Audiovisual Legal

Emisoras comunitarias: No se les puede reprochar la falta de licencia

19.05.13 | 03:33. Archivado en Licencias radio FM

En varios artículos ya se ha puesto de manifiesto la pasividad de las administraciones públicas implicadas ante la falta de regulación de las emisoras sin ánimo de lucro. Radios y televisiones.

Varios han sido los pronunciamientos judiciales relacionados, pero especial relevancia ha de tener el Auto 12/2012, de 16 de enero de 2012 de Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Barcelona. En la decisión se desestiman las medidas cautelares a una empresa de juego online demandada que no tenía licencia. ¿La razón?

“(…) hasta que no concluya ese procedimiento para la concesión de licencias generales para desarrollo y explotación de regulación del juego, no se puede reprochar a las demandadas el no haber obtenido autorización, ya que sencillamente no han tenido oportunidad legal de hacerlo.”

Esto entra en total relación con el problema que existe en cuanto a la falta de conclusión de la fase de concesión de las licencias a las radios comunitarias sin ánimo de lucro. Y es que la falta de regulación imputable a la administración neutraliza cualquier sanción a las emisoras comunitarias por carecer de las licencias que las autoridades se niegan a dar.

Es sabido por todos que desde la entrada en vigor de la LGCA (1 de mayo de 2010) han transcurrido más de tres años sin que por parte de la Administración General del Estado se haya confeccionado el Plan Técnico Nacional de los servicios de Comunicación Audiovisual Comunitarios sin ánimo de lucro. Siempre se ha postergado, por una u otra causa, cada vez que ha sido retomado por dicha Administración.

Esta falta de planificación de las reservas de frecuencias por parte del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, y por tanto, el que no se hayan podido convocar ni resolver los correspondientes procesos de adjudicación de licencias audiovisuales, ha propiciado que actualmente nos encontremos con una pluralidad de emisoras comunitarias funcionando sin el correspondiente título habilitante. La responsabilidad no recae en las radios y televisiones, sino en las autoridades que se niegan a regular.

Esto es, estamos ante un incumplimiento de la administración en su deber de regular cuyas consecuencias se traducen en la infracción de las obligaciones que el artículo 32.4 de la LGCA impuso a la Administración para el desarrollo del derecho creado a las entidades sin ánimo de lucro:

• Garantizar en todo caso la disponibilidad del dominio público radioeléctrico necesario para la prestación del servicio
• Habilitar el dominio público radioeléctrico necesario para la prestación de estos servicios.

Éstos dos principales requisitos a cumplir por parte de la Administración quedan condicionados a lo establecido en la Disposición Transitoria 14ª. Allí se establece que, tanto el procedimiento de concesión de la licencia, como la concreción del marco de actuación de los servicios de comunicación audiovisual sin ánimo de lucro, se desarrollarían reglamentariamente en un plazo máximo de doce meses desde la entrada en vigor de la LGCA. Nada se ha hecho al respecto.

Por eso a las emisoras sin ánimo de lucro no se les puede reprochar la falta de licencia audiovisual, como bien han apuntado los Tribunales. Más aún, corresponde a la administración cesar en su pasividad a fin de evitar esta situación de incertidumbre continúe repercutiendo negativamente sobre los derechos constitucionalmente reconocidos a la Libertad de Expresión e Información (artículo 20.1 a) y d) de la CE)

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Licencias FM Euskadi: Una decisión legal

17.05.13 | 21:10. Archivado en Licencias radio FM

El caos surgido tras la anulación de las 9 licencias estatales de TDT ya es conocido en distintas CCAA con motivo de las vicisitudes derivadas de los repartos de licencias de Radio FM y TDT Local y Autonómica.

El pasado 24 de enero de 2013 se hacía pública la renuncia a la adjudicación definitiva de las licencias de radio en FM en Euskadi por razones de interés público. Todos los trámites se habían cumplido:

• Apertura de sobre nº 1
• Análisis de la documentación administrativa
• Valoración de las ofertas
• Informe de pluralidad
• Propuesta de adjudicación

Por eso, la renuncia no estuvo exenta de polémica ya que en el entorno de la administración se han producido discusiones sobre la conveniencia o no de dejar sin efecto el concurso público. Tal discusión se ha trasladado a los Tribunales dado que más de 10 entidades han recurrido la decisión. Los jueces deberán aclarar si cabe aplicar la legislación de contratación administrativa al sector audiovisual o no. Esa es la clave: determinar si la Ley General de Comunicación Audiovisual permite acudir al Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Una vez más el destino de las licencias audiovisuales se decide en sede judicial, donde los especialistas en Derecho Audiovisual son determinantes en la decisión de los repartos.

Se ha sabido que el Gobierno Vasco está a la espera de un informe jurídico para tomar una decisión al respecto:

• Volver a convocar el concurso
• Revisar las adjudicaciones

Parece ser que podría haber una decisión oficial antes de fin de año. Se habla incluso que antes del verano. En cualquier caso, hay que ver como terminan los recursos judiciales interpuestos aunque la facultad de la administración permite tomar decisiones incluso antes de que la justicia se pronuncie.

¿Anulará la renuncia a adjudicar definitivamente? ¿Convocará un nuevo concurso antes de que los Tribunales resuelvan los recursos? O ¿Esperará el Gobierno Vasco a que se pronuncie el TSJ del País Vasco?

Las posibilidades son múltiples.

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Licencias FM Valencia: Inminente adjudicación

29.04.13 | 17:25. Archivado en Licencias radio FM

El pasado mes de noviembre de 2011 se convocaba el segundo concurso público de licencias de FM en Valencia, tras ser declara la convocatoria de 2007 desierta. Tras varias vicisitudes en su tramitación todo indica que la adjudicación de las 31 licencias de radio es ya inminente.

Han transcurrido 18 meses desde la publicación del concurso y los pasos dados por la Mesa de Licitación han sido los siguientes:

•Creación de la mesa de licitación, el 28 de diciembre de 2011
•Análisis del sobre nº 1
•Apertura del Sobre nº 2, el pasado 23 de enero de 2012
•Nombramiento del Comité de expertos para valorar las ofertas, 26 de enero de 2012
•Ampliación del plazo de valoración, 15 de mayo de 2012

En este último acto se designaron a los profesionales encargados de valorar las 462 ofertas formuladas por 115 empresas que participaron en el concurso:

- Dª. Josefa García Pastor. Jefa del Servicio de Difusión de la Acción del Consell (adscrita a la Presidencia de la Generalitat).
- D. Juan Navarro García. Jefe de Sección de Gestión Económica Presupuestaria (adscrito a la Conselleria de Presidencia).
- D. Juan Antonio Sastre Doménech. Jefe del Servicio de Telecomunicaciones (adscrito a la Conselleria de Hacienda y Administración Pública.

Una vez que se haga realidad la selección de los candidatos se notificará a los elegidos la propuesta de adjudicación para que aporten la documentación definitiva: estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social, Agencia Tributaria, y Hacienda de la CCAA.

Posteriormente, se publicará en el DOGV la adjudicación definitiva con la relación de los adjudicatarios, y se comunicará de forma individual a todos los participantes: sean concesionarios o no.

Ahora habrá que estar atentos a las noticias de la Generalitat Valenciana

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Radios y TV: Recurrir ante la Administración Tributaria

14.04.13 | 04:33. Archivado en Noticias

En el sector audiovisual y en particular radios y televisiones el régimen tributario y fiscal no pasa desapercibido. Los agentes del Broadcast, es decir: medios de comunicación, y operadoras de telecomunicaciones vienen obligadas a estar al corriente de sus obligaciones con el fisco a nivel estatal. La AEAT (Agencia Tributaria)

Cuando la Agencia Tributaria decide revisar las declaraciones fiscales y encuentra diferencias entre los valores declarados y los valores que ellos estiman, se genera una liquidación complementaria del correspondiente tributo. Este procedimiento, lo podemos ver, por ejemplo, en una revisión de la renta de cualquier año (IRPF) de empresarios individuales (pequeñas radios independientes), o en una comprobación de sociedades mercantiles (Impuesto de Sociedades).

Una vez que la Agencia Tributaria gira una liquidación provisional de un tributo, las emisoras tienen dos opciones excluyentes entre sí. Bien (i) plantear recurso de reposición contra dicho acto o (ii) interponer una reclamación económico administrativa. Las diferencias fundamentales están en que el recurso de reposición lo resuelve la propia Agencia Tributaria y la reclamación económico administrativa la resuelve el Tribunal Económico Administrativo asignado, que es un órgano independiente a la propia administración tributaria. En todo caso, interesa primero plantear recurso de reposición y a posterior plantear la reclamación económico-administrativa si no conseguimos hacer valer nuestras pretensiones en reposición.

El procedimiento para plantear el Recurso de Reposición

Una vez se ha notificado la propuesta de liquidación, se tiene el plazo de un mes para interponer este recurso, comenzando a contar el plazo a partir de la fecha de notificación de la propuesta de liquidación. Todo el procedimiento del Recurso de Reposición, está articulado a partir del artículo 222 de la Ley 58/2003 y tal y como se puede ver en esta ley, hay que cumplir con una serie de requisitos previos de información del acto recurrido, la cuantía, si lo presenta un representante o no, etc...

Este recurso se puede presentar en papel junto con las correspondientes alegaciones, mediante este formulario o bien, se puede presentar de manera telemática en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

Ahora bien, son susceptibles de recurso todas las liquidaciones, pero tienen tratamiento diferenciado los recursos sobre cuotas tributarias e intereses de demora y las liquidaciones giradas por sanciones.

En el caso de que se plantee un recurso de reposición contra la liquidación de un impuesto, hay dos opciones: (i) realizar el pago de la liquidación o (ii) solicitar la suspensión del pago, aportando las garantías oportunas.

En todos los casos, se recomienda realizar un análisis del coste de las garantías aportadas frente el hipotético cobro de intereses de demora, dado que si se paga la liquidación pero a posteriori, dan la razón en nuestras pretensiones, la Agencia Tributaria procederá a la devolución de las cantidades pagadas junto con los intereses de demora.

Por contra, si el recurso se practica contra una sanción tributaria, esta sanción se suspende de manera automática sin necesidad alguna de prestar garantía o fianza hasta que el recurso se resuelva.

El coste tributario del recurso de reposición
En todo caso, el procedimiento sancionador que marca la Ley General Tributaria, si tiene un coste importante en el caso de que plantear un recurso contra un acto administrativo practicado. Actualmente, todas las sanciones tributarias tienen una reducción del 30% que se pierden de manera automática si se presenta recurso sobre el tributo principal.

En todo caso, debemos tener muy claro si compensa jugarse este 30% sobre la sanción a abonar en conformidad todas las cantidades giradas por la administración tributaria y se requiere un análisis de cada caso particular y las posibilidades de éxito que tengamos

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Licencias de TDT: Juicios, Costas y mala fe

02.04.13 | 16:26. Archivado en Concesiones de TDT

Hace días asistimos a la anulación judicial de las licencias adicionales adjudicadas en julio de 2010, por el Ejecutivo socialista a Antena 3, Telecinco, Cuatro, La Sexta, Net TV y Veo TV. El Tribunal Supremo dejó claro este 22 de marzo de 2013 que se suprimirán 9 canales de cobertura estatal.

En las CCAA la situación es cada vez más insostenible. El reciente reparto de la FM en Canarias y Navarra y el caso de las licencias de la TDT Canarias.

Ya son más de una docena de Sentencias del Tribunal Supremo (TS) las que confirman que el reparto de la TDT en Canarias fue irregular. Con la particularidad de que al Gobierno de Canarias se le está condenando en costas: 5.000 € por procedimiento perdido, y en 2 ocasiones hasta 6.200 €.

Los hechos se remontan al cuestionado reparto de licencias de la TDT en 2007, que fue impugnado ante los Tribunales por los licitadores no seleccionados. En primera instancia se les dio la razón, y el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) dictaminó que el Gobierno de Canarias había cometido irregularidades en la adjudicación:

Falta de justificación del proceso de selección de la empresa que iba a valorar los proyectos de TDT
Informe técnico carente de imparcialidad
Desnaturalización de las funciones de la Mesa de Contratación al asumir las consideraciones del Informe sin la menor crítica o razonamiento.

La Administración canaria recurrió al TS al no estar conforme con los fallos del TSJC y los resultados no han podido ser más negativos al perder todos y cada uno de los recursos de casación. Además con la imposición de unas costas considerables (5.000 € y 6.200 € por cada proceso) por conducta procesalmente temeraria. Es decir, al recurrir por recurrir.

Los magistrados han fijado unas costas tan altas haciendo uso de la facultad del artículo 139.3 de la LJCA. Este artículo concede a los Tribunales el poder para imponer los gastos del juicio, cuando aprecie mala fe o temeridad litigiosa en su actuación procesal. Y es que se ha demostrado que el Gobierno de Canarias ha utilizado una sistemática de litigar por litigar:

• en defensa de pretensiones declaradas indefendibles por las todas las Sentencias del TSJC (anulando el reparto de la TDT)
al basarse en hechos indemostrados (no se motivó el reparto, la Mesa de contratación fue desnaturalizada, la no parcialidad de la adjudicación)
• al utilizar los mismos textos en los recursos de casación por los letrados del Gobierno de Canarias (el conocido “copia y pega”)

Sea como fuera, resulta paradójico cómo está derivando la situación:

Muchos operadores creen que tienen las licencias de TDT o Radio FM aseguradas. Los gobiernos autonómicos de turno adjudican escandalosamente pensando que “el recurso del pataleo no sirve de nada”. Y finalmente los Tribunales:

Despojan a los concesionarios de sus licencias, dejándolos en la incertidumbre y sin modelo de negocio.
Descubren los “arreglos” de los ejecutivos en el reparto de licencias.
Obligan a los que repartieron a pagar a los no adjudicatarios.
• Y dejan un panorama absolutamente desregulado

La reflexión es ¿Merece la pena todo esto en lugar de repartir con mayor pluralidad? Parece que sí.

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La FM en Navarra criticada

14.03.13 | 09:35. Archivado en Licencias radio FM

Los repartos de licencias audiovisuales cada vez resultan más comprometidos para las administraciones que los otorgan. A la imputación de la Mesa de Evaluacion de Canarias, la que otorgó licencias a una empresas que no constan como presentadas al concurso, y a la renuncia de las licencias de la FM del País Vasco, se le unen ahora los problemas a Navarra segun informa El Diario de Noticias que a continuacion se reproduce:

Zeroa Multimedia ha dirigido una queja formal al consejero de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales en la que cuestiona las últimas adjudicaciones de licencias de FM, por entender que no favorecen la pluralidad informativa, sino más bien al contrario, la perjudican gravemente. La empresa editora de DIARIO DE NOTICIAS responsabiliza al Ejecutivo de UPN de poner en manos de "empresas radicadas en Madrid" las frecuencias correspondientes a las poblaciones navarras de mayor relevancia, lo que a su juicio dificulta la difusión de contenidos locales y regionales

"Sin perjuicio del recurso de alzada que en su día se formalice, a fin de que en su mérito la Mesa tenga en cuenta su contenido para ulteriores actuaciones", Zeroa Multimedia, que optaba a un total de nueve frecuencias y únicamente ha resultado adjudicataria en Baztan, Bera y Leitza, ha presentado ante el Gobierno de Navarra un "escrito de aclaraciones técnicas" en el que expone varias alegaciones jurídicas a los resultados del concurso resuelto recientemente.

Sin duda alguna, destaca la editora de DIARIO DE NOTICIAS, el elemento más controvertido de la adjudicación es "la dificultad de encajarla en el deber de mantener la pluralidad informativa". "Es por todos conocido que las diferentes sensibilidades sociales que alberga la propia idiosincrasia de la Comunidad Foral de Navarra requiere ser atendida por una configuración plural que asegure la garantía estatutaria de la libertad de prensa", cita, y añade que el proyecto presentado a la licitación "se configuraba como la opción más sólida en cuanto a infraestructuras, medios técnicos y profesionales, así como capital humano comprometido".

Sin embargo, el resultado propuesto por la Mesa de Valoración "tiñe de ilegalidad el mandato de garantizar el pluralismo informativo", ya que de las nueve licencias solicitadas -Alsasua, Baztan, Estella/Lizarra, Leitza, Bera, Pamplona, Tafalla, Peralta y Tudela- tan solo se han otorgado tres "en localidades de menor trascendencia informativa, algo que provoca de por sí bochorno en la sociedad navarra", considera Zeroa Multimedia, que entiende que "reducir una opción con vocación autonómica a unas localidades con escasa densidad poblacional y empresarial, parece un dislate que la discrecionalidad técnica no alcanza a cubrir".

Empresas estatales La pluralidad informativa sale aún más perjudicada cuando se comprueba que la totalidad de las licencias radiofónicas en las localidades que cubren la mayor parte de la población navarra "recaen en empresas estatales ajenas a la peculiaridad navarra", ya que "de las 42 licencias adjudicadas, 24 son para las cadenas radicadas en Madrid, que remiten la señal originada fuera de la Comunidad Foral, convirtiéndose en mero instrumento de las empresas audiovisuales implantadas a 400 kilómetros de Pamplona". Consecuentemente, advierte Zeroa Multimedia, "no se ha logrado un dial más plural, ya que el nuevo reparto refuerza la presencia de Cope, Ser, Kiss FM y Onda Cero, que aglutinan un total de 37 licencias radiofónicas en Navarra".

Además, "no se ha primado el acceso a emisoras sin licencia y/o oferta distinta a la existente" y tampoco "se ha garantizado la difusión de contenidos locales y regionales, ya que las cadenas que copan la mayoría de las licencias emiten una programación radiofónica para todo el Estado, con breves desconexiones provinciales que limitan hasta la eliminación el uso del euskera".

Zeroa Multimedia denuncia, asimismo, que en la Memoria Explicativa del concurso se plasmó "explícitamente" que la finalidad de las bases y los criterios de valoración era penalizar a las emisoras con licencia en las zonas de servicio a las que concurrieran. Sin embargo, se le conceden tres licencias "precisamente en las localidades donde menos concurrencia ha existido". El acto contrario a la mala fe es "total", porque "la acumulación de licencias está penalizada por los criterios de valoración"; y porque "se pretende ubicar a las que menos implantación en la zona de servicio para satisfacer la pluralidad del dial".

La editora de DIARIO DE NOTICIAS también cuestiona el resultado del concurso invocando el "deber de evitar una incertidumbre legal, producto de una anulación judicial de la nueva adjudicación de licencias radiofónicas" y destaca que no se pueden obviar las recientes sentencias del Tribunal Supremo que decretan la nulidad de las licencias de comunicación audiovisual televisiva en TDT repartidas en Valencia, Canarias y Galicia. "Incluso en la propia Comunidad Foral, el Tribunal Superior de Justicia se ha pronunciado en contra de las adjudicaciones del Ejecutivo", recuerda.

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Licencias FM Murcia: Se convoca el concurso

28.02.13 | 02:37. Archivado en Licencias radio FM

Hoy se han hecho públicas las bases que rigen el concurso de las 51 licencias de comunicación radiofónica en Murcia, concretamente en el BORM número 49, del día de hoy (Jueves, 28 de febrero de 2013).

El instrumento para ello es la Orden de 28 de enero de 2013, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se da publicidad del acuerdo por el que se convoca el concurso público para el otorgamiento de licencias para la prestación de servicios de comunicación audiovisual radiofónica en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

I.- Principales cuestiones

La convocatoria se articula en 25 bases reguladoras divididas en cuatro capítulos (I objeto y régimen jurídico, II presentación de proposiciones, III valoración de las proposiciones, y IV resolución del concurso)

Entre los aspectos a tener en cuenta destacan los siguientes:

A.- Entidades implicadas en la adjudicación de las licencias.

El órgano competente para adjudicar la licencia de radio FM es el serán otorgadas, por el Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda.
No obstante, la gestión administrativa del concurso corresponde a la Dirección General de Patrimonio, Informática y Telecomunicaciones, junto con la Mesa de Valoración.

B.- No se exigen garantías.

Finalmente la Región de Murcia no exige avales ni depósitos para participar en la licitación.

C.- Plazo de presentación.

El plazo de presentación de la documentación será de 45 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación (desde el 1 de marzo) en el Boletín Oficial de la Región de Murcia: Ultimo día: 15 de abril

D.- Lugar de presentación:

Las solicitudes y los sobres cerrados que contengan la documentación señalada en las bases, deberán presentarse en el Registro General de la CARM, situado en la Avda. Infante Don Juan Manuel, nº 14, Edificio Administrativo Infante, 30071 de Murcia. El horario de atención es de 09:00-14:00 horas (lunes a sábado), y de 17:00- 19:00 horas (lunes a viernes).

Igualmente, se puede presentar por correo certificado tal y como pautan las bases del concurso.

II.- Formalidades

La documentación deberá de ser presentada en 2 sobres: Sobre nº 1, donde constará la documentación administrativa y empresarial; y Sobre nº 2 donde se aporta el proyecto de emisora de radio que será evaluada.

Los proyectos deberán ser contener estos extremos para poder ser puntuados por la Mesa de Evaluación, que es el órgano que se encarga de realizar la valoración de las ofertas. Durante la tramitación del concurso los defectos que se perciban podrán ser subsanados en el plazo de 5 días.

Los criterios de valoración se dividen en tres grandes grupos:

Grupo 1: Presencia previa,
Grupo 2: Técnico-económicos
Grupo 3: Contenidos radiofónicos (programación)

En los criterios de los grupos 2 (técnico-económicos) y 3 (contenidos) deberá alcanzarse un mínimo del 50% de la puntuación total asignada conjuntamente, ya que en caso contrario se excluirá al licitador.

Cobra especial atención:

El proceso de valoración, al evaluar los criterios bajo parámetros objetivos o consistentes en un juicio de valor.
La incidencia de las áreas de influencia aplicables a las emisiones locales.

El plazo para resolver el concurso es de 6 meses, y se podrá prorrogar de conformidad con a legislación vigente, transcurrido el cual se podrán entender desestimadas las solicitudes

III.- Objetivos del concurso

Con esta convocatoria se posibilita la adecuación definitiva de Murcia a la nueva normativa audiovisual nacida tras la publicación de la Ley 7/2010 General de Comunicación Audiovisual.

Por otro lado, las bases tienen por finalidad:

Contribuir a la pluralidad de la oferta radiofónica.
Promocionar la programación local y regional.
Favorecer la generación de empleo.
Aportar una la radio de calidad para la audiencia.


Concurso FM Murcia: Claves y estrategias

16.02.13 | 12:24. Archivado en Licencias radio FM

La Región de Murcia ha ultimado los trámites para la convocatoria del concurso público de licencias de Radio FM, con la aprobación del proyecto de bases hace pocos días. Ahora tan solo falta la publicación de las bases en el BORM, y las empresas interesadas podrán comenzar a presentar sus solicitudes.

Desde que las Directrices Básicas se promulgaran por la Dirección General de Patrimonio, Informática y Telecomunicaciones de la Consejería de Economía y Hacienda, ya se conocía el contenido básico de las nuevas bases que regirán el próximo concurso de la FM. No obstante, se prevén algunas modificaciones sustanciales.

I.- Licencias a concurso: 51

Murcia sacara a licitación un total de 51 licencias FM. Las bases reflejaran 29 Lotes, que corresponden a cada una de las localidades sobre las que se adjudicarán las 51 licencias FM. Es decir, 51 licencias en 29 localidades. Además, los licitadores podrán presentar varias ofertas con distinta fórmula radiofónica (radio convencional, musical, deportiva, etc…) en localidades donde haya más de una licencia (por ejemplo Alcantarilla 5 licencias).


II.- La ausencia de avales.-

En consonancia con los tiempos que corren y para favorecer la concurrencia, la Región de Murcia podría no exigir avales en este nuevo concurso. La Ley 7/2010, General de Comunicación Audiovisual y la normativa murciana no obligan a requerir garantías para participar en este tipo de concursos públicos. Es facultativo de CCAA.

Entre otros aspectos a tener en cuenta destacan los siguientes:

• Se permite la participación conjunta de varias empresas (similar a las UTE);
• El plazo para presentar solicitudes podría oscilar entre de 1 mes y 45 días , desde la publicación de las bases;
• Se establece un sistema de valoración distinto a las convocatorias que le han precedido.

III.- Tres sobres en lugar de 2.-

Una de las modificaciones podría versar en el número de sobres a presentar. Que pasa de 2 a 3 sobres:

Sobre nº 1 o A: donde constará la documentación administrativa y empresarial.
Sobre nº 2 o B: donde iría la parte del proyecto cuya valoración se calcula por fórmulas matemáticas: Parte Técnica y Económica.
Sobre nº 3 o C: donde iría la parte del proyecto cuyo contenido es evaluado por juicio de valor: Programación.

IV.- La valoración de las ofertas.-

Las directrices básicas del concurso de FM de Murcia establecían un sistema de valoración presidido por dos formas de actuación general:

Baremos objetivos: son los calculados por una fórmula matemática en función los valores presentados en la oferta.
Baremos evaluados por juicio de valor: valoración algo más subjetiva.

Estos baremos serán aplicados sobre los tres grandes grupos a valorar, que se sintetizan de la siguiente forma:

1.- Criterios de Presencia Previa, dividida en 10 apartados.
2.- Propuesta Técnica, Económica y Estructural, estructurado en 4 bloques
3.- Propuesta de Programación, distribuida en 4 bloques.

En el bloque relativo a la Presencia Previa, se valorará:

• No tener licencias en la localidad a la presente.
• No tener presencia previa mediante el alquiler de licencias de un tercero.
• Poco grado de implantación en función del nº de licencias en la CARM
• No haber sido sancionado por la Comunidad de Murcia en los últimos 3 años.

Con respecto a la propuesta técnica, económica y estructural, se evaluará:

• Experiencia previa
• Viabilidad económica
• Fomento de empleo
• Infraestructuras de Telecomunicaciones
• Innovación tecnológica

Las directrices establecían que no será necesaria la presentación de ningún proyecto o anteproyecto de centros emisores.

En relación con la programación, se valorará:

• Desglose de los contenidos radiofónica
• Tipología de producción
• Horario de emisión
• Diferenciación con las ofertas ya existentes

V.- Los resultados de las valoraciones en las CCAA.-

Las CCAA han observado que la diferencia en la atribución de puntos la suele marcar el apartado de programación, al ser un bloque de valoración más subjetiva. En la parte técnica y económica, las diferencias suelen ser mínimas. Por eso la clave está en orientar la oferta hacia la parte que suele decidir la adjudicación en favor de una u otra emisora: la programación


Concurso FM Valencia: se acerca la adjudicacion de licencias

14.02.13 | 22:27. Archivado en Licencias radio FM

La Generalitat Valenciana ha dictado una resolución por la que se modifica la composición de la mesa de licitación encargada de tomar las decisiones técnicas que afectan al concurso público de licencias de Radio FM. La decisión se adoptó por el Conseller de Presidencia el pasado 31 de enero y se ha hecho pública en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana nº 6.962, de 11 de febrero de 2013.

I.- La razón del cambio: Traspaso de competencias de radiodifusión.-

Los motivos de este cambio tienen que ver con las modificaciones de la estructura administrativa de Generalitat tras el Decreto 187/2012, de 21 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Presidencia y de la Conselleria de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua.

Este Decreto traslada las competencias en materia de radiodifusión que antes estaban en la Dirección General de Promoción Institucional, a la Dirección General de Participación Ciudadana.

No obstante, lo verdaderamente relevante de la modificación de la Mesa está en la inclusión de un régimen de suplencia personalizado para el caso de que algún miembro de la nueva Mesa quede vacante.

Es decir con la composición anterior de la Mesa no se garantizaba el régimen de suplencia de los componentes, ya que no se especificaba el cargo concreto que debiera suplir al titular:

Anterior composición:

Presidente: la persona titular de la Dirección General de Promoción Institucional o persona que designe en su sustitución.
Vocales:
– El jefe o la jefa del Servicio de Comunicación o persona que sea designada en su sustitución.
– Un abogado o abogada del cuerpo de abogados de la Generalitat.
– Un interventor o interventora del cuerpo de interventores y auditores de la Generalitat.
– El jefe o la jefa del Servicio de Contratación y Gestión Administrativa de la Presidencia, o persona que sea designada en su sustitución, que actuará como secretario/a de la mesa, con voz y voto.

Nueva composición:

Presidente o presidenta:
Actuará, como titular, la persona titular de la Dirección General de Participación Ciudadana, y, como suplente, la persona titular de la Secretaría General Administrativa.
Vocales:
– La persona titular de la Jefatura del Servicio de Comunicación, a la que podrá suplir la persona titular de la jefatura del Servicio de Ciudadanía y Participación.
– Un abogado o abogada de la Generalitat.
– Un interventor o interventora de la Generalitat.
– La persona titular de la jefatura del Servicio de Contratación y Gestión Económica del ámbito de la Presidencia y de la Secretaría Autonómica de Presidencia, que también asumirá las funciones de la secretaría de la mesa, con voz y con voto, y a la que podrá suplir, en todas sus funciones la persona titular de la jefatura del Servicio de Contratación y Asuntos Generales del ámbito de la Secretaría Autonómica de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua
.

Con la denominación concreta del cargo suplente se pretende una mayor transparencia a la hora de que los licitadores sepan exactamente quien ha valorado su proyecto, si el presidente titular de la Mesa de Licitación tiene que ausentarse. Conociendo su sustituto (el Secretario del Servicio de Ciudadanía y Participación), queda fijada previamente la identidad.

II.- La tramitación del concurso publico

Los hitos más importantes en la tramitación de este concurso han sido los siguientes:

• Publicación el 14 de febrero de 2013, de la convocatoria del concurso público para la adjudicación de 31 licencias de radio FM.
• Designación de expertos para la valoración de las ofertas, publicado en el DOGV de 26 de enero de 2012
• Ampliación de plazo para resolver el concurso público de licencias de radio FM, publicada en el DOGV de 15 de mayo de 2012. El nuevo plazo para resolver se fijaba para el 14 de agosto de 2012.
• Modificación de la composición de la Mesa de Licitación, publicada el 11 de febrero de 2013.


Concurso FM Cataluña y los Tribunales

10.02.13 | 18:28. Archivado en Licencias radio FM

El Presidente del CAC ha anunciado la inminente convocatoria del concurso público para el otorgamiento de 22 licencias de radio FM en Cataluña en este mes de febrero.
A esta batería de licencias, podría añadirse la emisora de Tremp (95,8MHz) puesto que se extinguió en 2010 por no haber solicitado su renovación su anterior titular. Con lo cual nos podremos encontrar con 23 nuevas licencias en el próximo concurso de la FM en Cataluña.

¿Pero que ha hecho llegar a llegar a esta decisión?

Nuevamente una sentencia judicial anulatoria. El pasado abril de 2011, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dictó sentencia por la que se anulaba la reserva de 22 frecuencias a la gestión directa de municipios. En la demanda se esgrimieron numerosas pretensiones impugnatorias que justificaban la ilegalidad de la decisión de la Generalitat. Igualmente, se acusó a COM Ràdio de emitir fuera de su ámbito de cobertura y producir programación generalista donde ya existían emisoras municipales.

Conclusión, nuevo concurso público en una CCAA que repartió tan solo 83 licencias en el 2007, dejando incompleto el espectro radiofónico de Cataluña en una clara vulneración de la asignación que el Plan Técnico Nacional de FM hacía para esta comunidad. Ahora, estas 23 licencias se incorporan al panorama audiovisual catalán y permitirán el acceso a la legalidad de las nuevas iniciativas radiofónicas.

Un vez mas la justicia toma cartas la asignación de frecuencias FM en el marco de un sector donde las administraciones son cada vez más incapaces de mantener repartos audiovisuales. Aun no se ha comprendido que la acumulación de licencias en manos de unos pocos y el rechazo de los gobiernos autonómicos a las emisoras locales, provinciales y autonómicas, terminan comprometiendo judicialmente sus adjudicaciones.

Los acontecimientos acaecidos son la prueba de la falta de decisiones estratégicas que las CCAA acusan cada vez más:

• La nulidad de la TDT en Canarias y Valencia.
• La invalidez de la TDT en Galicia (2 demarcaciones: Ferrol y Vilagarcia de Arousa).
• Los distintos concursos que han sido declarados desiertos (Murcia, Galicia y Valencia).
• La paralización de la valoración de la FM en Castilla y León.
• La imputación de los miembros de la Mesa de valoración en el concurso de la FM de Canarias por un presunto delito de tráfico de influencias.
• Y la reciente anulación de la FM en Euskadi (renuncia y archivo promovido por el Gobierno Vasco).

Sin olvidar la polémica adjudicación de la FM en Navarra.

Algo que solo podrá cesar repartiendo las licencias de forma más plural y en favor de las emisoras oriundas de las CCAA que reparten.


Fusion COPE-Punto Radio: el CAC responde

04.02.13 | 17:29. Archivado en Licencias radio FM

La fusion COPE-Punto Radio-Vocento comienza a dar los primeros problemas relacionados con el cumplimiento de los compromisos asumidos por las implicadas. Lo cierto es que dificil explicacion tiene la modificacion de las condiciones esenciales y de los compromisos asumidos en su dia, y que sirvieron como base para el otorgamiento de las licencias. Veremos a ver como se solventa esta circunstancia, pero algunas autoridades audiovisuales no estan por la labor de quedarse como meras espectadoras pasivos.

La prueba de estas dificultades la encontramos en el Consejo del Audiovisual de Cataluña (CAC), que ha recordado al prestador Onda Rambas, SAU, titular de las licencias de Onda Rambla-Punto Radio, que la formalización de negocios jurídicos relativos a las licencias requiere la autorización previa del CAC y le ha advertido, asimismo, que es necesario garantizar el mantenimiento de los compromisos asumidos, entre ellos, la obligación de emitir una programación propia equivalente al 25% de la programación diaria elaborada íntegramente en Cataluña.

El CAC hizo esta advertencia al prestador el 21 de diciembre de 2012, una vez se difundió la formalización de un acuerdo entre la cadena COPE y Vocento (Punto Radio). El 16 de enero de 2013, tras analizar la respuesta recibida, el CAC requirió al prestador para que entregara una copia del Acuerdo de colaboración suscrito por ambos grupos empresariales.


22 Licencias Concurso FM Cataluña

04.02.13 | 17:16. Archivado en Licencias radio FM

El presidente del Consejo del Audiovisual de Cataluña (CAC), Roger Loppacher, anuncio el pasado 30 de enero la convocatoria en febrero de concurso para adjudicar 22 licencias por las que estuvo emitiendo COMRàdio, ahora reconvertida en La Xarxa.

Estas 22 licencias se sumarán a las 83 concedidas en el último concurso realizado en 2007 y vendrán a completar la FM de Cataluña dejando adjudicadas todas las frecuencias previstas por el Plan Técnico Nacional de FM para esta comunidad.

Estas 22 frecuencias fueron inicialmente asignadas a COMRàdio pero el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dictó sentencia en abril de 2011 obligando a que fueran destinadas a radios comerciales, a raíz de un recurso presentado por la Asociación Catalana de radio, que acusó a COM Ràdio de emitir fuera de su ámbito de cobertura y producir programación generalista donde ya existían emisoras municipales. Las concesiones fueron adjudicadas en 2006 y el tribunal las anuló considerando que fueron “indebidamente reservadas”.

El presidente del CAC ha anunciado que una de las prioridades de su mandato será la lucha contra las emisoras ilegales. Loppacher señaló que se llevará a cabo una actuación conjunta con el Gobierno de la Generalitat, cada uno dentro de su ámbito competencial.


Miércoles, 22 de mayo

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