Desde el Atlántico

Carlos Ruiz

Siria, Obama o la guerra perpetua

En 1795 el filósofo alemán Immanuel Kant publicó una importante obra, «La paz perpetua«. En esa obra reflexionaba sobre las condiciones para poder llegar a vivir en un mundo de paz. Las ideas de Kant al respecto laten en la Carta de las Naciones Unidas firmada, también por los Estados Unidos de América, en 1945. La agresión que los Estados Unidos quieren perpetrar contra Siria, si el Congreso norteamericano no lo remedia, supone a mi juicio el más duro golpe al sistema de Naciones Unidas desde su creación. Y si se consuma, producirá un cambio histórico en el ordenamiento internacional: supondrá, nada más y nada menos, que el fin del ordenamiento nacido en 1945..

I. LA «LÍNEA ROJA» DE OBAMA EN LA GUERRA DE SIRIA
El presidente norteamericano, Barack Huseín Obama, advirtió en 2012 que el uso de armas químicas era una «linea roja» cuya transgresión justificaría su intervención, ya fuera cometida por «el régimen de Assad» o «por otros actores sobre el terreno», es decir, los rebeldes:

“We have been very clear to the Assad regime, but also to other players on the ground, that a red line for us is we start seeing a whole bunch of chemical weapons moving around or being utilized. That would change my calculus,”

II. ESTADOS UNIDOS MIRA A OTRO LADO ANTE EL ATAQUE QUÍMICO VERIFICADO DE JAN EL ASSAL DE 19 DE MARZO DE 2013
Ya he dicho aquí que esta doctrina ha tenido ocasión de aplicarse después de que, el 19 de marzo de 2013, se utilizaran armas químicas en un ataque contra posiciones gubernamentales en Jan El Assal, cerca de Alepo. Como ya he dicho aquí, una responsable del equipo de investigación de Naciones Unidas, la jurista suiza, Carla del Ponte apuntó claramente a los rebeldes islamistas como responsables de este ataque químico.

Ninguno de los que ahora piden el «castigo» para Assad pidió entonces el «castigo» para los rebeldes islamistas. Antes bien, la Unión Europea DESPUÉS DE ESE ATAQUE QUÍMICO levantó el embargo de armas a los rebeldes.

III. EL SUPUESTO ATAQUE QUÍMICO DE 21 DE AGOSTO DE 2013
Recordemos una vez más que esta crisis se ha desencadenado porque el día 21 de agosto se produjo un supuesto ataque químico del que hace responsable al gobierno de Bashar Al Assad.
Ante todo, cabe avanzar algunas cuestiones.
La misión de Naciones Unidas enviada sobre el terreno, está encargada de dictaminar si efectivamente ha habido ataque químico, NO de determinar quien es el responsable de ese ataque químico, si es que lo ha habido.
Conviene, por otro lado, recordar las «Diez preguntas sobre Siria para que no nos tomen por tontos» que inteligentemente plantea Raúl Heras en El Confidencial. Todas las preguntas son pertinentes, pero hay una especialmente:

2.- ¿Por qué si se ‘bombardearon’ con las armas químicas los barrios de Damasco controlados por los rebeldes no se han presentado las carcasas o los restos de los proyectiles como una de las mejores pruebas posibles?

Lo único que se puede decir, a día de hoy, es que:
1) el ataque químico que está acreditado se produjo el 19 de marzo de 2013 en Jan El Assal, cerca de Alepo.
2) la responsabilidad del ataque de Jan El Assal recae sobre los rebeldes según las pruebas obrantes en este momento
3) no está verificado que haya habido un ataque químico el 21 de agosto de 2013
4) por consiguiente, si ni siquiera está probado, a día de hoy, que haya habido un ataque químico el 21 de agosto de 2013, no puede hablarse de responsables del mismo.

IV. LA «GUERRA PUNITIVA» CONTRA ASSAD DESTRUYE LOS FUNDAMENTOS DEL ORDEN INTERNACIONAL
El Derecho Internacional existente hasta este momento se basa en un principio claro y terminante: la igualdad jurídica soberana de todos los Estados.
Esta es una idea que apuntó Kant en su obra citada, «La paz perpetua» donde dice:

entre los Estados no se concibe una guerra penal –bellum punitivum-, porque no existe entre ellos la relación de superior a inferior.

La guerra punitiva, en el Derecho Internacional existente hasta este momento sólo puede decidirse por una instancia distinta de los Estados, a saber, la Organización de las Naciones Unidas.
La competencia primaria para ello es, como se sabe, del Consejo de Seguridad.
Es RIGUROSAMENTE FALSO QUE SE DIGA QUE HAY UN «BLOQUEO» EN EL CONSEJO DE SEGURIDAD sobre este punto por la sencilla razón de que, que yo sepa, NUNCA SE HA PRESENTADO UN PROYECTO DE RESOLUCIÓN ANTE EL CONSEJO DE SEGURIDAD RELATIVO AL USO DE ARMAS QUÍMICAS EN SIRIA.

Pero, en el caso de que hubiera tal bloqueo en el Consejo de Seguridad, CASO QUE NO SE HA DADO, el Derecho Internacional existente determina cuál es el procedimiento a seguir y no es un ataque unilateral. La Resolución 377 de la Asamblea General de Naciones, de 3 de noviembre de 1950, la resolución «Uniting for Peace» (o «Unión pro paz») establece claramente que, en caso de bloqueo ante el Consejo de Seguridad (situación que, repito, no se ha dado en este caso porque nunca se ha planteado el problema del castigo por uso de armas químicas), la competencia de decidir la acción armada corresponde a la Asamblea General de Naciones Unidas.

El Derecho Internacional es claro.
Y precisamente por ello tiene una extraordinaria gravedad del anunciado ataque de Estados Unidos a Siria (apoyado por el gobierno Rajoy Brey).
Si este ataque se consuma, el mundo de las relaciones internacionales iniciado en 1945 habrá muerto.
El proyecto inspirado en Kant para instaurar la paz habrá dado paso a un nuevo ordenamiento en que la guerra se podrá desencadenar por la pura voluntad de los poderosos.
Ni más, ni menos.

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Autor

Carlos Ruiz Miguel

Catedrático de Derecho Constitucional Director del Centro de Estudios sobre el Sahara Occidental Universidad de Santiago de Compostela

Carlos Ruiz Miguel

Catedrático de Derecho Constitucional
Director del Centro de Estudios sobre el Sahara Occidental
Universidad de Santiago de Compostela

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