Desde el Atlántico

Carlos Ruiz

Hoy Marruecos celebra una violación del Derecho Internacional

Hoy, 6 de noviembre, es fiesta en Marruecos. Así lo ha ordenado la dinastía alauita. Una fiesta muy significativa. Hoy es un día en el que el majzen celebra una agresión a España y una violación del Derecho Internacional. No parece que pueda tener credibilidad como «Estado de Derecho» un Estado que festeja oficialmente una violación del Derecho.

La prensa española de hoy no ha dicho NADA sobre el aniversario de la marcha llamada «verde» (para los saharauis, «negra») que organizó Hassán II en 1975 para invadir el Sahara Occidental que entonces era el Sahara Español.
Llama la atención porque esta Marcha no sólo es un hecho clave en la historia del Sahara Occidental, sino porque es un hecho clave para la política exterior de España.

Por su interés, reproduzco la importantísima Resolución 380 del Consejo de Seguridad, de 6 de noviembre de 1975, que pone de manifiesto la ilegalidad de esta marcha y el repudio de la misma por el Consejo de Seguridad de la ONU. Vuelvo a insistir en lo extraordinariamente revelador que una agresión como esta sea, todavía hoy, una fiesta en el país sometido a la dinastía alauita.

NACIONES UNIDAS
CONSEJO DE SEGURIDAD

Resolución 380 (1975) de 6 de noviembre de 1975
El Consejo de Seguridad,
Tomando nota con grave preocupación de que la situación relativa al Sáhara Occidental se ha deteriorado seriamente,
Tomando nota con pesar de que, pese a sus resoluciones 377 (1975) de 22 de octubre y 379 (1975) de 2 de noviembre de 1975, así como del llamamiento que el Presidente del Consejo de Seguridad, en virtud de la autorización de éste, hizo al Rey de Marruecos, con una solicitud urgente de poner fin inmediatamente a la marcha declarada al Sáhara Occidental, esa marcha ha tenido lugar,

Actuando sobre la base de las mencionadas resoluciones,
1. Deplora la realización de la marcha;
2. Insta a Marruecos a que retire inmediatamente del territorio del Sáhara Occidental a todos los participantes en la marcha;
3. Insta a Marruecos y a todas las demás partes involucradas e interesadas a que, sin perjuicio de cualesquier medidas que pueda adoptar la Asamblea General en virtud de las disposiciones de su resolución 3292 (XXIX) de 13 de diciembre de 1974 y de cualesquier negociaciones que las partes involucradas e interesadas puedan entablar de conformidad con el Artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas, cooperen plenamente con el Secretario General en el cumplimiento del mandato que le ha confiado el Consejo de Seguridad en sus resoluciones 377 (1975) y 379 (1975).

Aprobada por consenso en la 1854a. sesión.

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Autor

Carlos Ruiz Miguel

Catedrático de Derecho Constitucional Director del Centro de Estudios sobre el Sahara Occidental Universidad de Santiago de Compostela

Carlos Ruiz Miguel

Catedrático de Derecho Constitucional
Director del Centro de Estudios sobre el Sahara Occidental
Universidad de Santiago de Compostela

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