Emigrantes

¿Cómo puedo tramitar la residencia de mis hijos menores?

24.09.08 | 20:48. Archivado en Reagrupación familiar
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(PL).- Los hijos menores de edad de ciudadanos extranjeros que se encuentren en España pueden documentarse en función de estos supuestos:

Nacidos en España : una vez que han sido documentados por el país de alguno de los progenitores deben solicitar automáticamente la misma autorización de residencia de la que sea titular el padre o la madre (en caso de que el país de nacionalidad de los padres no les reconozca y facilite un pasaporte, tendrán que solicitar la nacionalidad española con valor de simple presunción):

- la solicitud deberá presentarla personalmente el padre o la madre:
-plazo: 6 meses desde el nacimiento o desde que cualquiera de los padres obtengan autorización de residencia;
-documentos: original y copia de la partida de nacimiento, pasaporte y copia de la autorización de residencia de cualquiera de los padres;
-renovación: mismos trámites y procedimiento que para los familiares reagrupados.

La solicitud solicitud ex00 se presenta en la Delegacion del Gobierno en la Comunidad de Madrid (ver apartado ¿Dónde puedo tramitar los permisos de residencia? )

No nacidos en España, hijos de extranjero residente legal , podrán obtener autorización de residencia cuando:

-Hayan permanecido en España de forma continuada durante dos años;
-Sus padres tengan medios de vida y alojamiento adecuado;
-Si están en edad de escolarización obligatoria se deberá acreditar que han estado matriculados en un centro de enseñanza y asistido regularmente a clase, durante su permanencia en España;
-La vigencia de esta autorización está vinculado a la autorización de residencia del padre o la madre;

La solicitud solicitud ex00 se presenta en la Delegacion del Gobierno en la Comunidad de Madrid (ver apartado ¿Dónde puedo tramitar los permisos de residencia? )

No nacidos en España, sujetos legalmente a la tutela de un ciudadano o institución españoles o de un extranjero residente legal, podrán obtener autorización de residencia conforme a las normas anteriores.

La solicitud solicitud ex00 se presenta en la Delegacion del Gobierno en la Comunidad de Madrid (ver apartado ¿Dónde puedo tramitar los permisos de residencia? )

Hijos de ciudadanos comunitarios o del cónyuge del comunitario: Pueden solicitar la tarjeta correspondiente al régimen comunitario.

La solicitud solicitud ex16 se presenta en la Comisaría General de Extranjería y Documentación (ver apartado ¿Dónde puedo tramitar los permisos de residencia? )

2 comentarios


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Comentarios
  • Comentario por monica hernandez 28.02.09 | 00:35

    hola: quisiera saber si es posible me colaboren a resolver una duda.
    llegue a españa hace 9 meses con tarjeta de residencia y trabajo y tube a mi hijo aqui el pasado 30 de diciembre quisiera saber que debo hacer para solicitar su nacionalidad española y cuanto tiempo debo esperar para realizar este procedimiento o si es posible iniciarlo de inmediato.



    agradezco su colaboracion

  • Comentario por LegendariadeDios 25.09.08 | 22:09

    La verdad es que los españoles, solo les gutan los problemas, es que han olvidado de que tienen una dueda pediente con los paises latinos.
    Y que si fueran gentes q realcionara, con claridad mental, lo unico que harian es no darle visas a ningun latino, mas buien hacer latinos Iberos .
    Oh ya se les olvido que nuestros ante pasados faltan por sus mugrosoas culpas.
    Que pisarro matos nuestros, indigenas, y robo, todos los tezoros, le solvidas que ya tenemos los ojos abiertos.
    Lo mejor seria es, que no dejen el paso libre, oh de otra manera, que no entren en nuestros paises, hacen un acuerdo de parte y parte a ver como es mejor.
    España de forma continuada, seguira siendo tan usulpadora como los estados unidos, impero de satanas y sus hijos, y como saber que el nazismo volvera y invadira el mundo.
    Y se daran contra el suelo, despues de que los logren, de esto estoy bien segura.
    Atenganse de no querer tener lo que no quieren dar, para que no ...

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