El próximo 25 de octubre de 2009, un duelo futbolístico en el Estadio Azteca de la ciudad de México DF, quedará en los anales de la histria como el primer evento, a nivel mundial, de emisión en directo por televisión y en 3D. Con la iniciativa, encarada junto a Sony Broadscast, Televisa vuelve a situarse, una vez más, entre los pioneros más sólidos de la teleradiodifusión en el uso de nuevas tecnologías.
Las declaraciones a este respecto no han podido ser más optimistas por parte de los protagonistas de este hito.
"Para nosotros es un día histórico, estamos incursionando en esto (3D), van a ser testigos de algo que marca la historia: la realidad es que el próximo domingo hay un partido en tercera dimensión", dijo el pasado miércoles, en rueda de prensa, Elías Rodríguez, director general de Operaciones de Televisa.
"Estamos hablando de tercera dimensión y volvemos a dar un golpe muy fuerte a nivel de vanguardia, con el tema del fútbol damos este nuevo paso hacia el frente", dijo Javier Alarcón, director editorial de Televisa Deportes.
En la transmisión del encuentro futbolístico, se estarán usando equipos Sony con tecnología SXRD, que cuentan con una resolución de imagen a 4K y una calidad de resolución que es 4 veces mayor a las de Full HD. El resultado serán imágenes corriendo a 60 cuadros progresivos por segundo y un desplegado de imágenes a través de un filtro que discrimina para el ojo izquierdo y el ojo derecho para lograr un efecto de tres dimensiones.
Televisa y Sony ya han trabajado juntos en la consecución de hitos tecnológicos, tales como: el lanzamiento al aire de la estación experimental de televisión XHGC, el 7 de septiembre de 1946; la primera transmisión comercial de TV a color en México por canal 5, en 1963; la transmisión al resto del mundo los Juegos Olímpicos de México de 1968, y en 1990, la transmisión mundial en alta definición entre dos estaciones terrestres por las empresas Televisa y NHK, de Japón. Este 25 de octubre, el Grupo dejará estampado su nombre como el primer emisor 3D de un partido de fútbol.
Es un hecho notorio el exponencial crecimiento que las redes sociales han experimentado últimamente en todos los extractos de la ciudadanía. Facebook ha anunciado que ya tiene cerca de 400.000 usuarios españoles entre los actuales 64 millones activos en todo el mundo, cifra que se incrementará cuando se disponga de la versión en español.
Las firmas legales, en su continua búsqueda de la máxima excelencia no pueden estar ajenas este fenómeno, y considerando la importancia de las redes sociales, comienzan a habilitar entornos comunicativos Facebook con la finalidad de interactuar con sus clientes en la provisión de servicios e información del bufete.
De este modo, las firmas proveen a sus usuarios de las herramientas necesarias para un entorno cerrado a las reglas que ellos marquen, fomentando la transparencia y las relaciones honestas, frente al canto tradicional publicitario del resto de despachos.
A través de su Facebook, los bufetes ofrecerán información detallada de su actividad, guías prácticas de utilidad, comunicación profesional en tiempo real, y servicios jurídicos múltiples. Todo ello con independencia de ser cauce de unión de grupos con interés profesional común. Mediante este nuevo canal de comunicación se personalizarán aún más las relaciones, dando lugar a una implementación de la calidad de su proceder que repercutirá positivamente en los clientes. En definitiva máxima transparencia y honestidad
Con la inminente aprobación de la Ley General de la Comunicación Audiovisual, Díez & Romeo, ha diseccionado y analizado todas las consecuencias jurídicas y empresariales que de su articulado se desprenden, con especial incidencia en las ventajas e inconvenientes que pueden surgir una vez entre en vigor.
Nuevo régimen de licencias.-
Una de las cuestiones más importantes es que las concesiones se pasan a llamar licencias audiovisuales por que habrá que efectuar la conversión a la nueva denominación. Por otro lado la duración de las licencias audiovisuales se extiende a 15 años renovables automáticamente, en lugar de 10 y sobre estos títulos habilitantes se podrá efectuar un elenco de operaciones jurídicas que antes no estaban contempladas. A partir de la entrada en vigor de la Ley, se recrudecerán los casos de extinción de licencias para evitar futuros incumplimientos.
De igual forma inédita se hace un tratamiento expreso de la TDT de proximidad comunitaria, la TDT de Alta Definición, y la TDT de movilidad, sobre los que sienta las bases para su próxima regulación.
Modificaciones en la publicidad.-
Se establece una división entre los prestadores de comunicación audiovisual televisiva y los de servicios radiofónicos, limitando a los primeros a la emisión de mensajes publicitarios a 12 minutos por hora de reloj y permitiendo a las radios publicidad libre, al igual que a los prestadores de servicios de comunicación electrónica. El régimen jurídico de la publicidad televisiva se encuentra aún más detallado, estableciendo las condiciones legales a las que se debe someter la nueva tipología de mensajes publicitarios, y destinando su cumplimiento al Consejo Estatal de Medios Audiovisuales. Órgano con potestad sancionadora.
Producción y financiación.-
Además de a los prestadores de servicios de comunicación televisiva públicos y privados, la nueva Ley incluirá como obligados a contribuir a la producción de contenidos audiovisuales, a los prestadores del servicio de comunicación electrónica que difundan canales de televisión y los prestadores de servicios de catálogos de programas (todos, un 5% de sus ingresos - 6% en el caso de prestadores de servicios de comunicación televisiva de titularidad pública estatal o autonómica).
También se amplía el destino de esta financiación a la producción europea de largometrajes, cortometrajes, películas y series para televisión, documentales y productos de animación (60% para largometrajes, cortometrajes y películas para TV, y al menos 50% de este importe para producción independiente).
En todo caso, el 60% de la financiación conjunta prevista contempla ser destinada a la producción en alguna de las lenguas oficiales de España. Pero, en el caso de los prestadores de servicios audiovisuales de ámbito nacional (tanto públicos como privados), sus aportaciones deberían destinarse a las producciones en la lengua común (español), dado que el resto de las lenguas oficiales ya disponen de subvención y sobreprotección por parte de sus correspondientes CCAA (las cuales excluyen expresamente las producciones el español).
Creación el Consejo Estatal de Medios Audiovisuales (CEMA).-
Esta entidad asumirá algunas competencias que tiene la CMT, y estará compuesta por (i) un Comité de Dirección de 9 miembros (Presidente, Vicepresidente y 7 vocales) nombrados a propuesta del Congreso de los Diputados, y (ii) un Comité Consultivo como órgano de participación ciudadana, donde podrán estar representadas las asociaciones de usuarios.
Se destaca, entre el cúmulo de obligaciones que se exigirán a los prestadores de servicios audiovisuales, la capacidad para imponer sanciones de hasta 1.000.000 de euros para las televisiones y 500.000 para las radios, con pérdida de la licencia que hayan obtenido en caso de infracción muy grave. Para infracciones graves desde 100.000 a 500.000 euros para las televisiones y desde 50.000 a 100.00 para las radios. Las leves serán inferiores sin que, nunca pueda superar los 50.000 euros para las radios y los 100.000 para las televisiones.
Derogación de toda la normativa previa.-
El efecto más importante que acarreará la aprobación de la nueva Ley General de la Comunicación Audiovisual será la derogación de toda la legislación audiovisual vigente en la actualidad, lo que configurará un nuevo régimen legal que el sector audiovisual deberá acatar con una mayor rigidez que antaño.
Jueves, 16 de febrero
Bustamante, Arévalo y Pardo de S.
Antonio Pérez Henares
Miguel Ángel Violán
Jaime Rodriguez
Rolando Rodrich
Rafael Moreno Izquierdo
Casimiro López González
El Espacio del Dircom
José Antonio Piñero
Periodista Digital
Mercedes Guiot