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Los niños tienen derechos

Permalink 28.12.08 @ 11:38:27. Archivado en España

Caso Ferrín: la ideología por encima de la ley

La legislación española sitúa el interés superior del menor como principio básico del ordenamiento jurídico, tal y como lo establece, entre otros, el Convenio de Naciones Unidas de Derechos del Niño, ratificado por España. En su Artículo 3.1 de dicho Convenio se establece que en todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.

El juez de Familia Fernando Ferrín Calamita, ante la petición de adopción de una menor por una lesbiana unida legalmente con la madre de aquélla, y siguiendo el mandato de la ley, recabó informes psicosociales sobre la adoptante. Sin embargo, el citado juez se encontró con una ausencia de informes psicosociales solventes que le permitieran cumplir con el mandato que le impone el ordenamiento jurídico de velar por el interés superior de la menor.

Sin embargo la contaminación ideológica que ha tintado el caso, ha culminado con la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia fechada hoy 23 de diciembre, que condena al juez mencionado por un delito de retardo malicioso en la Administración de Justicia con la agravante de desprecio de la orientación sexual a la pena de inhabilitación especial para cargo público por 2 años, 3 meses y un día, y una indemnización de 6.000 euros para la querellante.

Ante este hecho, Profesionales por la Ética quiere manifestar lo siguiente:

1) Causa una verdadera alarma social el nivel de manipulación interesada del caso por los grupos de presión homosexual que perjudica seriamente la imparcialidad de la justicia al admitirse que se coloque la ideología de género por encima del interés superior del menor, contrariando lo establecido en nuestro Derecho.

2) Es inaceptable la ausencia de libertad que la presión de una minoría activista homosexual está originando en la labor extremadamente importante de jueces y otros funcionarios públicos, que con profesionalidad quieren seguir las exigencias impuestas por la ley.

3) Exige la imparcial aplicación de la ley y la tutela del interés superior del menor, aun cuando éste interés sea contrario a las pretensiones de los ideólogos y activistas de género.

8 MILLONES.

Permalink 23.12.08 @ 07:59:22. Archivado en España

LA TARDE DE NOCHEBUENA A LAS 19,30 SE ESTRENA EL DOCUMENTAL 8 MILLONES DEDICADO A LA POBREZA ELABORADO LOS SERVICIOS INORMATIVOS DE POPULAR TV

8 millones. Son los pobres que hay en nuestro país. 8 millones es un documental elaborado por los servicios informativos de Popular TV en el que aparece el rostro que tiene la pobreza más severa en España. Un documental en el se reflejan las muchas iniciativas de Caridad que existen en nuestro país para dar de comer, para dar un techo, para curar y acompañar, también en la búsqueda de un sentido para la vida, a aquellos que menos tienen.

Hay muchas historias en los comedores, en los albergues y en las numerosas iniciativas sociales que atienden a los pobres más severos. Los servicios informativos de Popular TV han visitado muchas de estas instituciones para elaborar un documental de 50 minutos que se estrena el miércoles 24 de diciembre a las 19.30. 50 minutos para descubrir una pobreza que tenemos cercana, para conocer las razones de los que se dedican a atender a los más necesitados, para escuchar a los expertos.

Algunos de los autores del Informe FOESSA, el trabajo de referencia en este campo, han colaborado en la elaboración del documental. Su última edición pone de manifiesto como los últimos años de bonanza económica no han servido para reducir la pobreza.

Con este documental no sólo hemos querido reflejar la pobreza que no es más familiar, la que vemos en la calle– explica Fernando de Haro, director de los servicios informativos de Popular TV-. Hemos querido también reflejar la pobreza más desconocida y, sobre todo, las historias de gratuidad de muchas personas que en un momento de su vida se dejaron tocar por la necesidad de los demás y respondieron creando iniciativas de Caridad. Son iniciativas que han nacido de abajo, de personas que han sabido crear obras para atender hasta el fondo la necesidad de otras personas, y eso supone mucho más que dar un bocadillo o un techo”.

El documental se emite el miércoles 24 a las 19:30, el jueves 25 a las 15:00 horas, el viernes 26 a las 00.00 horas y el domingo 4 a las 11.00 horas.

RESPETAR LA VIDA HUMANA, COMPROMISO FUNDAMENTAL DE LOS PROFESIONALES DE LA SALUD

Permalink 17.12.08 @ 02:00:38. Archivado en España

La Iglesia católica proclama el juramento hipocrático del siglo XXI

El pasado viernes 12 de diciembre se ha difundido un documento titulado Dignitas Personae (La dignidad de la persona) en el que la Santa Sede aborda varias cuestiones relacionadas con la ética de la investigación biomédica. Para José Agudo, responsable del Área de Bioética de la asociación PROFESIONALES POR LA ÉTICA, el documento constituye una referencia ética esencial para los profesionales de los distintos ámbitos sanitarios, ya que en él se incluyen afirmaciones como las siguientes:

· A cada ser humano, desde la concepción hasta la muerte natural, se le debe reconocer la dignidad de la persona. Este principio fundamental, que expresa un gran “sí” a la vida humana, debe ocupar un lugar central en la reflexión ética sobre la investigación biomédica.

· Las culturas humanas y las tradiciones religiosas y culturales, en las que se inscribe el documento, muestran generalmente una gran reverencia por la vida.

· En nuestro tiempo se olvida que las personas enfermas o minusválidas no son una especie de categoría aparte. Es necesario eliminar las barreras culturales, económicas y sociales que socavan el pleno reconocimiento y la tutela de las personas minusválidas y enfermas.

Agudo ha resaltado también que el documento otorga una enorme relevancia al embrión, para quien se pide el respeto debido a su condición humana. «De esta afirmación», explica Agudo, «se deduce que no todo lo que puede hacerse en investigación biomédica es ético. De ahí que algunas prácticas y técnicas no sean conformes con la dignidad humana. Es el caso de la fecundación in vitro y la clonación de embriones o células embrionarias en las que el ser humano, en lugar de ser procreado, es producido. Además, estas técnicas comportan la manipulación, congelación o destrucción de numerosos embriones, es decir de seres humanos que se encuentran en las primeras fases de su desarrollo».

Para PROFESIONALES POR LA ÉTICA, el documento del Vaticano constituye el juramento hipocrático del siglo XXI. «Este juramento», recuerda Agudo, «es el primer código ético de los profesionales de la salud y su mensaje esencial coincide con Dignitas Personae: la ciencia y la práctica médica deben ponerse al servicio de la fragilidad del hombre para curar enfermedades, aliviar el sufrimiento y extender los cuidados necesarios a toda la humanidad».

PROFESIONALES POR LA ÉTICA, concluye Agudo, tiene entre sus principios inspiradores el de la existencia de vida humana desde su concepción hasta la muerte natural. «Por tanto», asegura, «los avances de las nuevas tecnologías biomédicas deben siempre ir orientadas hacia el reconocimiento de la dignidad humana en cualquier etapa de su desarrollo. La rapidez de los progresos científicos no pueden desviar la ética ni la ciencia hacia la cosificación de las personas, despojándolas de toda dignidad humana. Estas afirmaciones cobran especial relevancia en la sociedad española actual ya que nuestra legislación es sumamente agresiva contra la vida en materia de reproducción asistida y aborto; tampoco faltan los avisos del Gobierno sobre la probable aprobación de la eutanasia».

LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EXIME PROVISIONALMENTE DE CURSAR EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA

Permalink 15.12.08 @ 16:40:35. Archivado en España

Alumnos objetores de la ESO y Bachillerato reciben una orden de la Consejería de Educación

Al menos cinco alumnos de Castilla y León, concretamente de Salamanca, Segovia y Valladolid, recibieron ayer martes 2 de diciembre una orden de la Consejería de Educación por la que "se adopta la medida provisional de suspensión relativa a la solicitud de objeción de conciencia para cursar la asignatura de Educación para la Ciudadanía". De esta forma, tal como concluye la orden, resuelve que "queda sin eficacia jurídica la obligatoriedad de cursar, recibir las enseñanzas y ser evaluado de la citada asignatura, sin perjuicio del mantenimiento de las obligaciones de escolarización y custodia que competen a la Junta de Castilla y León".

De esta forma la Consejería de Educación, una vez conocidos los autos del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, ha rectificado su actitud, contraria hasta ahora a adoptar dicha medida a todos los alumnos objetores sin necesidad de acudir al Tribunal.

Las distintas plataformas de Castilla y León, que defienden los derechos de los padres y les prestan apoyo jurídico, junto con otras asociaciones de ámbito nacional, valoran muy positivamente esta medida adoptada por la Consejería. Los portavoces de los padres objetores castellanoleoneses consideran que esta medida, todavía provisional, es muy importante, además, porque, tal como ya hizo el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, la orden reconoce que Educación para la Ciudadanía engloba distintas asignaturas. Concretamente los alumnos a los que afecta la medida adoptada por la Consejería de Educación están cursando distintas asignaturas: Educación para la Ciudadanía en 2º de E.S.O, Educación Ético-Civica en 4º de E.S.O y Filosofía y Ciudadanía en 1º de Bachilllerato.

La portavoz de Salamanca Educa en Libertad, Lourdes Ruano Espina, y el portavoz de Padres por la Libertad de Valladolid, José Sanz Aguilar, dos de las plataformas a las que pertenecen los alumnos a los que afecta la medida adoptada por la Consejería, consideran que "ésta es una buena noticia para todos, pero particularmente para aquellos padres que se encontraban en situación de indefensión,
al no haber podido hacer valer sus Derechos Fundamentales ante los Tribunales de Justicia por inactividad de la Administración"
. Dichas Plataformas han declarado, a través de sus portavoces: "lamentamos que haya sido necesaria la interposición de más de 250 recursos judiciales para que la Consejería de Educación haya rectificado su postura, pero reconocemos que esta decisión constituye un avance importante en el reconocimiento y la efectividad de los Derechos Fundamentales." Recuerda Ruano, no obstante, que "la objeción de conciencia no es una mera solicitud, como se desprende del tenor literal de la resolución, sino la declaración o manifestación del ejercicio del derecho constitucional a la objeción de conciencia."

El abogado de las Plataformas de Salamanca, Valladolid, Soria y Ávila, Francisco José Ramos Vega, así como Esther Lázaro Hernanz, abogada de la plataforma Segovia Educa en Libertad han valorado positivamente la orden de la Consejería de Educación de Castilla y León.

La portavoz de la Plataforma Segovia Educa en Libertad, Inmaculada López, ha manifestado que "ante esta situación insostenible, con más de 50.000 objeciones de conciencia, cerca de doscientas resoluciones favorables a los objetores (entre autos y sentencias), los padres instamos, una vez más, al Gobierno de la Nación a reconsiderar su postura, al igual que ha hecho la Junta de Castilla y León, y retirar Educación para la Ciudadanía tal como está planteada puesto que vulnera los derechos fundamentales de los padres, responsables de elegir la formación moral de sus hijos, entre otras cosas porque, tal como dice el TSJ de CyL, "no sólo implica recibir unos determinados conocimientos, sino que se exige del menor que los incorpore a su comportamiento para siempre"omo criterio de evaluación "no sólo una asimilación de contenidos sino un determinado comportamiento." Una situación absolutamente intolerable contra la que los padres vamos a luchar hasta el final."

LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS FAVORECE A LOS OBJETORES A EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA

Permalink 13.12.08 @ 17:00:35. Archivado en España

Encuentro con José Luis Bazán, experto en Derechos Humanos

Con motivo del 60 aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la asociación Profesionales por la Ética se ha entrevistado con José Luis Bazán para recabar su opinión sobre la objeción a Educación para la Ciudadanía.

Bazán es doctor en Derecho, autor de numerosas publicaciones, ha sido profesor en las universidades de Navarra y Católica de París y es uno de los expertos en derechos humanos más importante de nuestro país. Estas han sido algunas de sus afirmaciones(se adjunta entrevista completa al final):

· El artículo 26.3 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos afirma que los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

· Los padres objetores han percibido la violencia moral que se ejerce sobre sus hijos con Educación para la Ciudadanía.

· Solamente los totalitarismos niegan el derecho a la objeción de conciencia.

· No hay previsión legal que permita adaptar Educación para la Ciudadanía al ideario de un colegio.

· El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ya ha reconocido el derecho de los padres a oponerse al adoctrinamiento de sus hijos mediante asignaturas obligatorias.

· En menos de un año, los objetores han pasado de ser descalificados socialmente a ser amparados por casi 200 resoluciones judiciales.

ENTREVISTA COMPLETA:

PREGUNTA.- ¿Qué tiene que ver la Declaración de Derechos Humanos con la objeción de conciencia a Educación para la Ciudadanía?

RESPUESTA.- Tiene mucho que ver porque el artículo 26.3 de la Declaración afirma que los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos. Educación para la Ciudadanía (EpC) constituye una imposición obligatoria de asignaturas de naturaleza moral que usurpa la patria potestad de los padres. Los padres objetores han percibido esta violencia moral que se ejerce sobre sus hijos y la regresión jurídica que supone; por eso se niegan, mediante el ejercicio del derecho a la objeción, a que sus hijos sean adoctrinados. En ese sentido, los objetores son un testimonio de valores que la ley debe acoger y respetar.

PREGUNTA. ¿Cómo es posible que se pueda objetar a Educación para la Ciudadanía, unas asignaturas que están en un real decreto de obligado cumplimiento? ¿No es ilegal esa objeción?

RESPUESTA. Efectivamente, las leyes son obligatorias, están para ser cumplidas. Y porque la ley es obligatoria tiene sentido la objeción de conciencia, que es una excepción particular a una obligación legal general por razones de conciencia. Solamente los totalitarismos niegan el derecho a la objeción de conciencia. En España, afirma nuestro Tribunal Constitucional, la objeción es un derecho constitucional, y así ha sido reconocido en un amplio número de casos. Por ello, la objeción como derecho, por definición, no es ilegal, sino una exención jurídica que el propio Derecho reconoce y ampara.

PREGUNTA. ¿Qué sentido tiene objetar a Educación para la Ciudadanía en un colegio con ideario propio?

RESPUESTA. No hay previsión legal que permita adaptar las asignaturas de Educación para la Ciudadanía al ideario propio. Estas materias están desarrolladas mediante normas legales de obligado cumplimiento. Por eso la única defensa es ejercer el derecho a la objeción de conciencia. Además, se trata de una cuestión de bien común; al objetar, los padres contribuyen a la defensa de la libertad de todos los padres. La defensa de los derechos fundamentales no es una tarea particular sino que hemos de asumir la defensa de los derechos y libertades de todos, especialmente de los más desamparados.

PREGUNTA. ¿Existe algún precedente europeo de objeción de conciencia en el ámbito educativo?

RESPUESTA. Si, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha reconocido la libertad ideológica de los padres y su derecho a negarse a que sus hijos sean adoctrinados en la escuela mediante asignaturas obligatorias en dos recientes casos frente a Turquía y Noruega. El Estado puede establecer materias objetivas, neutrales y pluralistas, pero nunca una doctrina oficial obligatoria, sea política, moral o religiosa. No solamente ocurre esto en Europa sino en otros tantos países de tradición democrática, como los Estados Unidos, donde su Tribunal Supremo ha reconocido exención a obligaciones generales como garantía de libertad ideológica de sus ciudadanos.

PREGUNTA. Sinceramente, ¿cree que el derecho a la objeción en Educación para la Ciudadanía será reconocido por la mayoría de los tribunales?

RESPUESTA. Es que ya lo están reconociendo. Hace un año el Gobierno y las administraciones autonómicas acusaban a los objetores de insumisos, y a sus hijos de absentistas; les amenazaban con procesos por dejación de las funciones paternas, y les descalificaban socialmente utilizando los medios de comunicación afines. En poco más de un año, los tribunales han dictado casi 200 resoluciones judiciales (entre sentencias y autos de medidas cautelares), la mayoría de las cuales reconocen la existencia del derecho a la objeción de conciencia.

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