Los jóvenes que deseen llevar un piercing o hacerse un tatuaje han de acreditar que tienen más de 18 años y si no los tienen han de mostrar a la persona de la que requieren los servicios una autorización paterna porque estas prácticas puede tener consecuencias de salud. Una clínica abortista a la que se presente una chica menor de edad pidiendo que le practiquen un aborto no estará obligada a exigirle la autorización paterna. ¿Debe deducirse de ello que el aborto no tiene jamás consecuencias o que el legislador no las conoce o que las conoce pero por ideología se las pasa por el arco de triunfo? Las consideraciones sobre la sindéresis del legislador podrían no tener fin.
Jueves, 31 de mayo
Manuel Mandianes
Asoc. Humanismo sin Credos
Josemari Lorenzo Amelibia
Francisco Margallo
Pedro Tarquis
Juan Jáuregui Castelo
Jesús Mauleón
Julián Moreno Mestre
Faustino Vilabrille Linares
Francisco Baena Calvo
Jose Gallardo Alberni