Ladrillos

Los bancos podrán obligarte a ampliar la hipoteca si tu piso baja de precio

09.05.09 | 21:41. Archivado en Alquiler
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(PD).- Hace un año estalló la polémica y el boletín oficial del estado (boe) del pasado sábado la vuelve a avivar en un momento delicado. el problema viene de que la nueva ley del mercado hipotecario aprobada por el Gobierno ZP permitía a los bancos obligar a los hipotecados a poner más garantías sobre la mesa si su casa bajaba un 20% respecto al precio inicial.

En la práctica, esto quería decir que si alguien llega a tener una hipoteca por un importe superior al valor de su vivienda, el banco puede obligarle a dejar como garantía bienes adicionales (dinero en efectivo, acciones, inversiones, otras propiedades...) para garantizar que su crédito está respaldado pese a que hubiera pagado puntualmente siempre sus cuotas.

Pese a la polvareda social que se levantó hace un año, el asunto ha permanecido más o menos enterrado, sin hacer más ruido y el que más y el que menos pensaba que había caido en el olvido y que no se aplicaría.

Sin embargo, el BOE del pasado sábado actualiza la normativa y ha reavidado la polémica y los miedos. la actualización publicada en el boe tras ser aprobada por el consejo de ministros, no elimina la cláusula, simplemente matiza los momentos en los que el banco puede activarla.

Así la norma dice literalmente:

"Si por razones de mercado o por cualquier otra circunstancia el valor del bien hipotecado desmereciese de la tasación inicial en más de un 20%, y con ello se superasen, en función del principal pendiente de amortizar, los límites [...], la entidad acreedora, previa tasación realizada por una sociedad homologada independiente, podrá exigir del deudor la ampliación de la hipoteca a otros bienes suficientes para cubrir la relación exigible entre el valor del bien y el préstamo o crédito que garantiza".

La novedad, según los expertos, es que precisa cuándo podrán hacer uso los bancos de esta norma entre particulares. de esta forma, el boe señala que si el deudor es una persona física, el banco no puede activar esta norma hasta que pase un año en el que se mantenga que la hipoteca es superior al precio del piso "a contar desde el momento en que la entidad acreedora haya hecho constar en el registro contable" antes de exigirse la ampliación de la hipoteca.

A la vez, va más allá y dice que tras ser requerido por el banco, el deudor puede optar por:

1) la devolución de la totalidad del préstamo
2) la devolución de la parte de la hipoteca que sobrepase la tasación

Es decir, si alguien compró una casa por 300.000 euros y abrió una hipoteca por 240.000 euros, si su casa llega a valer 200.000 euros (un 33% menos que al principio) el banco puede exigirle que pague o garantice con otros bienes la diferencia entre esos 200.000 euros y la hipoteca que le quede pendiente.

El BOE añade que si pasados dos meses desde que le fuera requerida la ampliación de la hipoteca no lo ha hecho o abonado, se dará por entendido que ha optado por la devolución de toda la hipoteca, que le será "inmediatamente exigible" por el banco.

Cuando el precio de la vivienda subía y subía no había problema de que el valor del piso fuese inferior al de la hipoteca (un fenómeno conocido como negative equity), pero ahora es un riesgo más que real en algunas zonas y para algunas personas.

Los expertos resaltan que la medida, lógicamente, se puede aplicar, pero que sería tremendamente impopular y que incluso cabrían alegaciones ya que los afectados podrían decir que la tasación que se hizo en su día fue elevada. por ello, señalan que no creen que a los bancos les interese aplicarla si el cliente está pagando la hipoteca sin fallos.

También han surgido las críticas de los que piensan que esto es una forma de traspasar el riesgo de los bancos a los clientes.

3 comentarios


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Comentarios
  • Comentario por Perfecto 13.05.09 | 01:01

    Me parece perfecto y justo.
    Si usted pidió un dinero para comprar un plastiquito a precio de diamante dejándose timar, y para ello puso como garantía el plastiquito, y ahora el plastiquito resulta que como no es un diamante no hay manera de volverlo a revender por precio de diamante, y el que te prestó el dinero exige una garantía de cobro real de la deuda, ya que pusiste como garantía una estafa.

    Si intentásteis estafar al banco es normal que el banco quiera cobrar lo que es suyo, y si vosotros fuísteis timados por un listo echadle la culpa al listo y a vuestra estupidez por caer en la trampa como bobos.

  • Comentario por Una ciudadana hipotecada... 10.05.09 | 19:44

    ¡Esto si que es bueno! Pero si yo pagué un dineral de IVA al Estado. Si encima no he podido vender mi piso anterior, que está en otra comunidad autónoma diferente a la que resido actualmente, porque me cambié de comunidad por motivos de trabajo y no para especular... Pero si ZP me decía que eramos los campeones del Mundo Mundial, si negaba la crisis, si llamaba catastrofistas la todo el que la insinuaba...Este gobierno es un fraude, además el IRPF, del dinero que yo gano durante dos años se lo ha dado a los bancos, en lugar de dármelo a mí para pagar mi hipoteca..¡ Esto es un FRAUDE ! ¿Qué me devuelvan mi 20 % IVA , porque si mi piso vale menos, yo les pagué más... ZP te doy mi piso y tú me das tu casa de la VERA de Almería... Te lo pido porque sencillamente me has engañado como a otros millones de españoles.

  • Comentario por jegg 10.05.09 | 02:28

    Pais de usureros. No tenia que pagar nadie la hipoteca, aver que pasaba.

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