La Justicia avala la enseñanza de Ciudadanía diseñada por Esperanza Aguirre

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rechazado el recurso interpuesto por el Ministerio de Educación contra el currículo de Educación Secundaria (ESO) de la comunidad, avalando de este modo las asignaturas impartidas y los contenidos de estas, incluidos los de Educación para la Ciudadanía.

El fallo del TSJM, fechado el 21 de julio, considera que las enseñanzas de Secundaria que se imparten en la Comunidad de Madrid se ajustan a la LOE, «no vulneran la autonomía de los centros y garantizan la igualdad entre sexos».

Asimismo, establece que los contenidos de las asignaturas impugnadas, entre ellos los de Educación para la Ciudadanía, «recogen plenamente» lo que establece la legislación estatal y que las enseñanzas mínimas que exige el Real Decreto 1631/2006 en las distintas asignaturas y para los distintos cursos, «han sido totalmente respetadas por el currículo regulado por la Comunidad de Madrid».

Establece también que «el respeto al contenido básico del currículo no puede significar la transposición literal del Real Decreto, sino la articulación de sus enseñanzas mínimas obligatorias dentro del currículo que cada Comunidad autónoma, en el uso de la competencia específica y legalmente atribuida, establezca».

No a la repetición «machacona y pormenorizada»

El TSJM rechaza así las pretensiones del Ministerio de Educación, que había solicitado la nulidad del currículo aprobado por la Comunidad en 2007, alegando, entre otras cuestiones, que no respetaba la normativa básica, vulneraba la autonomía organizativa de los centros y que los contenidos de casi todas las asignaturas, entre ellos los de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos, omitían aspectos básicos que debían completarse.

En lo que se refiere a esta materia, el recurso del Ministerio rechazado por el TSJM señalaba que el currículo madrileño omitía aspectos básicos relacionados con el desarrollo de la autonomía personal, el reconocimiento de las diferencias entre sexos, la valoración del diálogo para solucionar conflictos y el respeto a la diversidad social, cultural y religiosa.

Asimismo, el Ministerio aducía que los contenidos fijados por la Comunidad infringían las leyes estatales en cuanto a sus mandatos para la erradicación de la violencia de género o que trataba de forma insuficiente aspectos dirigidos a inculcar el respeto a la dignidad de las personas, la igualdad de sexos, el favorecimiento de la convivencia en todos los ámbitos y la resolución pacífica de conflictos.

Sobre esta cuestión, el TSJM afirma que el respeto a estos principios y valores esenciales no depende de la repetición «machacona y pormenorizada» en un texto, sino que «basta con que se recoja como uno de los principales inspiradores del currículo».

La sentencia destaca también que el Gobierno regional cuenta con una Ley Integral contra la Violencia de Género, que establece entre sus mandatos «integrar en los currículos de los distintos niveles educativos los contenidos necesarios para que se eduque a los escolares en el respeto a la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres».

Por su parte, el Ejecutivo regional recuerda que en octubre del año pasado el TSJM avaló el currículo de Primaria de la Comunidad de Madrid, rechazando de este modo otro recurso del Ministerio de Educación que también pedía la nulidad basándose en argumentos similares a los desestimados en esta sentencia.

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