El pasado 25 de octubre, el Congreso de los Diputados, en la Comisión de igualdad, aprobó una proposición no de ley, a iniciativa del PSOE y apoyada por CiU, por la que se insta al gobierno a dos cosas. Por un lado que “se elaboren e impulsen protocolos de juegos no sexistas para que se implanten y desarrollen en los espacios de juego reglado y no reglado en los colegios públicos y concertados de Educación Primaria”. Por otro, “que en cualquier actividad lúdica desarrollada en los citados colegios de Educación Primaria se eliminen estereotipos que mantengan los roles machista y se introduzca el concepto de igualdad entre ambos sexos”.
Uno ya no sabe si meterse en una cueva para no enterarse de tantas majaderías a la que se dedican nuestros políticos. Resulta realmente tentador. El problema es que si uno no se ocupa (preocupa) de la “política”, ésta se preocupa de ti, y claro, luego pasa lo que pasa…) (Alguien dijo en una ocasión que la libertad es el derecho de escoger a las personas que tendrán la obligación de limitárnosla. Pero parece que para algunos la obligación es una auténtica vocación en la que se recrean. Es asfixiante que el estado pretenda regularnos la vida hasta el punto de decir a un niño a qué tiene o no tiene que jugar. Y desde luego, que la aportación de CiU a este despropósito sea que el Gobierno cuente con las autonomías, resulta francamente decepcionante.
Desde luego es una contradicción en sus propios términos protocolizar el juego no reglado, que por definición no tiene más protocolo que el respeto a los compañeros de patio. Ese espacio de libertad tiene valor pedagógico en si mismo, muy importante también para el desarrollo de los niños, y esta proposición “no de ley” me parece que lo ignora absolutamente. Pero la corrección política parece no detenerse ante nada.
En otro orden de cosas, llama la atención (o no tanto) las consecuencias que el legislador “no de ley” extrae de la financiación pública de la enseñanza. Con independencia de la valoración que merece la medida en si misma, resulta que la LOE establece como objetivo de la Educación Primaria (Art.17) el “conocer, comprender y respetar las diferentes culturas y las diferencias entre las personas, la igualdad de derechos y oportunidades de hombre y mujeres y la no discriminación de personas con discapacidad”, así como desarrollar “una actitud contraria a la violencia, a los perjuicios de cualquier tipo y a los estereotipos sexistas”. Al desarrollo de estos objetivos parecería responder la proposición no de ley aprobada.
Sin embargo, si esos son objetivos de la Educación Primaria, no se puede sustraer del hipotético protocolo a los centros privados sin concierto, que por el hecho mismo de su autorización administrativa deben desarrollar su actividad ateniéndose al currículo escolar y los objetivos y fines que marca la ley, como cualquier centro autorizado de enseñanza reglada. Así se deriva incluso del propio Artículo 25 de la LODE. Cuestión distinta es que exista una colisión entre esos objetivos, o su concreción, con el proyecto educativo y el carácter propio, en cuyo caso entiendo que prevalecería éste último en atención a los derechos fundamentales de libertad ideológica y religiosa y libertad de enseñanza y creación de centros. Pero el papel que juega el carácter propio y proyecto educativo es común para los centros privados y privados concertados.
En la medida subyace la concepción prepotente de “el que paga manda” obviando, muy lamentablemente, el sentido de la financiación pública de la enseñanza privada que no es otro que el ejercicio y desarrollo de los derechos fundamentales de los padres y de los titulares de los centros.
Decía Ortega y Gasset que “la libertad no ha aparecido en el planeta para desnucar el sentido común”. En ocasiones, demasiado frecuentes, nuestros políticos parecen auténticos presos… de ideología.
José A. Poveda González
Abogado de Escuelas Católicas
Martes, 29 de mayo
Escuelas Católicas
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Asoc. Humanismo sin Credos
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