(PD/Agencias).- Cambiar las condiciones de un crédito hipotecario costará hasta un 80% menos y jubilarse a los 70 años supondrá un incremento en la pensión de hasta un 15%.
Ambas premisas se cumplirán si, como está previsto, el Pleno del Congreso de los Diputados supera hoy el último trámite de la ley de reforma del mercado hipotecario y el de la ley de medidas en materia de Seguridad Social.
Una vez que ambas normas reciban el visto bueno del Congreso pasarán directamente al Boletín Oficial del Estado (BOE) para salir publicadas y entrar en vigor.
El paso por el Senado ha perfilado ambas leyes de cara a su pronta aprobación. Las enmiendas de la cámara alta en materia de Vivienda han incorporado a la norma la recuperación de la regulación de la hipoteca de máximos o flotante porque mejora la financiación de las pymes.
También se incluyó la posibilidad de que se formalicen hipotecas inversas sobre otro tipo de bienes inmuebles que no sean la vivienda habitual, pero esta medida no tendrá beneficios fiscales.
En cuanto a la ley sobre medidas en materia de Seguridad Social, los trabajadores que se jubilen con 66 o más años verán aumentada un 2% su pensión por cada año cotizado a partir de los 65. Este porcentaje se elevará al 3% si se acreditan carreras de cotización de 40 años, con lo que se llegaría al 15% citado.
La norma establece además que en los casos en que se supere la pensión máxima, se reconocerá el derecho a percibir anualmente una cantidad a tanto alzado, cuyo importe dependerá de los años cotizados.
Esta reforma de la Seguridad Social es fruto del acuerdo que firmaron Gobierno, patronal y sindicatos el pasado 13 de julio de 2006. El Consejo de Ministros aprobó el proyecto de ley el mes de febrero; el 13 de septiembre fue ratificado por la cámara baja y el pasado día 7 de noviembre, en la alta.
La norma sobre vivienda ha contado con un importante consenso, tanto en su tramitación en el Congreso como en el Senado.
No sé si en la forma en que se anuncia la medida hay mala intención o no, pero ese aumento del 15% en 5 años no quiere decir que a los 70 años la pensión supere el 100% de la Base Reguladora que corresponda en ese momento.
Puedo estar equivocado pero opino que a los 65 años calcularán la Base Reguladora y al importe de esa Base será a la que se aplique el aumento del 3% cada año.
Si a los 65 de edad ya han completado los 35 de cotización, o tienen un sueldo fabuloso o trabajarán por una miseria, porque cobrarán casi igual que jubilados.
Por otra parte, si el IPC es menor que ese 3% saldrán beneficiados pero... ¿y si el IPC es mayor?
Lo cierto es que la medida beneficia a quienes, a los 65 de edad, no hayan alcanzado los 35 de cotización. Circunstancia ésta que actualmente se da con harta frecuencia por la precariedad o discontinuidad en el empleo.
Si a alguien beneficia, bienvenida sea.
Esta ley de jubilación no es igual para todos, y sigue siendo injusta:
Si a los 60 años de edad ya se ha cotizado durante 40 años, ¿por qué no se aumenta en esa proporción de un 3% cada año y a llegar a los 65 años y jubilarse (tras cotizar 45 años) no se abona el 115%? Eso será igualdad, porque supone cotizar tanto como dice la nueva ley para los de 70 años. ¿O aquí el que pierde también es el que más cotiza, pues es quien más trabaja y más paga?
Jueves, 26 de noviembre
Grupo Cenyt
Juan Carlos Ureta
Luis Llopis Herbas
Jesús Pérez
Ramón Tamames
Luis C. Sánchez