Hermosillo

Efrén Mayorga

Qué sí y qué no paga impuestos en el año 2014

+Ya sabes qué nuevos impuestos vas a pagar en 2014?
+He aquí impuestos que entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2014
+Habla el secretario de Hacienda, Luis Videgaray.
+cheques al portador sólo hasta 5 mil pesos.
+Las personas con ingresos mayores a 750,000 pesos pagarán tasas de ISR desde 32% hasta 35%; los intereses de una hipoteca serán deducibles cuando el crédito no rebase los 3.7 mdp

Deducir tu hipoteca, realizar inversiones o vender tu casa no será igual a partir del 2014. Después de amplias discusiones, los legisladores llegaron a un acuerdo sobre cómo los mexicanos deberán pagar sus impuestos el próximo año.
La Cámara de Diputados aprobó el jueves los cambios realizados por el Senado a la Ley de Ingresos 2014, con lo que quedó autorizado el nuevo esquema de impuestos que se aplicará a partir del 1 de enero del próximo año.(con información original «Guía de nuevos impuestos para 2014.(CNNExpansión) —

Para evitar tragos amargos o malas sorpresas, entérate desde hoy de cuáles fueron los cambios definitivos:

1. Una mayor tasa de ISR para los que más ganan.

Las personas físicas con ingresos anuales menores a 750,000 pesos deberán pagar una tasa de 30% de Impuesto Sobre la Renta

La propuesta anterior preveía que sólo personas con ingresos menores a 500,000 pesos anuales pagaran esa tasa y que los que ganaran de 500,000 a 750,000 pesos pagaran 31%.

Finalmente se aprobó un aumento escalonado donde la tasa aumenta conforme incrementa el ingreso del contribuyente hasta llegar a una tasa máxima de 35%:

Rangos salariales

(cifras en pesos) Tasa máxima de ISR
Hasta 750,000 30%
De 750,000 a un millón 32%
De 1 millón a tres millones 34%
Más de 3 millones 35%

2. Tope a deducciones personales
Las deducciones personales, que son aquellos gastos que pueden restarse de la base gravable (sobre la que se cobran los impuestos) sea menor, tendrán un tope.

El límite será lo que resulte menor entre el 10% del salario anual del contribuyente o cuatro salarios mínimos anuales equivalentes actualmente a 94,549 pesos.

Esto significa que la suma de todas las deducciones por conceptos como gastos médicos, gastos funerarios, intereses reales de hipotecas, ahorro para el retiro, colegiaturas, entre otros, no podrá superar ese monto al año o, si lo supera, sólo podrá tener el beneficio de la deducción hasta el monto topado.

«Es probable que, en los casos en que las personas paguen colegiaturas, hipoteca, gastos médicos u otros conceptos, no podrán deducir el 100% de sus gastos porque la suma de sus deducciones podría superar el monto establecido», expuso Bernardo Melgoza, subdirector de Productos, Servicios e Inversiones de Sura México.

3. Deducción de intereses de hipotecas

Los intereses reales (por arriba de la inflación) de los créditos hipotecarios podrán deducirse siempre que el monto total de los créditos otorgados para la adquisición no supere 750,000 unidades de inversión (UDIS), equivalentes a alrededor de 3.7 millones de pesos.

Esta modificación representa una disminución desde el límite actual de 1 millón 500,000 UDIS, que representa siete millones 485,000 pesos. El valor de la UDI se actualiza todos los días conforme a los movimientos de inflación y hasta el 4 de noviembre se ubicaba en 4.99 pesos por unidad.

Los intereses reales de la hipoteca también estarán sujetos al límite de deducciones. Es decir, el contribuyente sólo podrá deducir intereses si ese monto, más otras posibles deducciones personales, no superan 10% de su ingreso anual o los 94,549 pesos.

4. Impuestos por vender tu casa

La nueva Ley de Ingresos establece que quienes vendan un inmueble pagarán ISR sobre la ganancia de la venta si éste tiene un valor superior a 700,000 unidades de inversión (UDIS), equivalentes a tres millones 493,000 pesos.

Ese límite es mayor a la propuesta original de Enrique Peña Nieto que establecía aplicar el impuesto a viviendas desde 250,000 UDIS, es decir alrededor de un millón 247,500 pesos.

Pero es inferior al límite de la legislación actual, vigente hasta diciembre de 2013, bajo la cual pagan impuesto las viviendas con un valor de un millón 500,000 Udis, es decir, 7.4 millones de pesos, expuso el socio de Impuestos de Deloitte, Luis Liñero.

5. Se amplía régimen de incorporación

Para las personas físicas con actividad empresarial, el régimen de incorporación amplió sus beneficios a 10 años desde los 6 previstos en la propuesta original del presidente Enrique Peña Nieto.

El Régimen de Incorporación es un esquema de tributación al que pueden acceder las personas físicas con actividad empresarial con ingresos menores de dos millones de pesos. Propone un descuento de 100% en el pago de ISR el primer año de integración y que se reduce gradualmente a lo largo de la siguiente década de forma que, en el año 11, el descuento desaparecería y la persona tendría que pagar el 100% del ISR.

Se trata de un régimen temporal sin posibilidad de volver a tributar en el mismo. Al año 11 estos contribuyentes se incorporarán al régimen general de personas físicas con actividad empresarial.

El descuento queda de la siguiente manera:

Año de incorporación Porcentaje de descuento
1 100%
2 90%
3 80%
4 70%
5 60%
6 50%
7 40%
8 30%
9 20%
10 10%

6. Se gravan inversiones en Bolsa

Los legisladores aprobaron gravar con una tasa de 10% a los dividendos y las ganancias obtenidas por la venta de acciones en la Bolsa Mexicana de Valores. Con información original de: Ilse Santa Rita | Martes, 05 de noviembre de 2013 a las 06:05 del portal de la revista CNN Expansión
http://www.cnnexpansion.com/mi-dinero/2013/11/04/evita-sorpresas-con-los-nuevos-impuestos

A todo esto agréguele usted que a partir del 5 de enero los cheques al portador sólo se podrán emitir por la cantidad de $5,000.0 (cinco mil pesos) y ya no se aceptaran cheques al portador por la cantidad actual de 20 mil pesos.

++Ante la aprobación de la reforma hacendaria por el Congreso de la Unión el pasado 31 de octubre, los contribuyentes deberán considerar diversas modificaciones en sus pagos de impuestos.

Te mostramos cuáles son los cambios que entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2014:

1. Impuesto de 8% a alimentos “chatarra”
Los alimentos con alto valor calórico, que contengan 275 kilocalorías o mayor por cada 100 gramos, como dulces, confites, bombones, chocolates, nieves y helados, galletas y pastas alimenticias, serán gravados con 8% el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS). Este gravamen será aplicado a todos los elementos de la cadena comercial, desde productores hasta consumidores. En la propuesta del Ejecutivo federal se planteaba que este impuesto fuera del 5 por ciento.

2. Gravamen a refrescos y bebidas azucaradas
Se establece que los consumidores deberán pagar 1 peso más por litro de bebidas saborizadas, concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores, las cuales contengan cualquier tipo de azúcares añadidas. Se incluyó también a los polisacáridos en la categoría de azúcares.

3. IVA de 16% en alimentos procesados para mascotas
La comida para gatos, perros y pequeñas especies costará 16% más el próximo año. Además el impuesto también se aplicará si quieres comprar una mascota nueva.

4. IVA de 16% en goma de mascar
Al dejar de ser considerado un alimento, los consumidores deberán pagar un gravamen del 16% de IVA al consumir chicles.

5. Homologación del IVA en las fronteras del 11% al 16%
El Congreso aprobó pasar del 11 al 16% el Impuesto al Valor Agregado en las fronteras.

6. Transporte terrestre foráneo tendrá IVA
Los legisladores acordaron poner 16% de IVA a los transportes foráneos. Solo quedan exentos los trenes y transporte en las zonas urbanas, suburbanas o en zonas metropolitanas.

7. Elevan límite de deducibilidad de impuestos
Diputados y senadores avalaron elevar el porcentaje de deducibilidad de prestaciones laborales, tanto para empresas como individuos, a 53% desde 47% y la creación de un mecanismo de control que evite que el empleador transfiera a los trabajadores el costo de este impuesto.

8. Pagarán más los que ganan más, aumenta pago de ISR
Quienes ganan hasta medio millón de pesos anuales pagarán una tasa de 30% en el Impuesto Sobre la Renta (ISR), se aplicarán las tasas de ISR de 32% a quienes obtengan 750,000 pesos anuales en salarios y 34% a los que tienen ingresos superiores al millón de pesos al año. Para quienes ganen más de 3 millones, el impuesto será de 35%.

9. Redistribución de los ingresos por los derechos de minas
Las ganancias por la explotación minera deberán pagar una tasa de 7.5% por ingresos. De estos recursos recaudados por la explotación minera, los municipios donde se da esta actividad recibirán 50%, las entidades se quedarían con el 30% y la federación con el 20% de los recursos.

10. Eliminan IETU y el impuesto por depósitos
El Congreso determinó la desaparición del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) y el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), con el objetivo de que los ingresos empresariales estén gravados solo en el ISR.

11. Gravamen a la turbosina
La turbosina utilizada en aviones y otros kerosenos deberán pagar nuevas cuotas en el IEPS, que ahora será de 12.40 pesos por litro.

12. Se gravarán a las empresas usuarias del espectro radioeléctrico
Se implementará el cobro de derechos de la banda de 700 megahertz y de 2.5 gigahertz con un transitorio para que una vez que se establezca el modelo de operación, el Congreso de la Unión garantice que tenga los pagos definidos.

13. Gravamen de 10% a ganancias en la Bolsa
Las personas físicas deberán pagar una tasa de 10% sobre la ganancia que obtengan por la compra de acciones en la Bolsa de Valores.

14. Desaparición del Régimen de Pequeños Contribuyentes
Los Repecos (Régimen de Pequeños Contribuyentes) tendrán 10 años para entrar al régimen general de contribuyentes.

15. Continúa aumento mensual a precio de gasolinas
Mensualmente se incrementará 6 centavos a los precios de la gasolina Magna y 8 centavos para la Premium. Este año el aumento mensual es de 11 centavos para todos los combustibles.

16. Seguro de desempleo
El nuevo Seguro de Desempleo no será fondeado con el ahorro de vivienda de los trabajadores, sino por el Presupuesto federal de manera directa.

Entre las modificaciones a la propuesta enviada por el Ejecutivo destacan:

– No aplicarán IVA a colegiaturas
Las colegiaturas quedan exentas del pago de 16% de IVA. Las escuelas privadas estarán exentas del pago del ISR siempre que cuenten con autorización del SAT para recibir donativos deducibles.

– Espectáculos se libran del IVA
Los espectáculos deportivos, cine, teatro y circo quedan sin nuevos gravámenes.

– Sin gravamen por renta de casas e hipotecas
Queda exento del pago de IVA el arrendamiento de vivienda, créditos hipotecarios, así como la compra de vivienda que tenga valor menor a 3 millones 500,000 pesos.

– Tasa cero en oro y joyería al menudeo
La compra de oro, joyas, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales seguirá con tasa cero para ventas intermedias y cuando el contenido de oro del producto sea de al menos 80 por ciento.

– Sin cambios al impuesto a bebidas alcohólicas
Las bebidas con graduación alcohólica de hasta 14 grados, tendrán un impuesto de 26.5%, mientras que la tasa será de 53% para las bebidas alcohólicas y cerveza con una graduación alcohólica mayor de 20 grados. Con información de #kgb, del portal del periódico Excélsior, publicada en CIUDAD DE MÉXICO, 7 de noviembre,

Habla Luis Videgaray Caso, Secretario de Hacienda
http://www.excelsior.com.mx/nacional/2013/11/07/927517

OFERTAS PLATA

¡¡¡ DESCUENTOS ENTRE EL 21 Y EL 40% !!!

Te ofrecemos un amplio catálogo de ofertas, actualizadas diariamente

CONTRIBUYE CON PERIODISTA DIGITAL

QUEREMOS SEGUIR SIENDO UN MEDIO DE COMUNICACIÓN LIBRE

Buscamos personas comprometidas que nos apoyen

COLABORA

Lo más leído