¿Terminará el sanguinario De Juana burlándose todavía más de la Justicia española?

¿Terminará el sanguinario De Juana burlándose todavía más de la Justicia española?

(PD).- Se lo tenían avisado. Y ahora la consecuencia puede ser escandalosa. El tribunal de Belfast (Irlanda del Norte) que tramita la orden de extradición del ex etarra Iñaki de Juana Chaos por un supuesto caso de enaltecimiento del terrorismo ha cuestionado que ese delito conlleve la «extradición automática», según informaron fuentes judiciales.

De Juana Chaos ha aparecido este martes de nuevo en el tribunal de Laganside de Belfast en una «breve» citación convocada por el juez norirlandés Tom Burgess para «ajustar horarios» en el proceso que estudia su extradición a España.

Tras la vista celebrada el pasado día 17, el juez instructor, Tom Burgess, convocó hoy a la defensa de De Juana y al fiscal de la Corona, que representa a la Justicia española, para presentarles las aclaraciones legales enviadas por el juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco, que reclama la entrega del ex etarra. «Todavía hay un debate sobre si ese delito (el enaltecimiento del terrorismo) permite la extradición», afirmó Burgess, quien fijó la siguiente vista pública sobre este caso para el próximo 12 de diciembre, según han recordado las fuentes.

El juez norirlandés todavía duda que se pueda acceder a la entrega si la pena máxima que cabe imponer a De Juana, de ser condenado por el delito de enaltecimiento del terrorismo, es de dos años de cárcel, ya que la normativa de la Orden Europea de Detención y Entrega (OED) especifica que para extraditar a acusados por terrorismo requiere que la pena sea superior a tres años. Ante esta discrepancia, se plantea el principio de «doble incriminación», que consiste en que existan delitos equivalentes en el país del reclamado y al que se reclama, y sobre la que el juez Burguess consideraba que no se cumplían los requisitos.

«Doble incriminación»

En este sentido la Justicia española ha indicado a Burgess que, pese a que entiende que no puede acceder a una extradición directa de De Juana, sí puede decidir si aplica o no la «doble incriminación», ya que la ley que regula la OED fija que este principio «podrá supeditarse» y no que «deberá supeditarse».

El juez Velasco ha asegurado que la Fiscalía británica estima que sí se dan los requisitos para aplicar la doble incriminación en el caso del ex preso etarra, quien permanecerá en libertad vigilada en Belfast hasta la celebración de la próxima vista.

De Juana quedó en libertad bajo fianza de unos 5.900 euros a la espera de que el juez Burguess aclare algunos aspectos de la orden de búsqueda y detención dictada en su contra. El juez impuso al ex etarra otras condiciones: la permanencia en el domicilio cuya dirección facilitó, la prohibición de salir del mismo entre las ocho de la tarde y las siete de la mañana y la obligación de presentarse diariamente en comisaría.

Además, le retuvo su documento nacional de identidad y le prohibió abandonar la provincia de Irlanda del Norte.

De Juana viajo a Dublín el pasado mes de agosto después de cumplir año y medio de cárcel por un delito de amenazas, que se sumó a los 18 años que estuvo encarcelado por los 25 asesinatos que cometió en los años 80 como miembro del «comando Madrid» de ETA.

Allí se alojó en la vivienda del ex dirigente del Ejército Republicano Irlandés (IRA) James Monaghan, según informó él mismo hace dos meses cuando visitó la embajada de España en la capital irlandesa para solicitar un pasaporte que le fue denegado.

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