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Lento pero imparable avance de la TDT

22.10.08 | 03:52. Archivado en TDT
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La migración del sistema analógico hertziano al digital en la televisión española es un proceso ya irreversible en el que tan solo falta por verificar el cumplimiento de las fechas del apagón analógico. No obstante, los últimos acontecimientos acaecidos en el sector televisivo han ensombrecido las líneas de acción basadas en la potenciación del desarrollo de la TDT.

Concursos desiertos: Extremadura y Cantabria

En el Consejo de Gobierno del la Junta de Extremadura celebrado el pasado 1 de agosto, se hizo pública la decisión de declarar desierto el reparto de 51 concesiones de TDT encuadradas dentro de 17 demarcaciones. Un auténtico mazazo para la casi veintena de empresas que concurrían a esta convocatoria dejando tras de sí un periplo de duras inversiones, cuantiosos avales y costosos trámites que, con muchas dificultades, superaron en el convencimiento de poner fin a un estado de incertidumbre legal. No obstante, de nada ha valido ya que todo sigue igual.

Es más, las consecuencias jurídicas de tal decisión son verdaderamente demoledoras.

En primer lugar, se infringe el Principio de Solidaridad Horizontal entre las CCAA respecto de la implantación y desarrollo de la TDTL, al generarse un mapa televisivo de dos velocidades en cuanto al reparto concesional en todo el territorio nacional. Esto sitúa a Extremadura en la posición menos ventajosa con respecto a la tecnología que ya comienzan a gozar otras CCAA.

En segundo lugar, se quebranta la acción institucional promovida por la Administración General del Estado que debe ser ejecutada por las CCAA mediante el otorgamiento de las concesiones de TDT. Acción institucional reflejada en el Real Decreto 439/2004, de 12 de marzo, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de Televisión Digital Terrestre Local, modificado por el Real Decreto 2268/2004, de 3 de diciembre; Real Decreto 944/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de Televisión Digital terrestre; la Ley 10/2005, de 14 de junio, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Televisión Digital Terrestre, de Liberalización de la Televisión por Cable y de Fomento del Pluralismo; y la Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información.

En tercer lugar, esta decisión fomenta la ilegalidad de las emisiones televisivas y la ocupación del espectro radioeléctrico sin titulo habilitante. De lo contrario, se hubiera dotado de la ordenación legal necesaria al parque de televisiones locales extremeño en vez de permitir la creación de nuevas emisoras piratas, ya que con este escenario resultará prácticamente imposible que la imposición de sanciones por las autoridades llegue a ser efectiva.

Pero lo más grave de la situación en la que se encuentran los perjudicados por tal decisión es lo diabólico del asunto, dado que acudir a los Tribunales para recurrir podría comprometer el éxito en la participación de la próxima convocatoria.

Una situación similar parece que sucederá en Cantabria donde ya se encuentran avanzados los trámites para declarar el concurso de TDTL desierto. De ser así un nuevo torpedo a la línea de flotación impactará en el acorazado llamado transición a la TDT.

Reparto en Andalucía.-

La cuestión andaluza no resulta un grave inconveniente para el retraso en el apagón analógico puesto que se ha estructurado debidamente las distintas fases en las que, progresivamente, se irá quedando obsoleta la tecnología analógica. No en vano, Andalucía ha estado siempre nutrida de una extensa regulación en materia audiovisual. En el sector de la televisión local ha sido la única comunidad, junto con Cataluña, que desarrolló un régimen normativo transitorio para evitar la situación de desamparo legal que sufrían las televisiones emplazadas en otras CCAA, durante el tiempo que medió desde la promulgación de la Ley 41/1995 de la Televisión Local por Ondas Terrestres, hasta la resolución de los concursos públicos.

Sin embargo, los plazos que el pliego de cláusulas administrativas particulares confiere a los concesionarios para iniciar las emisiones digitales en pruebas, en ocasiones, nos llevan más allá del 3 de abril de 2010. Y esto es así porque entre la presentación del proyecto del MUX, para ser aprobado por el Ministerio de Industria, y la obtención del Acta de Conformidad por la Junta de Andalucía, pueden transcurrir más 20 meses, salvo que ambas administraciones combinen esfuerzos para acelerar el proceso.

Otra cuestión ha tener en cuenta ha sido el ingente número de demarcaciones que han quedado desiertas o en las que no se han otorgado el total de las tres concesiones reservadas a la iniciativa privada. A las que se le podrían sumar la extinción de un gran número de concesiones dadas en varias demarcaciones por no cumplir el requisito de aportar la garantía definitiva en el plazo debido. Cuestión nada descabellada teniendo en cuenta la coyuntura económica negativa actual.

Esta circunstancia obligaría a la convocatoria de un nuevo concurso a fin de (i) facilitar el reparto de los costes derivados de la puesta en funcionamiento del MUX y de (ii) permitir la pluralidad de ofertas televisivas habilitadas. En cualquier caso, a día de hoy ya comienza a cobrar fuerza esta opción.

El caso de Castilla y León.-

El peligro de la posibilidad de no llegar a tiempo al apagón analógico podría también ser imputable a la tardanza de la administración de Castilla y León en convocar los concursos públicos, ya que a día de hoy siguen sin promulgarse. No obstante, esta comunidad parece tener la intención de equipararse al resto de España dado que se ha hecho público que en las próximas semanas abrirá la convocatoria para la TDTA y, posteriormente, procederá a sacar a licitación las concesiones para la gestión indirecta de la TDTL. La batería de medidas que ha preparado es digna de mencionar porque van encaminadas a llegar al 3 de abril de 2010 sin emisiones analógicas en la región.

En definitiva, de estar considerada como la última en abordar la ordenación del escenario televisivo, Castilla y León, por méritos propios y deméritos ajenos, se puede convertir en una de las comunidades de referencia a la hora de abordar la ordenación definitiva de su escenario televisivo.

Repercusión de la transición en los Tribunales: la doctrina de la Cohabitación

De sobra es conocido que la configuración de los mapas televisivos digitales que están realizando las distintas CCAA tiene una tramitación normativamente pautada, es decir, la inmediatez en la imposición de formatos digitales resulta impracticable. Así se ha demostrado a lo largo de la trayectoria digital en los últimos años.

Y es que, es una certeza matemática que la velocidad en la adopción de la TDT y su viabilidad depende (i) del despliegue de una oferta atractiva de contenidos, (ii) de la adquisición de decodificadores y, (iii) de la generación de ingresos publicitarios para las televisiones habilitadas. Pese a que se ha avanzado mucho, las cuotas de pantalla siguen favoreciendo a las emisiones analógicas abrumadoramente.

Pero a esto hay que añadir la variable de la concurrencia de televisiones locales de toda índole en plena actividad: (i) las habilitadas legalmente por concesión, (ii) las no adjudicatarias, (iii) las licitadoras en concursos que aún no se han resuelto, (iv) las que no han participado en concurso alguno, bien por no haberse convocado o bien porque habiéndose convocado han decido no participar; y (v) las televisiones de proximidad sin ánimo de lucro creadas por la Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información. Todas ellas emitiendo en tecnología analógica.

Este panorama provocado fundamentalmente por los vacíos legales existentes y por la desatención de las administraciones publicas en el ejercicio de las potestades necesarias para el acatamiento de la normativa, ha forzado a que los Tribunales de Justicia elaboren una doctrina lo menos perjudicial para el conglomerado de emisoras televisivas existentes. La Cohabitación

Se debe manifestar que la ausencia de exigibilidad tambien incide sobre los concesionarios a los que se les permite el incumplimiento de las condiciones técnicas de la licencia de TDT, por eso a los jueces se les ha planteado la siguiente cuestión: qué emisora está más cercana a la legalidad, ¿la televisión que mantiene sus emisiones a pesar de no tener licencia de TDT o el adjudicatario que no cumple las condiciones técnicas y legales exigidas por la concesión?

La solución a este dilema no podía haber sido más acertada. Se concedió, por vía judicial, una moratoria para que (i) los concesionarios de la TDT se pusieran al día en el cumplimiento de sus obligaciones sin ser revocadas sus licencias, y para que (ii) los no concesionarios puedan continuar emitiendo hasta el apagón analógico a fin de que tengan el tiempo necesario para reestructurar su negocio a favor de los operadores habilitados.

Este es el fundamento sobre el descansan los 13 Autos de diferentes Tribunales que, en puridad, nos vienen a decir que las emisiones de los no concesionarios se autorizan siempre y cuando concurran los siguientes condicionantes: (i) compatibilidad con los preparativos de las nuevas concesionarias para llevar a cabo la emisión por los nuevos sistemas digitales, y (ii) cese de las mismas hasta que las nuevas emisiones de los concesionarios sean efectivas.

Hasta tal punto es incontestable esta doctrina que ni siquiera los servicios jurídicos de las administraciones públicas afectadas han recurrido estas decisiones judiciales. Y es del todo comprensible, ya que resulta contrario al principio de reciprocidad impedir el mantenimiento de las emisiones analógicas a una televisión local de más de 10 años de antigüedad que no ha obtenido licencia en una demarcación donde muchos de los adjudicatarios incumplían las obligaciones legales de su nuevo estatus.

Conclusión.-

Pese a ciertos obstáculos se hace necesario el éxito de la implantación y desarrollo de la TDT en las fechas barajadas por el legislador, aunque lo acontecido en Extremadura convierte el camino hacia el apagón analógico en un tortuoso avance plagado de minas. Y mientras la fecha se acerca, la justicia se ha postulado a favor de la flexibilidad, con la doctrina de la cohabitación, para así evitar una guerra encarnizada entre televisiones que podría saldarse con la extinción de numerosas concesiones de TDT por el incumplimiento de sus obligaciones y el cierre de emisoras por carecer de título habilitante.


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