El Supremo zanja el «antenicidio» a favor de PRISA aplicando la Ley Audiovisual de ZP

(PD).- Trece años después de que comenzase la batalla más dura contra el monopolio de PRISA, la sentencia por el «antenicidio» se queda finalmente sin ejecutar. Un auto del Supremo dictamina que no se puede ejecutar su sentencia del 9 de junio de 2000, que anuló la concentración de la Ser, Antena 3 Radio y Unión Radio.

Aquella sentencia se queda sin ejecutar debido al cambio de la ley que regula el sector de la radio, aprobado por el Gobierno de José Rodríguez Zapatero en junio de 2005.

El Supremo argumenta que la modificación de la ley llevada a cabo por el Gobierno ZP, y la posterior autorización por parte de éste, en enero de 2006, de una nueva operación de concentración consistente en la toma de control de Antena 3 de Radio por parte de Unión Radio, impide la ejecución de la sentencia de 2000.

Libertad Digital denomina ilegal a este monopolio y afirma que «la ley Polanco convierte en legal el antenicidio»:

«En el año 1994, un consejo de ministros presidido por Felipe González acabó con el liderazgo de Antena 3 Radio dándole por decreto sus postes a la cadena SER. Trece años después, con un paréntesis de ocho años de gobiernos del PP, la mayor operación de monopolio declarado ilegal en 2000 queda santificada por el Tribunal Supremo al no haber encontrado a nadie que quisiera ejecutar la sentencia en su momento.

La Justicia dijo en junio de 2000 que el pluralismo informativo resultaba lesionado con la concentración y que había que restablecerlo. Pasara por donde pasara la solución (reparto de emisoras, creación de un nuevo grupo, desinversiones…) el Gobierno de la mayoría absoluta del PP no quiso aplicarla, algo que se vería lógico en un gobierno que había promovido dicho monopolio pero inexplicable en el que sufría sus consecuencias mediáticas, el Partido Popular.

El Tribunal de Defensa de la Competencia (dirigido por Luis de Guindos) y dependiente del Ministerio de Economía (entonces presidido por Rodrigo Rato) retrasó la ejecución y el Gobierno llegó a preguntar a Prisa de qué forma tenían pensado desinvertir. Después pidió al Supremo instrucciones sobre cómo hacerlo. En 2002, el Tribunal se vio obligado a poner en evidencia al Ejecutivo apremiando a resolver de una vez, instándole a “restaurar la pluralidad informativa” y lamentando que se percibiera complicidad con el Grupo Prisa. Lo sonrojante es que estas duras palabras se las dirigía a un Gobierno del PP el presidente de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo, Fernando Ledesma, primer ministro de Justicia con Felipe González.

Tras muchos episodios jurídicos e interminables esfuerzos de los demandantes lo que este martes sale a la luz es un auto del Tribunal Supremo que declara extinguido el incidente de ejecución. En pocas palabras, la ley Polanco convierte en legal el antenicidio porque esa medida legislativa («Ley 10/2005 de Medidas Urgentes para el impulso de la TDT y de Fomento del Pluralismo») se había creado para resolver ese problema y nadie lo ha impedido.

Tras la sentencia de julio de 2000 y el posterior recurso ante el Constitucional se pidió la ejecución y se planteó el incidente que ahora queda resuelto. El Supremo llegó a abrir un turno de prueba, gran éxito de los demandantes que suponía prácticamente volver a los inicios del caso. Pero la habilidad legislativa del PSOE combinada con la inexplicable inacción del PP han inclinado la balanza a favor de Prisa pese a que, como se explica en los votos particulares la ley 10/2005 (nueva ley audiovisual del Gobierno del PSOE) lesiona el pluralismo informativo de forma aun más obvia que aquella absorción de Antena 3 por parte de la SER.

Cuando se aprobó la referida ley 10/2005, conocida como Ley Polanco hubo grandes protestas por parte de la mayoría de los medios de comunicación. Pero fueron contestadas en un comunicado conjunto GODÓ-PRISA que parecía adelantarse al auto del Supremo: las dos compañías artífices daban por cumplida la sentencia del antenicidio tal y como ha sucedido.

Ahora, trece años después del asalto por decreto a Antena 3 de Radio, la tesis mayoritaria del tribunal es que el objeto del procedimiento ha decaído como consecuencia de una modificación legislativa sobrevenida. Los votos particulares expresan su desconcierto al comprobar que antes se consideraba lesionado el pluralismo y ahora que hay más concentración, no».

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