El caso de la profesora de religión católica María del Carmen Galayo, despedida en 2000 "por vivir con un hombre que no era su esposo", y a la que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias acaba de reconocer el derecho a ser indemnizada por considerar que la Iglesia vulneró su derecho a la intimidad, ilustra a la perfección el disparatado embrollo jurídico sobre el que se asienta la enseñanza religiosa en España. Un embrollo que deriva de las dificultades de convivencia con la Constitución de 1978 que plantean los Acuerdos Iglesia-Estado, negociados y firmados deprisa y corriendo durante 1979 en sustitución del Concordato franquista con la Santa Sede de 1953.
El Tribunal Superior de Canarias ha remitido a la Iglesia española una especie de mandamiento en forma de resolución judicial para que lo cumpla respecto de sus profesores de religión: no violarás su intimidad. Desgraciadamente, ese cumplimiento sólo tendrá un coste económico, 16.400 euros, que, en este caso, no irá siquiera a cargo de la Iglesia, sino del Estado.
La sentencia se produce después de que el Constitucional avalara recientemente tanto la facultad de los obispos para designar a los profesores de religión como el deber de éstos a atenerse a un código moral de conducta, cuya vulneración puede ser causa de despido, a pesar de estar contratados y pagados por el Estado. Lo que no es contradictorio, según el Constitucional, con que las decisiones de los obispos sobre estos profesores, sometidos a causas de despido ajenas a la legislación laboral, puedan ser objeto de control por parte de los tribunales del Estado.
Ha sido precisamente en ese control donde el Tribunal Superior de Canarias ha observado una actividad indagatoria por parte de su obispo en la vida privada de la profesora despedida que constituye un atentado a su intimidad. Su despido por vivir con un hombre que no es su marido puede estar justificado, según la doctrina del Constitucional, pero investigar esa conducta no es admisible, señala el tribunal canario en una sentencia que pretende proyectar un mínimo de racionalidad sobre el descabellado régimen laboral de los profesores de religión. Protegiendo a estos docentes, la justicia pone un dique de contención al foco de confesionalismo que infecciona por completo al sistema educativo español.
Editorial (El Pais)
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La srta. (que no sra., por cierto) María del Carmen Galayo, si quiere dar clase de religión católica, ha de ser católica. Su situación puede (y de hacho así es) resultar escandalosa, y por eso no es violación de la intimidad. "Si la profe de religión no se ha casado y vive con su novio, es que la Iglesia me deja", podrán pensar los críos. ¿No resulta lógico que a esta señora no se le permita dar clase de religión? El caso que tengo cercano es el del profesor de religión del instituto cercano a mi parroquia. Además de a la docencia, es abogado para causas de divorcios. ¿Esto puede ser normal? Si es violar la intimidad velar por el bien de los niños y no engañar a los padres que eligen religión para sus hijos...
Mucha confusión de términos, y disgresiones baladíes de situaciones mal planteadas. Toso ello es una evidencia de las arenas movedizas en que está la situación laboral, jurídica, institucional (civil y eclesial) del profesorado de religión. La LOE arregla no poco la situación, pero el empeño de la Iglesia de hacer lo que le parece oportuno, justo o necesario, provoca situaciones absurdas en los planos antes citados, e imposibles en otros paises de la Unión Europea; y realmente las clases de religión tienen tanta dignidad como algunos pretenden?; para acabar de liarla, están empezando a faltar profesores de religión en varias diócesis españolas.
Yo aconsejo a todos los profesores de Religón que si quieren tener un puesto garantizado para toda la vida se presenten a unas oposiciones den clase de matemáticas o lengua o lo que les toque.Quien entra por la puerta falsa del Obispado sale por la misma puerta.
De aplicar su còdigo moral tambien a sus sacerdotes y monjas, ya podrìan quedarse sin ellos.
Un laico no puede vivir en uniòn libre y dar clase de religiòn segùn la Iglesia.
Y un sacerdote si puede ejercer aun cuando tiene amante.
Esa doble moral apesta.
Por lo demás, siempre cabe la posibilidad de que sea contratada para enseñar otra asignatura no confesional como la Ética.
La profesora junto al Estado aceptó estas circunstancias jurídicas previas sin merma de su libertad y en compromiso con la doctrina y con el derecho de los padres. Ya sabía que después de tales hechos, como profesora de Religión católica tarde o temprano sería difícil su continuidad. Una cosa es la comprensión y la tolerancia y otra renunciar a determinar quién puede enseñar la propia doctrina y cuál es el genuino contenido de ella. Bueno, pues si todo se hace conforme a derecho, no le autoriza a Vd., Mkm, a decir arbitrariamente que todo esto es totalitario. Su ceguera, su falta de sentido común y falta de prejuicio le permiten tales excesos. Lo de que los profesores no son sacerdotes es ya de aurora boreal, en el argumentario no pega ni con cola.
Mkm.Existe jurisprudencia del Tribunal Constitucional -STC febrero 2007,a la que también te opones- que incluye entre los requisitos de idoneidad del profesor de Religión el que no mantenga, de modo público y notorio, un modo de vida institucionalizado contrario a la enseñanza que imparte.
En cuestiones de enseñanza moral tiene que existir una coherencia mínima entre vida y doctrina. A causa del hecho públicamente reconocido de que, tras romperse su matrimonio, convivía con otro hombre. El obispado consideró que su situación personal no le permitía transmitir con la necesaria convicción, la concepción católica del matrimonio y de la familia, dimensión nada secundaria de la formación de sus alumnos, y procedió a no renovarle la confianza que en su momento le había sido otorgada. Si la profesora no ha incumplido ningún deber laboral, tiene todo el derecho a continuar en su puesto de trabajo, mas no a hacerlo en nombre de la misma Iglesia cuya doctrina públicamente incumple.
mkm.Ya te vale. Te centras sólo en el derecho civil de la profesora pero omites el derecho de los padres a recibir educación religiosa católica con garantías y el derecho de la Iglesia Católica a enseñar su doctrina y, por tanto, a determinar quiénes la enseñan. Claro que tú niegas esos derechos, como has expuesto más abajo. Pues los consagra tanto la Constitución y los Acuerdos Iglesia-Estado. El aspecto legal no parece ofrecer dudas. La asignatura se denomina «Religión Católica», no «Religión» sin más. Se trata, pues, de una enseñanza confesional. Es el resultado de un compromiso contraído por el Estado con la Iglesia Católica y con otras confesiones religiosas, que también designan en su caso a sus propios profesores. La Iglesia tiene, pues, el derecho de nombrar a los profesores de Religión Católica y, por lo tanto, también el de proponer la no renovación de sus contratos.
Confusión total de conceptos, amigo Miki. Ni la profesora de Religión es igual a la de Matemáticas(según la Ley), ni el vocablo totalitarismo se puede aplicar a una Iglesia o confesión religiosa (según el Diccionario). Repasa conceptos, majo.
Un profesor de religión no es un sacerdote, por mucho que a ustedes les venga bien confundir ambas actividades. Su trabajo está regulado por el sistema de derechos y valores públicos, laicos, donde no se exige a nadie que ejemplifique con su conducta privada aquello a lo que se dedica para ganarse el pan. Si así lo quisiéramos habría que pagarle 24 horas extras por ello, porque habría que considerar que jamás sale del aula, ni siquiera cuando está en su casa o baja al mercado. El totalitarismo que predican es demoníaco.
Me olía que Miki iba a querer decir la última palabra: que no, hermanín, que no:aquí el fariseísmo más evidente es el de la profe adúltera, que tiene enseñarles a sus alumnos que el matrimonio canónico es el único al que puede acceder un cristiano y ella se lo pasa por el "forro".
Están manipulando el significado de los términos público y privado. No se trata de que la conducta de la profesora fuese conocida públicamente o no, sino de si su comportamiento en la esfera privada puede argüírse para despedirla de su trabajo o para despojarla de cualquier otro derecho. Pensemos en los famosos que son perseguidos por los periodistas del corazón con la exucusa legitimadora de que alguna vez vendieron una exclusiva. Es un argumento falso porque ese hecho no les despoja de su derecho a la intimidad.
Como bien apunta "fariseo", esta pretendida confusión entre el comportamiento en las respectivas esferas y el conocimiento de ese comportamiento, a parte de una hipocresía repugnante, es muestra de un pensamiento absolutamente totalitario.
Bertomeu,
Entonces si hubiera sido una aventura ocasional y no se hubieran enterado los alumnos si que podría seguir dando clase, ¿verdad?
Cuánta falsedad. Así están los templos de llenos.
Me temo que aquí hay un malentendido, o muchas ganas de meterse con la Iglesia como sea. Si una mujer convive maritalmente con un hombre, eso es un dato público. Sus nombres aparecen en el mismo buzón, van juntos por la calle, etc. Si ese hombre no es su esposo también es público. Así que no veo invasión de la vida privada por ningún sitio. Otra cosa sería que esta señora hubiese tenido una aventura ocasional, algo que sí habría sucedido en la intimidad... y que, como sus alumnos no sabrían nada, no podría por lo tanto crearles confusión entre lo que su maestra dice y lo que le ven hacer en público.
Mkm, debes saber muy poco de totalitarismo. Que tu deseo sea equipararlo ya dice de ti bastante y no sólo de tu ignorancia. Totalitarismos, ya que veo que te mola el rigor, fueron el nazismo y el comunismo, por cierto primos hermanos. No sé cual es el que te cae más simpático.
Mkm, pensar no es punible y es privado y el ejemplo del bombero que tú criticas significa que has cogido el rábano por las hojas. Si se hace pública su manera de pensar...ahí está el asunto. Por supuesro que los efectos son diferentes hasta un niño lo ve. El contexto es la disgresión falsa público-privado de tu argumento que para el caso me vale, la prueba es que el segundo ejemplo tiene el mismo común denominador. Lea mejor.
El hecho es concomitante con el contenido de laasignatura. No con el de matemáticas. ¿Hasta donde? Está escrito y objetivado. Hasta lo razonable.
Anarico, porfa, en las palabras "progre" o "progresía" no hace falta ninguna "u". De nada.
Miki, repasa los conceptos de adulterio, separación, nulidad y demás, porque me parece que tienes alguna laguna. De nada.
Mikinos:
A mí estas cosas me parecen chorradas. Pero, lo que la proguesía hace todos los días, con buen talante, por detrás y por delante, si la Iglesia lo tolera y hace un poco la vista gorda, sería motivo de un monumental escandalo, y saldría por todas las televisiones a todas horas. De todas formas, ha de salir un todas las televisiones a todas horas, pero ya será de otra manera. En cambio del abad de Montserrat no dirá nada nadie nunca: es "progue" como el rector de la Carlos III, y la carpanta. No somos iguales, y nos lo merecemos por tolerar esta TIMOCRACIA. Pero...
Dios es VALOR
Anarico, un mal no justifica otro mal.
Hastalacorona, seguramente te parece estupendo que un célibe pontifique sobre sexualidad pero insultas y mandas al paro a esta mujer por lo que hace de las puertas para adentro de su casa. La hipócrita ley del embudo, o el arte de tirar la primera piedra que condenara Jesús.
Vetusta, esta mujer no ha cometido adulterio, porque estaba separada de su marido.
Miki, majete, si lo que quieres es decir tu la última palabra, para tí la perra gorda. Por lo demás, sospecho que la profe adúltera no dará clase el próximo curso. Y si llega a darla, ¡pobres alumnos, pobre Ley y pobre Estado!
Pues...voy a opinar yo tambien ¡ea!.
A mi no me da la gana que una "legal amancebada" hable, de no se qué entiende por "amor",a mis hijos por aprovechá. Cuando no entiende de qué va la movida, y eso está más que claro.
Puede irse a...."amar"a su manera lejos del mal ejemplo que daría a mis nietos.
No todo el que se declara cristiano lo es si no lo demuestra.
¡Que cosas nos dicen los proguesistas! Proguesistas, que como todos sabemos, han hecho su fortuna personal a base de chantaje. Después de espiar hasta el mismo Rey de España. ¿Y para qué nos vamos molestar, en relatar la interminable lista de ciudadanos españoles vigilados, y por lo tanto perseguidos?
En dos áreas son meastros los progres, una el espionaje del vecino con posibles, y otra en engañar a los bobos. Así ha emergido en nuestra sociedad una clase, especializada en el chantaje y en el engañabobos. Una clase "inteligente" y de izquierdas: por supuesto.
Dios es VALOR
Rasenjo, ¿pretendes que el delator (¡de conductas inmorales, nada menos!) vuelva a ser un personaje socialmente valorado? Y después niegas que el catolicismo sea un totalitarismo... Me parece repugnante.
La analogía del bombero es falaz porque actuar como un pirómano es delito, mientras que divorciarse o convivir con una pareja extramatrimonialmente no lo es. De nuevo es el asunto del contrato: las condiciones contractuales de moral privada que establezca la ICAR o cualquier otra secta religiosa (hay infinitas, a cual más absurda) no pueden son vinculantes en nuestro sistema institucional laico o entonces la convivencia sería imposible. Eso que tu llamas garantías "ortodoxas", ¿hasta donde pueden llegar? ¿Hasta donde la autoridad eclesial dictamine en su arbitrariedad teocrática?
Mkm,utilizas mal la palabra totalitario. Mejor integral y coherente. El totalitarismo es para regímenes políticos e intervencionistas que anulan los derechos y concentran todos los poderes. No es el caso.
Mkm, tu disgresión entre lo privado y lo público tiene menos consistencia que una telaraña. Lo privado se hace público-que es lo que aquí ocurre, es decir, que lo sabe todo dios y se entera hasta el obispo- y se manifiesta como incoherente con el contenido de la asignatura que han elegido libremente, vamos que chirria el asunto y por tanto sí afecta, por lo que le retira la idoneidad ya que ha de asegurar que se imparta con garantías no sólo pedagógicas sino ortodoxas. Lo mismo que haría el cuerpo de bomberos si descubren(=público) que uno de los suyos tiene ideas pirómanas.
No hace demasiados años a un profesor de universidad le movieron el asiento por haber vertido alguna frase sospechosa de xenofobia o machismo, no recuerdo bien, en un libro que escribió. Y existe libertad de expresión en este pais (no punible tampoco). Pero las ideas y las actuaciones privadas tienen repercusión social, consecuencias.
mari carmen no sufras es que la mayoria de esos profesores y profesoras,son sobrinos de curas y tu a lo mejor no lo seras...ese es el ambiente...
Vetusta, pero que un contrato sea legal no quiere decir que sea justo. Los obispos deciden la idoneidad de los profesores de religión, bien. ¿pero con qué límite? ¿pueden poner cualquier condición, por leonina que sea? Desde luego que no. La vida privada de las personas no puede argüírse como motivo de despido, incluso aunque estos mismos individuos hubiesen firmado un contrato con tal claúsula. Los DDHH son un contrato rusoniano universal que trasciende a las soberanías nacionales y sus constituciones. Se es individuo, miembro de la humanidad, antes que miembro de determinado estado, iglesia, familia, asociación, empresa o sindicato.
Las opiniones de todos ustedes son más o menos interesantes y más o menos respetables, pero la Ley es la Ley. Y que la Ley establezca que los nombramientos de los profesores de Religión Católica corran a cargo del Obispado correspondiente tiene toda la lógica del mundo. Tan absurdo sería que a los profesores de Religión los nombrase el Ministerio como que a los de Matemáticas los nombrase el Obispado.
Si tenemos una Justicia seria, el Tribunal de Apelación debe darle la razón al Obispado. Y la profe de marras que haga con su vida un pandero, pero que se atenga a las consecuencias.
Si la Constitución consiente que una persona sea despedida por razones de moral privada entonces la Constitución está mal y hay que reformarla. Que nuestro estado sea laico (sus principios no se justifican explícitamente en credo alguno) tiene por consecuencia el reconocimiento implícito de dos ámbitos: el privado y el público. Y una implicación inmediata: los criterios de idoneidad de un profesional deben de ser objetivos, públicos. En este caso, es exigible a los profesores de religión que transmitan los ítems del temario de manera pedagógicamente correcta, y punto. Lo que hagan fuera del aula es asunto privado, no punible por la ley. Únicamente no puede entenderse esto desde un pensamiento totalitario (no se diferencia entre ámbitos público y privado) como el de la jerarquía católica.
Yo soy cristiana,repito "cristiana"mis hijas han recibido siempre en colegios públicos clases de religión;mis nietos están ahora en colegios concertados por tanto "católicos" pero no me pareció ni me parece justo que se aparte a una profesora de su aula de religión por un motivo"moral" que se examinen primero Obispos y demás y después que actuen.Ellos no est.an libres de culpa ni mucho menos.
Gabi, nunca ha habido sacerdocio femenino de modo que a nadie se le ha usurpado ningún derecho ni se trata de una práctica misógina ni discriminatoria especialmente profesada: las mujeres pueden ser cardenales. ¿Se ve el sacerdocio como un servicio o como una lucha de poder?. ¿lo ha de dirimir la lucha de sexos o las cuestiones teológicas? No supone ningún daño moral que otros, ajenos, no deseen exagerar interesadamente.
Trasgu, una asignatura seria de Cultura Religiosa , sería muy conveniente para toda la ciudadanía. Dudo si debería ser obligatoria, pero lo que no puede ser obligatoria es la Religión doctrinal de una confesión aunque no se le deberían poner cortapisas siendo la tradicionalmente mayoritaria en un país que ha configurado su historia y su cultura.
Por lo demás estoy de acuerdo con Bustamante y con Yo mismo. Genial.
gabi, haces un comentario demasiado gratuito. Si enseñan religión católica que enseñen lo que se cuece en ella, no su opinión; como debería ser en todas las asignaturas. Y si los obispos no son quienes para juzgar la vida intimia, ¿quién eres tú para afirmar que quien niega el sacerdocio femenino no puede enseñar religión?
Es público y notorio que mal puede educar a nadie quien niega el sacerdocio femenino.
Yo mismo, no hagas preguntas que no te pueden responder. Les creas un problema.
La clase de religión no es una catequesis ni adoctrinamiento.(Por cierto, si miramos un poquito los textos de Educación para la Ciudadanía eso sí que son catequesis cívicas que pondrían colorado a cualquiera). Y hay rigo intelectual y académico. El tema está en: ¿la escuela es de las familias o del Estado? Si es de las familias que pagan, tienen derecho a recibir foprmación moral y religiosa según sus propias convicciones. Y la Iglesia ha de asegurar que los profesores de religión lo hagan. De locontrario sería defraudar a los padres. ¿Se imaginan a un profesor de Educación para la Ciudadanía que en su vida privada fuera un maltratador de su esposa? Qué dirían entonces los rojos de salón de "El País"?
En mi opinión la asignatura de religión debería ser obligatoria para todo el mundo, como filosofía o literatura o cualquier otra. Es necesaria para entender el mundo en que vivimos y situarse libremente en él. Pero para eso hay que superar toda tentación de utilizarla para adoctrinar. Hay que plantear la asignatura para dar a conocer la religión, no para convencer a nadie de que se convierta. La Iglesia puede certificar la capacitación de un profesor para impartir la asignatura por su preparación intelectual y técnica, pero no puede retirarle la idoneidad por su comportamiento en su vida privada. Si se hace esto es porque se quiere meter la catequesis en la escuela, y así se provoca el rechazo de otros a una asignatura tan importante.
La situación laboral de los profesores de religión manifiesta la incoherencia con que la Iglesia plantea la asignatura. Por un lado todo el mundo acepta que se trata de una asignatura académica, no de una catequesis (que no encajaría en centros públicos y en horario lectivo). Pero entre nosotros los obispos insisten en que los profesores de religión son testigos de la fe, enviados por la Iglesia, y que deben evangelizar. Y esto en centros públicos y pagados por el Estado. Se juega con doble baraja y se hace trampa.
Esto es la punta del iceberg, la Iglesia ha ido metiendo el lobo poco a poco y sacrficando al cordero.
Otra cosa es que El País odie la existencia de una asignatura confesional. Es lógico. El único adoctrinamiento que quieren para nuestros hijos es el de la ideología radical-masónica de su valido Zapatero. Aunque para ello se pisen los derechos de los padres a que sus hijos reciban una educación conforme a sus valores.
Al fin y al cabo la asignatura de religión confesional (no sólo la católica) es optativa, y la de adoctrinamiento zapateril es obligatoria.
Lo que está en juego aquí es ni más ni menos que el modelo de sociedad que queremos. O una sociedad donde la educación moral de nuestros hijos nos venga en parte impuesta por el Estado, de apariencia democrática pero de corazón totalitario, o una sociedad libre donde la educación no sea usada para adoctrinar a los jóvenes en los ideales del partido que gobierna.
Esta sentencia es graciosísima. Pero vamos a ver, ¿es que acaso el obispado envió a unos detectives privados a investigar la vida privada de ese mujer? ¿es que no era público y notorio que vivía con un hombre que no era su esposo?
Si como El País reconoce, el Constitucional reconoce la facultad de los obispos para designar a los profesores de religión como el deber de éstos a atenerse a un código moral de conducta, es obvio que todos los profesores que, públicamente, no se atengan a ese código moral pueden no ser renovados en sus puestos de trabajo.
La sentencia del TJS de Canarias es una especie de pataleta por no poder meter mano al obispado por una cuestión laboral. Pero lo más lógico es que el Supremo, o si no el TC, tire abajo esa sentencia.
Otra cosa es que El País odie la existencia de una asignatura confesional. Es lógico. El único adoctrinamiento que quieren para nuestros hijos es el de la ideología radical-masónica de su valido Zapatero...
Este Tribunal dictaría esta sentencia, pero el de Apelación puede y, a mi modesto entender, debe dictar una sentencia contraria, porque la Ley es muy clara en este tema y la profe de marras sabía de sobra en qué jardín se metía y a lo que se arriesgaba. Si no gusta a la mayoría, cámbiese la Ley, pero mientras está vigente, hay que cumplirla, sino esto es un cachondeo.
Viernes, 5 de septiembre
José António
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