El club de los amigos malos

¿Cómo se ha mantenido el Gobierno Constitucional de la República de Cuba (en el exilio)?

07.11.08 | 12:09. Archivado en Mi lucha por la libertad de Cuba
  • enviar a un amigo
  • Imprimir contenido

El Gobierno Constitucional de la República de Cuba aboga por el restablecimiento de la verdadera Democracia en Cuba a la caída del régimen Comunista de los hermanos Castro. Esta Transición se realizaría dentro del Marco Legal de la Constitución Cubana de 1940, la cual, aunque fue violada por la tiranía castrista, continúa jurídicamente VIGENTE, pues nunca fue abrogada o sustituida por la voluntad directa y libre expresión del pueblo cubano. También se debe saber que las Constituciones Democráticas hechas por sus pueblos nunca pueden ser derogadas por tiranías o gobiernos ilegítimos.

La Constitución de 1940 orientó sabiamente al pueblo cubano sobre cómo afrontar las contingencias del futuro en el orden económico, político, jurídico y social, pues Cuba se colocó en los tres primeros lugares de región, aún siendo la República más joven de Ibero América. Por esto debemos acudir a ella cuantas veces sean necesarias para seguir sus Principios y no perder el camino de la República Democrática que estableció con visión profética respecto a la Libertades y los Derechos Humanos.

En relación con la sucesión presidencial Constitucional, -y tomando el último período Constitucional Democrático que tuvo Cuba-, el Artículo 149 de la Constitución dispone que
en caso de ausencia, enfermedad o muerte del Presidente (Dr. Carlos Prío Socarrás), el Vice Presidente (Dr. Alonso Pujol), y el Presidente del Congreso, (Dr. Manuel Antonio de Varona), ocupará interinamente la Presidencia de la República el Magistrado más antiguo del Tribunal Supremo.

En cumplimiento de ese Articulo de la Constitución, el Doctor José Morell Romero, Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia, fue proclamado (no nombrado) Presidente Constitucional, quien, con una visión patriótica extraordinaria, quiso mantener el mismo mecanismo constitucional, según sugería su avanzada edad por lo cual, amparado en la Facultad que le otorgó el Articulo 180 de la propia Constitución de 1940, nombró un nuevo Escalafón del Tribunal Supremo, utilizando una Terna tal como lo estipula la Constitución, y de esta manera garantizar un sucesor presidencial constitucional en caso de su muerte, pues todos los Magistrados de la Cuba de ayer ya habían fallecido. Tal fue así que al producirse su muerte en Octubre del 2002, el Magistrado más antiguo del nuevo Escalafón, el Dr. Claudio F. Benedi, asumió la Presidencia, y, por razones de salud, tuvo que renunciar en el mes de Diciembre del 2007. Hoy en día, el Dr. Rodolfo Nodal Tarafa, ocupa la Presidencia Constitucional de la República por Mandato Constitucional del Artículo 140. Todo esto se produce dentro del marco Legal de la Constitución de 1940.

El Gobierno Constitucional de la República de Cuba, además de la Legitimidad formal que le asiste, cuenta con el respaldo activo de las instituciones de la Cuba Democrática en el Exilio y de la gran mayoría de los opositores dentro de la isla, como también de los Colegios de Abogados en todo el mundo porque saben que este es el único camino que tenemos los cubanos para poder garantizar una futura Democracia que nazca legítimamente en le Tercera Republica que se nos avecina. Es el único Gobierno, pues, Soberano de todos los cubanos, de todas las ideologías y todos los credos, dentro de la isla y de todos los cubanos, de todas las ideologías y todos los credos, fuera de la isla. En fin, el legítimo Gobierno de la República de Cuba, aunque esté en el exilio.

Oficina de la Presidencia
Gobierno Constitucional de la República de Cuba (en el exilio)

*Trabajo publicado por Julio San Francisco con información facilitada por el Lcdo. Rubén A. Ricardo, Ministro de la Presidencia. En una próxima nota aparecerá el gabinete completo. Por favor, que todos los demócratas cubanos y no cubanos que deseen la transición, la democracia y la libertad para Cuba, publiquen en sus medios de prensa, digitales y no digitales, en sus páginas web y blog y envíen a sus contactos esta información de suma importancia para Cuba, el pueblo cubano y sus demócratas de dentro y de fuera. (N. del E.)

3 comentarios


Los comentarios para este post están cerrados.

Comentarios
  • Comentario por Luis 08.11.08 | 10:49

    Ni que decir tiene, que cualquiera que haya participado directamente en la represión política debería ser inabilitado de por vida para el ejercicio de la función pública.

  • Comentario por Luis 08.11.08 | 10:45

    El pueblo no va a entender a nadie que no prometa mano dura, aun cuando esta se de dentro del ámbito de la constitución de 1940, con lo que debemos descartar por adelantado la aplicación de la pena capital.
    El gobierno debe tener en cuenta a la totalidad del consejo de estado que ha sancionado con su voto a penas de muerte muchas veces sin proporcionalidad alguna con el delito cometido, lo que es un asesinato con premeditación alevosía y dolo.
    Por ser multitud y por que se ha visto el pueblo en mas de una ocasión forzado por el diseño castrista a participar en otras figuras delictivas yo limitaría las sanciones al asesinato pudiendose ampliar a otras de comisión exclusiva en las altas esferas de la tiranía.

  • Comentario por Luis 08.11.08 | 10:33

    Ahora que al fin parece que existe unidad o mayoría en algo, el Gobierno legítimo de Cuba debería priorizar el hacer escuchar la voz y el sentir de la disidencia, traduciendo esa voz y ese sentir en medidas concretas e incluso legislar sobre las actuaciones futuras contra los representantes de la tiranía, así como contra aquellos que la apoyan ya sea en el terreno político, el económico o cualquier otro ámbito.
    La consigna debería ser el combatir la tiranía con proporcionalidad a sus actos pasados, presentes y futuros, que la justicia sea guia de sus actuaciones.

Miércoles, 30 de mayo

BUSCAR

Editado por

  • Julio San Francisco Julio San Francisco

Los mejores videos

Síguenos

Hemeroteca

Enero 2012
LMXJVSD
<<  <   >  >>
      1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031     

Sindicación