
MADRID, 10 (OTR/PRESS)
No se trata de pertenecer o no al club de fans del juez Garzón. Se trata de expresar ciertas perplejidades que caen de su lado. A su favor, quiero decir, porque avivan la fundamentada sospecha de que ha sufrido una especie de escarmiento de quienes se la tenían jurada en su propio estamento profesional.
Perplejo se queda uno ante el hecho de que, después de treinta años en el ejercicio activo de la Judicatura le empapelen por tres causas distintas en tan poco tiempo. O que la iniciativa de los reproches penales venga de acusadores particulares, nunca de la Fiscalía (acusación pública).
Si nos ceñimos únicamente al caso de las escuchas, por el que se le condena a 11 años de inhabilitación, perplejo se queda uno ante la inquietante coincidencia de abogados de presuntos delincuentes (caso Gürtel) con los magistrados del Tribunal Supremo en el mismo reproche penal a Garzón (hablo de coincidencia, no de frente común). Y perplejidad es lo que causa constatar que en la operación judicial desencadenada contra una trama de corrupción masiva el primero que cae es el juez que trataba de investigarla. En fin, tampoco queda uno muy tranquilo al constatar que por la misma conducta a nadie se le ocurra ir contra otros dos jueces: el que respaldó las escuchas entre defensor y defendido y el que decidió prorrogarlas.
Es verdad que no se condena a Garzón por haber investigado una trama corrupta vinculada al PP sino por haber vulnerado el derecho de defensa, no importa en qué asunto. Pero también es verdad que las circunstancias que concurren (dos causas por prevaricación y una por cohecho), con evidente trasfondo político e ideológico, hacen inevitable dudar de si se habría actuado así en el caso de conductas similares de un juez en asuntos relacionados con el PSOE, que tampoco faltan.
Por otra parte está el espinoso asunto de la prevaricación, como un tipo penal tan vinculado a los procesos de intención subjetiva ¿Cómo demostrar que se cometió ese delito, el más grave que se puede imputar a un juez? Dicho sea con todos los respetos, la sentencia que conocimos este jueves no lo demuestra en absoluto. Simplemente se afirma que la decisión de Baltasar Garzón (ordenar las escuchas) fue un acto "arbitrario" que vulnera el "derecho de defensa".
Tal vez la consecuencia de aquella decisión fue la vulneración del derecho de defensa, seguramente fue así, pero eso no demuestra que su decisión fuese "arbitraria". Y muchísimo menos que la tomase a sabiendas de que estaba cometiendo un delito ¿Cómo negar al juez Garzón que lo hizo, como él sostiene, por creer que era lo justo, lo correcto, lo adecuado?
En definitiva, se puede demostrar que estaba equivocado. Eso trata de demostrar técnicamente la sentencia. Lo que no demuestra en absoluto es que estuviera deliberadamente equivocado. O sea, que fuera consciente de estar cometiendo un delito. Eso es lo que nos remite a la figura penal de la prevaricación.
Comentario por jesús bravo lozano 12.02.12 | 00:23
¡Qué cosas tiene usted! ¿Olvida que la cuestión allí era que se encausó a un intocable? Tenga en cuenta aquello de quid pro quo.
De momento, uno es un delincuente y el otro no tuvo un juicio justo. Garzón no podrá alegar que no tuvo un Tribunal imparcial que por poco se queda sin magistrados para juzgarle. Solo le quedó recusar el agente judicial.
Bien, ¿Qué opina Ud sobre la famosa doctrina Bacigalupo?. Qué opina Ud sobre cómo se cargaron a Gómez de Liaño. Necesito saber todo eso para valorar cuanto Ud. dice.
Vamos a ver, Sr. Casado, si lee la sentencia y el auto donde ordena las escuchas verá el dolo en el delito. Tanto la Fiscalía como Garzón sabían que lo que hacían.
Lea el auto que ordena escuchas. Dice mas o menos, que se intervengan las conversaciones de los imputados en la cárcel, incluido las que tengan con sus abogados, "resguardando el derecho de defensa". ¿Como puede resguardarse el derecho de defensa si se están escuchando y grabando las conversaciones?
¿Tapándose los oidos? La Fiscalía, después de oirlas, dice que se saquen del sumario. ¿Se taparon los oidos? Esto es de broma.
Lea usted con mas atención la sentencia y lo tendrá mas claro.
Y la pena, no es otra que la tipificada en el Código Penal. No se la han inventado los magistrados.
¿Ha indagado el sistema de interrogatorio utilizado por Garzón? La Stasi.
Que la Fiscalía no acusara no es otra cosa que una prueba mas de la indignidad del Sr. Conde Pumpido. Negras debieron p...
Jueves, 31 de mayo
Agustín Jiménez
Aitor Yuste
Alfonso Rojo
Ana Pastor
Andrés Aberasturi
Angel Calzada
Antonio Casado
Antonio José Parafita Fraga
Carlos Carnicero
Carmen Tomás
Cayetano González
Charo Zarzalejos
Consuelo Sánchez-Vicente
Dámaso Mayarias
Esther Esteban
Fermín Bocos
Fernando Jáuregui
Francisco Muro de Iscar
Isaías Lafuente
José Cavero
José Luis Gómez
Julia Navarro
Lorenzo Bernaldo de Quirós
Luis Del Val
Mabel Redondo
Magdalena del Amo
Miguel Cancio
Miguel Higueras
Nava Castro
Pedro Calvo Hernando
Rafael Martínez-Simancas
Rafael Torres
Ramón Pi
Roberto Malestar Rodríguez
Rosa Villacastín
Salvador Freixedo
Victoria Lafora
Manuel Molares do Val
Pedro Fernández Barbadillo
José Pómez
Vicente Torres
Juan Fernandez Krohn
Vicente A. C. M.
Antonio Cabrera
Francisco Rubiales
Raúl González Zorrilla
Rufino Soriano Tena
Miguel Barrachina
Julio César Izquierdo