Estamos analizando las razones que, desde el punto de vista técnico se suelen mencionar, para tratar de justificar el hecho de que no se utilice el detector de mentiras.
Y les dije que en los EE.UU. de América, si bien hay una ley que prohíbe su uso en asuntos laborales, la misma no rige para el personal de la administración pública y otros casos, y que se lo emplea rutinariamente para controlar a los agentes de los sistemas de seguridad.
Para verificar la exactitud de esto último también pueden recurrir a Internet, y buscar, por ejemplo, el famoso caso de Robert Hanssen (apodado “el patriota”) quien está condenado a cadena perpetua por vender datos a la U.R.S.S., sanción que logró en reemplazo de la pena de muerte que le habían impuesto, a cambio de suministrarle al gobierno norteamericano datos muy importantes sobre el espionaje ruso. La conmutación de la pena que le fue otorgada, tiene la condición de que nunca, bajo ningún concepto, podrá ser excarcelado. A raíz de ese caso, el FBI impuso a sus agentes la obligación de “pasar” en forma rutinaria por el polígrafo (en el buscador poner: http://www.clarin.com/diario/2001/03/25/i-04001.htm).
Incluso ese caso fue tan, pero TAN FAMOSO, que hasta se hizo una película sobre el mismo en el año 2007 (creo que su título es “Un enemigo en casa”) la que no sólo pudo verse en cines, sino que hace pocos días la pasaron por un canal de cable en mi país.
Pues bien; insisto en que eso debería ser más que suficiente como para hacernos comprender, que el famoso detector de mentiras o polígrafo TAN MAL NO DEBE FUNCIONAR, ya que el gobierno de los EE.UU. de América lo emplea constantemente.
Pero no es únicamente en ese ámbito donde se lo usa, sino que también resulta fácil verificar en Internet, que existen muchas empresas en distintos lugares del mundo —por ejemplo España y México— que ofrecen sus servicios a cualquiera que esté interesado en contratarlos, y que ellos utilizan el polígrafo, tanto para seleccionar el personal que desean quienes los contratan, como también para “solucionar problemas” que se hubiesen generado en el ámbito laboral de los mismos.
Y, si bien no me dediqué a efectuar una investigación al respecto, he podido verificar que en España, por ejemplo, por cada “estudio” efectuado cobran la friolera de unos 300 euros (es decir, más de $ 1.500.-) cada uno.
Pues bien; me parece ridículo pensar, que una empresa comercial esté dispuesta a “dilapidar” semejante cantidad de dinero, si los resultados no fuesen lo “suficientemente razonables” como para justificarlo.
Creo entonces que eso también nos permite asumir —y más allá de toda duda— que la eficacia del detector de mentiras debe ser bastante más “razonable” de lo que suelen asegurar sus detractores.
Y antes de pasar al aspecto jurídico del asunto, y para “entroncar” en él, creo necesario efectuar un último comentario sobre el novedoso sistema inventado por Jennifer Vendemia del que ya les hablé, pero debo aclararles que esto podría ser considerado una simple especulación de mi parte, razón por la cual es posible que exista quien dude de su veracidad, aunque, como podrán comprobarlo leyendo lo que pienso, creo posible que coincidirán en que puede ser algo “bastante” factible.
Si buscan en Internet, podrán verificar que el ex presidente Bush le otorgó a esa mujer una “beca” de CINCO MILLONES DE DÓLARES, para que «continúe estudiándolo y perfeccionándolo».
En ese sentido —y como suelo ser muy mal pensado— yo diría que esa cifra se la dio para que les permita utilizarlo.
Y no sólo creo que lo hicieron, sino que lo hacen, y que por tal motivo mantienen detenidos a los famosos presos de la Base de Guantánamo, algunos de los cuales están allí desde hace ya muchos años (creo que hay casos que llevan más de ¡OCHO! años) primero sin ser sometidos a proceso judicial alguno, y más tarde siendo procesados por “tribunales especiales militares” creados al efecto. Y debo aclararles que, con respecto a esas personas, varios tribunales de los EE.UU. de América se expidieron diciendo, que no podían resolver favorablemente los pedidos de Habeas Corpus que se interpusieron en su favor, por cuanto no se encontraban en territorio de ese país, sino que estaban en Cuba (criterio que aparentemente se habría modificado hace poco).
Pues bien; como creo necesario decir algo más al respecto, y dado que este post ya se ha extendido más allá de lo aconsejable, continuaré con el tema en el próximo.
Cordiales saludos
MARANA-THA
Si le interesan mis libros, puede visitar www.jesusescomunidad.com.ar
Miércoles, 30 de mayo
Pedro Tarquis
Asoc. Humanismo sin Credos
Carlos F. Barberá
Josemari Lorenzo Amelibia
Universidad Pontificia Comillas
Ediciones Khaf
Francisco Baena Calvo
Francisco Margallo
Juan Jáuregui Castelo
Antonio Aradillas