DICE:
Que su representado ha tenido conocimiento del Auto de 16 de octubre de 2008 dictado por ese Juzgado de Instrucción por el que acepta la competencia para la tramitación de la causa por los presuntos delitos permanentes de detención ilegal, sin dar razón del paradero, en el contexto de crímenes contra la Humanidad cometidos durante la guerra civil de 1936 y la posterior represión llevada a cabo por el régimen instaurado por el General Franco.
Que la Sociedad de Estudios Navarros, Fundación cuya presidencia ostenta mi representado, ha publicado, en fecha reciente, un libro titulado MARTIRES DE NAVARRA (Editorial Laocoonte, Pamplona, 2008), donde se contiene una breve biografía de los 136 sacerdotes, religiosos y religiosas de origen navarro que fueron asesinados en la zona republicana dentro de un plan sistemático de eliminación de la Iglesia Católica protagonizado, entre otras, por las milicias socialistas, comunistas y anarquistas.
Que en muchos casos, los cuerpos de los asesinados no fueron encontrados, por lo que pueden incluirse en la lista de desaparecidos de la guerra civil, no siendo completamente cierta la afirmación que se hace en el razonamiento cuarto del Auto donde se afirma que los vencedores de la guerra civil “desplegaron toda la acción del Estado para la localización, identificación y reparación de las víctimas caídas de la parte vencedora”, tanto porque los asesinados que se incluyen en el libro MARTIRES DE NAVARRA no pertenecían al bando vencedor (al igual que los restantes siete mil obispos, sacerdotes, religiosos y religiosas asesinados dentro de los planes sistemáticos de exterminio de la Iglesia Católica), como sobre todo por el hecho de que en muchos casos no se conoce el paradero de sus cadáveres y además muchos de sus autores eludieron la acción de la Justicia. Por otra parte, si bajo la dictadura hubo actos de reparación moral más que material de las víctimas del bando republicano, a partir de la instauración de la democracia las Cortes españolas y el Gobierno de la nación han adoptado numerosas medidas para la rehabilitación moral y compensación económica de quienes sirvieron a la II República durante la guerra civil y se llevaron a cabo labores de localización de muchos de los cadáveres de los desaparecidos.
Que, asimismo, la Editorial Laocoonte ha publicado también este mismo año un libro titulado MOLA FRENTE A FRANCO (Editorial Laocoonte, Pamplona, 2008), obra póstuma de B. Félix Maíz, escrita en 1980, pero que ha permanecido inédita hasta hoy. La obra contiene las “memorias” de su autor, que fue una persona de la total confianza del general Mola, director del llamado Alzamiento Nacional, desde su llegada a Pamplona en marzo de 1936 y hasta su muerte el 3 de junio de 1937. Los recuerdos de Maíz vienen precedidos de una Introducción histórica, obra mi representado, académico correspondiente de la Real Academia de la Historia, y que constituye un ensayo sobre “La España de la guerra civil”, donde entre otras cosas se refleja cómo una de las fuerzas civiles que se incorporaron al alzamiento promovido por el general Mola –el carlismo– era radicalmente contraria a la instauración de una dictadura militar para la implantación de un régimen totalitario y fascista o caudillista y mucho menos mediante el exterminio de sus adversarios, por más que algunos de sus miembros hubieran protagonizado en los dos primeros meses de la contienda actos criminales que repugnaban a la inmensa mayoría de los voluntarios navarros que combatieron en los frentes de batalla y eran contrarios a las órdenes recibidas por el Jefe Regional de la Comunión Tradicionalista de Navarra.
Que habida cuenta que en el Auto se hace expresa referencia a la actuación del general Emilio Mola Vidal, a quien se atribuye la autoría de crímenes contra la Humanidad, mi representado considera que puede interesar al Juzgado el testimonio del Sr. Maíz, avalado por otros testimonios históricos, que probaría que el general Mola no abrigaba ningún propósito genocida ni de exterminio de quienes se opusieran a la sublevación cívico-militar, ni tampoco se proponía instaurar un régimen totalitario y vitalicio, sino acabar con el caos republicano provocado a raíz del triunfo electoral del Frente Popular, de discutible legitimidad democrática, mediante una acción relámpago para instaurar un directorio militar provisional con el compromiso de devolver el poder a un gobierno civil, tan pronto como se restableciera el orden y el pueblo español se pronunciara en referéndum sobre la forma de gobierno. Otra cosa es que el general Mola no hubiera medido las consecuencias del fracaso de sus planes militares –lo que ocurrió en efecto– de forma que, al no conseguir el objetivo de tomar Madrid en una acción fulminante y rápida, se desencadenó una cruenta y larga guerra civil además de estallar la revolución en la zona republicana, donde las milicias socialistas, comunistas, anarquistas y republicano-separatistas impusieron su ley. El Sr. Maíz deja constancia de los crecientes desencuentros del general Mola con el general Franco producidos, entre otras cosas, por la disconformidad de Mola con la concentración del poder político y militar en manos del general Franco que, con el beneplácito del nazismo alemán, acabaría proclamándose Caudillo de España lo que contrariaba los objetivos iniciales de los sublevados. Finalmente, el Sr. Maíz, aunque no se pronuncia sobre las causas del accidente de aviación que costó la vida al general Mola, duda de la versión oficial del mismo y pone de manifiesto que la desaparición del general director del Alzamiento dejó al general Franco el campo libre para convertirse en dictador vitalicio.
Que la versión del Sr. Maíz, testigo privilegiado de aquellos trágicos acontecimientos históricos, difiere de algunas de las imputaciones que, con escaso rigor histórico, dicho con el mayor de los respetos, el Auto del Juzgado atribuye al general Mola, y que no tiene en cuenta otros hechos incuestionables como su orden de 20 de agosto de 1936 por la que prohíbe “en forma terminante, que falangistas o fuerzas similares practiquen detenciones y cometan actos de violencia que estoy dispuesto a castigar severamente en juicio sumarísimo, llegando incluso a la disolución de las agrupaciones que los realicen”, orden que consiguió que a partir del mes de septiembre de 1936 las ejecuciones sin formación de causa por la autoridad militar prácticamente desaparecieran al menos en Navarra. Por otra parte, el bando de declaración del estado de guerra, que se cita en el Auto del Juzgado, no llega al extremo del dictado en Jaca por el capitán Galán, que al sublevarse en 1930 contra la Monarquía, ordenaba pasar por las armas a todo aquel que se opusiera al nuevo régimen republicano.
Que al poner en conocimiento del Juzgado todo lo anterior –facilitándole sendos ejemplares de los libros reseñados- mi representado no pretende tomar partido por nada ni nadie sino suministrar información que permita al juzgador dictar sus resoluciones con la mayor objetividad posible y el máximo respeto a la verdad.
Que, a juicio de mi representado, la llamada “Memoria histórica” no puede reducirse a una mera cuestión maniquea donde los “buenos” de ayer se conviertan en los “malos” de hoy, y viceversa, por lo que caso de que el Juzgado pueda proseguir sus investigaciones éstas deben extenderse a los posibles crímenes contra la Humanidad cometidos en el bando republicano. Hubo actos absolutamente condenables en el bando nacional. Pero también hubo actos criminales protagonizados por las milicias del Frente Popular entre los que destacan el intento de exterminio de la Iglesia Católica, con casi siete mil mártires, que puede calificarse de auténtico genocidio, o los asesinatos masivos de cerca de seis mil personas en Paracuellos, entre otros muchos.
Que en lo que se refiere a la persecución religiosa baste el testimonio del ministro de Justicia de la República, Manuel de Irujo, que el 7 de enero de 1937 presentó al Gobierno presidido por el socialista Francisco Largo Caballero, un informe estremecedor que no fue aprobado por el ejecutivo republicano de manera que las cosas siguieron igual hasta el final de la guerra:
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Viernes, 27 de noviembre
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