De un tiempo a esta parte estamos asistiendo a una campaña de desprestigio de la Iglesia Católica y de sus instituciones perfectamente orquestada, que tiene en los medios de comunicación una repercusión y un eco que la hacen posible. Probablemente quienes la promueven tienen sus razones para organizarla y pretenden cobrarse alguna deuda pendiente con la Iglesia a la que tratan de desprestigiar. No creo que el artículo publicado en el prestigioso y veterano diario ABC bajo el título “La tragedia de la escuela católica” forme parte de esa campaña, entre otras razones porque su autor, Juan Manuel de Prada, siempre ha hecho gala de su catolicidad. Pero el efecto es prácticamente el mismo.
La conclusión que parece extraerse de este artículo es que la escuela católica en vez de ser, como debería, “cantera de discípulos” se ha convertido en “cantera de líderes anticatólicos”. Lo cual, de ser cierto, sería una auténtica tragedia (en eso estoy de acuerdo con el autor). Sin embargo no creo que se pueda verter una acusación tan infundada, injusta y dolorosa como ésta.
En la edición del diario ABC del día 26 de abril se publica un artículo titulado “La tragedia de la Escuela Católica”. Su autor, D. Juan Manuel de Prada, sostiene algo con lo que no puedo estar más de acuerdo: la razón última de la Escuela Católica es la evangelización (ser “cantera de discípulos”).
¿Dónde está la tragedia? De Prada sostiene que la Escuela Católica ha extraviado su razón de ser y ha buscado el prestigio en la exigencia y excelencia académica. La prueba de ello, sostiene, es que muchos líderes anticatólicos han estudiado en colegios católicos, tal y como muestra el reportaje “Colegios católicos, cantera de líderes”, publicado en ABC el pasado 25 de abril.
El “laboratorio de alternativas” acaba de publicar un estudio titulado “Los efectos de los conciertos sobre la eficiencia y la equidad del sistema educativo español”. Respecto de la equidad, el estudio pretende analizar si el sistema de conciertos ha contribuido a igualar las oportunidades de elección de centro sostenido con fondos públicos. Tras un complejo análisis estadístico, a partir de datos extraídos del informe Pisa 2006, concluye lo de siempre: en los centros públicos se concentran mayoritariamente los alumnos de entornos económicos menos favorecidos. Afirma, además, que el régimen de conciertos ha provocado que las familias de rentas medias-altas hayan abandonado los centros públicos.
Cuando me encuentro con tablas y fórmulas estadísticas recuerdo aquel ejemplo de las dos personas hambrientas a las que se les sirve un delicioso pollo. Una de ellas, aprovechando un descuido del otro, se lo come todo y el otro no prueba nada. Sin embargo, según la estadística, cada uno habría comido el 50% del pollo. Pero suponiendo que el estudio no haga este tipo de “elaboraciones propias”, lo que sí parece claro es su carácter meramente descriptivo. Nos cuenta cómo es la composición social de los centros pero no explica por qué el concierto tiene ese efecto. A este aspecto le dedica tan sólo un párrafo en la página 27 (el estudio tiene 50 folios) para decir lo de siempre: que los centros concertados seleccionan al alumnado por medio de cobro de cuotas varias, exigencia de uniformes, o aconsejando preinscribirse en otro centro aludiendo exceso de demanda. Sin embargo, toda la parafernalia estadística empleada para “describir”, brilla por su ausencia para “explicar”: ni un dato de sanciones a centros por incumplir la normativa de admisión de alumnos, ni porcentajes de centros que exigen uniformes (habría mucho de que hablar sobre si el uniforme favorece o no la integración), o cuáles son esos cobros, si están o no previstos en la ley y qué cantidades.
Fiel a su cita anual, el traído y llevado tema del “velo” ha reaparecido en nuestro sistema educativo y, con ello, en los titulares, editoriales y artículos de opinión de la práctica totalidad de medios de comunicación.
Efectivamente, el “pulso” que ha echado una parte de la comunidad islámica a nuestra educación se ha resuelto como no podía ser de otra forma: con la pura aplicación de la ley, articulada a través del reglamento de régimen interior del centro; es decir, a través de las normas de naturaleza legal y de obligado cumplimiento que articulan la vida, el funcionamiento, y los derechos y deberes de los centros docentes y de sus comunidades educativas.
Cuando Escuelas Católicas denunciaba ante el Ministerio de Educación las intenciones de algunas Consejerías de Educación socialistas de relegar la enseñanza de religión escolar a la mínima expresión, dentro de una campaña global de reducir las creencias a la mera esfera íntima y personal (me vienen a la memoria los duros eslóganes de algunos sindicatos y asociaciones políticas exigiendo la eliminación de la Religión en la escuela), los responsables ministeriales nos decían: “no veáis fantasmas, los Acuerdos con la Santa Sede se seguirán cumpliendo y la clase de Religión no corre peligro”.
Pues curiosamente, hace pocos meses la Junta de Extremadura aprobó una Orden para regular la implantación de la Educación Infantil en su Comunidad Autónoma, incluyendo una novedad significativa: por primera vez, se establecía el criterio normativo de que en ausencia de pronunciamiento expreso por parte de los padres, se “entendía” que no deseaban la enseñanza de Religión para su hijo. Es decir, el silencio era “interpretado” por la Administración en sentido siempre negativo, con independencia de otras consideraciones o circunstancias que indicasen claramente lo contrario, como era el caso de haber elegido voluntariamente un colegio con ideario católico.
Jesús nos enseña en los Evangelios que no llamemos a nadie “padre”, pues sólo Dios es nuestro Padre, ni llamemos a nadie “maestro”, ya que sólo hay un Maestro: Cristo. Sin embargo, el mismo Jesús ha llamado a algunos para que sean mediación de su enseñanza, y a éstos, en la historia de la Iglesia, se les ha dado el título de maestro; así se llamaba a los que ayudaban o iniciaban a otros en el camino de la fe, eran los maestros y padres espirituales. La misma Santa Teresa llama “Maestro Ávila” a Juan de Ávila, a quien tenía una gran estima, y a quien consultó sobre el libro de “Vida”.
Con frecuencia, el nombre de maestro se da a los grandes artistas, a quienes ofrecen con gran destreza y virtuosismo la expresión musical de un instrumento, o enseñan magistralmente alguna materia.
Este es sencillamente el mensaje que los tribunales vuelven a lanzar por enésima vez a los sindicatos. En esta ocasión ha sido el TSJ de la Comunidad Valenciana que, en Sentencia de 12 de marzo de 2010, ha desestimado el recurso planteado por el “Sindicat de Treballadors i treballadores de l’ensanyament del País Valenciá–Intersindical Valenciana (STEPV-IV)”, contra la Orden de 8 de mayo de 2007 de la Consejería de Educación Valenciana, por la que se establece el acceso al concierto para centros privados que imparten el primer curso de Bachillerato. Y lo desestima, como ya lo han hecho otros tribunales en situaciones similares, por falta de legitimación activa del sindicato recurrente, tal y como alegó Escuelas Católicas Comunidad Valenciana, personada en el pleito como codemandada. Vamos, algo así como ¿Quo vadis, STEPV-IV? Pero si hasta el propio Ministro Gabilondo ya ha dicho que “la enseñanza pública no es el problema de la enseñanza concertada y viceversa”. Pero claro, si a los defensores de la enseñanza pública les da igual lo que los tribunales dicen de forma reiterada, ¿por qué deberían hacer caso al Ministro?
La Sentencia recoge la reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional. Para que un sindicato pueda recurrir debe existir un interés profesional o económico específico, es decir, la obtención de un beneficio ventaja cierta o la desaparición de un perjuicio con el recurso. Por esta razón debe haber un vínculo especial y concreto entre el sindicato (fines, actividad, etc.) y el objeto del pleito, sin que sea suficiente la mera expectativa contra supuestos agravios futuros.
Uno de los temas esenciales que debería abordar el Pacto Político y Social por la Educación, si quiere ser un verdadero Pacto de Estado, es el reconocimiento de la enseñanza privada concertada como instrumento esencial que hace realidad la libertad de enseñanza consagrada en el artículo 27 de nuestra Constitución.
Hoy en día y aunque resulte increíble, para algunos sectores políticos y sociales, la enseñanza concertada es algo “coyuntural” y transitorio hasta que existan suficientes plazas en las escuelas e institutos públicos. Algo así como un mal que no queda más remedio que soportar.
Martes, 29 de mayo
Escuelas Católicas
Jordi Llisterri i Boix
Pedro Tarquis
Juan Fernandez Krohn
Manuel Mandianes
Alejandro Córdoba
Desiderio Parrilla Martínez
Asoc. Humanismo sin Credos
Josemari Lorenzo Amelibia
Francisco Margallo
Francisco Baena Calvo