Editado por

José Javier Solabre HerasJosé Javier Solabre Heras

Buscar
Temas
Archivos
Hemeroteca
Mayo 2008
LMXJVSD
<<  <   >  >>
   1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031 
Sindicación
PARTICIPACIÓN
SERVICIOS



De cruces y biblias.

Permalink 28.05.08 @ 15:46:16. Archivado en Sobre el blog

De cruces y biblias.
Se han perdido ellos, nos hemos perdido los demás, o es que no se enteran de nada. Tanto ir en el coche oficial, rodeado de escoltas, y protegido de todo aquello que pueda parecer no ajustado a lo “políticamente correcto”, y esto incluye desgraciadamente la confesión religiosa, que ha pasado a ser considerada como secundario, terciario y casi residual.
Pero que confundidos están, no sabiendo apreciar que la religión en parte intrínseca del ser humano, y sin ella, poco o nada puede llegar a desarrollarse como persona, pero que a su vez como contrapartida, quien niega sus orígenes, “lo lleva mal,
Problemas como la Familia, el aborto, la eutanasia, el relativismo, la ideología d genero, todo ello, bajo la esfera de un Ministerio de Igualdad que lejos de una verdadera justicia de oportunidades de hombre y mujer, llamada “equidad”, solo demuestra una discriminación positiva y deja muy claro, lo igual que le da a un ministerio de igual “da”, la valía que demuestre una mujer o un hombre, lejos de ser un genero, es una persona, y es una persona con trascendencia con orígenes religiosos, como una clara referencia a un Ser previo y Superior, Pleno y Supremo, llamado Dios, y que en la Cruz murió por todos, creyentes o no, y que un Libro Sagrado se enseña como el ser humano, el universo entero, tiene un solo origen, y este origen es divino.
La Cruz y la Biblia deben estar presentes para que el ser humano reconozca, no olvide que debe explicaciones y responsabilidades a aquel que murió en la Cruz, por todos, fieles o infieles.

Txapuza de 400 eurovascos

Permalink 28.05.08 @ 09:33:18. Archivado en Sobre el blog

Txapuza de 400 eurovascos
Han sido los Consejos del Gobierno Vasco y de las diputaciones de Euzkadi,
han aprobado hoy un paquete de medidas para incentivar la actividad
económica, entre las que se encuentra la devolución de los 400 euros.
Es genial, ¿así van a solucionar la crisis?, ¿pero en serio creen que
pueden engañar a alguien?, ¿os olo pretenden engañar al os maketos?.
El acuerdo para la devolución de los 400 euros zapateriles, y ahora
eurovascos se aplicará a partir de junio a través de la reducción de las
retenciones en las nóminas de los euskotrabajadores y, en una segunda
fase, a través de la introducción de una deducción adicional o nueva
deducción en la declaración de la renta en 2009, toda una euskotxapuza.
Y sino, el año que viene en la declaración de renta del 2009, es decir,
dentro de más de un año, se devolverá en deducción directa en renta,
todavía de ni sa sabe, ¿y aplicarán intereses?
Vamos hombre Xavi, Patxi, Gorka, de quien quereis reir ¿eh? . Eso es un
acuerdo, pues vala con los euskoakuerdos.

A un montañero, Aupa Iñaki

Permalink 24.05.08 @ 08:58:13. Archivado en Sobre el blog

A un montañero
Como amante de la montaña, ha sabido escoger el mejor sitio para descansar, "la cima".
Allí donde uno esta más cerca del creador, y donde uno apreciando el mundo desde arriba y viendo la magnitud de este, encuentra la paz de la meta conseguida.
Iñaki, ahora te toca ayudar a conocer la montaña a muchos otros, acompañándoles a que se acerquen a ella, y a que consigan sus metas haciendo cima.

Detenciones de ETA

Permalink 21.05.08 @ 14:16:00. Archivado en Sobre el blog

Detenciones de ETA
Estamos de enhorabuena, pero no es un logro, más que de los compañeros de los guardias de Legutiano, de esos que perdieron a Juan Manuel Piñuel, de todos los que tienen a gala llevar un tricornio con orgullo, con dignidad y con el compromiso de pertenecer a una Patria que se siente feliz de contar con un Cuerpo de Seguridad como la Guardia Civil. Ellos y solo ellos, trabajando con la policía francesa son los artífices de esta detención que libera a todos los españoles de parte del terror, ellos y solo ellos, con total independencia de quien sea su Ministro, con independencia de quien sea su Gobierno, saben como defender a España y a los españoles, ellos, y solo ello, deben ponerse las medallas.
¡VIVA LA GUARDIA CIVIL!, la misma Guardia Civil que en sus casas ven morir a sus compañeros, a sus hijos, a sus esposas, y ahora están de enhorabuena por que entre los Cuerpos de Seguridad del Estado Español, y los del Estado Francés, han vuelto a descabezar a los asesinos, en su organización de terror y muerte.

En moto y gracias.

Permalink 14.05.08 @ 23:47:21. Archivado en Sobre el blog

En moto y gracias.
A mi me gusta la moto, me gusta mucho la moto, y además es útil divertida, facilita la libertad de movimientos, y contaminando menos que los coches, guiadas con la necesaria responsabilidad son los vehículos para el futuro, que junto con las bicicletas han de convivir de la mano del transporte público. Pero bueno no este el tema, porque me consta que no todo el mundo no comparte este amor entre la moto y yo.
A lo que voy, y donde quiero llamar la atención es el cambio de punto de vista que se plantea ahora desde los responsables de tráfico.
La campaña de trafico con las motos es meritoria de un ¡bravo!, primero que porque enseña a los demás que comparten la vía pública en las ciudades y las carreteras de la geografía española, y segundo porque el anuncio donde un sufridor de una traición de la moto, de las sufre quien le pierde el respeto o no sabe lo que lleva entre las piernas una máquina que puede matar, que puede matarle. y que puede matar a otros.
Pero en la campaña al contrario de cómo venía haciendo la DGT en otras campañas, que ponen la carne de gallina, en esta se pone un final feliz.
Nos confiesa ser un actor y lo de la silla de ruedas pasa por ser un mal sueño, un sueño del que solo saben quienes sufren y quienes con orgullo saben, o han sabido, porque no les ha quedado otra sustituir las piernas por unas ruedas, y los que tenemos la suerte de poder poner ruedas de nuestra moto pero bajarnos todos los días con nuestros pies, después de haber disfrutado de conducir un vehículo de libertad.
Además las campañas de la DGT avisa al resto de conductores del respeto que deben de tener para con las motos, ¡la ciudad esta cambiando!, y las motos van prosperando y ganando terreno.
Solo falta que las policías locales, se den cuenta del favor que les hacemos dejando el coche en casa y disfrutando con nuestras motos y aun exigiendo que se respeten las formas, se tenga en cuenta que ayudamos de manera incalculable a la fluidez del tráfico, y a que la vida en las ciudades sea más llevadera.

José Javier Solabre Heras

“De que va” Ibarretxe.

Permalink 11.05.08 @ 00:32:14. Archivado en Sobre el blog

“De que va” Ibarretxe.
Vuelve al ataque con su plan soberanista, pero es que incluye a Navarra, sigue insistiendo en que se lleve a cabo una decisión sobre su futuro, vamos que sigue empeñado en lo de convocar su referéndum y en llevar a termino su conocido “plan ibaretxe”.
Las pretensiones de Juan José Ibarretxe, Lehendakari de una Comunidad Autónoma llega tan lejos como para pretender que se recoja en un acuerdo un reconocimiento de la identidad nacional de lo que el llama “Pueblo vasco” (¿ya no es una nación?) quiere que se acepte que existe una realidad a la que quiere llamar Euskal Herria, ( pero olvida que se la invento Sabino Arana, y que no existía con anterioridad) y planteando ir todavía más lejos, considera posible el pacto entre don naciones con soberanía diferente, con historia diferente, con regimenes políticos diferentes, y quiere que se constate que en los territorios de Araba, Bizkaia, Gipuzkoa y Nafarroa (como dicen ellos) en el Estado y en Lapurdi, Nafarroa Beherea y Zuberoa dentro del Estado francés, existe una identidad social común.
Pero no solo se volvió loco en su día, sino que insiste, en su pretensión, y no ceja en su idea de hacer con territorios ajenos como si de un viejo conquistador se tratase. Pero además, El lehendakari, solo ha sido elegido por unos pocos, pero parece olvidarlo, y propone un ordenamiento jurídico que acepte la normativa internacional y que, además, garantice "los derechos que pudieran derivarse de la condición nacional del Pueblo Vasco".
La propuesta que ha trasladado en su insistencia y que ha sido lanzada por el Presidente del Gobierno Vasco, incluye la creación de un Órgano Institucional Común entre el País Vasco y Navarra con "atribuciones ejecutivas y de propuesta legislativa", decididamente se ha vuelto loco, rematadamente loco.
Lo malo es que en este país, en la España de la que todos somos vecinos, aunque renieguen, hay más locos que pueden hacerle caso o ceder a sus locuras con la pretensión única de mantener ”el sillón”.

Resoluciones del TSJN.

Permalink 03.05.08 @ 01:28:51. Archivado en Sobre el blog

Resoluciones del TSJN.

Como requisito previo, hay que señalar que se trata de un “Auto”, (def.: resolución judicial razonada, que decide cuestiones de segundo termino, cuestiones previas, incidentales o de ejecución, para las que no se requiere sentencia), podemos decir que una pieza del engranaje de un procedimiento judicial, hasta llegar a dictarse sentencia y a que esta sea firme y ya no quepa recurso alguno.
No podemos dejar pasar, tampoco, la necesidad de señalar que este auto, no obliga, esta resolución en su parte dispositiva, inadmite una pretensión solicitada, y en este caso se trata de la solicitud de “suspensión cautelar” de la obligatoriedad devenida de una Ley Orgánica (ley de mayor rango en la jerarquía normativa) que aunque obliga, se considera injusta en parte de su desarrollo por Reales Decretos y los posteriores Decretos Forales fruto de las competencias trasferidas a las CCAA, y todo ello, sobre la base del ejercicio de un derecho de objeción de conciencia por considerarse que parte de las normas de desarrollo de la Ley Orgánica de Educación 2/2006, inciden directamente sobre la conciencia moral y religiosa de la persona, y del derecho de elección que asiste a los padres para la con la educación que se quiere dispensar a sus hijos.

Bien, sentados estos necesarios argumentos previos, podemos pasar a un análisis de los Racionamientos Jurídicos, que no Fundamentos de Derecho, por los que trascurren los Autos, dictados por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra en fecha del 2 de mayo de 2.008, sobre los procedimientos 123/2008 y 132/2008 seguidos por el Procedimiento Especial para la Defensa de los Derechos Fundamentales de la Persona por la Sala de lo Contencioso Administrativo de este Tribunal Superior, tratando de traducir a términos coloquiales los jurídicamente empleados por los Magistrados, en el sabio desempeño de sus funciones profesionales.

Hace referencia la resolución judicial, a los requisitos recogidos el la norma que regula esta Jurisdicción determinada de los Contencioso Administrativo, que son los del artículo 130 de la citada ley 29/1998 de 13 de julio, por la que exige ara la adopción de las medidas cautelares:

1. Que de no ser atendida esta, la finalidad legitima del recurso, pierda su razón
2. Y deberá de ser denegada si supone una perturbación grave a los intereses generales o de terceros.

Y a esto, el ponente Sr. Magistrado apoyado por los componentes de la Sala en un caso y con el “voto particular” (discrepancia o puntualización) en otro, dice que no a lugar apreciar la medida ya que: cuando se dicte sentencia, y si esta fuese estimatoria, ya se ejercerá el derecho en el futuro.

Se continua estableciendo en los Razonamientos Jurídicos, que según argumentamos los recurrentes, de establecerse un daño irreparable, no lo sería al poderse dar la “posterior educación o reeducación”.

Ahora bien, lo importante es valorar de manera clara, con previa valoración de los intereses en conflicto, la pretensión de parte, encontrada con la perturbación de los intereses generales.

Por tanto, todo se traduce, como ya apuntaba una buena profesional del Derecho Constitucional, a un problema claro de “ponderación”, ponderación de los intereses en juego, o en conflicto, y en la balanza se colocan los intereses llamados generales, opuestos a los intereses de parte, en este caso de los recurrentes. Olvidan los Magistrados que lo pretendido por estos padres, que ahora objetan es defender los intereses de “todos” los niños, que se consideran manipulados por la asignatura de Educación para la Ciudadanía.

Uno de los autos, como ya recogíamos anteriormente, recoge un “voto particular”, de uno e los magistrados, en el que es de señalar la llamada de atención sobre lo que no se trata que en relevante y que si bien hay que atender a la Ley y a su cumplimiento, máxime si se trata de una Ley Orgánica, también hay que tener en cuenta la referencia al Derecho Fundamental que se postula or los recurrentes como no atendido.

Después, en el voto particular se establece una muy capaz y sustanciada teoría sobre las posibilidades interpretativas del “silencio administrativo”, pero que desgraciadamente el derecho no siendo una ciencia exacta, lleva a infinidad de interpretaciones en el puro seno, no solo de los tribunales de justicia, sino dentro de la propia doctrina.

D. José Javier Solabre Heras
Abogado
Navarra Educa en libertad
Coordinador Jurídico de Concapa Nacional

Resoluciones del TSJN.

Permalink 03.05.08 @ 01:28:33. Archivado en Sobre el blog

Resoluciones del TSJN.

Como requisito previo, hay que señalar que se trata de un “Auto”, (def.: resolución judicial razonada, que decide cuestiones de segundo termino, cuestiones previas, incidentales o de ejecución, para las que no se requiere sentencia), podemos decir que una pieza del engranaje de un procedimiento judicial, hasta llegar a dictarse sentencia y a que esta sea firme y ya no quepa recurso alguno.
No podemos dejar pasar, tampoco, la necesidad de señalar que este auto, no obliga, esta resolución en su parte dispositiva, inadmite una pretensión solicitada, y en este caso se trata de la solicitud de “suspensión cautelar” de la obligatoriedad devenida de una Ley Orgánica (ley de mayor rango en la jerarquía normativa) que aunque obliga, se considera injusta en parte de su desarrollo por Reales Decretos y los posteriores Decretos Forales fruto de las competencias trasferidas a las CCAA, y todo ello, sobre la base del ejercicio de un derecho de objeción de conciencia por considerarse que parte de las normas de desarrollo de la Ley Orgánica de Educación 2/2006, inciden directamente sobre la conciencia moral y religiosa de la persona, y del derecho de elección que asiste a los padres para la con la educación que se quiere dispensar a sus hijos.

Bien, sentados estos necesarios argumentos previos, podemos pasar a un análisis de los Racionamientos Jurídicos, que no Fundamentos de Derecho, por los que trascurren los Autos, dictados por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra en fecha del 2 de mayo de 2.008, sobre los procedimientos 123/2008 y 132/2008 seguidos por el Procedimiento Especial para la Defensa de los Derechos Fundamentales de la Persona por la Sala de lo Contencioso Administrativo de este Tribunal Superior, tratando de traducir a términos coloquiales los jurídicamente empleados por los Magistrados, en el sabio desempeño de sus funciones profesionales.

Hace referencia la resolución judicial, a los requisitos recogidos el la norma que regula esta Jurisdicción determinada de los Contencioso Administrativo, que son los del artículo 130 de la citada ley 29/1998 de 13 de julio, por la que exige ara la adopción de las medidas cautelares:

1. Que de no ser atendida esta, la finalidad legitima del recurso, pierda su razón
2. Y deberá de ser denegada si supone una perturbación grave a los intereses generales o de terceros.

Y a esto, el ponente Sr. Magistrado apoyado por los componentes de la Sala en un caso y con el “voto particular” (discrepancia o puntualización) en otro, dice que no a lugar apreciar la medida ya que: cuando se dicte sentencia, y si esta fuese estimatoria, ya se ejercerá el derecho en el futuro.

Se continua estableciendo en los Razonamientos Jurídicos, que según argumentamos los recurrentes, de establecerse un daño irreparable, no lo sería al poderse dar la “posterior educación o reeducación”.

Ahora bien, lo importante es valorar de manera clara, con previa valoración de los intereses en conflicto, la pretensión de parte, encontrada con la perturbación de los intereses generales.

Por tanto, todo se traduce, como ya apuntaba una buena profesional del Derecho Constitucional, a un problema claro de “ponderación”, ponderación de los intereses en juego, o en conflicto, y en la balanza se colocan los intereses llamados generales, opuestos a los intereses de parte, en este caso de los recurrentes. Olvidan los Magistrados que lo pretendido por estos padres, que ahora objetan es defender los intereses de “todos” los niños, que se consideran manipulados por la asignatura de Educación para la Ciudadanía.

Uno de los autos, como ya recogíamos anteriormente, recoge un “voto particular”, de uno e los magistrados, en el que es de señalar la llamada de atención sobre lo que no se trata que en relevante y que si bien hay que atender a la Ley y a su cumplimiento, máxime si se trata de una Ley Orgánica, también hay que tener en cuenta la referencia al Derecho Fundamental que se postula or los recurrentes como no atendido.

Después, en el voto particular se establece una muy capaz y sustanciada teoría sobre las posibilidades interpretativas del “silencio administrativo”, pero que desgraciadamente el derecho no siendo una ciencia exacta, lleva a infinidad de interpretaciones en el puro seno, no solo de los tribunales de justicia, sino dentro de la propia doctrina.

D. José Javier Solabre Heras
Abogado
Navarra Educa en libertad
Coordinador Jurídico de Concapa Nacional

Blogs
El Diván

El Diván

Coloquio Marx-Freud-Lacan

Jorge Gómez Alcalá

Columna de humo

Columna de humo

Urgente

Pedro de Hoyos

El barón rampante

El barón rampante

Un buen día para hacer llover

Jesús Bastante

Punto de vista

Punto de vista

Aurelio Izquierdo no cobrará la indemnización

Vicente Torres

Las crónicas de Juan Fernandez Krohn

Las crónicas de Juan Fernandez Krohn

A Mariano Rajoy sobre Siria (carta abierta)

Juan Fernandez Krohn

Y sin embargo se mueve… Un blog de Juan Granados

Y sin embargo se mueve… Un blog de Juan Granados

Basura mental

Juan Granados

Un país a la deriva

Un país a la deriva

Arriba y abajo

Vicente A. C. M.

Universidad Pontificia Comillas

Universidad Pontificia Comillas

Los grados en Educación Infantil y en Educación Primaria de Comillas incorporan la "Mención en lengua extranjera: Inglés"

Universidad Pontificia Comillas

El blog de Antonio Cabrera

El blog de Antonio Cabrera

La mantis religiosa

Antonio Cabrera

El buen vivir de Juan Luis Recio

El buen vivir de Juan Luis Recio

Hablemos de txacolí con la viña de Rezabal

Juan Luis Recio

Crónicas Bárbaras

Crónicas Bárbaras

Entre Krahe y El Rocío

Manuel Molares do Val

El Blog de Otramotro

El Blog de Otramotro

La ocasión la pintan calva

Ángel Sáez García

Opinión

Opinión

Entre Andorra y Gibraltar "La mentira, herramienta imprescindible para gobernar"

Opinión

Protestantes

Protestantes

Las otras confesiones religiosas, IBI e Iglesia católica

Pedro Tarquis

Humanismo sin credos

Humanismo sin credos

¿Desaparecerán las religiones en este siglo?

Asoc. Humanismo sin Credos

Voto en Blanco

Voto en Blanco

La gran prueba para Rajoy: Castigar o no a los ladrones de las cajas de ahorro

Francisco Rubiales

El blog de Carlos F. Barberá

El blog de Carlos F. Barberá

Una doctrina relativa

Carlos F. Barberá

El blog de X. Pikaza

El blog de X. Pikaza

La Ascensión de Muhammad (A. Aya)

Xabier Pikaza Ibarrondo

Bokabulario de Fernández Barbadillo

Bokabulario de Fernández Barbadillo

Ranas, de nuevo, con dientes. ¿Y qué dice Dawkins de todo esto?

Pedro Fernández Barbadillo

Secularizados, mística y obispos

Secularizados, mística y obispos

El ejemplo de María Josefa Sancho Guerra, hoy santa

Josemari Lorenzo Amelibia

Haz de PD tu página de inicio | Cartas al Director | Publicidad | Buzón de sugerencias | Publicidad
Periodista Digital, SL CIF B82785809
Avenida de Asturias, 49, bajo - 28029 Madrid (España)
Tlf. (+34) 91 732 19 05
Aviso Legal | Cláusula exención responsabilidad

redaccion@periodistadigital.com Copyleft 2000

b2evolution Creative Commons License
This work is licensed under a Creative Commons License.
Noticias Periodista Digital | Periodista Latino | Reportero Digital | Ciudadano Digital | Chistes, Videos y Poesias