prácticas de su fe y pueda educar a los posibles hijos en dicha fe.
3º- Creo, aunque no lo aseguro, que el Derecho Canónico no contempla la obligatoriedad de asistir a un curso prematrimonial.
Así pues, algo falta en esta noticia.
Jueves, 3 de diciembre
Ana Bou
Juan Fernandez Krohn
Pedro Tarquis
Francisco Margallo
Sor Lucía Caram O.P
Rodrigo del Pozo Fernández
Miguel Blanes Coll
Hermann Rodríguez Osorio, S.J.
Manuel Mandianes
Siro López