Desde el Atlántico

Carlos Ruiz

Autonomías sacrosantas

Las pensiones se pueden reducir o eliminar. Lo mismo que las ayudas por desempleo o las prestaciones sanitarias. Las becas para estudiar se pueden recortar (con el hábil mecanismo “bolonio” de reducir de 5 a 4 los años para graduarse). Las Diputaciones Provinciales se pueden suprimir. Los Ayuntamientos se pueden eliminar. El Estado Central se puede recortar. La Constitución se puede corromper. Pero hay algo que no se puede tocar: las autonomías. Y si hay que tocar a las autonomías, que sea para cargarse también al Estado.

El artículo 149 de la Constitución establece varias competencias exclusivas del Estado. Pero el gobierno socialista de Felipe González comenzó la tarea de vaciamiento del Estado y de desnacionalización de España, con la complicidad del Tribunal Constitucional que validó interpretaciones que sistemáticamente vaciaban al Estado de competencias y desnacionalizaban a España. Ejemplo: la Constitución atribuye al Estado central la competencia exclusiva en materias de “administración de justicia” o “relaciones internacionales”, pero la acción conjunta de los gobiernos González y del TC hicieron que donde la Constitución dice eso se interpretara que “no toda” la administración de justicia o “no todas” las relaciones internacionales quedaran en manos del Estado.
El resultado innegable ha sido mayor ineficiencia: por ejemplo, promoción separada en el exterior del turismo, evitando sinergias nacionales; o creación de bases de datos en los juzgados españoles no interconectadas porque cada autonomía establecía programas informáticos por su cuenta.
Eso sí, cínicamente los autonomistas echan la culpa ¡¡¡al Estado Central!! porque cuando la competencia se transfirió a las autonomías los juzgados no estaban informatizados. El “pequeño” problema es que cuando el Estado transfieren esas competencias ¡no había prácticamente ordenadores en las administraciones!

Estatutos y leyes autonómicas corrompieron la Constitución creando órganos para hacer lo que ya hacían, eficazmente, órganos nacionales: el Defensor del Pueblo, el Consejo de Estado, el Tribunal de Cuentas.
Los autonomistas alegan que si el “Consello de Contas” tarda dos años en controlar unas cuentas ¡¡se tardaría mucho más por el Tribunal de Cuentas nacional!! Pero como cualquier administrativista sabe, el Tribunal de Cuentas de un gran Estado como Francia es más rápido y eficaz.
Por difícil que pueda pensarse, estas son las tesis de los autonomistas españoles. La cuestión sería risible si la situación trágica de la economía no hiciera de las mismas algo escandaloso. Tanto más escandaloso cuanto que los autonomistas no dudan en mentir descaradamente.
Mejor volver a la Edad de Piedra que vivir con un Estado nacional español: “Fiat autonomia et pereat mundus!

NOTAS:
1º. Este artículo se publicó originariamente en el diario ABC, edición de Galicia, el 29 de enero de 2011, con una errata provocada por el corrector del procesador de textos aquí corregida.
2º. Un día después, el diario El Correo Gallego, ha publicado un artículo del magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Alfonso Villagómez, que confirma la tesis aquí defendida sobre las ineficiencias que ha producido la asunción por las comunidades autónomas de la competencia sobre «administración de justicia»:
http://www.elcorreogallego.es/opinion/ecg/fallos-dogmas/idEdicion-2011-01-30/idNoticia-634784

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Autor

Carlos Ruiz Miguel

Catedrático de Derecho Constitucional Director del Centro de Estudios sobre el Sahara Occidental Universidad de Santiago de Compostela

Carlos Ruiz Miguel

Catedrático de Derecho Constitucional
Director del Centro de Estudios sobre el Sahara Occidental
Universidad de Santiago de Compostela

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