Audiovisual Legal

Díez & Romeo analiza las bases del concurso de Radio FM de Canarias

30.07.10 | 06:05. Archivado en Radiodifusión Sonora

Tras la publicación, en el día de ayer, de las Bases del concurso público para el otorgamiento de licencias se servicios de comunicación radiofónica en Canarias, - por medio de la Resolución de 28 de junio de 2010 -, un equipo de 6 miembros de Díez & Romeo (3 Ingenieros Superiores de Telecomunicaciones y 3 abogados expertos en Derecho Audiovisual y de Contratación Pública) ha efectuado una analítica en profundidad de las bases por las que se va a regir el concurso de la Radio FM.

Durante 12 horas se trabajó duramente para determinar con detalle todos los pormenores de (i) la capacidad de obrar, (ii) la documentación a aportar (Sobres 1 y Sobres 2), (iii) los criterios de valoración, (iv) la atribución de puntos en los 4 grandes bloques, (v) las obligaciones técnicas y administrativas, (vi) las formalidades de las proposiciones, (vii) el proceder de la mesa y el órgano de contratación y (viii) las alternativas de los licitadores sobre el aprovechamiento de las nuevas tecnologías. Así, con un trabajo basado en el estudio en profundidad contrastado con más de 20 pliegos de Radio FM de otras CCAA, se ha conseguido fijar el propósito definitivo de las bases. Y ello permite conocer lo que el evaluador va a tener más en cuenta a la hora de atribuir puntuación a las memorias.

Esta labor técnica se ha plasmado en un Informe que clarifica todas las posibles dudas que surgirán de la lectura del pliego. El documento se elaboró teniendo en cuenta la experiencia práctica en la resolución de casos reales en numerosos concursos públicos de concesiones de Radio FM en otras CCAA. Otros factores determinantes que han dado lugar al Informe han sido (i) el conocimiento de todos los pliegos previos aprobados en el resto de CCAA desde 1990; y (ii) el análisis de todas las ofertas que efectúan las empresas telecom a lo largo de los últimos 10 años.

El Informe se convierte así en un medio técnico de capital importancia para afrontar, con las máximas garantías, el acceso a las nuevas licencias para la prestación del servicio de comunicacion radiofónica. Sobre todo, si se tiene en cuenta que los interesados en participar en este proceso de selección competitiva se juegan el estar o no estar en futuro de las ondas

A pesar de ser un Informe reservado a los clientes de la firma, se detalla con la máxima profundidad el fundamento de asignar al bloque de Programación 225 puntos, al bloque de viabilidad económica (se integra la estructura del licitador y el compromiso mantenimiento de 2 años) 80 puntos; al bloque de viabilidad técnica (alta y baja frecuencia) 60 puntos; y al bloque de creación y estabilidad de empleo, 35 puntos.

Una estructura de baremación que sigue la línea de las licitaciones acontecidas en otras CCAA en materia de Radio FM y TDT. De este modo, de los 400 puntos en juego, el 56,25% de la puntuación (225 puntos) depende de cómo se estructure idóneamente la programación. En segundo lugar se sitúa el indicador financiero con un 20% de la baremación (80 puntos). En tercer lugar tenemos el segmento tecnológico, con una carga del 15% de la valoración (60 puntos). Y por último, el indicador social con un 8,75% de la puntuación (35 puntos).


Gran afluencia del sector radiofónico canario en las conferencias sobre la nueva regulación audiovisual

26.07.10 | 09:11. Archivado en Noticias

Tras la publicación del Decreto 80/2010, de 8 de julio de 2010, sobre Servicios de Comunicación Audiovisual, Canarias ha iniciado, en su seno, las vías para la consolidación del nuevo ordenamiento del sector que se inició con la aprobación de la Ley estatal 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual.

Ante este inédito escenario, Díez & Romeo consideró preciso abrir en Canarias su ciclo de Conferencias-coloquio sobre el nuevo marco regulador audiovisual.

El 22 de julio tuvo lugar la sesión en el Hotel Silken de Santa Cruz de Tenerife, donde se dieron cita más de 30 emisoras de radio. Al día siguiente, le toco el turno a Las Palmas de Gran Canaria, y a las 17:00 horas, en el Hotel AC Gran Canaria, concurrieron inicialmente cerca de 40 operadores.

En ambas convocatorias se siguió una dinámica similar, con cuatro conferencias acompañadas de reflexiones y debates que pudieron esclarecer muchas dudas al sector.

Dinámica de las Intervenciones

El Letrado Jaime Rodríguez Díez, inicio la primera de las intervenciones esbozando los aspectos más notorios de la nueva normativa. El nuevo sistema de sanciones, las limitaciones de las licencias audiovisuales radiofónicas, el novedoso tratamiento a las operaciones sobre los títulos habilitantes, los contratos-programa, el control sobre los contenidos, así como las nuevas competencias de la Viceconsejería de Comunicación, fueron varias de las cuestiones a analizar. “La carga competencial atribuida por el Decreto 80/2010 a la Viceconsejería de Comunicación es tal que podríamos estar ante la antesala del advenimiento de un Consejo Audiovisual canario como autoridad independiente de regulación”. Manifestó el ponente.

Sobre la capacidad para sancionar se sacó en claro que “Por primera vez la Ley equipara la gravedad de las sanciones tanto a los que emitan sin autorización, como a los que lo hagan incumpliendo las condiciones técnicas de la licencia audiovisual”.

Paula Romeo González centró su intervención en el concurso público para el otorgamiento de licencias radiofónicas en Canarias. En concreto, detalló las vicisitudes de la plica denominada sobre nº 2, y cómo debe abordarse para ser una propuesta competitiva. A preguntas de los asistentes, la Letrada concluyó que “resulta difícil aspirar a una licencia si la oferta no es realizada por 5 tipos de profesionales en continua interacción: Ingenieros, Economistas, Abogados, Sociólogos y licenciados en Comunicación Audiovisual”.

La intervención continuó con el análisis de los criterios de valoración plasmados en el Decreto, y que serán desarrollados de las bases del concurso. Por último, desgranó la dinámica de las mesas de contratación a la hora de aplicar la asignación de puntuación a los distintos proyectos presentados.

Tras la pausa, Juan Encinas Fernandez habló de los requisitos previos que debe de cumplir el aspirante a licencias audiovisuales. Es decir, el sobre nº 1 y su necesaria rigurosidad. Como experto en contratación pública audiovisual, dejó constancia de los errores en los que incurren las empresas que son excluidas de la licitación. “Podemos tener el mejor proyecto posible, pero si no pasamos el sobre nº 1, ni siquiera nos darán la oportunidad de demostrarlo. Ni siquiera abrirán el Sobre nº 2”, explicó. El Letrado no quiso dejar lugar a duda: “debemos de acreditar la capacidad para contratar si queremos ser considerados legalmente licitadores”.

Finalmente, en la última sesión, se habló de las impugnaciones judiciales frente a los repartos de licencias de radio FM y TDT en toda España. En su intervención, Jaime Rodríguez Díez dio un recorrido por las causas que motivan la caída de una concesión, lo que derivó en un coloquio muy participativo y ameno, moderado por Maribel Rojo Junquera.

En este sentido, la mayoría de los ponentes de las conferencias están actualmente inmersos en los principales concursos públicos de licencias audiovisuales que se están desarrollando a nivel nacional.

El futuro inmediato

A juicio de los representantes de varias emisoras, estas jornadas han servido de guía para conocer las nuevas reglas de juego en el sector radiofónico. Sobre todo en los prolegómenos de la publicación de las bases del concurso público para la adjudicación de 156 licencias tanto el nuevo marco jurídico.


Canarias tendrá su Consejo Audiovisual

25.07.10 | 15:44. Archivado en Consejo Audiovisual

El anteproyecto de Ley del Consejo Canario del Sector Audiovisual (en lo sucesivo CCSA) ya se encuentra disponible en la web institucional del Gobierno de Canarias, en el siguiente link: http://www.gobiernodecanarias.org/noticias/index.jsp?page=consejos.htm. Al igual que otras CCAA, Canarias ha decidido crear un organismo administrativo en base a la figura de autoridad independiente de regulación. Una entidad que se configura sobre la organización profesionalizada, la independencia y la neutralidad en su funcionamiento. Así el CCSA verá la luz transcurridos 6 meses desde la entrada en vigor de la Ley pendiente de aprobar.

En el anteproyecto de Ley se busca como finalidad principal del CCSA velar por el respeto y el cumplimiento de los valores y principios constitucionales y legales que rigen la actividad de la industria audiovisual. Y para ello tendrá, entre otras, las siguientes funciones: (i) asesorar a las instituciones canarias a través de dictámenes; (ii) Realizar informes previos sobre proyectos de leyes audiovisuales y sobre las bases de los concursos públicos de Radio Fm y TDT; (iii) Informar sobre las propuestas de adjudicación y sobre las operaciones de venta o alquiler de las licencias; (iv) Realizar inspecciones e imponer sanciones; (v) Fomentar la autoregulación y los códigos deontológicos; (vi) Garantizar el cumplimiento de las obligaciones de servicio público radio y televisiones públicas; y (vii) Ser mediador en los conflictos entre operadores.

Las facultades que el anteproyecto otorgará al CCSA para hacer efectivas sus funciones son: la capacidad para imponer sanciones, la facultad de dictar instrucciones vinculantes, aprobar recomendaciones y ejercer acciones judiciales.

El CCSA estará compuesto por 7 personas de trayectoria relevante en el sector audiovisual, cultural, universitario y asociativo, que serán elegidos por un período de 6 años, pudiendo ser reelegidos sólo una vez. 5 de esos miembros saldrán del Parlamento de Canarias y los otros 2 serán elegidos por el Gobierno.

La organización se estructura en torno a un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario y un posible Director General, además del resto de consejeros. Todos serán sometidos a un férreo régimen de incompatibilidades de las que destacan la imposibilidad de tener interés en medios de comunicación de cualquier tipo, empresas de publicidad o de producción de contenidos.

Los acuerdos se adoptados por el CCSA serán por mayoría simple, a excepción de los siguiente que necesitarán mayoría absoluta: (i) la imposición de sanciones, (ii) la emisión de informes preceptivos, (iii) la aprobación y modificación de su reglamento de funcionamiento, y (iv) la aprobación del informe anual a presentar en el Parlamento de Canarias.

En el anteproyecto se articula un proceso sancionador explícito que culmina con una decisión que puede ser impugnada ante los Tribunales. Igualmente, el texto legal determina tres tipos de infracciones: muy grave, grave y leve. Las infracciones muy graves se castigarán con multa de 100.000 € a 500.000 €, las graves de 100.000 € a 50.000 €, y las leves hasta 50.000 €

En los próximos meses se conocerá cuales son los pasos que se darán por el Gobierno de Canarias en torno a forma definitiva que tendrá el CCSA


Los Tribunales tumban las 3 concesiones de TDTL de Lanzarote

12.07.10 | 03:48. Archivado en Tribunales

El lunes 12 de julio de 2010, se ha notificado la Sentencia número 373/10, dictada en las Palmas de Gran Canaria el 14 de mayo de 2010, por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en la que se declara nulo el reparto de las 3 concesiones de TDTL realizado en la demarcación de Lanzarote (Lote 2, referencia TL02GC), y que en su día fueron adjudicadas a las entidades Opciones Creativas, S.L, Lanzarote Televisión, S.L., y Corporación Lanzaroteña de Medios, S.L.

La recurrente, Pablo Tours S.L. (conocida por Archipiélago Televisión), inició el proceso judicial tras no verse beneficiada por el reparto de concesiones de ámbito local, que se decidió mediante el Decreto número 377/2007, del Gobierno de Canarias, de fecha 16 de octubre de 2.007.

La Sentencia es inédita en cuanto a la dureza con la que critica la actuación del Gobierno de Canarias, pues en su fundamento jurídico Tercero se dice: El expediente para la contratación, por el procedimiento de urgencia, negociado sin publicidad de la consultora a que se alude en aquella Sentencia, se inicia por la Viceconsejería de Comunicación, el 11 de enero de 2007, mientras que la mesa hace la primera y única mención a la necesidad de solicitar un informe en su reunión de 23 de febrero de 2007 y además se señala directamente que el informe se solicita a la entidad Doxa Consulting Madrid S.L., ello a pesar de que la adjudicación del contrato a dicha entidad no se realiza hasta el día 26 de febrero. (…) Tales datos ponen de relieve que la actuación de la Mesa de Contratación fue simplemente formal y sin contenido real y que fue el Órgano de contratación, Viceconsejero de Comunicación, quien eligió una consultora cuyo informe, constituye el único soporte para realizar las adjudicaciones. Es por ello que puede legítimamente dudar de la imparcialidad y objetividad de las adjudicaciones ahora discutidas.

Asimismo, en el fundamento jurídico Cuarto el fallo afirma que la citada decisión se apoya en un informe que no proporciona las garantías suficientes de objetividad conforme a lo dispuesto en el artículo 9.3 de la CE (…) Es decir, que el Informe Técnico que valoró las ofertas y sobre el que se sustentó la adjudicación no fue objetivo, ni se realizó con las precisiones que establece la Ley de Contratos Públicos. Y esto afecta por extensión a todas las adjudicaciones de la TDTL en Canarias, que se hayan visto afectadas por una impugnación.

La posición en la que se sitúan las concesionarias es la de nulidad de su título habilitante por declaración judicial por lo que se sitúan en el mismo régimen legal que las televisiones que no tienen título habilitante a los efectos de prestar su actividad audiovisual. Y esto hasta que el Gobierno de Canarias no proceda a realizar una nueva valoración sobre todos los licitadores que se presentaron para Lanzarote.

Hasta ahora han sido anuladas en Canarias las licencias de son la demarcación insular de Tenerife, las demarcaciones locales de Santa Cruz de Tenerife, Telde, y Lanzarote, así como las 2 concesiones autonómicas de TDT, viéndose afectados un total de 13 operadores.

Con este ya son cuatro los pronunciamientos en los que el TSJ de Canarias continúa aplicando la pauta de la rigurosidad que han de tener los Informes Técnicos que evalúen los proyectos presentados para el acceso a licencias de TDT (también aplicables a las de Radio FM).

Con la Sentencia obtenida por Archipiélago Televisión, cobre cada vez más fuerza que la decisión de otorgar concesiones se debe sustentar en criterios plenamente jurídicos, pues de lo contrario las autoridades públicas podrían quedar en evidencia con el consiguiente daño que se hace a las empresas que, tras realizar sus inversiones, quedan apartadas de unas concesiones indebidamente concedidas. Galicia y Madrid ya han sido testigos de ello.


Canarias aprueba el Decreto sobre Comunicación Audiovisual

09.07.10 | 11:04. Archivado en Noticias

Canarias se convierte en la primera comunidad autónoma en adaptar su legislación a la nueva Ley General de Comunicación Audiovisual.

El Decreto fija el régimen jurídico de los servicios de comunicación audiovisual televisivos y radiofónicos ubicados en Canarias.

La norma inédita en toda España, se convierte en la antesala de la convocatoria del concurso público de las licencias de radio FM y fija los criterios a seguir para la obtención de las mismas

El día 8 de julio de 2010, el Consejo de Gobierno de Canarias ha aprobado el Decreto de Servicios sobre Comunicación Audiovisual, con el fin de que Canarias esté adecuada a la nueva Ley 7/2010 General de Comunicación Audiovisual. De este modo, el nuevo Decreto se convierte en la primera norma de esta naturaleza que una comunidad autónoma promulga en España.

En cuanto al contenido del Decreto, se pueden apreciar 6 bloques fundamentales:

(i) El nuevo sistema de autorizaciones administrativas, donde se abordan los procesos necesarios a pasar si se pota a una licencia audiovisual o una comunicación previa.

(ii) Los detalles de la convocatoria de los concursos públicos de Radio FM y TDT (hoy denominados servicios de comunicación audiovisual radiofónica y televisiva respectivamente), donde se aprecia, genéricamente, cómo debe de ser el concurso público, los criterios de valoración de la documentación administrativa o Sobre nº 1 (valoración de aptitud) y los de valoración del Sobre nº 2, los proyectos (valoración de méritos); y por último las funciones de la Mesa de Contratación.

(iii) Los servicios de comunicación social comunitarios sin ánimo de lucro. Es decir, Radios y Televisiones que entren en este supuesto también deberán obtener esta especial licencia que tramitará el Gobierno de Canarias.

(iv) La capacidad de efectuar inspecciones a las instalaciones por el personal del Gobierno de Canarias.

(v) El régimen sancionador que se remite al dispuesto por La Ley General de Comunicación Audiovisual servicios de comunicación social comunitarios sin ánimo de lucro. Es decir, Radios y Televisiones que entren en este supuesto también deberán obtener esta especial licencia que tramitará el Gobierno de Canarias.

(vi) La creación del Registro Canario de Prestadores del Servicio de Comunicación audiovisual, entre los que se encuentran las radios y las televisiones.

Uno de los hitos importantes es que, en la medida se tenga competencias para ello, el Gobierno de Canarias debe hacer cumplir todas las obligaciones y derechos derivadas del Ley General de Comunicación Audiovisual. Por otro lado, se permiten realizar negocios jurídicos con las licencias (transmisión, arrendamiento, etc..) con un criterio más flexible que la anterior regulación, a pesar de cumplir los trámites regulados en el Decreto.

Otra de las cuestiones importante a tener en cuenta son los criterios que han de regir los concursos para la concesión de licencias en el sector audiovisual. Así en cada proyecto se valora: (i) La viabilidad económica de la propuesta de emisora; (ii) la viabilidad técnica, (iii) las características de la emisión del proyecto; (iv) las características de la emisión y programación; (vii) el compromiso de no transmitir la licencia durante un período de tiempo superior a la prohibición de transmisión legalmente establecida; y (viii) la creación de empleo.

Finalmente, el Decreto de Servicios sobre Comunicación Audiovisual, traslada a Canarias lo que la Ley General de Comunicación Audiovisual tiene en su seno, pasar a considerar la comunicación audiovisual como una actividad de interés general en lugar de un servicio público. La consecuencia de esta nueva concepción es que todas las autorizaciones administrativas relacionadas con el audiovisual no requerirán de un concurso público, salvo aquellas que utilicen las ondas terrestres, como es el caso de la radio y la TDT.

Se puede decir que la promulgación de este Decreto es la antesala a la convocatoria del concurso público de las licencias de radio FM en Canarias, que muchos operadores esperan. Aunque este será el primer concurso que se regirá por la nueva normativa audiovisual, tanto la estatal como la autonómica. Por eso las licencias pasan a tener 15 años de vigencia en lugar de 10.

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