En estos últimos meses se han hecho públicas varias resoluciones anulando las actuaciones de las autoridades audiovisuales de las CCAA consistentes en abrir expedientes sancionadores a diversas radios y televisiones por presuntas infracciones administrativas. Ya sea por ausencia de concesión administrativa (ahora licencia audiovisual) o por infracciones en el régimen legal de contenidos, diversas CCAA han incrementado los procesos sancionadores frente a radios y televisiones de una forma considerable.
Igualmente, los Tribunales de Justicia se han pronunciado denegando la autorización de entrada a las administraciones para precintar las emisiones. Una de las Sentencias más relevantes se dio a conocer por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 1 de Jerez de la Frontera, el pasado 21 de Mayo de 2012. En el fallo se rechazaba la entrada de los funcionarios públicos solicitada por la Junta de Andalucía para precintar los equipos y proceder al cese de las emisiones de una emisora de televisión ubicada en la localidad gaditana. Díez & Romeo ha dirigido la defensa legal de la TDT cuyas emisiones se pretendía clausurar.
El Juzgado, en su decisión, cuestiona la facultad de la Consejería de la Presidencia para realizar la entrada en lugar cerrado ya que el expediente sancionador ha caducado. De ahí, que sea difícil que el derecho fundamental a la Inviolabilidad del Domicilio, consagrado en el artículo 18 de la Constitución Española, sea respetado con la actuación de la administración.
En concreto, la Sentencia 102/2012 que se dicto en el procedimiento nº 14/2011 invocó la Ley Andaluza 9/2001, de 12 de julio, para denegar la autorización para el cese de las emisores y precinto de los equipos técnicos que posibilitan la emisión en TDT. En su Razonamiento Jurídico Segundo afirma expresamente que:
“Así resulta forzoso concluir que no existe título jurídico que habilite a la administración a realizar la entrada en el lugar cerrado que se pretende, razón por la que se procede a su denegación.”
Con carácter previo, el Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 1 de Jerez de la Frontera examinó las circunstancias que deben de darse para otorgar la autorización a la administración al cese y precinto de emisiones televisivas.
“El juzgador se limita a constatar que la ejecución del acto es en principio válida, que se requiere la entrada en lugar inaccesible sin el concurso de la voluntad de su titular y que, en definitiva, se trata de una petición proporcional a los que hechos que se ponen de manifiesto (SSTC 35/92 y 174/93)”
Tras aplicar dicho análisis al caso concreto que se debatía, el tribunal falló en contra de la Junta de Andalucía denegando la entrada en la emisora radicada en Jerez de la Frontera. Ahora, la administración tiene 15 días para recurrir en apelación la decisión judicial
Una vez más se constata que no es posible el cierre de ningún medio de comunicación (radio FM o TDT) sin que exista una autorización judicial previa que habilite a la autoridad administrativa al cese o precinto. Es decir, a pesar de que en una resolución administrativa se establezca en cese de las emisiones, la autoridad audiovisual no puede ejecutar forzosamente su decisión sin permiso de los Tribunales de Justicia. Esta particularidad se da en el caso de emisoras de radio y televisión porque es necesario invadir un espacio cerrado de propiedad privada (centros emisores) para decretar el fin de la actividad de comunicación audiovisual.
Hace unos días leía en el diario Lainformación.com el reportaje que dedicaba a la incidencia de la gestión privada que contempla el nuevo proyecto de ley del Estatuto de Radiotelevisión valenciana (RTVV). Aquí está la noticia.
Según explicaba el vicepresidente y portavoz del Consell, José Císcar, la nueva ley de RTVV establece un modelo de financiación mixta --de colaboración publico-privada--, que permitirá que determinadas franjas de programación "puedan ser realizadas por la iniciativa privada". Así, la Generalitat sólo se encargará de financiar aquellos contenidos que sean de "servicio público", que será definido en un contrato-programa revisable cada tres años.
Para la adjudicación de franjas de programación a empresas privadas, está previsto el pago de un canon por explotar este servicio o, cabe la posibilidad de que el Consell "pueda tener interés" en productos de iniciativa privada y aporte para ello fondos públicos, ha dicho.
Císcar se ha pronunciado de esta manera en la rueda de prensa posterior al pleno del Consell en relación a la aprobación del proyecto de ley del Estatuto de Raditelevisión valenciana (RTVV). El Consell espera que pueda ser aprobada por las Corts antes de que finalice el próximo mes de julio y espera que entre en funcionamiento antes de que acabe el año. De esta manera, RTVV SA se convierte en una sociedad mercantil con especial autonomía que sucede a las sociedades TVV y Radio Autonomía Valenciana, como consecuencia de su fusión.
Uno de los puntos sobre los que se asienta la nueva ley es el 'Mandato-marco' que fija los objetivos y obligaciones de la programación y que será revisado cada nueve años por las Corts. Estos objetivos se desarrollarán con el contrato-programa --revisable cada tres años por las Corts--, que debe suscribirse tres meses después de la aprobación de la ley.
Por lo que se refiere a la financiación mixta, se consolida la separación de las actividades audiovisuales de servicio público de las que no lo son a fin de que la financiación pública "no sostenga contenido ni actividades ajenas al cumplimiento de la función esencial de servicio público".
En cuanto a lo que será "servicio público", Císcar ha explicado que serán "básicamente" los informativos, aquellos programas relacionados con la defensa y promoción del valenciano y de la cultura y señas de identidad valencianas. Así, ha puesto como ejemplo de servicio público la serie 'L'Alqueria Blanca' y como no servicio público, 'Tómbola'.
"Lo que no hace, por una cuestión de técnica legislativa" es concretar qué programación es servicio público y qué no; eso se hará mediante el contrato-programa", que deberá suscribir el Consell y RTVV, ha apuntado Císcar.
En este caso, ha precisado, preguntado por si el fútbol será de interés público, que eso lo determinará el contrato-programa aunque el parámetro que marcará "hasta dónde se puede llegar" es el objetivo de déficit cero.
Los distintos procedimientos judiciales que se han abierto como consecuencia de la impugnación de la adjudicación del reparto de las 155 licencias de la FM en Canarias comienzan a desvelar ciertos datos inquietantes. Fuentes periodísticas así lo constatan.
En unos de los pleitos, el Gobierno de Canarias ha remitido al juzgado el expediente administrativo donde documenta todo lo acaecido en el concurso público. Entre los documentos, figuraban 4 DVDs donde se clasifican por municipios todos los proyectos de cada uno de los solicitantes.
Tras su estudio, se han identificado proyectos cuyos archivos tienen una fecha de modificación o creación posterior a la apertura de sobres verificada el 31 de enero de 2011. Es decir, hay documentos en PDF que han sido modificados o creados después de que la Mesa de Evaluación conociera el contenido de las ofertas.
Los licitadores tenían de plazo para entregar sus ofertas en papel y en PDF hasta el 30 de septiembre de 2010. Así que los CD con los proyectos en PDF siempre debían de haber generados antes del 30 de septiembre de 2010.
Una de las preguntas es ¿Cómo es posible que algunos de los proyectos en PDF hayan sido creados o modificados el 11 de febrero de 2011? Y ¿cual es la razón por la que figuran como fecha de creación de proyectos en PDF el 27 de junio de 2011 o el 8 de julio de 2011?
No obstante, todavía hay que esperar a la explicación que debe dar la administración canaria, ya que en un proceso judicial se deben escuchar todos los razonamientos para que el Tribunal pueda emitir un fallo determinado.
Desde hace meses la Comisión Legal HbbTV creada por Diez & Romeo se encarga de hacer el máximo seguimiento de todas las iniciativas legales y técnicas vinculadas con la Televisión Conectada: http://www.lawyerpress.com/news/2012_03/Legal%20_HBB_TV.html
A tenor de los últimos acontecimientos podemos decir que la televisión conectada comienza a consolidarse. El hecho de que France Télévision realice la cobertura del popular torneo Roland Garros apoyándose en la televisión híbrida y el estándar HbbTV, marca un referente importante en la consolidación.
La televisión híbrida es una nueva tecnología ligada a lo digital y a internet. Una auténtica revolución a la que se enfrenta los grupos audiovisuales, en la que sus modelos de negocio tienen que reformularse y ser capaces ahora más que nunca de llegar de manera eficaz al usuario. Un nuevo tipo de espectador llamado asincrónico que requiere un consumo inmediato o lo buscará en otras plataformas.
Recientemente el evento R-Evolution TV 2012 organizado por iiR España, aglutinó a las iniciativas más relevantes en el sector. Allí, Iván de Cristobal, gerente del área de Medios de Comunicación y Entretenimiento de Accenture, indicó que el 60% de las teles de 40” del mercado son conectadas, pero muchos usuarios aun no conectan su televisor a internet por desconocimiento
Los beneficios de la televisión conectada
Las ventajas de la televisión conectada permiten darle al espectador un auténtico mando libre para que puedan ver cualquier contenido audiovisual usando servicios a la carta, en el que se puede interactuar con una infinidad de aplicaciones multimedia y recibir, por ejemplo, información de última hora o incorporar la potencia de las redes sociales en la manera de consumir el audiovisual. Estamos ante la convergencia de los contenidos, las redes y las aplicaciones.
Sin embargo, a pesar de las ventajas reales, una encuesta realizada por Accenture, refleja que los usuarios aun no tienen muy claro cuál es concepto y la funcionalidad de la tele conectada. El 28 % opinaba que era una opción para ver algo de televisión cuando no echaban nada de interés y el 31 %, un lugar para ver contenidos que no eran posible ver en directo.
Los nuevos desafíos
Como todo lo nuevo, la televisión conectada se enfrenta al problema de la monetización. En este entorno, según Iván de Cristóbal, parece que las marcas publicitarias van a ser los grandes dinamizadores del sistema y que tendrán mucho que decir en cómo se desarrollen incluso los contenidos o parte de ellos. Es un tablero de ajedrez complejo, donde cadenas, creadores de los soportes, distribuidores y marcas, están condenadas a entenderse.
El modelo de negocio parece posible y en él se está trabajando. Según una encuentra realizada a nivel internacional (presentada por Miguel Voces de Accenture,) entre más de 7000 usuarios, el 69% de los usuarios estaría dispuesto a pagar por determinados contenidos en una media de entre 5 y 10 dólares. Eso sí, no quieren que haya publicidad intrusiva, que los tiempos de descarga sean bajos y calidad del video sea buena.
El HbbTV: un estándar de integración
Tecnológicamente el modelo se asienta sobre el estándar HbbTV que, aunque no está implantado en toda Europa como dice Cristina Garcés, vocal de AEDETi va por buen camino. Francia, Alemania y España son los abanderados.
EE.UU. y Japón harán pruebas con el estándar este año. Esto supondría suponer el espaldarazo definitivo a esta norma que ahora acaba de lanzar su versión 1.5. En definitiva un ahorro de costes ya no habría que hacer diferentes desarrollos según las soluciones propietario propuestas por los fabricantes u otros países no adheridos al estándar
La Unión Europea reconoce que la televisión conectada es el futuro. Y para impulsarla, a través de la UER creará plataformas blancas que distribuirán de manera gratuita con los Juegos Olímpicos y con Eurovisión. Un intento de alfabetización para que no sean sólo los más jóvenes los que se interesen por esta manera de consumir los contenidos.
El botón rojo del nuevo mando, puede ser parte de la clave de esta alfabetización, pulsado sobre él se accede a los contenidos de manera directa y de una manera intuitiva se pueden localizar los contenidos deseados. En España la apuesta es clara y los radiodifusores, como dice María Maicas, se han unido más allá de las diferencias que pueden tener para avanzar en la implantación de esta tecnología.
Como afirma Alex Marquina, director Comercial de New Business y Medios Digitales de TV3, los medios están sufriendo una mediamorfosis, donde los medios no mueren sino que se transforman y la televisión conectada es parte de este cambio. Se estima, que 2015 habrá 500 millones de televisiones conectadas y que en 2019, se producirá un gran giro en la manera de entender los medios audiovisuales. El año cero de una nueva era audiovisual
El futuro está en la televisión conectada y aprovechar todas sus cualidades también pasa por nosotros
En los últimos meses hemos asistido a una cascada de decisiones consistente en declarar los últimos concursos de licencias de radio FM desiertos.
Lo que se iniciara con la decisión de la Generalitat Valenciana de declarar sus licencias en liza desiertas, el pasado 26 de septiembre de 2011, se ha visto reproducido el viernes, 18 de mayo de 2012, en Murcia y Galicia. Ambas CCAA hacían pública su voluntad de declarar desierto sus concursos de la FM.
Oficialmente, las razones suelen ser casi idénticas: (i) la disminución o desaparición de la capacidad y la solvencia de las licitadoras; (ii) la existencia de proyectos obsoletos de emisoras de radio FM; (iii) las incompatibilidades entre las bases y la nueva regulación audiovisual; y (iv) la búsqueda de la máxima seguridad jurídica en procesos selectivos tan complejos.
Pero desde el sector se palpa que una de las verdaderas motivaciones es que las CCAA ya no pueden sostener adjudicaciones “previsibles”. Es decir, a las empresas más afines del ejecutivo de turno. Y es que la presión ante repartos escandalosos es muy difícil de mitigar. El ejemplo más paradigmático es el controvertido reparto de la FM en Canarias que tantas críticas ha generado.
Si hacemos memoria, la mayoría de los responsables de la política audiovisual de las CCAA con repartos reprochados han terminado muy mal parados. Desde dimisiones o ceses inmediatos, tras la decisión de adjudicar licencias de FM y TDT, hasta condenas al ostracismo o al olvido, pasando por los problemas jurídico-penales del que fuera titular de la Consejería de Industria de Cantabria (reparto de la TDT).
Por eso parece que las CCAA tienen mucha más cautela a la hora de adjudicar licencias audiovisuales y, ante cualquier riesgo serio de anomalía, se opta por declarar el concurso desierto y volver a convocar uno nuevo.
La asesoría jurídica audiovisual se ha profesionalizado mucho y numerosos despachos de abogados se encuentran a disposición de los licitadores para abordar y detectar irregularidades. Aún se encuentra en la retina de todos la anulación judicial de la TDT en Madrid, Canarias, Galicia (2 demarcaciones), así como numerosas sentencias que anulan licencias de FM ya otorgadas, como es el caso de las obtenidas por el TSJ de Murcia, Madrid y Cataluña, entre otras.
Por consiguiente, la solución de declarar los concursos desiertos cuando existen causas para ello proyecta más transparencia en el proceder de las CCAA. Además, las autoridades se ahorran todos los inconvenientes derivados de la nulidad judicial de sus actos de adjudicación.
Ayer, la Xunta de Galicia y la Región de Murcia han declarado los concursos públicos el otorgamiento de licencias para la prestación del servicio de comunicación radiofónica desiertos. Ambas CCAA basan sus razonamientos en incompatibilidades derivadas de la nueva legislación audiovisual, aunque con ciertos matices.
I.- La cuestión de Galicia.-
El ejecutivo gallego toma esta decisión tras la entrada en vigor, el día 3 de abril, del Decreto 102/2012, de 29 de marzo, por el que se desarrolla el servicio de comunicación audiovisual radiofónica en el ámbito de la Comunidad gallega.
Esta normativa prevé, en su disposición última, la posibilidad de declarar desierto los procedimientos para el otorgamiento de licencias que se encuentren en tramitación, en el caso de existir incompatibilidad entre el régimen previsto en las bases de la convocatoria y el régimen previsto en el mismo decreto.
Este es el caso del concurso público para el otorgamiento de licencias FM en la Comunidad Autónoma de Galicia, que estaba en proceso de tramitación.
II.- Las razones de la Xunta.-
1.- Emisoras de carácter comercial: Denominación incorrecta.
El Consello de la Xunta decidió declarar desierto este concurso para evitar una posible situación de inseguridad jurídica, fundamentándose en una serie de incompatibilidades entre las bases de dicho concurso y el decreto de comunicación audiovisual radiofónica.
En este sentido, en primer lugar tuvo en cuenta el criterio del dictamen emitido en su día por el Consello Consultivo de Galicia sobre el mencionado decreto, que consideraba que la denominación ”emisoras de carácter comercial” no es correcta, dado que impedía concurrir a aquellas entidades que no tuviesen ese carácter. Entidades sin ánimo de lucro o Universidades públicas tenía vedada su participación.
2.- La desestimación del Decreto no casa con la caducidad de las bases
Por otro lado, también se observaba una incompatibilidad entre el régimen jurídico de desestimación previsto en el decreto y el régimen jurídico de caducidad establecido en las bases del concurso. De este modo, los supuestos para entender rechazadas las ofertas tienen naturaleza jurídica distinta., ya que no es lo mismo la caducidad que la desestimación.
3.- El concurso sólo versaba sobre radio analógica.
Entre otras incompatibilidades, se tuvo en cuenta que, mientras que las bases del concurso limitaban a prestación de servicios la tecnología analógica, el decreto abre la posibilidad de usar cualquier tipo de tecnología, bien de tipo digital o de otra naturaleza.
El advenimiento de la televisión y radio conectada, así como con las nuevas aplicaciones en la radiodifusión exige una regulación que no contenían las bases del concurso.
III.- El caso de la Región de Murcia.-
Lo de Murcia era una decisión esperada por todo el sector, tras la declarar Valencia el concurso desierto. Se da así oficialidad al informe técnico que elaboraron los servicios jurídicos de la Región de Murcia ante la situación generada por dos fenómenos: (i) un retraso excesivo en la resolución, se convocó en marzo de 2007; y (ii) la modificación del escenario radiofónico con la aprobación de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual.
IV.- Las razones similares a las de Valencia.-
En Murcia, se observan dos grandes razones que motivan el resultado de un concurso desierto: (i) la disminución o desaparición de la capacidad y la solvencia de las licitadoras; y (ii) la existencia de proyectos obsoletos de emisoras de radio FM.
Con ello se puede percibir que la capacidad de las licitadoras ha quedado mermada o desaparecida, dado el tiempo transcurrido: más de 5 años. De ahí que la actual solvencia no pueda coincidir con la existente en el momento de la presentación de las proposiciones
Por otro lado, se aprecia una incompatibilidad entre las bases que regulaban los aspectos del concurso y la nueva regulación audiovisual emanada tras la publicación de la Ley General de Comunicación Audiovisual. Esa falta de adecuación a la nueva normativa resulta imposible de casar con la propuesta de adjudicación que ya tenía la Mesa de Contratación en Murcia, de ahí que se haya optado por declarar desierto el concurso.
V.- Posibles recursos y nuevo concurso en los próximos 6 meses.-
Ahora algunos licitadores se plantean acciones legales por los daños y perjuicios que podría haber causado las expectativas de estar concursando para unas resoluciones tan insatisfactorias.
En cualquier caso, las garantías comenzarán a ser devueltas en un plazo corto de tiempo con el fin de no incrementar el daño ocasionado.
Todo apunta a que en los próximos meses se convocará rápidamente un nuevo concurso público en Murcia y en Galicia, tal y como lo hiciera Valencia. Lo que se trata de aclarar es si se volverán a exigir garantías para participar. Parece que en Murcia no, pero en Galicia aún se mediata sobre ello. No obstante, los precedentes indican que no, ejemplos como Valencia, Castilla y León, Extremadura (en la TDT) dan buena cuenta de ello.
Hoy ha sido publicado el requerimiento de subsanación para los licitadores que tengan que aportar documentación en el concurso de licencias de la FM en el País Vasco. Los licitadores tienen hasta el 14 de mayo.
De conformidad con el artículo 13 del Decreto 231/2011, de 8 de noviembre, sobre la Comunicación Audiovisual, la Mesa de Valoración ha examinado la solicitud, así como la documentación acreditativa de los requisitos y de la capacidad jurídica (sobre número 1), y ha apreciado los defectos u omisiones subsanables que se detallan.
Consecuentemente, de acuerdo con la norma señalada, se requiere a los licitadores relacionados en el citado documento adjunto para que el en plazo de 10 días subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, con la indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos de su solicitud.
Los requerimientos de subsanación se efectúan en el día y por el medio señalados en la cláusula vigésimosegunda de las bases. Adicionalmente, se informará a los licitadores en relación con los defectos u omisiones subsanables apreciadas, a través del correo electrónico señalado en la solicitud.
Debe observarse que los requerimientos de subsanación se enmarcan en un trámite inicial, de carácter provisional, de calificación de la documentación administrativa, pues ha de complementarse con una ulterior calificación, una vez se aporten los documentos requeridos en los términos de la cláusula vigésimosexta de las citadas bases.
Consultar: http://diezromeomedia.blogspot.com.es/2012/05/el-14-de-mayo-finaliza-el-plazo-para.html
Hoy ha tenido lugar en Pamplona la apertura del Sobre nº 2 del concurso público de licencias de comunicación radiofónica. Tras la tramitación del acto, finalmente han sido aceptadas un total de 26 empresas que han presentado 142 ofertas.
Las ciudades que más solicitudes han recibido son Pamplona con 19 ofertas para tan sólo 2 licencias, Estella 18 ofertas para 2 licencias, Tafalla 16 candidaturas para 3 licencias, Tudela 15 solicitudes para 1 e Isaba con 11 posiciones en pugna para 4 títulos habilitantes.
Por empresas, Kiss Radio S.A., es la que más solicitudes ha presentado, con 26 propuestas, le siguen la entidad Abian Komunikazioa, S.L., con 15 ofertas, por último Zeroa Multimedia S.A., que solicita 9 licencias.
A continuación se referencian las empresas admitidas por localidades:
ALSASUA (3 licencias, 6 empresas con 8 ofertas)
Abian Komunikazioa, S.L.
Zeroa Multimedia, S.L.
Radio Amanecer SA
Agrupación Radiofónica SA (SER)
Radiodifusora Navarra SA (SER)
Radio Publi SL (Punto Radio)
AMESCOA (4 licencias, 5 empresas con 8 ofertas)
Abian Komunikazioa, S.L.
Kiss Radio SA
Radio Amanecer SA
Radiodifusión del Principado
SurCastilla Radio
BURGETE (4 licencias, 2 empresas con 2 proyectos)
Abian komunikazioa, S.L.
Radio Amanecer SA
BAZTAN (4 licencias, 4 entidades con 4 ofertas)
Abian Komunikazioa, S.L.
Radio Amanecer SA
Zeroa Multimedia, S.L.
Asociación Cutlural Xorroxin Elkartea
BERA (4 licencias, 5 entidades con 5 ofertas)
Abian Komunikazioa, S.L.
Asociación ONG Pausu Media
Radio Amanecer SA
Zeroa Multimedia, S.L.
Asociación Cultural Xorroxin Elkartea
ESTELLA (2 licencias, 14 empresas con 11 ofertas)
Abian Komunikazioa, S.L.
Agrupación Radiofónica SA (SER)
Radiodifusora Navarra SA (SER)
Libertad Digital
Kiss Radio SA
Unidad Editorial Información Deportiva (Radio Marca)
Iokin Erviti Garza
Rk20, S.L. (Radio Maria)
Uniprex, S.A.U. (Onda Cero)
Pevesa Comunicación
Tierra Estella de Comunicaciones
Zeroa Multimedia, S.L.
Radio Popular COPE
Sauzal 66 (Intereconomía)
ISABA (4 licencias, 8 empresas con 11 ofertas)
Abian Komunikazioa, S.L.
RK20 S.L. (Radio Maria)
Radiodifusión del Principado
Unidad Editorial Información Deportiva (Radio Marca)
SurCastilla Radio
Pevesa Comunicación
Radio Popular, COPE
Kiss Radio S.A.
LARRAUN (1 licencia, 2 empresas candidatas con 2 ofertas)
Abian Komunikazioa, S.L.
Radio Amanecer SA
LEITZA (3 licencias, 4 empresas candidatas con 4 ofertas)
Abian Komunikazioa, S.L.
Radio Amanecer SA
Radio Publi SL (Punto Radio)
Zeroa Multimedia, S.L.
OCHAGAVIA (4 licencias, 5 empresas candidatas con 8 ofertas)
Abian Komunikazioa, S.L.
Kiss Radio SA
RK20 (Radio Maria)
Radiodifusión del Principado
Unidad Editorial Información Deportiva SL (Radio Marca)
PAMPLONA (2 licencias, 16 empresas candidatas con 19 ofertas)
Abian Komunikazioa, S.L.
Kiss Radio SA
Iruñeko Komunikabideak SA
Sauzal 66, S.L. (Intereconomía)
Editora Independiente de Medios de Navarra
Pevesa Comunicación
RK20 (Radio María)
Radiodifusora Navarra SA (SER)
Agrupación Radiofónica SA (SER)
Flash & Shock SL
Zeroa Multimedia, S.L.
Radio Popular COPE
Unidad Editorial Información Deportiva SL (Radio Marca)
Comunicaciones del Ebro Empresa y Radio (COEPRA)
Radio Publi SL (Punto Radio)
Uniprex (Onda Cero)
PERALTA (3 licencias, 10 empresas candidatas con 13 ofertas)
Abian Komunikazioa, S.L.
SurCastilla Radio
Uxue comunicación SL
Pevesa Comunicación
Zeroa Multimedia, S.L.
Libertad Digital
Kiss Radio SA
Yri Multimedia Comunicación SL
Radio Popular COPE
RK20 (Radio Maria)
SANGUESA (3 licencias, 7 empresas cadidatas con 9 ofertas)
Abian Komunikazioa, S.L.
RK20 (Radio Maria)
Kiss Radio SA
Radio Popular COPE
Unidad Editorial Información Deportiva SL (Radio Marca)
Radiodifusión del Principado
SurCastilla Radio
TAFALLA (3 Licencias: 14 empresas candidatas, con 16 ofertas)
Abian Komunikazioa, S.L.
Zeroa Multimedia, S.L.
Unidad Editorial Información Deportiva SL (Radio Marca)
RK20 (Radio Maria)
Radio Popular COPE
SurCastilla Radio
Sauzal 66, S.L. (Intereconimia)
Yri Multimedia Comunicación SL
Pevesa Comunicación
Uniprex Onda Cero
Editora Independiente de Medios de Navarra SA (Canal 6 TV)
Libertad Digital
Uxue Comunicación
Kiss Radio SA
TUDELA (1 licencia: 15 empresas candidatas, 15 proyectos)
Abian Komunikazioa, S.L.
Radiodisora Navarra SA (SER)
Comunicaciones del Ebro Empresa y Radio (COEPRA)
Zeroa Multimedia, S.L.
Uniprex (Onda Cero)
Yri Multimedia Comunicación SL
Radio Popular COPE
Unidad Editorial Información Deportiva SL (Radio Marca)
Libertad Digital
Editota Independiente de Medios de Navarra (Canal 6 TV)
Kiss Radio SL
Rk20 (Radio Maria)
Pevesa Comunicación
Agrupación Radiofónica SA (SER)
Cuando se aborda el escenario jurídico en los medios de comunicación social: radio o televisión, hay que diferenciar entre: (i) el derecho a la libertad de expresión y de información veraz, y (ii) el derecho a crear medios de comunicación social como soporte del ejercicio de las libertades constitucionales. Por eso se dice que los medios tienen más solvencia si cuentan con el respaldo de una licencia audiovisual otorgada por la autoridad competente.
Falta de incertidumbre legal y seguridad en los contratos con los anunciantes, son atributos que caracterizan a las radios y televisiones habilitadas por las CCAA.
Recientemente se ha publicado la convocatoria para que las emisoras de radio en Euskadi puedan acceder a 34 licencias. Al ser un pliego legal, numerosos profesionales del derecho ya se han puesto a analizar el alcance y finalidad de la redacción jurídica.
Los especialistas de Diez & Romeo han realizado un estudio detallado de los criterios de valoración del pliego que regula el concurso de licencias de radio FM en el País Vasco. Las combinaciones empíricas para obtener el máximo de puntuación en los proyectos precisan de un análisis profundo de los puntos a otorgar.
I.- Desglose de los criterios de valoración.
Para ello se han desglosado los requisitos legales exigidos para fijar el contenido de las ofertas de conformidad con el artículo 20 de las bases. Así se estructuran en grandes bloques:
1.- Propuesta de programación (50 puntos)
2.- Propuesta económica (50 puntos)
3.- Propuesta tecnológica (50 puntos)
4.- Aportación a la pluralidad de la oferta audiovisual existente (20 puntos)
5.- Fomento de Empleo (20 puntos)
6.- Compromiso de emisión en euskera (10 puntos)
II.- Propuesta de programación
Pasamos en este apartado a analizar el apartado correspondiente a la Propuesta de programación, por ser la más compleja desde el punto de vista material.
La Propuesta de Programación supone el 25% de la puntuación (50 sobre 200 puntos). Aquí se plasman los contenidos radiofónicos que distinguen la idiosincrasia de la emisora. Se estructura de la siguiente forma:
1.- Porcentaje de producción propia. Puntuable desde 0 hasta 30 puntos.
Los puntos se asignarán conforme a los siguientes criterios:
• La emisiones de programación producida en Euskadi en un 75% o más, 25 puntos
• Entre el 25% y el 74% de la producción elaborada en la comunidad, 20 puntos
• Si va desde el 10% a hasta el 24%, se asignarán 15 puntos.
• Menos del 10% no puntúa.
Además, si los contenidos se producen en la localidad que conforma su ámbito de cobertura, se concederán 5 puntos adicionales.
2.- Singularidad del proyecto y adecuación a la localidad. Valorable de 0 a 20 puntos
Se tendrá en cuenta la diversificación de la programación y sus peculiaridades como la (i) variedad de los contenidos, (ii) la tipología plasmada, (iii) la audiencia perseguida, y (iv) la metodología de funcionamiento.
Para ello, se perseguirá un atractivo de la oferta que albergue cuestiones como:
• Porcentaje de contenidos de carácter informativo, cultural, educativo, social, económico y deportivo que hagan referencia a la Comunidad autónoma.
• Porcentaje de programación que fomenten los valores culturales de Euskadi: divulgación de las manifestaciones propias de la localidad en conexión con la comunidad autónoma. Importante la forma de cohesionar ambas proyecciones culturales.
• Porcentaje de informativos. Se valorará en función de las horas dedicadas a contenidos informativos.
• Porcentaje de programación de carácter exclusivo. La emitida sólo por las emisoras de la solicitante..
• Horarios de emisión: Se recomienda proponer emisiones desde un mínimo de Emitir más de 12 horas diarias..
• Porcentaje de programación de única emisión: los programas que no sólo se emiten una sola vez, sin redifusión.
I.- Las Bases Del Concurso: Obligan a solicitantes y a Administración
Tras la convocatoria del concurso público de las 34 licencias de Radio FM en Euskadi, se ha abierto un plazo para presentar la documentación que finaliza el 11 de abril de 2012. Las pautas a tener en cuenta se encuentran en las bases que regulan el concurso, que han de ser respetadas sin titubeos por los participantes. De hecho, los Tribunales las consideran la “Ley del concurso”. Es decir, unas normas que se aplican tanto a las autoridades como a los licitadores que participan en el concurso. Por eso resulta obligado contar con un Letrado experto en Derecho Audiovisual que sepa interpretar correctamente el tenor literal de los preceptos del concurso.
Centrándonos en las bases, vemos como los artículos 20 y 24 determinan el contenido y la valoración del sobre nº 2 (oferta técnica). Esta se estructura en seis bloques:
1.- Propuesta de programación (50 puntos)
2.- Propuesta económica (50 puntos)
3.- Propuesta tecnológica (50 puntos)
4.- Aportación a la pluralidad de la oferta de comunicación audiovisual (20 puntos)
5.- Fomento de Empleo (20 puntos)
6.- Compromiso de emisión en euskera (10 puntos)
II.- La Propuesta Tecnológica
El tercer bloque de contenidos del proyecto de emisora de radio FM es el vinculado con los indicadores técnicos de la oferta. Es decir, el equipamiento técnico que se propone en la alta frecuencia (centro emisor) y la baja frecuencia (estudios de producción), así como los elementos vinculados anejos. Las bases califican en el artículo 20 y 24 como Propuesta Tecnológica, y consta de cinco grandes apartados que deberán plasmarse en el proyecto de forma dividida en secciones y subsecciones.
Desde el equipo técnico de Diez & Romeo se han sometido los criterios tecnológicos a diversos análisis para poder identificar los aspectos más relevantes a potenciar.
La Propuesta Tecnológica conforma el 25% de la puntuación a otorgar en el proyecto (50 puntos sobre un total de 200). A pesar de ser perceptiblemente inferior a la puntuación otorgada en Valencia, resulta necesario para obtener un buen resultado ante la Mesa de Valoración. Por eso es de capital importancia abordarlo desde criterios de máxima profesionalidad.
En primer lugar, las ideas que han de presidir todo este apartado tecnológico son (i) el acomodo a las nuevas tecnologías; (ii) la armonía en la ejecución de la arquitectura del servicio radiofónico propuesto, y (iii) una política de gestión que suponga el mínimo impacto ambiental.
En segundo lugar hay que dejar claro la división conceptuar de este bloque:
1.- Plan de ejecución de las obras e instalaciones (de 0 a 13 puntos).
En este apartado se detallarán los plazos de puesta en marcha de la emisora propuesta desde la adjudicación. Importante en este criterio será (i) la precisión del calendario de despliegue del servicio; y (ii) la plasmación del diagrama de Gantt del proyecto, donde se presenta la planificación temporal de cada etapa y su duración.
2.- Plan de calidad, continuidad y fiabilidad (de 0 a 13 puntos). Aquí se tendrá en cuenta los parámetros para garantizar la máxima calidad del servicio en la localidad. También se valorarán los procesos de redundancia de los equipamientos para asegurar la fiabilidad y continuidad del servicio. Igualmente se cuidará la detección de averías para asegurar la emisión las 24 horas. Otro aspecto será el tratamiento de la averías con (i) sistemas alternativos de emergencia de suministro de energía, y (ii) procedimientos de reenvío automático.
3.- Plan medioambiental y protección de la salud (de 0 a 8 puntos). En este apartado se analizará la forma en la que implantará la emisora con le menor grado de impacto ambiental. También se evitará la menor exposición a las emisiones electromagnéticas y la no producción de interferencias a las emisoras con licencia. La protección contra los inconvenientes meteorológicos (tormentas, etc…) y la necesidad elaborar un plan de protección de la salud de los trabajadores serán extremos importantes a tener en cuenta.
4.- Plan de Compartición de infraestructuras (de 0 a 8 puntos). Extremo donde se plasmará con que finalidad se utilizarán las infraestructuras existentes. La titularidad del operador deberá ser referenciada, así como las licencias que tiene y los preacuerdos suscritos. En el caso de que sean de propiedad del licitador se indicará que otros servicios se prestan en el emplazamiento.
5.- Plan de Innovación tecnológica (de 0 a 8 puntos). Aquí se valorarán cuatro cuestiones: (i) La utilización de tecnología digital (RDS) propuesta, así como el grado de compromiso que asume el licitador en cuanto a su uso. (ii) El sistema de almacenamiento digital del audio. En este sub-apartado se detallarán los medios técnicos que permitan disponer, en formato electrónico, de todas las fuentes sonoras necesarias para la generación de la programación en los estudios. (iii) La oferta de radio por Internet, es decir, la propuesta de webs basadas en la creación de contenidos producidos y compartidos por los propios usuarios. Algo que entronca directamente con (iv) el desarrollo de la web de la emisora
Esto es una somera mención de lo que refleja el Informe Técnico elaborado por Diez & Romeo sobre la forma de valoración de los méritos propuestos.
El próximo 12 de marzo se publicarán en el BOPV las bases que regulan el régimen jurídico del concurso para el otorgamiento de 34 licencias de comunicación audiovisual radiofónico que se repartirán en Euskadi.
El escenario legal planteado en las bases contará con detalle todos los pormenores relacionados con: (i) la capacidad de obrar, (ii) la documentación a aportar por los licitadores (Sobres 1 y Sobres 2), (iii) los criterios de valoración y sus fórmulas de aplicación, (iv) la atribución de puntos en los grandes bloques evaluables, (v) las obligaciones técnicas y administrativas, y (vi) el fomento de las emisiones en euskera.
Con respecto a este último punto, cabe manifestar que de un total de 34 licencias a repartir, 11 quedarán reservadas a la emisión exclusiva en euskera, lo que supone más del 32 % del total de las licencias a ofertar en Euskadi. En concreto, las frecuencias reservadas a la emisión en euskera son: 3 en Vitoria-Gasteiz, 2 de Bilbao, 2 en Donostia, 1 en Durango, 1 Gexto, 1 en Beasain, y 1 Legazpi. Los interesados en acudir a estas licencias deberán presentar una oferta con el compromiso de emitir exclusivamente en euskera.
Además esta oferta ha de ser sostenible y realista ya que, en caso contrario, no será tenida en cuenta como radio exclusivamente euskera.
Así se pretende crear un nuevo escenario audiovisual donde el euskera en los medios tenga más protagonismo en una sociedad que conoce cada vez más el idioma.
Las primarias republicanas importan a los españoles más de lo que parece ya que la postura sobre las últimas iniciativas legislativas de propiedad intelectual SOPA y PIPA es bien distinta entre Mitt Romney y Rick Santorum. Mientras el ex Gobernador de Massachusetts criticó el SOPA y PIPA ante la pregunta de un empresario en un acto electoral, Santorum se ha mostrado a favor.
Romney critica levemente el SOPA
Preguntado sobre su opinión en cuanto al SOPA, Mitt Romney se posicionó criticando sensiblemente la regulación. De este modo respondió, sin oponerse expresamente a los proyectos de ley, que está totalmente en contra de proyectos de ley como éste que sólo se centran en "perseguir y detener los actos malos". Igualmente afirmó que desearía que los políticos se centrasen en impulsar una legislación que premie a las empresas que hagan las cosas bien.
Romney afirmó que una postura regulatoria exclusivamente diseñada para castigar es una señal de que en Washington DC "no les gusta mucho impulsar el negocio".
Recalcó su opinión de que SOPA y PIPA son proyectos de ley que se centran únicamente en tratar de "frenar a los malos", sin tener en cuenta la enorme cantidad de daño que se hará las empresas que están innovando y están creando puestos de trabajo.
A pesar de manifestarse sobre aspectos generales, la gente ve en sus declaraciones una postura contundente en contra de estos proyectos de ley.
Santorum “No todo vale en Internet”.
En uno de los debates presidenciales republicanos retransmitido por la CNN en enero, el ex senador Rick Santorum de Pennsylvania expresó su disgusto por la "la idea" de que "todo vale en Internet".
Los comentarios de Santorum vinieron en respuesta a una pregunta formulada en el campo del Partido Republicano sobre su postura en relación a la tramitación del SOPA en el Congreso.
Mientras que los cuatro contendientes expresaron su oposición a la ley, Santorum fue más allá a la hora de plasmar sus ideas sobre la libertad en Internet:
"Internet no es una zona libre donde cualquier persona pueda hacer lo que quiera y pisotear los derechos de otras personas, y sobre todo cuando constan muchas entidades que lo están haciendo, que están pirateando."
"Pero la idea de que todo vale en Internet, ¿de dónde viene? ¿Cuando en Estados Unidos se ha respaldado que todo vale? Tenemos leyes, y hay que respetarlas . En un Estado de Derecho, los derechos de propiedad deben ser respetados."
Santorum admitió posturas favorables a limitar la libertad en la red.
"Internet no es una área libre donde cualquiera puede hacer lo que quiera” afirmó. “No conozco ningún otro sector en los EEUU donde se dé este caso”
Miércoles, 30 de mayo
Antonio Pérez Henares
Bustamante, Arévalo y Pardo de S.
Miguel Ángel Violán
Jaime Rodriguez
Rolando Rodrich
Rafael Moreno Izquierdo
El Espacio del Dircom
José Antonio Piñero
Periodista Digital
Juan Luis Gámez Ortúzar
Antonio Jiménez