Allá los matan, aquí los amparan
28.03.07 @ 02:21:49. Archivado en Desde la frontera del mundo
Siempre ha sido así, el poderoso actúa con sangre fría, sin miramiento en el cumplimiento de sus funciones, a veces hasta con abusos y violación de los derechos humanos; en tanto el frágil procede con cierto prejuicio, casi con ternura, como avalando que los “extraños” en sus tierras incumplan el reglamento por él elaborado, e incluso llegando a reprender a quien se arriesgue en aplicarlo.
Los agentes fronterizos encargados de revisar en las garitas a quien pase por la línea divisoria entre México y los Estados Unidos, por lo general son atentos y muy estrictos en la aplicación de sus ordenanzas. En ambos lados están pendientes para auxiliar al natural y al visitante de la mejor manera.
Sin embargo: Que por tirar una pedrada, alguien sea ultimado por una autoridad, por favor, dónde cabe un razonamiento de esa ¿naturaleza?; y sabe usted, es muy probable que las autoridades, de uno y otro lado, acepten así como así el argumento. Para qué pelear o discutir por un cadáver de un ilustre desconocido, que lo único que se sabe de él es que se cruzo la frontera de manera impropia y además, ¡ay! que horror, tiraba pedradas a las autoridades.
Algo habla a favor de este migrante, qepd, no descriminaba a nadie con sus lanzamientos.
Mata agente fronterizo a inmigrante en Caléxico. Un agente de la Patrulla Fronteriza del sector El Centro, California, mató de un balazo a un migrante, después de que éste ingresó de manera ilegal a Estados Unidos, confirmó el vocero de la corporación estadounidense, Enrique Lozano.
El entrevistado informó que los hechos ocurrieron ayer por la noche cuando un grupo de inmigrantes ingresaron a Caléxico, California, de manera ilegal al oeste del aeropuerto de la vecina ciudad fronteriza, a la altura de la colonia Fronteriza, ubicada al poniente de esta ciudad.
“Los inmigrantes y los contrabandistas de personas habían cruzado de manera ilegal a los Estados Unidos, por lo que fueron seguidos por agentes de la Patrulla Fronteriza.
Los agentes fueron agredidos con piedras, por lo que uno de ellos se defendió disparando su arma”, explicó Enrique Lozano. Dijo que el agente de la Patrulla Fronteriza hirió a una de las personas que estaba en el grupo, quien fue trasladado a un Hospital de El Centro, California, donde horas después falleció.
“Al momento de que los agentes llevaban a la persona herida, las otras personas continuaban arrojando piedras y objetos indiscriminadamente a los agentes, por eso se tardaron un poco más en llevar al herido a un hospital”, dijo.
El vocero de la Patrulla Fronteriza añadió que las investigaciones de estos hechos serán realizadas por el FBI, para determinar la responsabilidad de los agentes. Lozano no proporcionó ni el nombre del migrante fallecido, ni el del agente agresor.
A su vez, el cónsul de México en Caléxico, Pablo Arnaud Carreño informó que pedirá una investigación a fondo de estos hechos. “Tenemos pocos datos todavía al respecto salvo que hubo un incidente en el cerco de la garita, lo que sabemos es que hay un persona fallecida, pero no sabemos ni su nombre, ni si es mexicano, si era traficante de indocumentados o migrante”, dijo. Arnaud Carreño informó que tiene conocimiento de los hechos la embajada mexicana en los Estados Unidos, así como la secretaría de Relaciones Exteriores. MEXICALI, B.C. (SUN.elimparcial.com)
Ampara la SCJN a los extranjeros. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que sí procede el amparo interpuesto por ciudadanos extranjeros contra órdenes de abandono de la Secretaría de Gobernación (Segob) a través del Instituto Nacional de Migración (INM).
Los ministros decidieron, por unanimidad, que ante una orden de expulsión o deportación implícita de una autoridad administrativa, procede, en su caso, otorgar en un juicio de garantías, una suspensión contra dicha orden de abandono del País.
Al resolver una contradicción de tesis que se suscitó entre las dos salas de la Corte, el pleno del alto tribunal avaló los juicios de garantías interpuestos por extranjeros, contra actos establecidos en la Ley General de Población, en concordancia con los artículos 123 y 124 de la Ley de Amparo.
Después de definir que expulsión corresponde al concepto de deportación, los nueve ministros presentes en el pleno de la SCJN declararon válido con carácter de jurisprudencia, es decir para que se aplique en todos los casos, los amparos contra actos administrativos de expulsión del territorio nacional.
En los resolutivos, acordaron precisar que esa determinación no tiene relación alguna con la facultad exclusiva del Presidente de la República, de hacer abandonar el territorio nacional, inmediatamente y sin necesidad de juicio previo, a todo extranjero cuya permanencia juzgue inconveniente. Estimaron conveniente puntualizar en algunas líneas que la resolución emitida este día no afecta dicha facultad del Ejecutivo federal contenida en el Artículo 33 de la Constitución, y tampoco la que establece el 11 constitucional, sobre las disposiciones de inmigración para la salud general de la República y contra extranjeros perniciosos residentes en el País (NTX)
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