Emigrantes

Asesoría jurídica gratuita para inmigrantes

01.01.07 | 17:07. Archivado en Guía primeros pasos, Documentos
  • enviar a un amigo
  • Imprimir contenido

El Portal de la Consejería de Inmigración y Cooperación dispone de un servicio de asesoría jurídica gratuito para atender todas las consultas que le hagan llegar a los usuarios.

Para realizar una consulta, es necesario registrarse en el portal, cumplimentando un formulario de registro solicitado por la Consejería de Inmigración y Cooperación.

Si usted ya es usuario del portal, puede acceder a realizar sus consultas pulsando aquí. PULSAR

El Portal de Inmigración también ofrece el listado de consultas realizadas por todos los usuarios de Internet, así como sus respuestas, de tal manera que usted tendrá acceso a la información de todas esas cuestiones. Estas aparecerán ordenadas por fecha de creación y por categorías.


PREGUNTAS FRECUENTES

Me han dicho que como ya he cotizado 6 meses con el jefe que me presentó los papeles ya puedo trabajar en otra cosa, pero la seguridad social no me da de alta ¿que puedo hacer?

Lamentablemente no es cierto, en principio para poder trabajar en otro sector debería solicitar la modificación del permiso adjuntando la nueva oferta de empleo y los documentos de la empresa.

Esta presentación se realiza en el registro general de Serrano 69, que es la sede del Área de trabajo de la Delegación del Gobierno en Madrid, sin cita previa.

Por otro lado si está en algún supuesto del artículo 40 de la ley de extranjería podría trabajar en cualquier sector solicitando un certificado en el mismo lugar antedicho.

¿Puedo pedir arraigo laboral?, ya tengo 13 meses trabajados y el jefe no me ha querido presentar papeles.

Los requisitos del arraigo laboral son, estar en España al menos dos años, contar con un contrato de trabajo y demostrar que se ha tenido una relación laboral al menos un año.

El problema lo tiene esta demostración, puesto que hay que conseguir una sentencia del juzgado de lo social o un acta confirmada de la inspección de trabajo, cosas ambas muy difíciles de obtener puesto que es complicado probar que se tiene una relación laboral sin ningún papel de por medio. En cualquier caso consulta esto último con un abogado especialista en la materia laboral, puedes dirigirte a la Cl. Hernani 59 donde te asesorarán en esta materia.

Tengo que renovar mi permiso, me dicen que me va a llegar una carta a mi casa, para renovar la residencia de forma automática.

Es cierto que se están enviando cartas con los requisitos para renovación, sin embargo si la carta no llega o esta extraviada se puede extraer esta información de la página Web del MAP

Sin embargo es importante conocer la siguiente información:

La renovación puede hacerse 60 días antes o tres meses después (en este caso podría haber sanción) de la fecha de caducidad del permiso el RESGUARDO DE RENOVACIÓN PRORROGA LA VALIDEZ DEL PERMISO HASTA LA RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
1.-relación laboral continuada en la actividad que dio lugar a la concesión del permiso
2.-no existe relación continuada pero se han cotizado 6 meses por año y o bien tiene un contrato de acuerdo con las características de su autorización y está de alta o bien cuenta con una nueva oferta de trabajo.
3.-no existe lo anterior, pero ha cotizado 3 meses por año, la relación laboral que dio lugar a la autorización no cesó por causa imputable al trabajador, ha participado en programas de búsqueda activa de empleo y cuenta con un nuevo contrato en vigor
4.-no existe lo anterior, pero el trabajador esta cobrando una prestación contributiva por desempleo o una prestación asistencial pública destinada a lograr su inserción social y laboral

Para el supuesto:

1.- solicitud EX01, pasaporte, permiso de trabajo y residencia, vida laboral y contrato, 1 foto.
2.- solicitud EX01, pasaporte, permiso de trabajo y residencia, vida laboral contrato u oferta, 1 foto.
3.- solicitud EX01, pasaporte, permiso de trabajo y residencia, vida laboral, tarjeta de demandante de empleo justificantes de los programas de empleo, justificantes de fin de relación laboral (SMAC, fin de contrato…), contrato, 1 foto
4.- solicitud EX01, pasaporte, permiso de trabajo y residencia, vida laboral, informe social y certificado o resolución acreditativa de percibir la prestación

Se puede presentar en:
" Con cita en la Delegación del Gobierno en Madrid, Área de trabajo y asuntos Sociales Sección Extranjeros, Cl. Bretón de los Herreros 41, 28003 Madrid (902 11 11 44)
" Pidiendo cita a través de internet:

" Por ventanilla única o correo certificado.
" También se puede pedir por Internet el "borrador" de la solicitud de renovación de manera personalizada en la dirección Web, hay que hay que firmar y enviar.

RENOVACIONES


¿Es necesaria la presencia de un abogado para realizar algún trámite de extranjería?

Al ser un tramite de carácter administrativo no es necesaria la presencia de un abogado, sino que todas las solicitudes deben realizarse por el legitimado en cada caso concreto, que suele ser el extranjero, salvo en el caso de las autorizaciones de trabajo por cuenta ajena inicial donde el legitimado es el empleador o representante legal de la empresa.

¿Puedo contratar a mi empleada por el contingente?

En principio el contingente esta pensado para puestos de trabajo genéricos y no nominativos (es decir necesito 10 trabajadores y no necesito a Pedro) por lo que no es el régimen más adecuado para solicitar a su empleada.


Acabo de llegar a España y tengo miedo de enfermar, ¿puedo ser atendido por un médico?

Si, si te has empadronado puedes solicitar tu tarjeta sanitaria en el centro de salud que te corresponde, y recibir asistencia sanitaria. No olvides que puedes ser atendido de urgencias en cualquier centro hospitalario sin ningún requisito previo.

He buscado una oferta de empleo para mi hermano que está en Ecuador, ¿como se debe solicitar?.

Si tu hermano está en Ecuador este trámite permite obtener un permiso de trabajo y residencia para un extranjero no comunitario.
En primer lugar tu hermano debe enviarte una fotocopia del pasaporte compulsada o un certificado de comparecencia en el Consulado de España en Ecuador.
La presentación debe hacerse en persona por el empresario empleador establecido así por las escrituras de la empresa o persona que le represente con poder de representación empresarial.

INEM
Habrá que acudir al catálogo de puestos de difícil cobertura, publicado trimestralmente en la página Web del INEM, si el puesto se encuentra en este catálogo se puede iniciar el trámite, si no es así deberá ofertarse ese puesto de trabajo en la oficina de empleo y que ésta emita un certificado que acredite que no existen demandantes de empleo para esa categoría profesional, para consultar el catálogo.

Para su presentación debe pedirse cita en el 902 11 11 44
Una vez obtenida la cita deberán aportar en el momento de la cita:

" Impreso de solicitud, MODELO EX01
" Modelo oficial de la oferta de trabajo MODELO EX06
http://extranjeros.mtas.es/
" Fotocopia compulsada de pasaporte o certificado de comparecencia en el consulado de España en el país de origen.(en caso de que sea certificado de comparecencia, añadir fotocopia simple del pasaporte)
" DNI del representante legal de la empresa
" Cif de la empresa
" Certificado de estar al corriente de pago en hacienda y Seguridad Social
" Memoria descriptiva de la actividad de la empresa y el puesto de trabajo
" Escrituras de constitución de la empresa y poder de representación de la misma, en su caso.

Delegación del Gobierno Área de Trabajo y Asuntos Sociales
Dirección: C/ Serrano 69 Metro Núñez de Balboa
TEL. cita: 902 111 144


Quiero abrir mi propio negocio, ¿que tengo que hacer para cambiar mi permiso?.

Si ya tienes el permiso de trabajo renovado puedes solicitar la modificación a permiso de trabajo por cuenta propia, para eso necesitas:

" Solicitud ex01
" Pasaporte
" Residencia
" Vida laboral
" Proyecto de actividad
" Modelo 36 de hacienda
Ten en cuenta que el trámite puede tardar varios meses por lo que puede condicionar la apertura del negocio por lo que no podrás empezar a trabajar ni recibir ayudas, subvenciones por autoempleo hasta que la Administración no te haya contestado.

Delegación del Gobierno Área de Trabajo y Asuntos Sociales
Dirección: C/ Serrano 69 Metro Núñez de Balboa
Se presenta como modificación, sin cita en registro general

Llevo tres años en España y tengo contrato, ¿puedo solicitar la residencia?

Si tienes pruebas fehacientes de estar en España hace tres años, contrato de trabajo y bien vínculos familiares con personas en situación regular (padres, cónyuge o hijos) o bien informe de inserción social de los servicios sociales municipales, puedes solicitar lo que se llama permiso de residencia temporal por arraigo social.

En cuanto a las pruebas no existe un listado de los documentos a aportar, así pues presenta toda la documentación que tengas desde que estás en España incluyendo el empadronamiento.

Los vínculos familiares los debes probar con un certificado de nacimiento o matrimonio debidamente legalizado, es decir, con Apostilla del Convenio de la Haya, sellado en el ministerio de asuntos exteriores ecuatoriano.

Para obtener el informe de inserción social, debes dirigirte a los Servicios Sociales de Zona y pedir cita con tu trabajador/a social, para saber mas debes preguntar en tu Ayuntamiento.

Es importante que no cuentes con antecedentes penales ni en tu País ni en España, los antecedentes de España no debes aportarlos, ya que la policía los consulta, sin embargo los de tu país debes solicitarlos y legalizarlos con la apostilla del Convenio de la Haya. Puedes pedir cita en el 902 11 11 44 y recuerda que los documentos que solicites se caducan a los tres meses.

He estado ingresada en el hospital por una grave enfermedad, todavía tengo que terminar el tratamiento, ¿puedo pedir una residencia?

Existe la posibilidad de solicitar una residencia por causas humanitarias (razones médicas) así que deberás justificar dicha enfermedad con informes médicos que la acrediten.
Delegación del Gobierno en Madrid
C/ García de Paredes, nº 65
Telf.: 91/272 90 44 Metro: Gregorio Marañón

Quiero traer a mis hijos a España, ¿como se solicita la reagrupación familiar?

Para poder reagrupar a tus hijos, estos tienen que ser menores de edad o estar incapacitados (esto significa que tengan una dolencia o incapacidad grave y que un juez ha declarado que no tienen capacidad de obrar).

En primer lugar hay que hacer una solicitud de residencia temporal por reagrupación familiar, para lo que debes demostrar que tienes ingresos económicos suficientes, lo que se prueba con las nóminas, declaración de la renta etc., así como una vivienda adecuada, esto se demuestra con un informe de habitabilidad de la vivienda que puede ser municipal o ante un notario justificando que has solicitado el municipal al menos hace 15 días. También te solicitarán que pruebes el parentesco con un certificado de nacimiento que debe ser legalizado con la Apostilla del Convenio de la Haya.

Si la solicitud es aprobada deberás enviarla a tu familia en Ecuador para que la presente en el Consulado de España allí solicitando un visado de residencia por reagrupación familiar.
Con este visado se entra en España y hay un plazo de un mes para solicitar la tarjeta de residencia.
Delegación del Gobierno en Madrid
Teléfono de cita previa 902 11 11 44
C/ García de Paredes, nº 65
Telf.: 91/272 90 44 Metro: Gregorio Marañón

Tengo residencia legal y quiero presentar la residencia de mi hijo de 7 años.

Para solicitar la residencia de un menor de edad, cuando el padre o la madre tienen residencia legal, el niño tiene que estar en España al menos hace dos años y es necesario que haya estado escolarizado este tiempo (si esta en edad de escolarización obligatoria) además es necesario cumplir con todos los requisitos para la reagrupación familiar, incluyendo el informe de habitabilidad de la vivienda
Delegación del Gobierno en Madrid
Teléfono de cita previa 902 11 11 44
C/ García de Paredes, nº 65
Telf.: 91/272 90 44 Metro: Gregorio Marañón

Nuestro hijo nació en España nosotros somos Ecuatorianos, ¿como puedo documentarle?.

A los hijos de padre y madre Ecuatorianos que nacen en España, normalmente se les otorga la nacionalidad Española con valor de simple presunción, para esto una vez que nazca el bebé, tienes que dirigirte al Consulado de Ecuador para que acrediten si le inscriben en el consulado y por lo tanto le otorgan la nacionalidad Ecuatoriana, o no realizan esta inscripción, con este certificado hay que solicitar la nacionalidad Española del bebé en el Registro Civil Español.
La solicitud debe realizarse en el Registro civil que corresponde al domicilio del solicitante, para consultarlo:
http://www.justicia.es/portal/public/_s.155/253

¿Que debo hacer para homologar mi titulo?.

Si estás interesado en homologar tu título deberás tener tu título expedido por las autoridades competentes en educación de Ecuador y debidamente legalizado con Apostilla de la Haya, ten en cuenta que pueden solicitar documentación complementaria en caso de que no haya una correspondencia exacta entre el plan de estudios de Ecuador y el español, además en caso de convalidación parcial puede ser necesaria la realización de pruebas complementarias.
" Subdirección General de Títulos, Convalidaciones y Homologaciones
Paseo del Prado, 28
28071-MADRID
Telf.: 91 506 56 00

" Ministerio de Educación y Ciencia: Centro de Información y Atención al Ciudadano (Sección de Información educativa):
C/ Alcalá, 36. 28071-Madrid
TEL. directos: 902 21 85 00
Fax: 91 701 86 48 y 91 701 86 00
http://wwwn.mec.es/mecd/titulos/convalidacion.html

Ayer fui despedido, ¿como puedo actuar?.

Hay 20 días hábiles para denunciar por despido improcedente debes solicitar una conciliación (es un trámite amistoso para intentar llegar a un acuerdo) ante el Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación de la Comunidad de Madrid y si no hay acuerdo denunciar ante los Juzgados de lo Social. Puedes denunciar sea cual sea tu situación administrativa, pero es importante que pidas asesoramiento especializado.
Servicio de orientación Jurídica Laboral (gratuito)
Cl. Hernani 59 (horario de 9 a 13)
Metro nuevos ministerios salida Cl. Orense
Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación SMAC
Cl. Princesa nº 5
Metro Ventura Rodríguez

Estoy enfermo y no se como comunicarlo a la empresa

En primer lugar es obligación del trabajador avisar a la empresa, por lo que deberás dirigirte a tu medico de cabecera para que te de el parte de baja médica, en el plazo de tres días lo tienes que presentar en la empresa (puede hacerlo otra persona por ti o enviarlo por correo certificado), deberás acudir al médico para solicitar los partes de confirmación si la dolencia continúa y presentarlos a la empresa, por último una vez que te den de alta tienes que presentarte en la empresa con el parte de alta como máximo en 24 horas.
Servicio de orientación Jurídica Laboral (gratuito)
Cl. Hernani 59 (horario de 9 a 13)
Metro nuevos ministerios salida Cl. Orense
Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación SMAC
Cl. Princesa nº 5
Metro Ventura Rodríguez

He encontrado un nuevo trabajo, ¿como me voy de la empresa?.

Tienes que comunicarlo a la empresa, no es necesario hacerlo por escrito aunque te lo pueden pedir así, ten en cuenta que el convenio colectivo (es una norma especial que regula las relaciones laborales en el sector o en la empresa en la que trabajas) pueden exigir que avises con anterioridad a la finalización del trabajo, (normalmente con 15 días) el hecho de no avisar puede hacer que te quiten esos días de trabajo de la liquidación. Además tienes derecho a recibir tu liquidación correspondiente al sueldo, las vacaciones y la paga extra en la proporción al tiempo trabajado. Para cualquier consulta puedes hablar con el departamento de personal o con el comité de empresa.

Servicio de orientación Jurídica Laboral (gratuito)
Cl. Hernani 59 (horario de 9 a 13)
Metro nuevos ministerios salida Cl. Orense
Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación SMAC
Cl. Princesa nº 5
Metro Ventura Rodríguez

Salario mínimo interprofesional

El salario mínimo interprofesional es la retribución mínima fijada legalmente para todos los trabajadores, se considera ilegal contratar a un trabajador a jornada completa por salario inferior al mismo, el Gobierno fija su cuantía cada año, en el 2006 es de 540,9 euros al mes.
Para mas información puedes consultar en:
http://www.mtas.es/

Contrato por escrito

Contrato de trabajo es el acuerdo de trabajador y empleador, por el que el primero desempeña voluntariamente unos servicios bajo la dirección del segundo a cambio de una retribución. La relación laboral es válida aunque el contrato no se formalice por escrito puesto que ésta comienza por el simple acuerdo de las partes, sin embargo las leyes exigen que se formalice por escrito y se presente ante las oficinas de empleo, si este trámite no se realiza se entiende que tienes un contrato indefinido. Además recuerda que tienes derecho a exigir por escrito tu copia del contrato.
Para mas información puedes consultar en:
http://www.inem.es/ciudadano/empleo/contratacion/carcon.html

Normas de Uso

La forma de acceso a este servicio es la siguiente:
La lengua utilizada será el castellano.
El usuario realiza su consulta a través de un formulario en el que detalla la cuestión sobre la que necesita asesoramiento.
Esta consulta queda pendiente de resolver hasta que los asesores la leen, tras lo cual, si procede, la contestan y publican; en otro caso, la rechazan.
El usuario recibe un aviso en su buzón de correo electrónico cuando la consulta ya ha sido atendida

Bookmark and Share

290 comentarios


Opine sobre la noticia

caracteres
Comentarios
  • Comentario por rosa 26.10.09 | 17:54

    la inspeccion de trabajo me ha pillado trabajando y les dije que hacia una pruba, pero la verdad es que ya trabajaba en la empresa por mas de 1 año, y ya llevo mas de 3 años aki empadronada. ahora arrepentida porque mi jefe no me esta ayudando en nada quiero decir la verdad y intentar retirar el procediminto d expulsion que tengo, despues de estar un noche en la carcel por no tener nigun tipo de permiso en españa. quiero saber si tengo posibilidaades de conseguir mis papeles desues de todo eso, pero ahora sí diciendo la verdad. saludos.

  • Comentario por rosa 26.10.09 | 17:48

    hola! llevo mas de 3 anos en españa, la inspeccion de trabajo estubo en i trabajo, y yo les he dicho qe estaba haciendo una prueba. ahora estoy muy arrepentida y quiero denunciar la empresa, porque ellos no estan haciendo nada para ayudarme. he trabajado para esta empresa por mas de 1 año. hay posibilidades de denunciar y intentar el tramite por arraigo laboral?

  • Comentario por MARINA MENDEZ. 22.10.09 | 21:53

    Hola..mi duda es la siguiente: hace 3 meses empece tramites de divorcio los cuales se cancelaron porque mi esposo me amenazo con quitarme a mi hijo. Yo tengo una nina de 12 y mi nino de 7, mi hija se quedo con su papa influenciado por mi hermana ya que yo me vine a vivir a los E.U por las amenazas de mi esposo y mi hermana, ahora el problema es que tengo una demanda en monterrey por parte de mi esposo queriendome quitar a mi hijo. Empezaron a citar a mis familiares por parte de el y constante mente los molesta y les dice que van a ser citados por otra cosa que al acudir ellos se dan cuenta que los enga;a. Necesito saber con quien me podria dirigir o que hacer ya que no tengo apoyo de nadie y no he podido hablar con mi hija. Quiero saber si me podria amparar de algun modo ya que el pretende poner una demanda en el consulado en monterrey. Espero pronto su respuesta..gracias.

  • Comentario por Felipe Henriques 20.10.09 | 14:17

    Hola, mi duda es:

    1 – Yo me casé con mi esposa en el consulado general de Brasil en Barcelona depues de empezar el reagrupamento de ellas. Eso puede atrapar en algo, en la hora que mi esposa vaya solicitar su nacionalidad? Casada ella perde el derecho de seguir reagrupando?
    2 - Como esposa y mi hija estan reagrupando, tengo como quedarme legal atraves de alguna de ellas ahora?
    Observación: Nuestra hija es menor, pues tiene 2 años y tres meses y estan reagrupando porque mi suegra tiene la nacionalidad. Yo estoy ilegal y vivimos todos juntos aquí en Barcelona-España actualmente.

    Desde ya, muy agradecido.

  • Comentario por gloria 22.09.09 | 16:22

    tengo nacionalidad española llevo 6 años tratando e traer ami hija, para homologar su titulo univercitario en educacion especial y me ha sido imposible, mi mayor ilucion es taerla quiero que me ayuden a seguir los pasos o la documentacon que nesecito gracias

  • Comentario por leo 21.09.09 | 21:40

    hola a todos me llamo leoncio y soy paraguayo y estoy trabajando de ilegal como pintor ace un año ,mi jefe me quiere hacer un contrato para que tenga mi permiso de trabajo , pero tengo una carta de expulcion caducada en julio y he consultado a un abogado y me dijo que ya no puedo hacer nada solo esperar el arraigo estoy en españa año y medio , tambien me dijo que si no contaba con esa carta de expulcion ya me podria hacer mi papeles regresando a mi pais y volviendo con un disado sera eso cierto??? alguien puede asesorarme mejor?? espero que puedan responderme.. muchas gracias.

  • Comentario por SOFIA 21.09.09 | 21:32

    SOMOS DOMINICANOS,Y MI PAREJA Y YO SEGUIMOS CASADOS CON PAREJAS ANTERIORES,VAMOS A TENER UN HIJO HAY ALGUN PROBLEMA PARA Q EL PADRE DEL NIÑO OSEA MI PAREJA PUEDA DARLE SU APELLIDO ,Y Q TIPO DE RESIDENCIA O DOCUMENTACION LE TOCARIA AL NIÑO Q VAMOS A TENER,RECONOCIENDO Q LOS DOS TENEMOS LA RESIDENCIA COMUNITARIA DEBIDO A NUESTROS MATRIMONIOS ANTERIORES,GRACIAS..........

  • Comentario por monika 21.09.09 | 21:22

    hola soy monika,trabajo con un señor mayor tiene 79 años,y me he quedado embarazada y tengo baja medica,y como quiera la hija me dice q tengo q ir al trabajo y yo no he faltado ni un dia...con miedo a perder el trabajo lo munico q pude lograr es cumplir mis horas pero en una sola tanda no en horario partido,pero es q yo me siento muy mal incluso la medico me dice q no puedo traabajar,quiero saber q me puede pasar si no voy al trabajo,claro cumpliendo con mi baja medica q tengo....si pierdo el trabajo o que,porq ella dice q su padre no puede pagar a otra persona.

  • Comentario por MAIRA GRIJALVA VELOZ 21.09.09 | 13:58

    HOLA SOY ECUATORIANA TENGO CASI DOS MESES DE HABER LLEGADO A ESPAÑA-BARCELONA EL EMPLEADOR QUE SOLICITO MIS SERVICIOS AL LLEGAR AQUI ME HE ENCONTRADO CON QUE QUERIA QUE CONVIVIERA CON EL PERO YO ME NEGUE PORQUE ESE NO FUE POR LO QUE YO HABIA VENIDO SINO A TRABAJAR EN EL PUESTO QUE ME OFRECIO COMO DEPENDIENTE DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS Y BEBIDAS QUISIERA SABER QUE POSIBILIDADES TENGO DE OBTENER MIS PAPELES O LLEGAR A UNA SOLUCION DEBIDO A QUE NO TENGO FAMILIA,CASA NI EMPLEO QUE PUEDO HACER POR FAVOR AYUDEME GRACIAS.

  • Comentario por mayan 03.09.09 | 15:34

    hola,soy de Paraguay y tengo papeles, pero mi hijo y su mujer no, y tienen una hija en Paraguay. Queremos traerla a España, pero no sabemos si nos lo van a permitir porque sus padres no tienen papeles (aunque están en trámite). He oído que una azafata acompañaría a mi nieta en el viaje.
    por favor, toda información nos es muy útil. muchas gracias por ayudarnos.

  • Comentario por ruth 24.08.09 | 16:22

    mira yo pedi cita por correo electronico para tramitar la residencia de un menor nacido en españa soy ecuatoriana y nose cuanto tardan en responderme y kisiera seber si me lo dan o no resivieron el mensaje grasias

  • Comentario por lauri 11.08.09 | 11:13

    he intentado arreglar los papeles a una inmigrante ucraniana, parael servicio deméstico.
    Me lo han denegado porque estaba en España de forma ilegal. De haberlo sabido no lo hubiesen admitido a trámite.
    ¿Qué puedo hacer?
    Quiero que trqbzje en mi casa con seguridad social cmo cualquier trabajador.
    Muy agradecida

  • Comentario por SUSY 10.08.09 | 02:03

    MI PREGUNTA ES TENGO 3 AÑOS DE VIVIR EN ESPAÑA NO TENGO DOCUMENTOS YTRABAJO CON UNA YAYA HACE 2 AÑOS Y PEDI PERMISO PARA OPERARME 15 DIAS Y CUANDO LE LLAMO PARA VOLVER ATRABJAR ME DESPIDE Y ME A DEJADO EN LA CALLE Q DEVO HACER

  • Comentario por MARISA 07.08.09 | 04:46

    Hola, mi problema es que he subarrendado una habitacion a un amigo por dos meses, como no quiere pagar le he pedido que se retire, mi hermano sin mi consentimiento le dió un papel firmado donde dice le alquilaba la habitacion pero yo soy la titular del contrato. Es una persona conflictiva, y dice que no quiere irse. Como le dimos la llave del piso puedo como inquilina cambiar la cerradura del la puerta sin autorizacion de la dueña? Soy peruana y tengo la nacionalidad española y èl es español. puedo retirar sus cosas de la habitacion?. que pasa si quiere agredirme o me agrede?. legalmente como inquilina estoy en el derecho de hacerlo? que puedo hacer?, o debo denunciar previamente todo esto en la Comisaria, es decir que no quiere irse? Él puede denunciarme por retirar sus cosas del piso? No hay ningún tipo de relación personal excepto la de inquilino. Es una persona complicada nada seria. Lamentablemente al comenienzo le creiamos, pero nos hemos dado cuenta que miente.---

  • Comentario por MARISA 07.08.09 | 04:16

    Hola, mi problema es que he subarrendado una habitacion a un amigo por dos meses, como no quiere pagar le he pedido que se retire, dice que no quiere irse. Tengo la nacionalidad española y el es español. puedo retirar sus cosas del piso?.

  • Comentario por evelin 04.08.09 | 18:32

    hola soy de bolivia, y actualmente vivo en londres ya mas de cuatro anos con mi esposo y mis dos hijos nacidos en londres, mi situacion es ilegal aqui no se si ubice alguna manera de poder tener algun permiso pra residir aqui.

  • Comentario por vasile 26.07.09 | 16:13

    hola. tengo una empresa en rumania y quisiera trabajar en españa con la misma actividad laboral. ¿que tengo que hacer, que documentos necesito?.etc.
    gracias

  • Comentario por alexandra espinal 09.07.09 | 17:47

    mi esposo lleva en españa 5 años y nos dicen que por estar casados y yo tener la 2º tarjeta podria obtener la residencia por arraigo

  • Comentario por natalia romero 08.07.09 | 15:28

    hola entre en españa en abril del 2008 con visa y residencia, tramitada desde la ciudad de barcelona pero llegue en madrid llegue de 7 meses de embarazo y cuando llame a la persona que me contrato me entere que fallecio y no pude arreglar mis papeles. el niño nacio y tampoco tengo sus papeles estoy trabajando sin documentacion y quisiera legalizarme. que posibilidades tengo?
    se de la regularizacion de imigrantes ilegales pero no se que puedo hacer soy de origen ecuatoriana.

  • Comentario por natalia romero 08.07.09 | 15:28

    hola entre en españa en abril del 2008 con visa y residencia, tramitada desde la ciudad de barcelona pero llegue en madrid llegue de 7 meses de embarazo y cuando llame a la persona que me contrato me entere que fallecio y no pude arreglar mis papeles. el niño nacio y tampoco tengo sus papeles estoy trabajando sin documentacion y quisiera legalizarme. que posibilidades tengo?
    se de la regularizacion de imigrantes ilegales pero no se que puedo hacer soy de origen ecuatoriana.

  • Comentario por natalia romero 08.07.09 | 15:22

    hola entre en españa en abril del 2008 con visa y residencia, tramitada desde la ciudad de barcelona pero llegue en madrid llegue de 7 meses de embarazo y cuando llame a la persona que me contrato me entere que fallecio y no pude arreglar mis papeles. el niño nacio y tampoco tengo sus papeles estoy trabajando sin documentacion y quisiera legalizarme. que posibilidades tengo?

  • Comentario por Bruna 08.07.09 | 00:49

    Llevo dos años en España e a hora tengo una hija que nació aquí el padre es español, que puedo hacer para obtener el permiso.


    Gracias.

  • Comentario por Bruna 08.07.09 | 00:42

    Llevo dos años en España e a hora tengo una hija que nació aquí el padre es español, que puedo hacer para obtener el permiso.


    Gracias.

  • Comentario por ELIZABETH 02.07.09 | 22:24

    HOLA, SOY DE MEXICO, LLEVO UN AÑO EN ESPAÑA EN SITUACION IRREGULAR, Y TENGO UNA OFERTA DE TRABAJO, QUE PUEDO HACER, YA QUE ME HAN DICHO QUE ME TENGO QUE ESPERAR A CUMPLIR LOS TRES AÑOS, LO CUAL CREO QUE DEBE HABER OTRA SOLUCION,

    GRACIAS

  • Comentario por sindi 27.06.09 | 12:42

    soy extranjero maroqui y casado con española tengo tres hijos ESPAÑOLES y me toca renovar mi tarjeta de residencia enregimen comunitario
    pero en el transcurso de estos anos he tenido una pelea con un compañero de trabajo en el ultimo año tengo antecedentes penales por delito de lesiones .
    SERA ESTO UN IMPEDIMIENTO PARA RENOVAR MI TARJETA Y EN EL CASO QUE ES ASI QUE SERA DE MI SITUACION
    GRACIAS

  • Comentario por VANESSA SANCHEZ 18.06.09 | 15:05

    SOY UNA COLOMBIANA Y TENGO RESIDENCIA POR REAGRUPACIÓN FAMILIAR, PERO COMO LLEGUÉ EN EL 2006, NO TENGO PERMISO DE TRABAJO. QUISIERA SABER SI CON LA ENTRADA EN VIGOR DE LA NUEVA LEY 8/2000, PUEDO OBTENER UN PERMISO DE TRABAJO, YA QUE TENGO 19 Y ME GUSTARIA EMPEZAR A TRABAJAR. LA COSA ES QUE MI RESIDENCIA DEBE SER RENOVADA EN OCTUBRE. ¿TENGO QUE ESPERAR HASTA OCTUBRE PARA SOLICITAR EL PERMISO DE TRABAJO O PUEDO HACERLO AHORA?

  • Comentario por carlos 15.06.09 | 20:15

    Hola llegue ha españa hace un mes con un contrato de trabajo por cuenta ajena y en el trbajo me dijeron
    que solo trabajaria hasta el mes de julio, no se que hacer cuando pierdo el trabajo si pasaria a ser ilegal o
    o si puedo buscar otro trfabajo que debo hacer gracias por au respuesta

  • Comentario por carolina 14.06.09 | 17:15

    hola muy buenas tardes simplemente queria q m informaran de algo mi tarjeta caducara el proximo mes tengo q renovara para la tarjeta de residencia permanente al telefono q llamo para solicitar la cita nadie contesta, q puedo hacer, ya q me encuentro desesperada porq en el nuevo trabajo q quizas valla a entrar me exijin la carta de q ya he entregado la renovacion. gracias por su respuesta

  • Comentario por Alejandra 12.06.09 | 16:23

    Hola estuve trabajando casi 2 años en la misma empresa, ahora me han echado y no quieren pagarme el finiquito que me corresponde de 45 dias por año, he presentado en el colegio de abogados una reclamación por cantidad, no tengo los papeles aun, ustedes creen que tengo posibilidades de recibir dicho dinero y de que yo no tenga ningun tipo de problemas por estar ilegal en España?
    Espero pronta respuesta, desde ya muchas gracias.

  • Comentario por ADRIANA SOLEDAD SANCHEZ BELTRAN 08.06.09 | 00:24

    hola mi nombre es adriana, llevo tres años en españa con tarjeta temporal de trabajo, me la han denegado ya que me exigian un contrato de trabajo y no lo tenia. No se que hacer, estoy estudiando en una Universidad Publica y mis padres tienen nacionalidad española y mi hermana tambien. Pero no me dan la tarjeta comunitaria ya q tengo 23 años, y es para menor de 21 años. Mis padres tienen para mantenerme, pero no se q papeles tengo q acreditar.
    muchas gracias de antemano
    un saludo

  • Comentario por Julio Viñales 04.06.09 | 00:32

    soy medico argentino e inicio un curso de preparacion para el mir el dia 22 de junio hasta enero, pero llevo dos meses de turista y el permiso se vence en un mes, que podria hacer para garantizar mi permanencia en españa para cumplir el curso que ya he pagado y pronto iniciare.
    Gracias

  • Comentario por maRIELA 03.06.09 | 15:17

    he trabajado durante 7 meses sin papeles y no me han pagado un dinero que me adeudan, mi pregunta es si puedo hacer un juicio a la persona que me debe y si me perjudica en un futuro para obtener mi residencia legal?

  • Comentario por Delfin Mehenga Massoko 03.06.09 | 12:00

    Me llamo Delfin Mehenga Massoko, natural de Guinea Ecuatorial y residente en Valencia de 02/07/2004, de forma ilegal, es decir, sin permiso de residencia hasta el 26/05/2006 regrese a Guinea Ecuatorial buscar el Permiso de Residencia de Estudiante y regrese a España con el Visado de estudios y me fue otorgada la Tarjeta de Estudiante en la Delegacion del Gobierno de la Comunidad Valenciana el dia 14/08/2006 hasta 14/08/2007 fecha de caducidad. Hasta el momento todo bien y la pude renovar el 14/08/2007 fecha de caducidad 14/08/2008.

    Me pongo en contacto con ustedes porque necesito asesoramiento para la obtencion del Permiso de Residencia y Trabajo y explicarles una serie de cosas.

    Llevo desde Agosto del 2006, resido en la Comunidad Valencia con la tarjeta de estudiante. Y renovando hasta Agosto del 2008 que fue cuando me la DENEGARON, porque lo presente tarde (1 mes mas tarde) y asi lo reflejan en la Resolución final. Y presente el recurso redactado por mi mi...

  • Comentario por yahi 29.05.09 | 00:20

    he hecho un recurso de alzada sobre un resuelto no favorable de mi tarjeta de residancia y trabajo 2 renovacion, porqué no acredite actividad laboral sufisiente (tenia un total de 140 dias/2 anos);mi pregunta es: si me denegan el recurso como hago

  • Comentario por josenmi collins 26.05.09 | 20:35

    hola quiero saber k hacer en este caso tengo en españa 7 meses legalmente y trabaje en la empresa k me trajo 3 meses cotizados y ya estoy de baja ahora me ofertan un contrato en una casa familiar k tengo k hacer para cambiar mi tarjeta y mi domicilio, y k riesgo hay de k no me lo consedan,

    si pueden enviarme a mi correo la respuesta gracias

  • Comentario por maya 26.05.09 | 15:45

    hola mi marido y yo somos brasileños y tenemos una duda a nuestro hijo salio la nacionalidad española por simple presunción y tenemos que ir a jefatura de la policia para hacer el dni de mi hijo solo que tenemos miedo por esta ilegal.. tene algum peligro..

  • Comentario por Arturo Rodriguez Maldonado 26.05.09 | 00:07

    Hola, soy de méxico, en dos años se vencerá mi visa laser, ( cruse fronteriso) pero mi acta de nacimiento presentó un problema con mi nombre, tengo la decision del jues donde fue corregida a mi nonbre actual, diferente al de mi visa, tendré problemas al renovar mi visa. ¿que hago?

  • Comentario por Luis Roberto Sánchez Parada 25.05.09 | 13:28

    Hola! muchas gracias de antemano, soy Colombiano discapacitado con el certificado 79%, tengo permiso de residencia y trabajo que ya va por la segunda renovación, hace un año, por desempleo pedí ayuda a un compatriota, para poder emprender un negocio, para el cual hicimos una SCP, visto que el contaba con nacionalidad, ahora el se ha quedado en el paro y ha tenido que renunciar a la sociedad, por la cual me encuentro en caos sin saber que hacer. ¿como hago para poder continuar con el negocio? ¿puedo por mi discapacidad tener alguna prioridad para cambiar el estado de la tarjeta?¿ estoy debido a mi discapacidad exento de contar con alguna rebaja en los impuestos? Me despido de ustedes agradeciéndoles de nuevo la atención prestada, Roberto Sánchez

  • Comentario por olgita 21.05.09 | 03:13

    TENGO UNA AMIGA QE HACE 4AÑOS QE ESTA SIN PAPELES AL POCO DE LLEGAR LA COJIERON Y COMO MEDIDA CAUTELAR LE RETUBIERON EL PASAPORTE Y PRETENDIAN DEPORTARL ,HACE 2 AÑOS TUBO UN BEBE DE PEDRE ESPAÑOL,TIENE PARTIDA DE NACIMIENTO ESPAÑOLA ,ES POSIBLE QE LA QE LA DEPORTEN?.PODRIA ARREGLAR SU SITUACION POR ARRAGO?A DONDE TENDRIA QE DIRIGIRSE?.UN SALUDO ,SES GRATIFICANTE SABER QE HAI PERSONAS QE ESTAN DISPUESTAS A AYUDAR A LOS INMIGANTES ESPERO NOTICIAS

  • Comentario por tania lomeli 20.05.09 | 22:32

    Soy de mexico y tengo el permiso de residencia de trabajo por cuanta ajena desde hace mas de 2 años si pierdo mi puesto de trabajo, ¿tendré derecho a la prestación de desempleo ?

Solo se muestran los últimos 40 comentarios

Martes, 10 de noviembre

BUSCAR

Hemeroteca

Septiembre 2009
LMXJVSD
<<  <   >  >>
 123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930    

Sindicación