El derecho a no medicarse
01.10.08 @ 16:09:09. Archivado en Violencia, Psicología, Salud Mental, Prensa
Paula Maciel de los grupoe yahoo me envía la siguiente noticia, que con ser polémica , nos lleva a un interesante debate.
--- El dom, 25/5/08, Vicente Valero escribió en vidaindependiente LEVANTE
El juzgado dicta decenas de órdenes para obligar a los enfermos mentales a tomar la medicación
El juzgado de primera instancia número 13 de Valencia que lleva las competencias de incapacidad ha dictado desde 2003 hasta ahora un total de 111 resoluciones de tratamiento ambulatorio forzoso para obligar a determinado tipo de enfermos mentales -fundamentalmente esquizofrénicos y los que tienen comportamientos psicóticos- a que acudan al centro de salud mental para que se les inyecte la medicación prescrita por el psiquiatra, según informó a Levante-EMV el magistrado.
Pilar G. del Burgo, Valencia
El juzgado de primera instancia número13 de Valencia que lleva las competencias de incapacidad ha dictado desde 2003 hasta la actualidad un total de 111 resoluciones de tratamiento ambulatorio forzoso para obligar a determinado tipo de enfermos mentales -fundamentalmente esquizofrénicos y los que tienen comportamientos psicóticos-a que acudan al centro de salud mental para que se les inyecte la medicación prescrita por el psiquiatra, según informó a Levante-EMV el magistrado.
El objetivo de esta medida es evitar las consecuencias que para los enfermos y sus familias tiene el abandono de la medicación que en muchas ocasiones provoca episodios de agresividad y lesiones a los familiares. Los juzgados pioneros en dictar este tipo de autos fueron los de San Sebastián y Madrid y luego se incorporó Valencia. El juez indicó que, esporádicamente, algún que otro órgano judicial de la provincia también emite este tipo de resoluciones a instancia de la Fiscalía. Aunque no existe una regulación expresa en la ley que recoja que se puede obligar a un enfermo mental a tomar la medicación, la posibilidad subyace en la filosofía del art. 763 de la Ley de Enjuicimiento Criminal que es la que autoriza el internamiento judicial de un enfermo.
Ahora bien al no estar expresamente regulada la medida, existe cierta reticencia a dictar este tipo de autos, expresó el magistrado, quien explicó que, no obstante, al estudiar la filosofía de la ley se observa que, "si a un enfermo se le puede privar de libertad para internarle en una sala de psiquiatría o en una residencia, con mayor razón y para evitar que esa privación de libertad se prolongue se le obliga que acuda a inyectarse el tratamiento a un centro de salud". "Por eso, -agrega el juez-la misma facultad legal que permite el internamiento da cobertura legal a esta medida".
El primer caso se planteó a finales de 2003 y fue un psiquiatra quien sugirió el caso en los tribunales para evitar que un paciente tuviera nuevos reingresos pero se pudiera asegurar que tomaba la medicación, lo cual le facilitaba llevar una vida lo normal posible. El magistrado informó que las propuestas llegan al juzgado de la mano de los psiquiatras, tras estudiar la historia personal del paciente. Ellos, al no tener conciencia de que están enfermos, muchas veces se oponen a tomar la medicación porque ocasiona muchos efectos secundarios y, sobre todo, porque piensan que al no estar enfermos no lo necesitan.
Cuando un enfermo rompe la pauta del tratamiento sufre una importante descompensació n y puede tener comportamientos violentos, como ha quedado reiteradamente demostrado. "Cuanto más se puedan evitar esas crisis, más se asegura que el estado de salud del enfermo es el adecuado y éso se consigue si se le administra la medicación correctamente" , declaró el juez.
Aunque el magistrado no es partidario de adoptar medidas coercitivas, en algunas ocasiones se ha ordenado que la policía que acompañe a algún paciente hasta el centro de salud mental para que se les inyectara el tratamiento. El magistrado destacó que la condición sine qua non para dictar un auto de tratamiento ambulatorio forzoso es que el psiquiatra esté conforme con la medida y que sea factible.
Los pasos que se siguen antes de dictar la resolución pasan por reconocer al enfermo, hablar con él estudiar su historia clínica y si se decide que sí, la decisión se notifica al centro de salud mental y al psiquiatra que le lleva para que sepan que el día que el enfermo no acuda a pincharse la medicación deben informar al juzgado.
Los pacientes entienden la medida "a medias porque no son conscientes de que están enfermos: otros son completamente reacios y anuncian que no irán. Su decisión no trasciende porque cuando faltan se oficia a la policía para que los trasladen hasta el centro de salud y allí ya les inyecten el tratamiento" .
El magistrado añadió que al no estar regulada la medida,la coordinación entre las instituciones no siempre es fácil y la aplicación de la resolución judicial depende de la diligencia del psiquiatra o del centro de salud. En este sentido el titular del juzgado de incapacidades sostiene que el propio centro de salud tiene que tener la previsión de control del enfermo. Durante este año se han dictado 13 órdenes tratamiento ambulatorio forzoso; en los años 2006 y 2007 se emitieron 32 en cada ejercicio, respectivamente, y en 2004 y 2005 hubo 17 pronunciamientos anuales.
Internamientos e incapacidades
Por otra parte, el juez informó que cada año se reciben unas 1.800 solicitudes de internamiento de pacientes mentales en residencias. La mayor parte de las veces lo solicita la familia. En cuanto a las incapacidades, el titular del juzgado informó que en 2007 se registraron algo más de 500 demandas de incapacidad total que se declaran en el 90% de los casos. De éstas prácticamente la mayoría, el 80%, es una incapacidad total y en el 10% restante es de incapacidad parcial. Las peticiones las realiza la familia. Mientras que el internamiento es un procedimiento judicial muy sencillo, para declarar una incapacidad la ley exige que se haga con abogado y procurador. Las demandas las presenta el ministerio fiscal a instancias de los familiares, aunque también llegan de servicios sociales y de centros de salud.
Comentarios:
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http://www.jornada.unam.mx/2008/02/28/index.php?section=ciencias&article=a44n1cie
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Jorge Gómez Alcalá
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