Principio de lealtad institucional (27-06-2007)
01.07.07 @ 11:40:04. Archivado en Junio 2007
Curiosamente, y enlazando el más reciente pasado de Marbella con el presente, en la última charla que mantuvimos en estos micrófonos con el presidente de la Comisión Gestora llegamos a mencionar algo que la nueva alcaldesa de la ciudad ha afirmado en su primeras comparecencias, sentada ya tanto en el sillón del Salón de Plenos como en su propio despacho de la Plaza de los Naranjos: el principio de lealtad institucional. La Ley 30/92, que establece el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, en su artículo 3, cuando habla de los principios generales, destaca que “las Administraciones públicas, en sus relaciones, se rigen por el principio de cooperación y colaboración, y en su actuación por los criterios de eficiencia y servicio a los ciudadanos”. Ese es el tan mencionado principio de lealtad institucional. Con él, nos debe bastar para pedirle, solicitarle, y exigirle - que no rogarle - a la Junta de Andalucía y al Gobierno central, que le den a Marbella lo que le corresponde.
Juan Luis Gámez Ortúzar
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