V Centenario de la batalla de Villalar, F. J. Sánchez

V Centenario de la Batalla de Villalar

Francisco Javier Sánchez

En el periódico digital “Voces de Cuenca” se originó un intenso e interesante debate con ocasión de una carta al director que fue publicada el día 11 de febrero de 2018. La carta llevó por título “V Centenario de la Batalla de Villalar”, escrita por el que suscribe. El intercambio de comentarios con la persona que firmaba bajo el pseudónimo “Bajo caciques y cuneros” dio lugar a una larga exposición de opiniones sobre este polémico tema histórico: la revolución de las Comunidades de Castilla, su trascendencia o intrascendencia, y el alcance que tuvo la Ley Perpetua de 1520. Resultando de interés para el blog este debate de ideas, se reproduce para los interesados en el tema.

El texto de la carta es el siguiente ( V Centenario de la Batalla de Villalar):

“La Fundación Villalar-Castilla y León ha anunciado que ha mantenido contactos con las comunidades de Castilla-La Mancha y Madrid para celebrar el V Centenario de la Batalla de Villalar en 2021. En esa batalla se dilucidó el destino de la revolución comunera, que primero estalló en Toledo, la principal ciudad de Castilla la Nueva en esos tiempos. Pero también esa revolución tuvo su punto final en la caída de Toledo en febrero de 1522, con el exilio de María Pacheco a Portugal. En definitiva, se tratan de unos hechos históricos que corresponden a toda Castilla.

Tal vez más importante sea dar a conocer el principal legado de las ciudades castellanas, la Ley Perpetua de 1520, otro V Centenario en ciernes. Resulta ser el primer precedente constitucional hispánico y europeo, ya que proclama por primera vez que es el reino el que manda al rey, estableciendo la independencia de las Cortes y de la administración de justicia, y promoviendo un orden económico y una hacienda en beneficio material del reino. Principios hoy básicos en cualquier democracia y que ya adelantó la moderna Castilla de los inicios del siglo XVI.”

Y a partir de aquí, los múltiples comentarios.

Bajo caciques y Cuneros: Todo eso es discutible. Pero la ignorancia que hay al respecto es inmensa. También hay que decir que la principal ciudad castellana, Burgos, se pasó al lado realista enseguida, como muchas otras ciudades como Cuenca, donde los acontecimientos devinieron en desórdenes públicos. Fue una guerra civil entre castellanos y , dedicarse solo a loar a los comuneros, cuando con Carlos V Castilla alcanzó un gran poder político y económico, solo son visiones antihistóricas desde una izquierda pueril. Muchos comuneros eran de la pequeña nobleza, pero eso no lo ven.

Francisco Javier Sánchez: Fue la Corona de Castilla la que tenía un gran poder político y económico antes de que llegara Carlos de Gante, y la que le dio el dinero para conseguir el título de Emperador en Europa y le proporcionó un imperio en América. En la redacción de los 118 Capítulos de la Ley Perpetua de 1520 ( mencionada en varias ocasiones en la Convención constituyente norteamericana de 1787) estuvieron presentes Burgos y Cuenca, junto con otras 12 ciudades castellanas. Para alborotos y destrucción…, qué decir de los incendios de Medina del Campo y Mora provocados por las tropas de Carlos. Pero, repito, lo más importante históricamente es la Ley Perpetua y no las batallas, alborotos, quemas y destrucciones. No hablo desde ninguna ideología, sólo animo a conocer la Historia de la que los castellanos deberíamos sentirnos orgullosos.

Bajo caciques y cuneros: Usted solo está hablando de la mitad de Castilla y está olvidando que los años de mayor prosperidad económica en Castilla fueron con Carlos. Burgos y Cuenca no duraron dos telediarios en el bando comunero porque Burgos era la capital económica y Cuenca aún duró menos. Castilla aumentó población y riqueza y fue la primera potencia mundial. Los comuneros representaban en gran parte un viejo régimen que quedaba anticuado.

Aún así, comuneros o realistas , en aquellas comunidades de villa y tierra nunca hubo algo parecido a una democracia. Ni lo hubo, ni lo hay. Eran oligarquías llenas de clases parasitarias, donde la Inquisición nos garantizó un retraso durante siglos, donde se favoreció que las clases pudientes compraran deuda (juros) o tierras en lugar de una actividad comercial importante. Toda la riqueza y el espejismo se basó en exportar lana y comprar productos elaborados en Europa y en malgastar el oro americano. Ni a los comuneros, pequeña nobleza, ni a la gran nobleza realista importaban sus siervos un ardite.

Francisco Javier Sánchez: Ramón Peralta, doctor en Derecho Constitucional y Filosofía Política y profesor de Derecho Constitucional en la Universidad Complutense de Madrid, afirma en su libro sobre la Ley Perpetua, para que se comprenda su alcance político:

“La Ley Perpetua redactada por la Junta de Procuradores de las Comunidades castellanas reunida en Ávila en el verano de 1520 resulta ser el precedente constitucional hispánico, frustrada en su aplicación por la oposición del rey Carlos de Habsburgo y su corte. Y es que el movimiento político comunero desarrollado entre 1519 y 1521 puede considerarse como la primera revolución constitucional europea si analizamos con detalle el proceso y el documento en que se concreta como Ley Perpetua del Reino de Castilla. La Ley Perpetua de 1520 expresa los elementos propios de la Constitución Política castellana formalizados ahora en un texto aprobado por los representantes de las principales ciudades de la Castilla nuclear.

La Ley Perpetua, redactada y aprobada por una Junta extraordinaria –no convocada por el rey– de procuradores a modo de Cortes Constituyentes, es impuesta al rey y no puede ser modificada por el mismo ni por Cortes ordinarias. Se establece la total independencia de las Cortes como asamblea representativa de estamentos y ciudades respecto del rey que aparece como el Protector ejecutivo del reino; se fijan las funciones y modos de elección de los diputados como portavoces de los Concejos; se declara la independencia y profesionalidad de los jueces; se reestructura la administración estableciéndose criterios de selección y controles objetivos; se establecen específicas garantías judiciales en favor de la libertad y derechos de los ciudadanos y se reordenan los derechos de nacionalidad; se establece una Hacienda Pública y un orden económico en beneficio del desarrollo material del reino, de su producción y su comercio; se prohíbe la injerencia de los extranjeros, excluyéndose a éstos del ejercicio de cualquier cargo público; se garantiza, en fin, una amplia autonomía local-territorial en favor de Concejos y Comunidades cuyas autoridades eligen los vecinos, excluyéndose toda injerencia regia.

El pueblo castellano pretendía establecer formalmente la primera monarquía constitucional, sin embargo, el rey y una corte de extranjeros apoyados por determinados sectores directamente beneficiarios del nuevo orden cesarista combatieron aquella pretensión logrando, con el tiempo, desvirtuar la estructura jurídico-política castellana, que tuvo que adaptarse a un molde foráneo de índole monárquico-absolutista.

El Imperio de los Habsburgo, terminaría por debilitar en extremo a aquella próspera, dinámica y libre Castilla que se asomaba pletórica al mundo al principiar el siglo XVI.”

Bajo caciques y cuneros: Ley? El concepto de ley implica su aprobación por una autoridad legítima. A pesar de los deseos de los comuneros la Reina Juana no los recibió. Muy respetable la opinión del autor que cita, pero no va por ahí la opinión de muchos historiadores. Claro, usted obvia que entre los intereses realistas estaba el Consulado de Burgos, principal ciudad castellana, que efectivamente quería el comercio con Flandes. También obvia usted que Carlos , que llegó a España sin hablar castellano, acabó apoyándose en la pequeña nobleza y las ciudades frente a los grandes nobles. Las cosas son muy complicadas. Carlos recibió una compleja herencia territorial. En cuanto a los datos demográficos, hasta las pestes de fin del XVI Castilla fue para arriba.

Francisco Javier Sánchez: No sé a que historiadores se refiere usted. Los historiadores que he leído y sus obras: José Antonio Maravall, “Las Comunidades de Castilla”; Joseph Pérez, Premio Príncipe de Asturias 2014 de las Ciencias Sociales, “Los Comuneros”, “Carlos V”, “Entender la Historia de España”; José Manuel Castellanos Oñate, “Madrid Comunero. Crónica, documentos y análisis del alzamiento en la Villa”; del jurista Ramón Peralta “La Ley Perpetua de la Junta de Ávila ( 1520)”; y del que fue director del Archivo de Simancas, Amando Represa, su libro “El Pendón Real de Castilla y otras consideraciones sobre el reino”, su Capítulo “Las Comunidades ( políticas) en sus textos”.

Bajo caciques y cuneros: Sí, veo que solo le interesa un tema. Jamás he leído el disparate de que las peticiones de los comuneros sean el precedente de las constituciones como la de USA y demás disparates de leyes perpetuas , que ni fueron leyes ni fueron perpetuas.

Francisco Javier Sánchez: Si para usted un hecho histórico es un disparate… ( la Ley Perpetua).

Bajo caciques y cuneros: Ese artículo es en al menos su mitad ciencia ficción. Ahora resulta que se querían ciudades libres a la italiana. El problema es que Venecia, Florencia…eran riquísimas ciudades autosuficientes. Concluir que la Constitución de USA se basaba en ellas, es muy peregrino.

Francisco Javier Sánchez: Peregrino, disparate, discutible…, además de calificativos podría decirnos qué historiadores de los últimos 50 años consideran que el alzamiento de las ciudades castellanas no fue una revolución, aportando nombres e investigaciones. En mi texto inicial sólo he expuesto que la conmemoración del V Centenario de la Batalla de Villalar no es algo exclusivo de una comunidad autónoma de nueve provincias, sino que corresponde a toda Castilla, y yendo a más, a toda la Corona de Castilla. Pues los Capítulos de la Ley Perpetua de 1520 fueron redactados para lo que cualquier historiador actual llama Corona de Castilla, cuyo territorio comprendía buena parte de España.

Creo que los españoles no podemos seguir denostando lo que es parte de nuestra Historia, para bien y para mal. No tiene sentido desprestigiar esa parte de la Historia, menospreciarla, empequeñecerla a una revuelta medieval preservadora de no se qué privilegios de la baja nobleza…En cualquier nación del mundo estarían muy orgullosos de haber dado a luz el primer precedente de Constitución. Pero estamos en España.

Bajo caciques y cuneros: Cuando tenga tiempo, le daré una lista de historiadores que hacen un relato fiel de los hechos. La historia son hechos, luego cada uno (como usted ) lleva el agua a su molino. Sigue ignorando que Burgos, principal ciudad castellana, fue fiel a Carlos desde el inicio. Sigue ignorando que Cuenca tornó de bando en cuanto el asunto se tornó radical.

Bajo caciques y cuneros: Ese artículo parece escrito por los de Tierra comunera. Cuando yo estudiaba historia del derecho no se enseñaban esos disparates.

Hechos:

1. España fue el eje del Mundo en el siglo XVI y Castilla el eje de España. Los territorios americanos se incorporaron a Castilla.

2 Las leyes de Indias son mucho más importantes que esas ensoñaciones porque supusieron incorporar un continente a Europa.

3 Carlos, como todos los reyes de su época, contemplaba sus dominios como su propiedad y se alió con Burgos, la alta nobleza y pronto con muchos nobles que veían que el tema tomaba tintes revolucionarios.

4. Me parece más importante que el símbolo del dólar se base en las columnas de Hércules que lo de las influencias en la Constitución de los yanquis.

5 Las constituciones pueden ser muy bonitas como las de 1812 pero nunca se aplican.

6 Mi mención al tema de las Comunidades de Villa y Tierra se debe a que desde una visión romántica se ha defendido que eran democracias. En realidad (Sánchez Benito para Cuenca) las oligarquías de la ciudad controlaban todo y los pueblos pagaban el setenta por ciento de los impuestos.

7 No me gusta la idealización del pasado. El nacionalismo es un atraso. Además , hoy mismo vemos como en el invento infame de Castilla-la Mancha unas ciudades castellanas prosperan a costa de otras. La solidaridad (reciente tema de la universidad ) no existe.

8 Ningún acontecimiento de hace 500 años fue determinante para la situación calamitosa hoy de Cuenca. Hace 200 años Japón estaba en la Edad Media y hace 300 en USA estarían cazando bisontes.

9 Como dice Nietzsche, el historiador acaba pensando hacia atrás

10 Muchos de los comuneros serían héroes. La mayoría eran pequeña nobleza que defendía sus privilegios. Cómo siempre, el pueblo llano a comuneros y realistas les importaba un ardite.

Francisco Javier Sánchez: Claro que todo lo que sucedió es muy complicado. Y en breves comentarios es difícil explicarlo y darlo a entender. La “autoridad legítima” era ya la Junta y Cortes extraordinarios reunidas en Ávila durante el verano de 1520, de ahí el cariz revolucionario. La reina Juana sí recibió a los comuneros en Tordesillas, pero se negó a firmar documentos. Y el rey Carlos se negó a acatar la Ley Perpetua. Hubo muchas negociaciones entre unos y otros, pero los comuneros más exaltados se negaban a pedir al rey por vía de suplicación. Entendían que el reino estaba encarnado en las ciudades, Junta y Cortes, y el rey debía cumplir lo acordado, que además era inmodificable, como una Constitución.

“Otorgamos los dichos Capítulos, e cada uno de ellos, e los concedemos e confirmamos. E mandamos como leyes perpetuas de los dichos nuestros Reynos, hechas en Cortes, sean guardadas e se guarden perpetuamente, e inviolablemente, e para siempre jamás. E prometemos nuestra fe, e palabra Real, e juramos por Dios nuestro Señor, e por sus quatro Evangelios…, de guardar, e cumplir, e hazer guardar, e que guarden los dichos Capítulos, e cada uno de ellos, de no los mudar ni revocar, ni yr, ni venir contra ellos, ni alguno de ellos”.

Bajo caciques y cuneros: En lo de “legítima” en sentido de legal no estoy de acuerdo.

Francisco Javier Sánchez: ¡ Pero ellos se consideraban legítimos !. No se trata de estar o no de acuerdo.

Bajo caciques y cuneros: Y los secesionistas catalanes también. Es cuestión de legalidad, no de pamplinas.

Francisco Javier Sánchez: Pues muchos historiadores como el hispanista francés Joseph Pérez consideran que fue Carlos el que llevó a cabo un golpe de Estado al autoproclamarse rey de Castilla en Bruselas en el año 1516, sin esperar a nada ni a nadie. Pero cada uno defendió “su legalidad”.

Bajo caciques y cuneros: Claro. Ahora hay otro Carlos por ahí arriba defendiendo que el golpe de estado lo ha dado el 155. Seamos serios.

Francisco Javier Sánchez: Efectivamente, Carles y su fuga a Flandes siempre me ha recordado de dónde vino el Carlos del siglo XVI.

Francisco Javier Sánchez: Es cierto que la población de la Corona de Castilla siguió aumentando hasta finales del siglo XVI, por la vitalidad demográfica que arranca de antes, pero la política de Carlos y Felipe II no estuvo precisamente dirigida a incentivar y desarrollar la economía castellana, como usted mismo indica al hablar de la proliferación de las clases parasitarias y del derroche de la Corona con las riquezas americanas, que se iban directamente fuera de España. Evidentemente no toda Castilla apoyó la causa comunera, sino hubieran logrado que Carlos acatara la Ley Perpetua. Y hubo regiones de la Corona de Castilla, como Galicia, que proclamaba en escrito dirigido al rey Carlos en febrero de 1521 que era el “más leal e más pacífico de toda España”. La Coruña solicitó que se estableciera en su ciudad la Casa de Contratación con las Indias, y desde Galicia se propuso que había que privar a Zamora de voto y representación en las Cortes de Castilla “como a tan delincuente en estos alborotos”. Los comuneros de ninguna manera aspiraban a perpetuar un régimen anticuado, sino a establecer un nuevo régimen en el que el rey cumpliera lo acordado en la Junta y en las Cortes. El conquense Diego Ramírez de Villaescusa, presidente de la Chancillería de Valladolid así lo expresó, tras reuniones con dirigentes comuneros: “Ellos decían que eran sobre el rey y no el rey sobre ellos”. La expresión Comunidades en aquellos años tenía una significación política que nada tenía que ver con las comunidades de villa y tierra que perduraron hasta el siglo XIX y que no existían en todo el territorio castellano.

Bajo caciques y cuneros: Muy gracioso. Sé lo que son las Comunidades y los sexmos y ochavos. Veo que usted idealiza unas disposiciones que no entraron en vigor. Me recuerda a cuando mi profesor de historia del instituto decía que la Constitución de la URSS sobre el papel era superavanzada y democrática. En la práctica no se cumplía en absoluto.

Bajo caciques y cuneros: El problema económico es fácil juzgarlo ahora. Los teóricos de la universidad de Salamanca ya teorizaron sobre la inflación. Claro, hasta entonces ningún país había tenido ingentes remesas de plata que dispararon los precios. Los problemas venían de atrás: sin bajar más, en época de Isabel, la ganadería tenía demasiado poder frente a la agricultura y la expulsión de los judíos fue un error gravísimo. No fue todo error de Carlos.

Francisco Javier Sánchez: Por cierto, el Ayuntamiento de Valladolid y las Cortes de Castilla y León han organizado una serie de actos en conmemoración del recibimiento de Carlos I en las Cortes de 1518. ( Valladolid conmemora la proclamación de Carlos como rey de Castilla)

Bajo caciques y cuneros: Ramón García Cárcel y otros dos historiadores son los autores del tomo correspondiente de Historia de España, editorial Austral (20 tomos) , donde en las páginas referidas a este tema señala :

– las ciudades pretendían fundamentalmente conservar el sistema de encabezamiento en las alcabalas. O sea, el rey señalaba a cada ciudad lo que necesitaba cobrar y ellos se lo clavaban a las clases más humildes.

-en el bando comunero se produjeron contradicciones: los más humildes labradores, artesanos o menestrales exigían al patriciado urbano y no obtenían lo que el patriciado urbano exigía al rey.

Lo demás ya lo hemos hablado, Burgos se pasó a Carlos y con ella la Montaña y el acceso al mar, el Condestable y el Almirante de Castilla , también. Muchos se asustaron del carácter revolucionario que tomaba el tema en algunos lares.
Curiosamente, tras la ejecución de los líderes, más adelante Carlos siguió cobrando impuestos por encabezamiento y las cosas no cambiaron gran cosa.

Conclusión: las élites de las ciudades siempre trataron como vasallos a sus ciudadanos y sobre todo aldeanos. No pagaban un puto maravedí, ocupaban todos los cargos (les molestó mucho que al principio los ocuparan flamencos). Buscar relaciones con la Constitución de USA o con la República de Venecia es forzado.

Francisco Javier Sánchez: En definitiva. El Quinto Centenario de la Ley Perpetua del año 1520 merece una declaración institucional por parte de las Cortes Generales de España y por parte de los parlamentos regionales de las comunidades autónomas que formaron parte de la antigua Corona de Castilla. Aunque no me imagino una declaración de este tipo en el Parlamento Vasco si se recuerda qué proclamaron Vizcaya y Guipúzcoa en los años 1520 y 1521, tal como recoge el libro de Amando Represa ( ex-director del Archivo de Simancas) “El Pendón Real de Castilla”:

Guipúzcoa se declaraba en su Junta celebrada en San Sebastián el 2 de marzo de 1521 “muy noble e muy leal provincia”, que jamás “ensuciaría su lealtad”, porque “esta tierra fue siempre limpia y leal”, y afirmaba que “si en lo de Castilla la voz y parte de Vuestra Magestad no lleva gran favor, lo que no plega a Dios, antes le de mucha victoria, e confunda a los deslelales e deservidores fasta que vengan a obediencia”.

Vizcaya en su Junta reunida en Bilbao el 30 de julio de 1520, manifiesta que hace votos para que Carlos reciba la Corona Imperial que le convertiría “en dueño y Señor de la Monarchia del Mundo”, ofreciendo toda clase de garantías de paz y sosiego, añadiendo que “antes si algunos de los otros pueblos están en alguna manera alterados, procuraremos reducirlos al camino de la Verdad”. Proclamaban que Vizcaya “era la cosa más segura de este Reino”.

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Juan Pablo Mañueco

Nacido en Madrid en 1954. Licenciado en Filosofía y Letras, sección de Literatura Hispánica, por la Universidad Complutense de Madrid

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