Desde el Atlántico

Carlos Ruiz

El nuevo Estatuto catalán y la inmunidad de Berlusconi: el ejemplo del TC italiano

El caso Berlusconi y el caso del nuevo Estatuto catalán tienen numerosas similitudes en su planteamiento. La pregunta es: ¿tendrán también similitudes en su desenlace?

I. EL CASO BERLUSCONI: UNA LEY PARA BURLAR A LA CONSTITUCIÓN
La Constitución italiana, como la española, establece la igualdad ante la ley.
Esto significa que la garantía que asegura a los ciudadanos la defensa de sus derechos ante los tribunales se aplica a todos por igual. Cualquier ciudadano, para defender sus derechos, puede, en consecuencia iniciar un procedimiento judicial.
Es notorio que Silvio Berlusconi es una persona que, digámoslo finamente, coquetea con excesiva frecuencia con la ilegalidad: sobornos, pago por falso testimonio, etc.
Ante la eventualidad de ser juzgado por un tribunal que pudiera investigar alguna de sus actividades y declararla ilegal, la mayoría que apoya a Berlusconi aprobó una ley, la ley nº 124, de 23 de julio de 2008.
De acuerdo con esa ley

(…) los procesos penales contra los sujetos investidos de la cualidad de Presidente de la República, de presidente del Senado de la República, de Presidente de la Cámara de diputados y de presidente del Consejo de ministros, quedan suspendidos desde la fecha de asunción del cargo o función hasta la fecha de su cese. La suspensión se aplica también a los procesos penales por hechos anteriores a la asunción del cargo o de la función.

Cualquiera sabe que esto es contrario a la igualdad.
Pero hacía falta que el TC lo dijera.

II. PRESIONES SOBRE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ITALIANO
Conforme se acercaba el momento de las deliberaciones, las presiones sobre el TC italiano se intensificaron.
El argumento: que a Berlusconi le apoya la mayoría. ¿Les suena?
Leamos el relato que hace El País de ayer:

Durante la mañana, el líder de la Liga Norte y ministro del Gobierno, Umberto Bossi, amenazó con «recurrir» al pueblo si los jueces tumbaban la ley Alfano. «Nosotros tenemos el pueblo», dijo Bossi, «pero yo estoy por la prudencia. ¿Quién querría retar la ira de los pueblos?».
La intimidación del líder padano al Tribunal mientras éste se encontraba reunido a puerta cerrada para deliberar sobre una ley clave para el futuro político de Italia irritó a la oposición. Dario Franceschini, secretario general del Partido Democrático, afirmó que Bossi «obvia el más elemental conocimiento de las reglas de la democracia».

¿Les suena todo esto?

III. Y EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ITALIANO HA DADO LA TALLA
Pero el TC italiano ha considerado que un poder constituido, por muy apoyado que esté por la mayoría, no puede actuar como un poder constituyente.
O dicho de otra manera: que un parlamento ordinario, por mucha mayoría que tenga, no puede cambiar la Constitución mediante una ley, sino sólo mediante una reforma de la Constitución. Y lo que vale para un parlamento ordinario, vale para un referéndum que no se haya convocado para reformar la Constitución.
El comunicado del TC italiano es claro: la ley de inmunidad a Berlusconi viola el artículo 3 de la Constitución italiana que reconoce el derecho a la igualdad y el artículo 138 de la Constitución italiana que establece que sólo se puede reformar la Constitución por el procedimiento expresamente resevado para ello, y no mediante una ley ordinaria.

IV. DE ITALIA A ESPAÑA: ¿DARÁ LA TALLA EL TC ESPAÑOL?
El Estatuto catalán contradice la Constitución. Eso está claro.
La cuestión es: ¿puede contradecirse la Constitución cambiando un Estatuto de Autonomía?

Es una pregunta muy simple. Pero el TC presidido por María Emilia Casas Bahamonde lleva más de tres años sin contestarla.

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Autor

Carlos Ruiz Miguel

Catedrático de Derecho Constitucional Director del Centro de Estudios sobre el Sahara Occidental Universidad de Santiago de Compostela

Carlos Ruiz Miguel

Catedrático de Derecho Constitucional
Director del Centro de Estudios sobre el Sahara Occidental
Universidad de Santiago de Compostela

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