Emigrantes

¿Cómo puedo reagrupar a mi familia?

18.11.07 | 17:55. Archivado en Documentos, Reagrupación familiar
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(PL).- Para reunir a tu familia en territorio español, has de ser residente regular en España, haber renovado tu permiso inicial de residencia (basta con tener el resguardo que muestre que lo estás renovando) y tener permiso para residir en España, al menos, 1 año más.

Si cumples los requisitos anteriores, podrás reagrupar:

- A tu cónyuge, siempre que no estéis separados y que el matrimonio sea legal (no podrás reagrupar a más de un cónyuge).
- A tus hijos y a los de tu cónyuge que sean menores de 18 años o incapacitados, y que no estén casados.
- A menores de 18 años o incapaces si eres su representante legal.
- A tus ascendientes (padres,…) y a los de tu cónyuge (suegros,…), si se encuentran a tu cargo (dependen de ti económicamente) y existan razones que justifiquen la necesidad de que residan en España.

Para el procedimiento de reagrupación tendrás que presentar personalmente, en las Oficinas de Extranjeros (ver apartado ¿Dónde puedo tramitar los permisos de residencia y trabajo? de este mismo área temática), una solicitud de permiso de residencia para todos los familiares que pretendas reagrupar.

La documentación que deberás presentar es la siguiente:

- Original y dos copias de la solicitud en modelo oficial (ver Modelo oficial solicitud autorizacion residencia por reagrupacion familiar).

- Original y copia del pasaporte en vigor, tanto de reagrupante como de reagrupado.

- Fotocopia de permiso de residencia renovado o fotocopia del primer permiso y resguardo de solicitud de renovación. Si traes hijos, debes entregar fotocopias de las tarjetas de residencia de los dos cónyuges.

- Fotocopia del contrato de trabajo y de las tres últimas nóminas.

- Original del certificado de vida laboral.

- Fotocopia de tu tarjeta sanitaria.

- Original del informe del ayuntamiento donde vives en el que conste que la vivienda cumple los requisitos sanitarios de habitabilidad y equipamiento.

- Fotocopias del contrato de alquiler si estás alquilando la casa, y de los 3 últimos pagos de alquiler, o fotocopias del contrato de compra/ venta, o escritura de propiedad si la está comprando y del último pago de la hipoteca.

- Original del empadronamiento de todas las personas que viven en tu casa.

- Sólo en el caso de que traigas hijos de un solo cónyuge y no estén los dos cónyuges en España, fotocopia de la autorización judicial paterna o materna de tu país de permitirte residir en España y transferencias de dinero enviadas durante el último año que acrediten que está a tu cargo.

- Fotocopia del certificado de nacimiento por el Registro Civil de tus hijos si son a ellos a los que traes, o el tuyo si traes a tus padres; o certificado de matrimonio por el Registro Civil si es a la esposo/a al que traes. Si tu lengua no es el castellano, ha de estar en tu lengua oficial y también traducida al castellano.

- Solamente en caso de que traigas a tu esposo/a, original de la declaración firmada de que no reside con otro/a esposo/a en España.

- Solamente en el caso de que traigas a tus padres, fotocopia de la documentación que demuestre que tus padres dependen de ti económicamente, con los justificantes de envío mensuales (6 últimos meses) y un escrito explicativo que justifique las razones de traerlos.

A partir de que te notifiquen la concesión del permiso de residencia temporal por reagrupación, tus familiares deberán solicitar los visados en el Consulado o Embajada de España que te corresponda en un plazo máximo de 2 meses (contados a partir de la fecha en que recibas la concesión del permiso).

Si en el momento de la solicitud del visado, tu familiar reagrupado se encuentra en España de manera irregular, esto dará lugar a inadmisión del trámite y la denegación del visado.

Una vez obtenido el visado, tu familiar deberá entrar en España en el plazo de vigencia del mismo (nunca superior a 3 meses) y, al llegar a territorio español, deberá solicitar la tarjeta de identidad de extranjero.

13 comentarios


Los comentarios para este post están cerrados.

Comentarios
  • Comentario por evelin 12.10.08 | 17:34

    mi tarjeta caduca el 14 de junio .puedo solisitarla ahora , y puedo con esta treaer a mi esposo y mi hijo de bolivia ,o me tengo que esperar gracias que el señor los bendiga

  • Comentario por sergio 31.08.08 | 18:44

    HOLA MI COMENTARIO ES SABER SI PUEDO REAGRUPAR A MI HERMANA QUE ES INCAPACITADA?? POR SU AYUDA GRACIAS
    SERGIO

  • Comentario por yamila de la caridad gonzalez pulido 12.06.08 | 22:35

    soy nieta de españoles y quiero reagrupar a mi esposo

  • Comentario por maritza 01.05.08 | 19:16

    hola lo que quiero saber es que si mi esposo hace la reagrupacion mia y de mi hijo sin oferta para mi y que tenga yoda la documentacin correcta podran salir los tramites ...........gracias

  • Comentario por oscar 14.01.08 | 15:44

    mhola,mi duda es:mi actual pareja quiere traerse a su hija menor ,nosotros llevamos 6 años viviendo juntos y desde 2 con vivienda propia.ella ahora se a quedado en el paro(tiene 12 meses)podriamos traerla sin estar casados?y como pareja de hecho?esperando sus respuestas me despido dandoles las gracias por anticipado.

  • Comentario por mostafa 22.11.07 | 22:45

    Hernan,se dice c'est la vie y no se la vie,haberse nacido en Europa no sinifica k uno tiene mas nivel cultural.

  • Comentario por pepet 22.11.07 | 07:57

    Sólo ls ciudadanos españoles deberían tener reconocido este derecho. Y para tener la ciudadanía española habría que ser nacido en Europa y descendiente de padres, abuelos, bisabuelos y tatarabuelos europeos. Todo lo demás es colaborar con la destrucción de la demografía y del pueblo español.
    Europa de los europeos.

  • Comentario por Karla 21.11.07 | 10:20

    Contestando al comentario de Lola . Veras te recuerdo q los españoles somos comunitarios podemos movernos perfectamente por Europa incluso por otros continentes, veras no sé si sabes q hay multinacionales q llevan a sus trabajadores por este mundo mundial y no precisamente a trabajar en el campo son trabajadores CUA-LI-FI-CA-DOS, esto no es inmigrar son traslados ocasionales el trabajo lo llevan desde España

  • Comentario por Hernán Cortés 20.11.07 | 14:20

    Lola Gracias por lo de fascista. Simplemente daba una solución rápida. tampoco he tenido nunca la necesidad de emigrar, se la vie!! . ¿ No me digas que no es una idea rápida y segura? adios rogelia

  • Comentario por Karla 20.11.07 | 13:35

    Los requisitos exigidos para la reagrupación familiar son explícitos y concretos, si se tiene contrato laboral y los documentos acreditativos legales demuestra q se esta trabajando , por tanto no consumen recursos ajenos a su aportación .Otra cuestión distinta es si somos capaces por ambos lados de mantener una convivencia respetuosa y tolerante, sin imposiciones de ninguna indole.
    Los flujos migratorios han existido desde q el mundo es mundo, no seamos injustos ni juzguemos si no deseamos ser enjuiciados

  • Comentario por lola 19.11.07 | 17:22

    Hernan y Karlos sois unos fascistas de m.....
    Habeis olvidado cuando vosotros os estabais muriendo de hambre y emigraban hacia otros paises y aún hoy en día miles de vosotros emigrais hacia EU y otros países de Europa donde os pagan mejores salarios.
    La emigracion es por necesidad y no porque a nadie le guste

  • Comentario por Hernán Cortés 17.11.07 | 19:34

    Tengo una idea fantástica :Reagruparos toda la familia volviendo a vuestro país , además es muy rápido tarda unas horas de vuelo solo.

  • Comentario por karlos 17.11.07 | 17:08

    Y todos a vivir de la subvención y de los impuestos de los españoles... eso se llama parasitar, y a los parásitos, como a cualquier otra plaga, hay que erradicarlos antes de que pongan en peligro la supervivencia del propio huésped.

    En Europa ya se están dando cuenta del peligro que entraña la parasitacion extranjera, ¿Tardaremos mucho los españoles en darnos cuenta?

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