El Opus Dei cumple 25 años como bastión de la iglesia católica

Permalink 21.04.08 @ 13:13:07. Archivado en Papado Ratzinger, Iglesia española, Iglesia universal

El cardenal arzobispo de Madrid Antonio Rouco Varela fue el encargado de clausurar el acto conmemorativo del 25 aniversario del Opus Dei como Prelatura personal, figura jurídica que “ha sido una fórmula buena, feliz, adecuada para recoger el espíritu, el carisma y el servicio del Opus Dei a la Iglesia desde la legislación general de la Iglesia, desde los textos del Vaticano II”, según afirmó en el acto. Rouco agradeció al Opus el servicio que presta a la Iglesia y en concreto a la archidiócesis de Madrid” y animó a vivir ese servicio “sin miedo ni vergüenza, con el objetivo no de adaptarse al mundo, sino de convertirlo y renovarlo”.

Juan Pablo II proclamó oficialmente hace 25 años que “con grandísima esperanza, la Iglesia dirige sus cuidados maternales y su atención al Opus Dei, que, por inspiración divina, el Siervo de Dios Josemaría Escrivá de Balaguer fundó en Madrid el 2 de octubre de 1928, con el fin de que siempre sea un instrumento apto y eficaz de la misión salvífica que la Iglesia lleva a cabo para la vida del mundo” .

El cardenal Rouco, en su intervención expresó su “alegría” de que el acto se celebrase en Madrid, pues aunque San Josemaría Escrivá de Balaguer naciera en Aragón, “el Opus Dei nació en Madrid”. “Simultáneamente hay que afirmar que el Opus Dei nació en España, un dato más en esa historia de grandes aportaciones que ha marcado toda la historia de nuestro país desde su nacimiento”. A su juicio, “las fuerzas espirituales ayudaron a recomponer Europa y mundo después de 1945. Eran décadas muy atormentadas, se daba una antropología doliente donde habían nacido frases curiosísimas sobre el hombre, primero la muerte de Dios, pero también social, cultural y políticamente pues habían inventado una figura de super-hombre, que desde una perspectiva puramente imanentista de la historia, iba a ser el Salvador del mundo. Que en esa circunstancia histórica, marcada por las dos guerras mundiales, se hiciese una propuesta de que todo cristiano tenía que vivir su vida cristiana como una sentida vocación, era una propuesta histórica, y que los seglares en la Iglesia debían de asumir un papel ejemplar para constituir una sociedad que Europa y el mundo necesitaba, igualmente”.

Forman parte de la prelatura más de 87.000 personas, de las que en torno a 1.900 son sacerdotes. Del total de fieles, alrededor de la mitad son mujeres y la mitad hombres. La distribución por continentes es, aproximadamente: Europa: 49.000, América: 29.400, Asia y Oceanía: 4.800, y África: 1.800.

Está constituido por un prelado, un presbiterio o clero propio, y laicos, tanto mujeres como hombres. La mayoría de los fieles del Opus Dei (actualmente, alrededor del 70%) son los miembros 'supernumerarios': se trata por lo general de hombres o mujeres casados, para quienes la santificación de los deberes familiares forma parte primordial de su vida cristiana. El resto de los fieles de la prelatura son hombres o mujeres que se comprometen a vivir el celibato, por motivos apostólicos. Los 'numerarios' -unos 20.000 en todo el mundo- ordinariamente viven en centros del Opus Dei, porque las circunstancias les permiten permanecer plenamente disponibles para atender las labores apostólicas y la formación de los demás fieles de la prelatura. Las numerarias auxiliares se dedican principalmente a la atención de los trabajos domésticos de las sedes de los centros de la prelatura, como su actividad profesional ordinaria. Los sacerdotes de la prelatura provienen de los fieles laicos del Opus Dei: numerarios y agregados que, libremente dispuestos a ser sacerdotes y después de años de pertenencia a la prelatura y de realizar los estudios previos al sacerdocio, son invitados por el prelado a recibir las sagradas órdenes. Su labor sacerdotal se desarrolla principalmente al servicio de los fieles de la prelatura y de las actividades apostólicas promovidas por ellos.

El acto, celebrado en la sede madrileña del IESE, contó también con las intervenciones del cardenal Julián Herranz, presidente emérito del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, y de monseñor Francesco Monterisi, secretario de la Congregación de Obispos en el Vaticano. Asistieron entre otros el Nuncio Manuel Monteiro, los obispos auxiliares de Madrid Fidel Herráez y Juan Antonio Martínez Camino, junto a Ramón Herrando, vicario regional para España de la Prelatura del Opus Dei.

Durante mucho tiempo, el privilegio de que el Opus Dei estuviera organizado en una prelatura independiente y sus miembros no dependieran de las diócesis respectivas, fue visto con desconfianza y oposición por muchos párrocos y prelados, aunque los más críticos fueron seglares enemigos de la Obrfa por unas u otras razones.

Pero Monterisi destacó que hoy “la comunión entre la Prelatura y las diócesis es una gozosa realidad práctica”, y la labor que realiza la Prelatura “favorece directamente a las diócesis donde trabaja, pues los beneficiarios de esa labor son los fieles de las diócesis”. También afirmó que la Prelatura “no queda al margen de la Jerarquía, al contrario, el Opus Dei está sometido al régimen de un prelado que la dirige en comunión con la Sede Apostólica y con los demás obispos”. Monseñor Monterisi recordó que el fundador del Opus Dei, san Josemaría Escrivá, “quería sobre todo que el reconocimiento jurídico definitivo del Opus Dei se llevara a cabo dentro del Derecho común de la Iglesia, sin privilegios y sin régimen de excepción”. Bueno, puede entenderse que el hecho de que sea la única organización católica que depende directamente de un obispo independiente, sí que es privilegio y excepción, al menos de momento.

Y el cardenal del Opus Dei Julio Herranz, aseguró que cuando se consultó a los 2.085 obispos entonces existentes sobre su parecer acerca de concederle una prelatura propia e independiente, sólo 32 respuestas pusieron ciertas dificultades: “Sirvió para espantar fantasmas porque se habían dado informaciones equivocadas de lo que Prelatura iba a ser”.

ASÍ SE CONSIGUIÓ LA PRELATURA

El miembro del Opus Dei, cardenal Julio Herranz, por su parte, relató el itinerario jurídico del Opus Dei hasta ser erigido en Prelatura personal, lo que “supuso dar la configuración jurídica a un carisma que llevaba al laicado a la asunción plena de sus responsabilidades eclesiales”. Para Herranz se ha conseguido “la armonía entre el carisma y la norma jurídica”.

Herranz, presidente emérito del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, agradeció la elaboración de la Constitución Ut Sit, que proporcionaba una “justa configuración jurídica” para que se diera una justa armonía entre el carisma fundacional y la configuración jurídica institucional del Opus Dei, como lo habían manifestado Pablo VI, Juan Pablo I y Juan Pablo II, y relató el interés por crear una prelatura personal. Así, señaló que San Josemaría Escrivá de Balaguer dijo en alguna ocasión que “el Opus no era ni podía ser una forma evolutiva de un estado canónico de perfección” sino que la acción del Opus Dei se inserta en un terreno muy distinto para la vida de la Iglesia.

Para llevarlo a cabo, se creó una Comisión técnica compuesta por tres representantes de la Congregación para los Obispos y por otros representantes del Opus Dei. “Consistía –dijo- en realizar colegialmente el estudio necesario para determinar con precisión todos los aspectos de la cuestión a examen y sopesar las eventuales dificultades de orden doctrinal o práctico y proponer las relativas soluciones”.

Para el cardenal Herranz, la petición a la Santa Sede y al dicasterio debía hacerse informando bien sobre la situación de hecho y las necesidades pastorales del ente que solicitaba ser erigido como prelatura personal”. En este sentido, destacó los más de setenta mil fieles laicos asistidos por más de mil sacerdotes en cientos de diócesis de los cinco continentes y los fieles unidos por un mismo carisma fundacional, es decir, familias religiosas, movimientos compuestos por asociaciones laicale, la “sólida unidad en la formación para alcanzar las metas comunes y la especifica asistencia espiritual dada por los propios sacerdotes procedentes del Opus”. De ahí, expresó, que “parecía necesario proveer a una unidad de régimen o de jurisdicción, de la que hiciese cabeza un Ordinario propio, capaz de salvaguardar la estructura orgánica y la asistencia pastoral de esa peculiar entidad apostólica, como también capaz de garantizar su armónica inserción en la pastoral de la Iglesia universal y de las Iglesias particulares”.

Remitiéndose a febrero de 1981, el cardenal Herranz destacó las 25 sesiones de estudio, trabajo intenso y denso para concluir la Ut Sit y explicó que, tras superar algunos prejuicios, se envió una Nota informativa en la que se ponían de manifiesto las conclusiones de la Comisión, examinadas por cardenales y aprobadas por el Santo Padre. En ellas, los responsables se declararon “unánimemente favorables a la posibilidad y a la concreta modalidad de transformación del Opus Dei en Prelatura Personal”. Era el 7 de noviembre de 1981.

La citada nota, que señaló que “se refería tanto a la actividad pastoral del prelado y del clero en la asistencia al laicado incorporado a la Prelatura como a la común y orgánica actividad apostólica ad extra del clero y del laicado en las estructuras propias de la vida secular, siempre con la venia de los obispos diocesanos y en delicada comunión con ellos”, fue enviada a 2.084 obispos de 34 naciones y sólo 32 respuestas pusieron ciertas dificultades. “Sirvió –dijo- para espantar fantasmas “porque se habían dado informaciones equivocadas de lo que Prelatura iba a ser”. Según Herranz, el Papa Juan Pablo II quedó satisfecho con las respuestas y aconsejó que se respondiera a las observaciones negativas aclarando que el temido conflicto jurisdiccional no podía darse por tres principales razones: “la naturaleza de la potestad ordinaria del Prelado, limitada a lo que se refiere al fin específico de la Prelatura y la modalidad de su ejercicio que procediendo del laicado de la Prelatura no se sustrae al de ninguna Iglesia particular, y la condición de los laicos que, aún incorporándose a la Prelatura, permanecen siendo fieles a las Diócesis en las que cada uno tiene su domicilio”.

El nuevo Código de Derecho Canónico y la Ut sit “han tenido por autor a un mismo legislador”. El cardenal Herranz recordó que Juan Pablo II había seguido personalmente la preparación de ambos documentos “con un vivo y especial interés”. Precisamente, estos dos actos legislativos fueron promulgados con una distancian en el tiempo de apenas dos meses (el nuevo Código se promulgó el 25 de enero de 1983). Pero, se preguntó: “¿Significa esto que la Constitución apostólica ha sido instituida con posterioridad a la promulgación o institución de la nueva legislación universal de la Iglesia?” Respondió que algunos canonistas se habían hecho anteriormente esta pregunta y la explicación, según señaló, “es muy sencilla”: “se trató de una cuestión de procedimiento”. En realidad, los actos tuvieron lugar en tiempos diferentes.

El cardenal Herranz, destacó, asimismo, el empeño de Juan Pablo II puesto en el seguimiento de las varias fases de estudio de las normas con las que debía de ser sancionado y promulgado el derecho particular de la Prelatura del Opus Dei. “Puedo asegurar –afirmó- que el Legislador estuvo siempre inmediatamente bien informado a lo largo de todo aquel periodo sobre la normativa en preparación del nuevo Código de Derecho Canónico y concretamente, sobre la relativa a las prelaturas personales”. Incluso, subrayó que cuando el Santo Padre sufrió el atentado el 13 de mayo de 1981 en la Plaza de San Pedro, se suspendió la audiencia prevista para comentar el desarrollo de la Prelatura y cuando se recuperó el Papa quiso que se finalizara el estudio.

Respecto a las dudas sobre la relación jurídica de los fieles laicos en las Prelaturas personales, en general, y en la del Opus Dei en concreto, mantuvo que la Ley universal establece forma genérica que “los laicos pueden dedicarse a las obras apostólicas de la prelatura personal mediante acuerdos, pero califica esta dedicación apostólica de los laicos no como incorporación a la Prelatura sino como “cooperación orgánica”. Sin embargo, la legislación particular afirma la dedicación contractual de los laicos a las actividades apostólicas de la Prelatura, pero precisa ulteriormente la forma de esta dedicación y cooperación orgánica”.Así, sostuvo que esta dedicación y cooperación orgánica “se configura en verdadera incorporación a la misma Prelatura de cuyo cuerpo forman parten en consecuencia los fieles laicos, si bien permanecen contemporáneamente siendo fieles de las Iglesias particulares a las que pertenecen”. En este sentido, consideró necesario añadir que esta norma del derecho particular, la de la incorporación de los laicos, no ha de interpretarse como contrapuesta o yuxtapuesta a la norma universal, pero tiene aspectos importantes en la constitución y organización de cada una de las Prelaturas: obra social, modo de nombramiento del Prelado, régimen de gobierno, formación del propio clero…

Finalmente, concluyó diciendo que le venían a la memoria los nombres de personas que la “Divina Providencia quiso unir espiritual y físicamente” y citó: Juan Pablo II, “pionero como ha sido de tantos nuevos caminos y horizontes pastorales de la Iglesia, quien dio ese modo de actuación concreta a la nueva figura canónica de las Prelaturas personales queridas por el Concilio Vaticano II”; San Josemaría Escrivá de Balaguer, “padre de una nueva generación que supo caminar durante largos años “in spe contra spem”, siempre convencido de que la misericordia divina y la dulce intercesión de María habrían de preparar el camino seguro”; Cardenales Pericle Felici y Sebastiano Baggio; Arzobispo Rosalio José Castillo Lara y monseñor Willy Onclin; Cardenal Popedda, arzobispo Oles, monseñores de Fuenmayor y de Ayala. Por último recordó de manera singular al primer Prelado del Opus Dei, monseñor Álvaro del Portillo, quien quiso tener en su escudo episcopal el lema “Regnare Christum volumus”.

INTERVENCIÓN DE MONTERISI

'Es para mí un honor estar aquí para transmitir la cordial felicitación de Su Eminencia el Card. Giovanni Battista RE, Prefecto de la Congregación para los Obispos, a la cual el Romano Pontífice encomendó la competencia de la Santa Sede sobre las cuestiones relacionadas con la Prelatura del Opus Dei, dijo Monterisi que en su detallado discurso dijo también entre otras cosas:

'El 28 de noviembre de 1982, el Papa Juan Pablo II erigió el Opus Dei como Prelatura Personal de la Iglesia Católica. El 19 de marzo de 1983 fue solemnemente ejecutada la Bula relativa “Ut sit”, cuando ya había sido promulgado el Código de Derecho Canónico, el 25 de enero de 1983. No cabe duda de que lo que estamos conmemorando fue un acontecimiento importante, tanto en la vida de la institución fundada por San Josemaría Escrivá de Balaguer, como en toda la Iglesia: se daba definitivamente cauce y aprobación a una fuerza apostólica presente en los cinco Continentes y se erigía por primera vez una Prelatura Personal.

'Como es sabido, el Decreto Conciliar “Presbyterorum Ordinis”, de 1965, había aludido a la creación de prelaturas personales. La idea había sido retornada en el Motu Proprio de Paulo VI, “Ecclesiae Sanctae”, y después en el Código de Derecho Canónico, en los cánones doscientos noventa y cuatro al doscientos noventa y siete (294-297). Sin embargo, ya mucho antes de la celebración del Vaticano II, San Josemaría venía rezando por que fuese posible una intervención de la autoridad eclesiástica que confirmara la unidad de vocación de los diversos miembros del Opus Dei y garantizara su condición de fieles laicos o de sacerdotes seculares en la Iglesia. San Josemaría quería sobre todo que el reconocimiento jurídico definitivo del Opus Dei se llevara a cabo dentro del Derecho común de la Iglesia, sin privilegios y sin régimen de excepción.

'Buscaba que el Derecho permitiera la incardinación de sacerdotes en un organismo eclesial para la formación de los miembros de la Obra y para su participación en las tareas apostólicas. Además, la intervención de la Santa Sede debería reconocer la organización internacional del Opus Dei, pues ésta no se limita a un territorio concreto. Una característica importante de los fieles del Opus Dei es la igualdad de condición respecto de los demás fieles de las diócesis y parroquias, en el sentido de que la pertenencia a la Obra no les aparta de las Iglesias particulares. Por eso la solución jurídica definitiva habría de dejar clara la dependencia de los fieles del Opus Dei respecto de los Obispos, ni más ni menos que los demás fieles de la diócesis. Todas estas características quedaban cumplidas con la figura de las prelaturas personales.

'Como testimonian las biografías publicadas, San Josemaría confió mucho en el poder de la oración, antes que en el mero estudio de los aspectos formales y jurídicos. Seguramente no sin emoción, los miembros del Opus Dei pudieron leer estas palabras de Juan Pablo II en el preámbulo de la constitución apostólica “Ut sit”, que erigió la Prelatura: “Con grandísima esperanza, la Iglesia dirige sus cuidados maternales y su atención al Opus Dei, que, por inspiración divina, el Siervo de Dios Josemaría Escrivá de Balaguer fundó en Madrid el 2 de octubre de 1928, con el fin de que siempre sea un instrumento apto y eficaz de la misión salvífica que la Iglesia lleva a cabo para la vida del mundo” .

'El Santo Padre ha dejado bien patente cómo la tarea que corresponde al Prelado del Opus Dei beneficia a toda la Iglesia, cuando, con ocasión de las bodas de oro sacerdotales de Su Excelencia Mons. Javier Echevarría, lo felicitaba con estas palabras: “Gobernando tu Prelatura y contemplando en ella la gracia de Dios, no cesas de exhortar a sus miembros –con tu ejemplo, con tus escritos, con tu palabra y tus viajes pastorales- a permanecer en el Señor con un corazón firme (Act 11, 23). Cuando fomentas el afán de santidad personal y el celo apostólico de tus sacerdotes y laicos, no sólo ves crecer la grey que te ha sido confiada, sino que proporcionas un eficaz auxilio a la Iglesia en la urgente evangelización de la sociedad actual” .

'Resulta imposible valorar en términos cuantitativos los frutos apostólicos que se derivan de la acción de la Prelatura, ya que éstos no se reducen a los producidos por las actividades institucionales de la Prelatura, sino que hay que contar con los que surgen del apostolado personal de los fieles del Opus Dei'.

Vea si lo desea unas imágenes históricas del fundador y sus seguidores.

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