Periodismo

Los otros CAC

09.01.06 | 16:45. Archivado en Consejos Audiovisuales
  • enviar a un amigo
  • Imprimir contenido

Borja Ventura (Periodista Digital).- El Consell Audiovisual de Catalunya (CAC) ha abierto la caja de Pandora en los medios de comunicación españoles. La Ley Audiovisual catalana, en virtud de la cual se concede capacidad sancionadora al CAC, ha hecho que la institución salte a las páginas de todos los medios de comunicación impresos.

Y el hecho de que el Gobierno tenga proyectada la creación de un Consejo Audiovisual Nacional ha disparado las alarmas en algunos sectores. Pero la realidad muestra que el CAC no es un hecho aislado.

El pasado días 6, Joan Botella, consejero del CAC publicaba un artículo en El País en el afirma que todos los países de la Unión Europea cuentan con un Consejo Audiovisual, salvo España. En sus palabras, "la propia ausencia de un organismo de este tipo en España explica que se trate de una realidad poco conocida, y que la discusión surgida esté dejando de lado elementos estrictamente técnicos acerca de la creación de reguladores audiovisuales y de los diversos modelos existentes, para concentrarse en aspectos pura y crudamente políticos, entreverados de juicios de intenciones, sospechas o incluso descalificaciones".

Tal y como afirma Botella, existen otros Consejos Audiovisuales. Sin ir más lejos, en España existen cuatro autonómicos. El más conocido es el Consell Audiovisual de Catalunya, presidido por Josep Maria Carbonell; la reciente aprobación de la Ley Audiovisual catalana otorga capacidad sancionadora a una institución que, según su presentación, "ejerce sus funciones en el ámbito de la comunicación audiovisual gestionada directamente por la Generalitad o en régimen de concesión o de habilitación, sea cual sea la forma de emisión y la tecnología empleadas".

Existe también el Consejo Audiovisual de Navarra, cuya finalidad es "velar por los contenidos del sector audiovisual, el cumplimiento de la legislación vigente, el pluralismo de los medios, la objetividad y transparencia de la información y el cumplimiento de la misión de servicio público de los distintos medios audiovisuales". En Andalucía también existe un Consejo Audiovisual, tal y como recoge la ley autónoma; lo mismo sucede en Madrid, aunque en ambos casos, los organismos no cuentan con el mismo nivel de desarrollo de Cataluña o Navarra.

CONSEJOS AUDIOVISUALES EN EUROPA

A pesar de la controversia que se ha desatado en España, el resto de Estados miembros de la Unión Europea cuentan con un Consejo que vele por los contenidos audiovisuales. En Inglaterra existe el Office of Communications (Ofcom), con competencias como "conceder licencias de televisión analógica, terrestre, por satélite, cable y radio, asignarlas, supervisar operadores de radiotelevisión públicos y privados, tramitar quejas, sancionar a través de advertencias imponiendo multas, exigiendo a los operadores realizar comunicados y revocando la licencia".

En Francia existe el Conseil Supérieur de l'Audiovisuel, cuyos 9 miembros son nombrados 3 por el Presidente de la República, 3 por el Presidente de la Asamblea Nacional y 3 por el Presidente del Senado. Entre sus competencias también se incluye la potestad de sancionar una emisora "de radio o un canal de televisión que no respete la reglamentación".

En Holanda, el Ministro de Educación, Cultura y Ciencia nombra al Presidente y los miembros del Commissariatt voor de Media, que no censura contenidos pero sí ejerce el control financiero sobre la Radiotelevisión pública. En Portugal, la Alta Autoridade para a Comunicaçào Social, pese a la importancia que da a la autorregulación como herramienta de trabajo, tiene como medios de actuación "dictar actos jurídicos, arbitrar conflictos, emitir dictámenes (el dictamen sobre la concesión de licencia para canal privado de televisión es vinculante), inspeccionar y solicitar instrucción expedientes, atender a las quejas".

Junto a estos casos, países como Italia, Serbia o Grecia cuentan también con Consejos similares que regulan los contenidos audiovisuales. En términos generales, las diferencias estriban tanto en las competencias (aunque suelen ser similares), además de aspectos como cuántos miembros componen el consejo o quién los nombra.


Los comentarios para este post están cerrados.

Comentarios

Aún no hay Comentarios para este post...

    Viernes, 1 de junio

    BUSCAR

    Los mejores videos

    Síguenos

    Hemeroteca

    Junio 2012
    LMXJVSD
    <<  <   >  >>
        123
    45678910
    11121314151617
    18192021222324
    252627282930 

    Sindicación