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Justicia civil ante la crisis

27.04.09 | 10:47. Archivado en Jurídico
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“Bien mediante el pago inmediato, bien tras la ejecución de bienes del deudor, en el 50,4% de los casos de procesos monitorios, el acreedor ha cobrado todo lo que se le debía, en un plazo medio de unos ocho meses”. Por ello, el magistrado juez del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Pamplona, Fernando Poncela, argumentó el “éxito” del juicio monitorio como herramienta procesal destinada a la protección del “crédito documentado”. Poncela impartió la charla “Justicia civil ante la crisis”, el pasado 21 de abril, dentro del ciclo “Justicia y empresa: cuestiones de actualidad”, que organiza CEN con el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

Sin embargo, Poncela reconoció que la crisis económica es probable que haga decrecer ese porcentaje de pagos y que la tramitación de este procedimiento se haga más larga, “bien por la carencia de recursos económicos de los deudores empobrecidos por dicha crisis, bien por el incremento del trabajo en los juzgados”. Por este motivo, el ponente llamó a crear más órganos judiciales, así como el de dotar a los juzgados de “sistemas y programas informáticos acordes con las necesidades del momento actual”.

En su introducción, el experto se refirió a la crisis económica y de cómo “está llevando a serios problemas financieros que obligan a empresas y particulares a dejar de abonar sus deudas”. Al generalizarse esta situación, Poncela explicó que “se va produciendo un efecto dominó que va extendiéndose a más personas físicas o empresas, pues si uno no ingresa porque dejó de percibir una nómina o ésta se vio reducida, o porque los clientes no pagan, se ve igualmente obligado a dejar de pagar sus propias deudas”.

Este incremento de los pagos, indicó, ha llevado a que el número de procedimientos judiciales “se haya disparado”. El incremento más acentuado ha sido en los juicios monitorios. Si en 2007 el número de estos procesos en Navarra ascendió a 3.928, en 2008 se incoaron 5.311 (un 35,2% más).

El juicio monitorio se creó en 2001 por la Ley de Enjuiciamiento Civil, para reclamaciones que no excedan de 30.000 euros, siempre y cuando nos encontremos ante una deuda dineraria, de cantidad determinada, vencida, exigible y reflejada en un documento de apariencia jurídica no indubitada, pero suficiente. Un proceso, según definió, “creado con la finalidad de proteger el crédito” en la resolución de problemas generados por “una determinada clase de morosidad, que puede afectar al desarrollo económico, con repercusión transnacional”.

Respecto a la cuantía de la deuda que se reclama en estos juicios, Poncela reveló que “el legislador se está planteando subir la cuantía a 150.000 euros, e incluso algunos expertos proponen hasta los 300.000”. De todas formas, recordó que los límites en la cuantía tienen como objetivo “evitar que el juicio monitorio se convierta en el único procedimiento encaminado a reclamar el pago de cualquier tipo de deuda documentada”.

Asimismo, el magistrado apuntó algunos detalles de este proceso. Así, tras examinar los documentos que prueban la deuda, el juez requiere al deudor para que pague la deuda en un plazo de 20 días. Este requerimiento se debe hacer en el domicilio del deudor donde pueda ser hallado, mediante entrega de una copia de la resolución judicial en que se acuerda. Sin embargo, Poncela reconoció que “uno de los principales problemas del juicio monitorio” es el de la dificultad para localizar a los demandados, ya que, además, en los juicios monitorios “no es posible requerir de pago al deudor mediante edictos”, y no siempre el deudor continúa residiendo en el domicilio que el acreedor proporcionó al juez.


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