Sáhara Occidental: aniversario del dictamen del Tribunal Internacional de Justicia
16.10.08 @ 17:13:57. Archivado en Marruecos, Sahara Occidental, Mauritania
El 16 de octubre de 1975, el Tribunal Internacional de Justicia, con sede en La Haya, hizo público su dictamen sobre la cuestión del Sahara Occidental.
Es el documento jurídico más importante sobre la cuestión. Fue una derrota en toda regla de las pretensiones de Marruecos. Pesa sobre una losa en la diplomacia del Majzén cuya estrategia consiste en ignorar el dictamen y hacer todo lo posible para que los demás lo ignoren.
España fue quien defendió los derechos del pueblo saharaui. Lo hizo un equipo dirigido por el catedrático González Campos, del que formaban parte también Fernando Arias-Salgado, José Manuel Lacleta, Ramon Sedó. Sus intervenciones se pueden consultar en los tomos IV y V de las actuaciones.
El resultado, como he dicho, fue una victoria para el pueblo saharaui cuyo derecho a la autodeterminación y a la independencia quedó consagrado para siempre.
Aquí se encuentra el resumen (la página citada erróneamente habla de texto completo) en español del dictamen. El texto completo se puede consultar (en francés e inglés) en esta página.
Extraigo algunos pasajes:
- "Los elementos e informaciones puestos en conocimiento de la Corte indican que en el momento de la colonización española existían vínculos jurídicos de subordinación entre el Sultán de Marruecos y ciertas tribus que vivían en el territorio del Sáhara Occidental. Indican además la existencia de derechos, incluidos ciertos derechos sobre la tierra, que constituian vínculos jurídicos entre el complejo mauritano, en el sentido en que lo entiende la Corte, y el territorio del Sáhara Occidental.En cambio, la Corte llegó a la conclusión de que los elementos e informaciones puestos a su disposición no demostraban la existencia de ningún vínculo de soberanía territorial entre el territorio del Sáhara Occidental, por una parte, y el Reino de Marruecos o el complejo mauritano, por la otra.
Por lo tanto, la Corte no comprobó que existieran vínculos jurídicos capaces de modificar la aplicación de la resolución 1514 (XV) en lo que se refiere a la descolonización del Sáhara Occidental y, en particular, a la aplicación de la libre determinación mediante la expresión libre y auténtica de la voluntad de las poblaciones del territorio
.”
Comentarios:
No obsatnte el TIJ se pronuncio sobre una cuestion que no le fue solicitada,por presion de España,que es el derecho de autodeterminacion,cuando la querrilla que le fue presentada,era simplemente si el Sahara durante la ocupacion española era tierrea de nadie como pretendia España.
El único manipulador es vd, que debería, por otro lado, identificarse debidamente, en lugar de enredar.
1º. El Tribunal, EN NINGÚN LUGAR ha reconocido "lazos de pleitesía" entre "los reyes de marruecos con el pueblo sahraoui". Lo repito, EN NINGÚN LUGAR.
Por tanto, el resto de su deposición está fuera de lugar.
2º. España NUNCA dijo que el Sahara era "tierra de nadie" y la prueba no sólo es que entró en el Sahara mediante un tratado de protectorado firmado con los saharauis, sino que pretendía DEVOLVER el Sahara a los saharauis con un referéndum de autodeterminación para que ellos decidieran libre y democráticamente su futuro.
C.
Muy señor mío,
me temo que incurre a algunas inexactitudes:
1º. El tribunal EN NINGÚN PASAJE reconoce "derechos de Marruecos sobre el Sahara". Dígame, por favor, en qué parágrafo de ese dictamen se dice eso.
2º. ¿Cuándo ha "consentido" Marruecos la autodeterminación? Si hubiera "consentido" en ella, el territorio no estaría pendiente de descolonización. ¿Por qué sigue en la lista de la ONU de territorios no descolonizados?
3º. La tarea de "censar a la población" ya se hizo dos veces. En 1974 y en 2000. Hay censo.
Para mí tiene igual importancia el informe Hans Corell del servicio jurídico de NN.UU segun el cual España ostenta la soberanía y la administración del territorio hasta que el pueblo saharaui se pronuncie mediante un referendum de autodeterminación.
Sáhara libre.
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Carlos Ruiz Miguel
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