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J. Ignacio Calleja Sáenz de NavarreteJ. Ignacio Calleja Sáenz de Navarrete

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Nuevos casos prácticos de moral católica en la "laicidad"

Permalink 28.04.08 @ 18:48:49. Archivado en Etica

Me gustaría disponer de más tiempo para el siguiente post pero no es posible en este momento. Me refiero a la noticia y comentarios sobre el acuerdo para la presencia de los capellanes católicos, “en los Comités de Ética Asistencial (CEAs) de los hospitales públicos de la Comunidad de Madrid”, siempre, según creo, atendiendo a los Acuerdos Iglesia-Estado de 1979.

Las cuestiones derivadas de la laicidad del Estado, de la vida pública en cuanto tal, ¡no de la vida social o de la sociedad civil en general!, nos están planteando nuevos casos, cuya resolución no tardaremos en adivinarlas con cierta naturalidad; pero todo esto nos llevará un tiempo. El instinto de quienes temen el viejo confesionalismo nacionalcatólico es negarle toda racionalidad a la moral, cualquier moral, de inspiración religiosa. ¡Cómo si un creyente pudiera dejar su condición de persona inteligente al referirse éticamente a los problemas humanos, y lo resolviera con una moral de la fe que no fuera coherente y convergente con la búsqueda humana de la verdad moral! (Y si lo hace así, peor para él). Y al contrario, los que no recuerdan con mucho reparo ese nacionalcatolicismo del Estado, tienden a ver laicismo trasnochado en cualquier razonamiento que diga que la moral es un asunto de todas las personas y de todas las cosmovisiones, y no un exclusiva de las religiones (y menos de los curas), sino de éstas con todos los demás, en un diálogo ético de la sociedad civil, el que inspira sus leyes mediante procedimientos democráticos. Lógicamente, a veces con contento para todos, y a veces, no; y algunas veces con grave descontento de muchos, dando lugar a los casos de objeción de conciencia en una democracia, con sus requisitos estrictos y bien claros.

En ese horizonte, parece lógico diferenciar cada caso. Por ejemplo, yo me tenía que referir recientemente en Vida Nueva al caso de la cofrade expulsada de la Cofradía por causa de su “matrimonio del mismos sexo”, y parece lógico que de no haber en juego un derecho humano fundamental, ésta es la cuestión, la Cofradía, ¡asociación privada de derecho eclesiástico", se pueda regir por sus estatutos, el derecho canónico y la moral católica. Luego está la cuestión de si el trato en el caso concreto es moral en cuanto digno y humano, pero el derecho parece lógico.

Otro supuesto, por ejemplo, es el de los profesores de religión católica que pierden su trabajo por razón de algún comportamiento de su vida privada, por ejemplo vivir en pareja de hecho, plenamente legítimo en cuanto a la ley civil, y que sin tratarse de un derecho humano fundamental, sí que supone que la ley civil, por ejemplo, el Estatuto de los Trabajadores, declina ante una ley eclesiástica, el Derecho Canónico, con efectos en el ámbito laboral, por hechos moralmente no aceptables para la Iglesia Católica. El Tribunal Constitucional ha declarado que esto es así, dando la razón a la Iglesia y sus argumentos en el ámbito de la libertad de enseñanza religiosa y moral. A mí me parece que el Tribunal Constitucional en este caso sentencia con pérdida de la soberanía política del Estado, es decir, las leyes comunes que legitiman el comportamiento privado de esos profesores, no lo olvidemos, “trabajadores del Estado en un espacio público, la escuela”. Ésta es la diferencia con la Cofradía, ámbito privado y confesional.

Y por fin, el caso de los capellanes y su presencia en los CEAs, en las mismas condiciones que otros profesionales del Centro Hospitalario, no veo la dificultad desde la laicidad. Porque la laicidad no consiste en que no aparezca nadie de convicciones religiosas en un comité, el que sea, sino en que argumente con razones que todos puedan entender, discutir y compartir. Si estas personas, “los capellanes”, están muy bien preparadas, genial; si no lo están, las ignorarán como a los demás; si los Acuerdos Iglesia-Estado, crean algún privilegio en el caso, por comparación con otras religiones o grupos de la sanidad, debe corregirse; pero el argumento de que estas personas van a vigilar o controlar la moral por encima de los demás, no lo entiendo; ellos aportarán su punto de vista en el discernimiento, los demás les pedirán que hablen éticamente, es decir, convicciones y pautas razonadas en relación a la dignidad de la persona, y el comité valorará en más o en menos su aportación. Tampoco veo que por ser sacerdote, éste sea el especialista en moral en el comité, sino una voz, que desde una tradición religiosa y eclesial, la cristiano-católica, suma su voz al quehacer ético de la sociedad civil; en este caso, a su expresión como mundo de la sanidad y a sus pautas éticas para la orientación de los profesionales en los supuestos médicos más controvertidos.

De fondo, yo creo que la nueva laicidad tiene que acostumbrase a que en cualquier lugar aparezcan todas las voces sociales, sean o no religiosas, y éstas, nosotros, acostumbrarnos a que nuestras voces morales religiosas tienen que ser también éticas, es decir, argumentadas en clave de igualdad y razón humanas. Esta voz religiosa y moral puede representarla un capellán o un especialista sanitario “creyente” al que se le encomiende tal encargo. Por el contrario, insisto, no veo que la asistencia religiosa, diversa y rica, haya de desaparecer del sistema de salud, si así lo reclama la sociedad, “un derecho fundamental”, y no veo por qué no pueda tener representación en los CEAS. Eso sí, con una voz religiosa y moral que, en cuanto ética, habla también el lenguaje de la moral civil. En caso contrario, nadie la entendería en la laicidad y esa palabra se perdería en un testimonio confesional, pero no confesante de la experiencia de fe, y su inspiración moral, ante la vida, la enfermedad y la muerte.


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Comentarios:
Supongo que el autor de este post se ha equivocado en cuanto al destinatario. Saludos.
Enlace permanente Comentario por José Ignacio Callej a 08.05.08 @ 14:11
Supongo que este post ha equivocado su destino. Saludos.
Enlace permanente Comentario por José Ignacio Callej a 08.05.08 @ 14:08
"... esos alegatos a favor de mirar hacia el futuro han sido percibidos por muchos como un intento de justificar la dictadura de Franco. Y nos lleva a parecer herederos de un régimen antidemocrático, antiliberal y antinacional, como el franquismo. Un régimen que abominaba de la libertad y que negaba la Nación como sujeto de la soberanía." Esperanza Aguirre, en el foro ABC. Furioso, anacrónico, insaciable clericalismo franquista.
Enlace permanente Comentario por dotri 07.05.08 @ 23:51
Simplemente, añado, que el respeto de la sentencia, y su cumplimiento, no me impide pensar que el Constitucional hace una interpretación de la colisión de leyes y derechos que, a mi juicio, representa un caso de cesión de soberanía del Estado en un espacio público. Otros lo ven de otro modo. Saludos a todos.
Enlace permanente Comentario por J. Ignacio Calleja Sáenz de Navarrete [Blogger] 30.04.08 @ 13:56
Pues sí, lográis abrumarme. De hecho, soy consciente de que hago muchas distinciones y paréntesis en los textos. La verdad es que la narraciones "en blanco o negro" me resultan casi siempre "infumables". Otras veces, directamente, "patino" que se dice. Pero, gracias.
En cuanto a Asturiano, a ver si aclaro algo; digo que el TC ha sentenciado a favor de la interpretación que hace la Iglesia Católica de la ley vigente en cuanto al nombramiento de profesores de religión y moral católica; ahora bien, que ese derecho lo tienen los Obispos es así; que lo tengan siempre, es otra cuestión; es lógico pensar si alguna vez entra en colisión con otros derechos que la ley reconoce también a esas personas ya nombradas y ejerciendo el profesorado. Hay un debate, sin duda, pues de otro modo no hubiese habido pleito. El pleito lo ha resuelto el Constitucional conforme a una interpretación de la ley, que es la que debemos aceptar. Simplemente, añado, que el respeto de la sentencia, y su cumplimient...
Enlace permanente Comentario por J. Ignacio Calleja Sáenz de Navarrete [Blogger] 30.04.08 @ 13:55
Aceptable casi todo, menos lo que dice en el caso de los profesores a los que no se les renueva el contrato por conductas irregulares como cristianos. El Tribunal Constitucional no sentencia "con pérdida de la soberanía del Estado", sino ateniéndose a la Ley, que establece que el nombramiento de los profesores de Religión Católica corresponde al Obispo.Que la Ley pueda ser obsoleta es otra cosa, pero, mientras está en vigor, hay que atenerse a ella.
Enlace permanente Comentario por Asturiano 30.04.08 @ 12:27
Suscribo lo dicho por martyr. Ojalá tuviéramos muchos sacerdotes tan equilibrados como usted.
Enlace permanente Comentario por simple lectora 30.04.08 @ 06:14
Aunque no escriba no es porque no le lea. Es porque sólo podría añadir parabienes, conformidad y elogios y parecería que doy jabón, además de abrumarñe. Pero me va a permitir que le "abrume" un poquito. De mayor quiero ser tan elocuente, ecuánime, inteligente, buena gente y acertado como usted.
Enlace permanente Comentario por martyr 29.04.08 @ 22:09
Me abrumas, pero gracias. A veces estoy más acertado y otras no tanto. Un cordial saludo.
Enlace permanente Comentario por J. Ignacio Calleja Sáenz de Navarrete [Blogger] 29.04.08 @ 13:27
Cien por cien de acuerdo.

Siempre sabe usted poner las cosas en su sitio.
Enlace permanente Comentario por martyr 28.04.08 @ 20:34

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