El Consejo Audiovisual catalán fiscalizará la información del Estatuto en los medios públicos

(PD/ Agencias).- El afan censor no tiene límites. Sobre todo cuando hay políticos por medio. El Consejo Audiovisual de Cataluña (CAC) está decidido a controlar los contenidos informativos acerca del Estatuto que ofrezcan durante la campaña previa al referendo los medios sobre los que tiene competencias: los audiovisuales públicos de ámbito autonómico y local y los privados con licencia otorgada por la Generalitat.

La excusa es asegurar que dichas televisiones y radios actúan con «objetividad e imparcialidad». Y para ello, sin sonrojarse ni disimular, el organismo ha elaborado un pliego de «directrices y recomendaciones», que incluye la obligatoriedad para las de titularidad pública de entregarle 10 días antes del inicio de la cita con las urnas sus plan de cobertura informativa del Estatuto.

Cuenta El País que el presidente del CAC, Josep Maria Carbonell, diputado del PSC entre 195 y 2004, eligió ayer el Parlamento catalán como marco para presentar las mencionadas instrucciones.

Durante una comparecencia en la que informó de las actividades llevadas a cabo por el organismo en 2005, Carbonell designó al consejero Joan Botella para que detallara el contenido del documento.

Primeramente, éste justificó su elaboración subrayando que el refrendo sobre el Estatuto es «una cuestión de gran trascendencia y muy delicada», además de «nueva y sin precedentes» en el contexto institucional, lo que requiere, según él, «algunas modulaciones de las reglas y criterios habituales» en otras consultas electorales.

Y destacó seguidamente que el texto se basa en dos principios: asegurar la libertad de información y de opinión y garantizar que los electores tengan una información «plural y veraz» sobre la norma que será sometida a refrendo.

Las «directrices y recomendaciones» del CAC -que se refieren no sólo al ámbito de los contenidos informativos sino también a la publicidad institucional- se apoyan jurídicamente sobre todo en la Ley Audiovisual autonómica, aprobada el último diciembre y que da al organismo competencias amplias de control sobre los medios, y también en otras normas estatales y electorales.

Al dar explicaciones sobre el texto, Botella puso énfasis, por lo que hace a la información durante la campaña, en dos aspectos: la recomendación de que se dé «prioridad informativa al contenido de la norma», lo que consideró más importante que reflejar «las posiciones de las distintas fuerzas políticas» a propósito del Estatuto, y asegurar en los programas «la presencia de otras voces», exponentes de la sociedad civil, de sectores sociales y expertos. Y afirmó:

«Tenemos que salir del círculo estricto de los sospechosos habituales, entre los que se encuentran los grandes opinadores de Cataluña y los portavoces de los partidos».

En cuanto a los medios públicos -TV-3, Catalunya Ràdio, COM Ràdio y todas las cadenas televisivas y emisoras municipales-, Botella señaló la obligatoriedad que tendrán los operadores de comunicar al CAC unos 10 días antes del inicio de la campaña su «plan de cobertura informativa sobre el contenido del proyecto de Estatuto de Autonomía y sobre el proceso de refrendo».

«El CAC», puede leerse en las instrucciones, «establecerá los mecanismos oportunos para supervisar y velar por el cumplimiento del conjunto de responsabilidades del servicio público».

Otra recomendación que afecta en exclusiva a las televisiones y radios públicas hace referencia a los discutidos entre la profesión periodística «bloques electorales» (el tiempo de los informativos asignado a cada partido en función de su representatividad electoral).

En este sentido, Botella se declaró a favor de reducir «el corsé» de las informaciones electorales y privilegiar los criterios periodísticos.

El último apartado del pliego se ocupa de la «publicidad institucional». El CAC -que debe autorizar su contenido- distingue dos etapas. Antes de la publicación de la convocatoria del referendo, la Administración puede hacer «una amplia difusión» del texto e informar «sobre su alcance e implicaciones».

Durante el periodo electoral:

«El principio general, ha de ser el de imparcialidad, es decir, la publicidad institucional no ha de orientar el voto ciudadano».

EL CONTROL DE LOS MEDIOS

-El presidente del Consejo Audiovisual Catalán quiere que se dé «prioridad informativa al contenido de la norma» estatutaria

-El Consejo controlará la «objetividad e imparcialidad» de las informaciones durante la campaña previa al referendo

-La publicidad institucional sobre el Estatuto no podrá sugerir opciones de voto

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