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Desigualdad a pie de clase

Permalink 11.05.08 @ 09:22:26. Archivado en Educación, Religión

Que la igualdad es en España una mónada fuera del alcance de los ciudadanos corrientes, es una verdad tan infalsable como que las mujeres son mujeres y los hombres, hombres, por mucho que se pretenda lo contrario desde esas mismas instancias de la igualdad impuestamente correcta.

En España no existe la igualdad, al menos, como los ciudadanos la entienden. Un ejemplo claro, y a colación con la reforma de la ley de libertad religiosa en España, supone el agravio constante contra los profesores de religión que pretenden, dada las expectativas de futuro, concursar a la función pública docente para profesores de secundaria. La diferencia entre las comunidades gobernadas por el Partido Popular y las gobernadas por los socialistas o los separatistas es el vivo ejemplo de la cabalgante desigualdad que sufrimos los ciudadanos españoles.

Los profesores de religión pueden concursar a esta función pública, eso está bien claro, pero lo hacen partiendo en desventaja con los demás concursantes, una desventaja que se antoja rotundamente determinante a la hora de lograr una plaza. Al docente de religión, en las comunidades gobernadas por los socialistas y separatistas, no se le reconoce el tiempo de servicio, haya trabajado un año, dos o veinte. De todos es bien sabido que, a la hora de baremar los candidatos más idóneos para las plazas ofertadas, la antigüedad docente es sinónimo de experiencia y de buen hacer, de ahí que a más tiempo de servicio correspondan más puntos, a los que se suman los obtenidos en la prueba teórica.
El profesor de religión ha de afrontar el examen de oposición como si no hubiese tenido contacto nunca con la docencia, realizar el CAP y realizar la defensa de las unidades didácticas que corresponden a los que no poseen experiencia docente. En definitva, más examen, más división de nota final y más dificultad para, siquiera, superar el global del examen de competencia docente ante el tribunal.

En el caso que nos ocupa, la Junta de Andalucía, no acepta las alegaciones de los profesores, no acepta las recomendaciones de los sindicatos y no acepta las sentencias de los distintos tribunales a este respecto y que siempre son favorables a los derechos de los profesores de religión. El motivo que la Junta y la Consejería alegan, consiste en otorgar la pertenencia laboral de los profesores a los obispados de cada diócesis, cuando eso es absolutamente falso. La administración pública contrata al profesor, paga al profesor, exige al profesor lo mismo que a los demás profesores bajo pena de apertura de expediente y barema al profesor de religión a la hora su otorgarle destino laboral. El Ordinario de la diócesis sólo propone una serie de candidatos que la Consejería de Educación puede aceptar o rechazar, también posee esa potestad. ¿Qué significa entonces que los profesores de religión no son trabajadores de la Junta de Andalucía?

Desigualdad en estado puro. Y toda ella a pie de clase, donde la igualdad se presupone de facto, aunque, en la mayor parte de la ocasiones sólo sea una mentira más.


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