Libertad relativa
28.11.08 @ 08:16:01. Archivado en Costumbres
(Madridpress) Hay noticias, casos, procesos, que aparecen en los periódicos durante varios días; algunos se alargan meses y van generando gran cantidad de opiniones a medida que cambian o evolucionan sus circunstancias. A veces, de tanta acumulación de hechos, titulares y pareceres se nos va olvidando el origen del asunto o perdemos la perspectiva. Así nos está ocurriendo a algunos con el embrollo de De Juana Chaos, el terrorista que inició una huelga de hambre porque no le gustaba estar en la cárcel. Para seguir entendiendo las noticias de hoy y las que vendrán, necesitamos recapitular.
José Ignacio de Juana Chaos era un terrorista de los de manual. Perteneció a alguno de los comandos más sanguinarios de ETA durante los años ochenta y por ello se le han atribuido veinticinco asesinatos, por los que en su día fue juzgado y condenado a un montón de años de prisión (mil años, por poner un ejemplo igual de válido que el real). Después de cumplir dieciocho años de encarcelamiento, y gracias a un sistema penitenciario franquista, vigente en el momento de la condena, De Juana se disponía a salir de su encierro con las cuentas legalmente pagadas. Los había que opinaban que dieciocho años ya estaban bien para cualquiera, pero mirando atrás, a los veinticinco asesinados, y echando la cuenta de menos de un año por muerto, cambiaban de opinión. ¿Es que no había manera de encerrar a este tipo más tiempo y asegurarse de que no volviera a las andadas? Hete aquí que el preso había aprovechado su reclusión para desarrollar una carrera literaria en la que se jactaba del dolor causado a las víctimas, animaba a continuar la lucha armada y quizá especulaba con volver a las pistolas y los detonadores. Alguien promovió una nueva acusación por amenazas o apología del terrorismo o algo así, o por todo ello junto. Como consecuencia del juicio el reo fue condenado a una nueva pena de doce años y siete meses de prisión e inhabilitación absoluta por el delito de amenazas terroristas.
Además, se acordó prorrogar la prisión provisional. Debe de ser muy duro llevar tanto tiempo encerrado, estar convencido de que por fin vas a andar en libertad y que impensadamente te retengan unos años más; pero volvemos a mirar atrás, a los veinticinco asesinados, y se nos pasa.
Entonces la cosa se complicó. De Juana inicia una huelga de hambre. Enseguida descubrimos que algún amiguete le pasa yogures y jamón york cuando no lo ven, y entonces llegan los artículos en la prensa sobre su capacidad para la destrucción y su incapacidad para la autodestrucción, y la acusación de Ussía: “tiene menos coraje que el cuesco de un colibrí”. Pero la huelga prosigue, esta vez de verdad (toda vez que ya lo habían pillado con el yogur en la boca) no sabemos si por coraje o cabezonería o inercia. El preso se va debilitando y se empieza a “temer” por su vida. El ministerio fiscal solicita a la Audiencia Nacional la libertad y la prisión atenuada en su domicilio por causa del peligro que corre.
Más tarde el Pleno de la Audiencia decide, por doce votos a cuatro, que no procede ni lo uno ni lo otro. Lo de que no procede la libertad lo despacha en un párrafo, de tan obvio que le parece: “siguen concurriendo los requisitos procesales establecidos en la ley procesal penal para mantener la medida cautelar acordada (riesgo de fuga y reiteración delictiva).” En cuanto a la prisión atenuada en domicilio el motivo es que “no concurren en el presente supuesto los requisitos establecidos en el art. 508.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal,” ya que procedería la prisión domiciliaria cuando el internamiento entrañe grave peligro para su salud, “lo que no es el caso porque lo que entraña grave peligro para la salud de De Juana Chaos no es, precisamente, el internamiento, sino su voluntad de no comer por las circunstancias que considera convenientes, lo que es muy distinto.”
No faltará quien diga que es el internamiento el culpable, ya que por su causa el preso ha sentido caer una injusticia sobre su persona, que es a su vez lo que le ha inducido a iniciar la huelga de hambre. Pero también es cierto que ese razonamiento sería igualmente válido para cualquier otro preso que alegue ser víctima de una sentencia injusta. El sistema penitenciario perdería todo su valor. Por eso, jurídicamente hablando, la petición del fiscal es rechazable. Pero esto no es diferente de lo que muchos están pensando en la calle, sin recurrir a leyes ni a fundamentos técnicos: de darle la razón al fiscal, cualquier preso que se ponga en huelga de hambre saldrá a la calle de rositas.
Parecía claro que su sitio era la cárcel, pero el caso es que hoy el sujeto está en la calle. En Irlanda, perseguido, vigilado, con una causa sobre él demasiado pesada, pero en la calle. A nadie le gustaría estar en una situación así, en la que el terreno que pisas, aunque sea terreno libre, es territorio hostil. Alguno puede llegar a compadecer al terrorista por el castigo que está sufriendo, por esta libertad relativa que ya no es libertad ni es nada, y por la miserable vida que le queda por delante. Pero volvemos a mirar atrás, a los veinticinco asesinatos, y también hacia delante, a los que muertos que puedan venir de su mano o por su mediación, y se nos vuelve a pasar.
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Alan Ferreiro
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