El Tocadiscos de Biegler

Pablo G. Vázquez

Deposiciones impositivas

En la guardería de mi hijo se utiliza la agenda electrónica. Efectivamente, los papás tenemos acceso a una app en la que se va colgando todo tipo de información relacionada con el día a día de nuestros respectivos peques. Que si ha estado contento, que si ha comido todo el menú, que si ha trabajado con tal o con cual, hasta informan de si ha hecho alguna «deposición».

El término citado, que tan entrañable me resulta para con mi nene, desprende cierto hedor cuando uno lee determinadas ocurrencias de nuestros queridos políticos en materia fiscal, puesto que uno alcanza la percepción de estar ante una incesante evacuación maloliente de deposiciones tributarias digna de toda una diarrea fiscal.

Efectivamente, el Estado le ha preguntado a una comisión de expertos creada ad hoc la fórmula para acrecentar las menguadas cajas de los municipios, y, claro, esta comisión ha cagado de todo. Entre otros truños: el Impuesto sobre Estancias turísticas.

El argumento técnico esgrimido para su justificación con calzador es el siguiente: los turistas que realizan estancias demuestran una evidente capacidad económica para ello, por lo que dicha fuente manifiesta de riqueza puede ser claramente objeto de gravamen.

La comisión propone «asegurarse» el cobro del impuesto asesorando la creación de la figura del «sustituto del contribuyente» (art. 35.2.b LGT habilitado) que, lógicamente, recaerá en el establecimiento turístico.

Y para que el tema huela lo justito, propone que se aun impuesto «potestativo», no directamente obligatorio (Ley de Haciendas Locales), para pasar la «pelota» a las correspondientes entidades municipales.

Proponen una tarifa diversa sobre la duración de la estancia (una escala de gravamen progresiva).

De acuerdo, a mí ésto me sugiere lo siguiente:

1º) QUÉ MANERA TAN BONITA DE AGRANDAR EL COSTE DE UN TURISTA QUE SE IBA A GASTAR DINERO EN UNA ESTANCIA EN OTRA CIUDAD.

2º) EL HECHO DE RESPIRAR, EN CIERTO MODO, TAMBIÉN PODRÍA SER SIGNO DE CAPACIDAD ECONÓMICA, PORQUE SI RESPIRAMOS ES PORQUE PODEMOS COSTEARNOS LOS MEDIOS PARA SEGUIR VIVOS, Y, SI HAY CAPACIDAD ECONÓMICA, PQ NO GRAVAR FISCALMENTE EL HECHO DE RESPIRAR? (desde una óptica fiscal no hay objeción alguna a ello).

Y la pregunta del millón: ¿PQ SI LA CAPACIDAD ECONÓMICA ES UNA Y ÚNICA SOBRE ELLA PIVOTAN CIENTOS DE TRIBUTOS Y OTROS PRECIOS PÚBLICOS?

En fin, más peligro que una Disposición Adicional la tiene un político con imaginación fiscal.

A cuidarse, meus. (A todos, me lean, o no me lean).

P.

 

 

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Pablo G. Vázquez

Analista Investigador Derecho / Sociedad / Política / Economía

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