El día 11 de mayo de 2010, se ha publicado en el BOC (Boletín Oficial de Canarias) la apertura del plazo de 8 días para que los ciudadanos (personas físicas y jurídicas) puedan formular alegaciones al Proyecto de Decreto sobre Servicios de Comunicación Audiovisual.
El computo del plazo comienza a partir del 12 de mayo, se faculta a cualquier interesado en incorporar cuestiones o esgrimir protestas a que pueda hacerlas valer en este trámite público. Tales alegaciones se deberán presentar ante Secretaría General de la Presidencia del Gobierno de Canarias.
En el Proyecto de Decrerto, mención especial se ha de tener respecto del régimen de licencias audiovisuales (Radio y TDT), criterios de valoración a tener en cuenta en los concursos públicos, los pasos previos para la transmisión de licencias audiovisuales y la especial consideración de los Servicios de Comunicación Audiovisual Comunitarios sin ánimo de lucro, artículos 16, 17 y 18 del Proyecto de Decreto.
La comunidad autónoma de Canarias se convierte así en la primera en reglamentar el el sector audiovisual pasados, tan sólo, 10 días desde que entrase en vigor la Ley 7/2010, de 31 de Marzo, General de Comunicación Audiovisual. ´Ninguna CCAA hasta la fecha ha obrado con la misma celeridad, lo que dota a Canarias del caracter de pionera en estos extremos.
El pasado día 6 de mayo, a las 12:00 horas, la Mesa de Contratación, en sesión celebrada en el Palacio Regional, ha hecho pública la propuesta de adjudicación de las 9 licencias audiovisuales para la prestación del servicio de TDTL en Cantabria. La valoración final se obtuvo del resultado de la suma de criterios evaluables a través de juicio de valor y mediante la utilización de fórmulas matemáticas tras el estudio de las proposiciones, que fueron divididas en Sobres B-1 y B-2 respectivamente. Tras este acto, la comunidad cántabra articula la nueva regulación del sector de la televisión local por ondas en su territorio, tras declarar desierto el anterior concurso público.
Este concurso presentaba una peculiaridad absolutamente novedosa y es que cada proyecto debía responder a un lote configurado por 2 demarcaciones locales. Circunstancia inédita que ha generado el planteamiento de un recurso contencioso-administrativo frente a la publicación de las bases del concurso que todavía no se ha resuelto.
En cualquier caso, la Comunidad Autónoma de Cantabria ha premiado la idiosincrasia regional y la proximidad local, criterios que parecen haber influído en la Mesa de Contratación para la valoración de los proyectos. Tanto es así que la mayoría de las entidades que han conseguido regularizar su situación son empresas eminentemente cántabras.
Los adjudicatarios son Aqui TV, Telebahía, Cantabria Televisión (antigua Tele Cabarga), Kiss TV, Popular TV y Tele Castro
Tras la Sentencia del pasado 27 de enero, se nos ha notificado la Sentencia recaída en el proceso 94/2009, dictada el 20 de abril de 2010, por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en la que se declara nula la sanción de 250.000 €, impuesta el 12 de diciembre de 2008, por la Junta de Andalucía a una conocida emisora de radio de Málaga, por emitir sin concesión administrativa.
La recurrente, Radio Europe del Mediterráneo S.L., inició el proceso judicial tras ser involucrada por la Junta de Andalucía en un proceso sancionador grave que, a posteriori, ha sido declarado nulo de pleno derecho. Así lo ha considerado, desde el inicio, el equipo jurídico que dirigió la defensa al esgrimir como argumento principal la inconsistencia de las mediciones y los defectos en la recogida de los datos relevantes como base de la imputación de responsabilidad administrativa.
Jaime Rodríguez, Letrado que ha representado a la emisora, junto a Juan Encinas, ha afirmado que resulta increíble cómo las administraciones públicas se arriesgan a llevar a cabo acciones tan ofensivas, sin tener los medios materiales y personales adecuados y añade No sólo repercute en los ciudadanos que ven atenazados sus derechos, sino que debilitan las facultades legítimas de las autoridades para regular el sector radiofónico
La Sentencia es realmente contundente en todo su texto, aunque especialmente el Fundamento Jurídico 5º es demoledor al plasmar:
Fº Jº QUINTO.- En el presente caso, aunque exista una sola Hoja de Control formulada por funcionarios adscritos a la Dirección General de Comunicaciones, no consta el procedimiento técnico de medición, ni la homologación del aparato empleado, ni siquiera la duración o continuidad, pese a que en vía administrativa, se solicitó por el actor como medio de prueba su acreditación. Ello supone que la prueba de cargo no reúne las debidas garantías (…) para otorgarles presunción de veracidad
Esta vez la Justicia tan sólo ha tardado poco más de un año en pronunciarse desde que se iniciara el procedimiento judicial, lo que evidencia la rapidez en identificar los defectos de las autoridades audiovisuales en aquellos casos donde no actúan correctamente.
Tras el fallo, la emisora de radio ha visto liberada del pago de una sanción descomunal que hubiera supuesto su desaparición del mercado.
Con esta nueva Sentencia, el cuerpo de letrados de Díez & Romeo obtiene un nuevo éxito en defensa de sus clientes, permitiendo proteger las emisiones y aportar claridad sobre aquellos medios que continúan a la espera de pronunciamientos judiciales por ser indebidamente sancionados.
Miércoles, 30 de mayo
Antonio Pérez Henares
Bustamante, Arévalo y Pardo de S.
Miguel Ángel Violán
Jaime Rodriguez
Rolando Rodrich
Rafael Moreno Izquierdo
El Espacio del Dircom
José Antonio Piñero
Periodista Digital
Juan Luis Gámez Ortúzar
Antonio Jiménez