De noche todos los gatos son pardos (4-1-2006)
31.12.06 @ 11:10:46. Archivado en Enero 2006
Decía ese personaje que habita entre nosotros, el tal Dinio, que la noche la confundía... pero la nocturnidad lo que produce son graves incumplimientos de la legalidad.
Acabamos de empezar el año, y con ella entra en vigor la tan deseada como denostada Ley Antitabaco, que regula el consumo de nicotina en lugares públicos, centros de trabajos, etc, pero que al menos intenta que los no fumadores no nos veamos obligados a tragar el humo de los que quieren matarse a base de cigarrillos.
Ya se ve a los empleados de oficinas, bancos y tiendas en la calle consumiendo los pitillos como desesperados; ya no se ve en los centros comerciales esa humareda constante por los pasillos... pero cuando llega la noche, parece que la ley sólo tiene efectos mientras existe la luz solar. En los bares de copas... ni existe voluntad de los empresarios dueños de los locales por proteger la salud de los clientes (en la primera noche del año, la nochevieja, en todos los bares colgaba ya el cartel de bar fumador...); ni existe solidaridad de los fumadores con los que no quieren oler a tabaco cuando lleguen a casa, ni quieren llenar sus pulmones con la perjudicial sustancia con las que impregnan también el ambiente.
De noche, todo vale... ¡qué mas da si al de al lado le molesta! ¿por qué van a dejar un vicio que mata a millones de personas al año? ¿No tienen la sensación de que existe más miedo a perder los clientes fumadores que a perder a los no fumadores? ¿No será porque los no fumadores somos más tolerantes que los consumidores de tabaco? Total, llevamos tanto tiempo tragándonos la porquería que meten en los cigarros que no tenemos por qué quejarnos..
Ahora bien ¿soluciones prácticas? Pocas, por no decir ninguna. ¿O es que van a existir miles de inspectores por todos los rincones vigilando el estricto cumplimiento de la ley? Lo dudo... y de noche menos... ¿O es que no se incumple reiterada y nocturnamente el Reglamento General de Admisión de Personas en los Establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas? Esta normativa andaluza, en su art. 13, prevé que los servicios de vigilancia deben ser prestados por vigilantes de seguridad integrados en empresas debidamente autorizadas e inscritas en el Registro General de Empresas de Seguridad del Ministerio del Interior... y no se puede recurrir a levanta-pesas de los gimnasios locales, casi siempre para incordiar a los clientes del establecimiento...
De noche... también hay que cumplir la ley.
Juan Luis Gámez Ortúzar
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